Decreto 1771-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1771-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1968
El Guate
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1896. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te'efono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. America: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXIII GUATEMALA, LUNES 15 DE JULIO DE 1968 NUMERO 4
SUMARIO 4-REGLAMENTO DE LA OFICINA DE Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, TRANSBORDOS. en la Ciudad de Guatemala. a los cuatro dias del 5.-ACUERDO RELATIVO A VALORES DEmes de julio de mil novecientos sesenta y ocho.CLARADOS.
ORGANISMO LEGISLATIVO 6.-ACUERDO RELATIVO A ENCOMIENDAS MANUEL FRANCISCO VILLAMAR,
POSTALES Y SU PROTOCOLO Presidente.
7.-REGLAMENTO DE EJECUCION DEL
Decreto No. 1758. ACUERDO RELATIVO A ENCOMIENDAS EMILIO AVILA TORRES,
POSTALES Primer Secretario.
Decreto No. 1771. 8.-ACUERDO RELATIVO A GIROS POSTALES Y SU PROTOCOLO. VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ,
Decreto No. 1772 Cuarto Secretario.
Artículo 20.-ET presente Decreto fue aproba-Decreto No. 1773. do por el voto favorable de la mayoria absoluta Palacio Nacional: Guatemala, nueve de julio de del total de diputados que integran el Congreso, mil novecientos sesenta y ocho. ORGANISMO EJECUTIVO y de acuerdo con el principio de Reciprocidad, Publiquese.Guatemala aplicará, según el caso, las mismas MINISTERIO DE ECONOMIA medidas restrictivas 0 de excepción que estableJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. cieron otros miembros signatarios del Convenio y Otorgase a la Empresa "Exploraciones y Explotaciones Mi.demás documentos aprobados consignados anteriorEl Ministro de Gobernación, neras Izabal, S. A. (Exmibal)", los beneficios contenidesmente. Este Decreto entrará en vigor el dia de HECTOR MANSILLA PINTO. en el numeral 11 del artículo 60. del Decreto 1317 delsu publicación en el Diario Oficial. Congreso de la República. Pase. al Organismo Ejecutivo para su publiMINISTERIO DE LA DEFENSA carion y lo que proceda. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, DECRETO No. 1772NACIONAL en la ciudad de Guatemala, a los cinco dias del Adscribese a favor del Ministerio de la Defensa Nacional,mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho. Congreso de la República de Guatemala las fincas nacionales que se mencionan, situadas en la J. GREGORIO PREM BETETA, CONSIDERANDO:
4a. Ave. 3-21 y 3a. calle 4.08, de la zona 1. Presidente. Que habiendo sido aceptada la renuncia que del PUBLICACIONES VARIAS FRANCISCO GULARTE COJULUN, cargo de Jefe de la Contraloria de Cuentas preTercer Secretario. sentara el contador Gildardo Agustin Ramos DoREGISTRO ELECTORAL minguez, corresponde al Congreso de la República GERMAN CASTANEDA Y CASTAREDA, elegir al sustituto, ACUERDO No. 22 Cuarto Secretario. POR TANTO, Convocase elecciones municipales para el 11 de agosto Palacio Nacional: Guatemala, 15 de junio de próximo entrante a los cludadanos de los doscientos no.mil novecientos sesenta y ocho. En uso de las atribuciones que le confieren los vents y cuatro municipios que comprenden veintidos disartículos 166 inciso 9o., 226. 227 y 228 de la Constritos de la Republica. Ratifíquese, Publiquese y Cumplase. titución de la Republica, ANUNCIOS VARIOS JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. DECRETA: El Ministro de Comunicaciones y Artículo lo.-Se declara electo Jefe de la ConLinea de traasporte.-Matrimonio-Constitución de socia. Obras Públicas, traloria de Cuentas al contador Federico Bonilla dades-Modificación de de socieOSCAR CASTANEDA FERNANDEZ Padilla, quien completará el periodo para el que dad.-Registro de marcas.-Titulos supletorios-Autoriza. fuera electo el contador Gildardo Agustin Ración farmactutica-Edictos.-Lcitacion-Remates. X Ministro de Relaciones Exteriores, mos Dominguez, a quien se le acepto la renunEMILIO ARENALES CATALAN. cia presentada. Artículo 20-E1 presente Decreto entrará en viORGANISMO LEGISLATIVO gor inmediatamente. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaDECRETO No. 1771 ción. DECRETO No. 1758 El Congreso de la República de Guatemala,Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Ciudad de Guatemala. a los cuatro dias del El Congreso de la República de Guatemala,CONSIDERANDO: mes de julio de mil novecientos sesenta y ocho.
