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Decreto 1773-1968

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1773-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
1968

El Guate

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1896. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Te'efono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. America: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXIII GUATEMALA, LUNES 15 DE JULIO DE 1968 NUMERO 4

SUMARIO 4-REGLAMENTO DE LA OFICINA DE Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, TRANSBORDOS. en la Ciudad de Guatemala. a los cuatro dias del 5.-ACUERDO RELATIVO A VALORES DEmes de julio de mil novecientos sesenta y ocho.CLARADOS.

ORGANISMO LEGISLATIVO 6.-ACUERDO RELATIVO A ENCOMIENDAS MANUEL FRANCISCO VILLAMAR,

POSTALES Y SU PROTOCOLO Presidente.

7.-REGLAMENTO DE EJECUCION DEL

Decreto No. 1758. ACUERDO RELATIVO A ENCOMIENDAS EMILIO AVILA TORRES,

POSTALES Primer Secretario.

Decreto No. 1771. 8.-ACUERDO RELATIVO A GIROS POSTALES Y SU PROTOCOLO. VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ,

Decreto No. 1772 Cuarto Secretario.

Artículo 20.-ET presente Decreto fue aproba-Decreto No. 1773. do por el voto favorable de la mayoria absoluta Palacio Nacional: Guatemala, nueve de julio de del total de diputados que integran el Congreso, mil novecientos sesenta y ocho. ORGANISMO EJECUTIVO y de acuerdo con el principio de Reciprocidad, Publiquese.Guatemala aplicará, según el caso, las mismas MINISTERIO DE ECONOMIA medidas restrictivas 0 de excepción que estableJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. cieron otros miembros signatarios del Convenio y Otorgase a la Empresa "Exploraciones y Explotaciones Mi.demás documentos aprobados consignados anteriorEl Ministro de Gobernación, neras Izabal, S. A. (Exmibal)", los beneficios contenidesmente. Este Decreto entrará en vigor el dia de HECTOR MANSILLA PINTO. en el numeral 11 del artículo 60. del Decreto 1317 delsu publicación en el Diario Oficial. Congreso de la República. Pase. al Organismo Ejecutivo para su publiMINISTERIO DE LA DEFENSA carion y lo que proceda. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, DECRETO No. 1772NACIONAL en la ciudad de Guatemala, a los cinco dias del Adscribese a favor del Ministerio de la Defensa Nacional,mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho. Congreso de la República de Guatemala las fincas nacionales que se mencionan, situadas en la J. GREGORIO PREM BETETA, CONSIDERANDO:

4a. Ave. 3-21 y 3a. calle 4.08, de la zona 1. Presidente. Que habiendo sido aceptada la renuncia que del PUBLICACIONES VARIAS FRANCISCO GULARTE COJULUN, cargo de Jefe de la Contraloria de Cuentas preTercer Secretario. sentara el contador Gildardo Agustin Ramos DoREGISTRO ELECTORAL minguez, corresponde al Congreso de la República GERMAN CASTANEDA Y CASTAREDA, elegir al sustituto, ACUERDO No. 22 Cuarto Secretario. POR TANTO, Convocase elecciones municipales para el 11 de agosto Palacio Nacional: Guatemala, 15 de junio de próximo entrante a los cludadanos de los doscientos no.mil novecientos sesenta y ocho. En uso de las atribuciones que le confieren los vents y cuatro municipios que comprenden veintidos disartículos 166 inciso 9o., 226. 227 y 228 de la Constritos de la Republica. Ratifíquese, Publiquese y Cumplase. titución de la Republica, ANUNCIOS VARIOS JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. DECRETA: El Ministro de Comunicaciones y Artículo lo.-Se declara electo Jefe de la ConLinea de traasporte.-Matrimonio-Constitución de socia. Obras Públicas, traloria de Cuentas al contador Federico Bonilla dades-Modificación de de socieOSCAR CASTANEDA FERNANDEZ Padilla, quien completará el periodo para el que dad.-Registro de marcas.-Titulos supletorios-Autoriza. fuera electo el contador Gildardo Agustin Ración farmactutica-Edictos.-Lcitacion-Remates. X Ministro de Relaciones Exteriores, mos Dominguez, a quien se le acepto la renunEMILIO ARENALES CATALAN. cia presentada. Artículo 20-E1 presente Decreto entrará en viORGANISMO LEGISLATIVO gor inmediatamente. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaDECRETO No. 1771 ción. DECRETO No. 1758 El Congreso de la República de Guatemala,Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Ciudad de Guatemala. a los cuatro dias del El Congreso de la República de Guatemala,CONSIDERANDO: mes de julio de mil novecientos sesenta y ocho.