CONSIDERANDO: Que la no aceptación del cargo de Magistrado MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, propietario de la Corte de Apelaciones por el aboPresidente.
Que los diferentes instrumentos suscritos porgado Rogelio Vargas Solorzano, fue pública y nolos delegados del Gobierno de Guatemala duran-toria por medio de la Prensa Capitalina; EMILIO AVILA TORRES, te el Noveno Congreso de la Union Postal de las Primer Secretario. Américas y España, celebrado en la ciudad de CONSIDERANDO: México del 24 de junio al 23 de julio de 1966, VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, no contiene disposición alguna que se oponga a laQue la elección de magistrados propietarios y Cuarto Secretario. Constitución de la Republica y armoniza con lossuplentes corresponde al Congreso de la Republiprincipios del Derecho Internacional aceptados porca: y su distribución, a la Corte Suprema de JusPalacio Nacional: Guatemala, nueve de julio de Guatemala en relación con la materia, por lo tan-ticia, mil novecientos sesenta y ocho. to es conveniente para la buena armonia de la interdependencia postal con los miembros signaPOR TANTO, Publiquese. tarios de dichos documentos, darles su aprobacion, toda vez, que da lugar a una solidaridad de acEn uso de las atribuciones que le confieren los JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. cion entre sus miembros para los fines de la Unionartículos 241, 242, 243 y 253 de la Constitución de Pestal de las Américas y Espana y el perfecciola República, El Ministro de Gobernación, namiento de las relaciones postales, HECTOR MANSILLA PINTO.
DECRETA: -()- POR TANTO, Artículo 10.-Se declara electo Magistrado propietario de la Corte de Apelaciones, al abogado DECRETO No. 1773En ejercicio de las facultades que le otorga el inciso 14 del artículo 170 de la Constitución de la Amilcar Guerra Sandoval.
Republica, El Congreso de la República de Guatemala,Artículo 2a-Se declara electo Magistrado su-DECRETA: plente de la Corte de Apelaciones, al abogado CONSIDERANDO:Léster A. Lemus S.Artículo 10.--Se aprueba el Convenio suscrito
por Guatemala en el Noveno Congreso de la Union Artículo 30-Su periodo termina el 31 de julio Que corresponde al Congreso de la República Postal de las Américas y España. celebrado en de 1970. elegir magistrados propietarios de la Corte de la ciudad de México del 24 de junio al 23 de juApelaciones: y su distribución, corresponde a la lio de 1966, el cual se integra con los siguientes Artículo 40.-Se deroga el Decreto número 1,767 Corte Suprema de Justicia; instrumentos: emitido por el Congreso de la Republica el 19 de CONSIDERANDO:junio de 1968. 1.-EL PROTOCOLO. 2-REGLAMENTO Y EJECUCION DEL CONArtículo 50.-El presente Decreto entrará en viQue al haber renunciado del cargo de MagisVENIO. gor el día de su publicación en el Diario Oficial.trado propietario de la Corte de Apelaciones el 3.-REGLAMENTO DE LA OFICINA INTERabogado Hernan Hurtarte Aguilar. y serle acepNACIONAL DE LA UNION POSTAL DE Pase al Organismo Ejecutivo para SU publicatada por el Congreso de la República, quedó vaLAS AMERICAS Y ESPAÑA. ción. cante elcargo,