CONSIDERANDO: Que la no aceptación del cargo de Magistrado MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, propietario de la Corte de Apelaciones por el aboPresidente.

Que los diferentes instrumentos suscritos porgado Rogelio Vargas Solorzano, fue pública y nolos delegados del Gobierno de Guatemala duran-toria por medio de la Prensa Capitalina; EMILIO AVILA TORRES, te el Noveno Congreso de la Union Postal de las Primer Secretario. Américas y España, celebrado en la ciudad de CONSIDERANDO: México del 24 de junio al 23 de julio de 1966, VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, no contiene disposición alguna que se oponga a laQue la elección de magistrados propietarios y Cuarto Secretario. Constitución de la Republica y armoniza con lossuplentes corresponde al Congreso de la Republiprincipios del Derecho Internacional aceptados porca: y su distribución, a la Corte Suprema de JusPalacio Nacional: Guatemala, nueve de julio de Guatemala en relación con la materia, por lo tan-ticia, mil novecientos sesenta y ocho. to es conveniente para la buena armonia de la interdependencia postal con los miembros signaPOR TANTO, Publiquese. tarios de dichos documentos, darles su aprobacion, toda vez, que da lugar a una solidaridad de acEn uso de las atribuciones que le confieren los JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. cion entre sus miembros para los fines de la Unionartículos 241, 242, 243 y 253 de la Constitución de Pestal de las Américas y Espana y el perfecciola República, El Ministro de Gobernación, namiento de las relaciones postales, HECTOR MANSILLA PINTO.

DECRETA: -()- POR TANTO, Artículo 10.-Se declara electo Magistrado propietario de la Corte de Apelaciones, al abogado DECRETO No. 1773En ejercicio de las facultades que le otorga el inciso 14 del artículo 170 de la Constitución de la Amilcar Guerra Sandoval.

Republica, El Congreso de la República de Guatemala,Artículo 2a-Se declara electo Magistrado su-DECRETA: plente de la Corte de Apelaciones, al abogado CONSIDERANDO:Léster A. Lemus S.Artículo 10.--Se aprueba el Convenio suscrito

por Guatemala en el Noveno Congreso de la Union Artículo 30-Su periodo termina el 31 de julio Que corresponde al Congreso de la República Postal de las Américas y España. celebrado en de 1970. elegir magistrados propietarios de la Corte de la ciudad de México del 24 de junio al 23 de juApelaciones: y su distribución, corresponde a la lio de 1966, el cual se integra con los siguientes Artículo 40.-Se deroga el Decreto número 1,767 Corte Suprema de Justicia; instrumentos: emitido por el Congreso de la Republica el 19 de CONSIDERANDO:junio de 1968. 1.-EL PROTOCOLO. 2-REGLAMENTO Y EJECUCION DEL CONArtículo 50.-El presente Decreto entrará en viQue al haber renunciado del cargo de MagisVENIO. gor el día de su publicación en el Diario Oficial.trado propietario de la Corte de Apelaciones el 3.-REGLAMENTO DE LA OFICINA INTERabogado Hernan Hurtarte Aguilar. y serle acepNACIONAL DE LA UNION POSTAL DE Pase al Organismo Ejecutivo para SU publicatada por el Congreso de la República, quedó vaLAS AMERICAS Y ESPAÑA. ción. cante elcargo,42 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 4 POR TANTO, presente año, emitieron opinion favorable para dio de su personal técnico, pueda constique se concedan a la empresa peticionaria los tuirse cuando lo crea conveniente en cualEn uso de' las atribuciones que le confieren los beneficios solicitados, de confarmidad con el arquier lugar del área de exploración y.exarticulos 240, 241 y 253 de la Constitución de la tículo 126 del Código de Minería y en los terplotacion de la Empresa, a fin de cercia-República, minos prescritos por el numeral II del artículo rarse que los productos obtenidos y la ex. 60. del Decreto 1317 del Congreso de la Repú-DECRETA: plotación se limitan a los minerales objetoblica, de su concesion: y. Artículo 10.-Se declara electo Magistrado prom) Cooperar estrechamente con el Goblerno pietario de la Corte de Apelaciones, al abogado en el planeamiento de un sistema adecuaPOR TANTO, Carlos Roque Muñoz, quien completará el período do desuministro de agua y alcantarillado que vence el 31 de julio de 1970. para la arbanización que la compania lle-Con fundamento en los artículos 189, incisos vará a cabo, así como para el resto del área Art'culo 20.-El presente Decreto entrará en vi40; y 18 de la Constitución de la República; 74 y 126 del Decreto Ley 342 (Código de Mineria) que se encuentra dentro del perimetro orgot el día de su publicación en el Diario Oficial. bano de El Estor. y 60., numeral 11 del Decreto 1317 del CongrePase at Organismo Ejecutivo para su publica-so de la Republica (Ley de Fomento Induscion. trial, Artícuto 50-Si al final de cualquier año del periodo de la exoneración que se otorga, la suma Dado en elPalacio del Organismo Legislativo, ACUERDA: total acumulada por regalise e impuestos de toen la Ciudad de Guatemala, a los cuatro días del da clase en que haya incurrido EXMIBAL desmes de julio de mil novecientos sesenta y ocho. de el comienzo de dicha exoneración. ascendie. Articulo 10-Se otorgan a la Empresa "Explore a un total menor del 35% de la suma total MANUEL FRANCISCO VILLAMAR: raciones y Explotaciones Mineras Izabai, S. A. acumulada de las utilidades netas realizadas porPresidente. (EXMIBAL)", los beneficios contenidos en el EXMIBAL durante el mismo periodo. compu-numeral II del artículo 60. del Decreto 1317 tadas esas utilidades antes de deducirse ta'es TPEMILIO AVILA TORRES, del Congreso de is Republica, de conformidad galias e Impuestos, ta exoneración otorgada de.Primer Secretario. con lo dispuesto por et artículo 126 del Decretobera reductrse en la cantidad que fuere necesa-Ley 342. ria para completar ese mínimo tributable del

VICTOR MANUEL MARROQUIN 35%.

Cuarto Secretario. Artículo 20.-Los beneficios a que se refiere el artículo que antecede, se aplicarán a ta parte Cualquiera cantidad que deba pagarse paraPalacio Nacional: Guatemala, nueve de julio de atribuible de las utilidades de la Empresa dericompletar el 35% a que se refiere el párrato quemil novecientos sesenta y ocho. vadas de sus actividades que se relacionen con antecede, será considerada como impuesto adi-la transformacion.de los minerales lateritiens, cional con respecto al año impositivo con el cualPubliquese. pero no a la parte atribuible de sus actividades se relaciona: y se cubrirá sin intereses, dentro de extraction de los mismos. JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. de los 9018 meses después del vencimiento del período de que se trate, a base de declaraciónArtículo 30.-La Empress "Exploraciones y El Ministro de Gobernación, jurada de la Empresa. La contabilidaExplotaciones Mineras Izabal, S. A. (EXMIHECTOR MANSILLA PINTO. pondiente. se llevará de acuerdo con el sistema BAL)", gozará durante un período de diez años, de lo devengado y lo incurrido,de los beneficios arriba señalados. Dicho período se principiará a contar a-partir de la feArtículo 80.-Los derechos e impuestos de imcha en que inicie su producción de conformidad portación quedan excluidos de lo dispuesto en et ORGANISMO EJECUTIVO con el inciso b) adicionado al artículo 22 del Depresente Acuerdo, en virtud de que las concesioscreto 1317 por el Decreto 1615, ambos del Connes mineras se rigen al respecto por lo que de-greso de la República. termina et Código de Mineria.

Artículo 40-La Empresa "Exploraciones y Artículo 70-La Empresa "Exploraciones y MINISTERIO DE ECONOMIA Explotaciones Mineras Irabal, S. A. (EXMIExplotaciones Mineras Izabal. S. A. (EXMI BAL)", deberá eumplir con las siguientes obliBAL)" queda 'estrictamente obligada al fiel Otórgase a la Empresa "Exploraciones Y Explogaciones: cumplimiento de todos los requisitos pertinentes faciones Mineras Irabal. S. A. (Exmibal)", los de las siguientes leyes: Decreto-Ley 229. Decrebeneficios contenidos en el numeral 11 del ara) Invertir en sus actividades de transformato-Ley 342 y Decreto 1317 del Congreso de la articulo 60. del Decreto 1317 del Gongreso de la ción, un capital no menor de cien millones República. asi como de los enumerados en los República. de quetzales (Q108.000,000.00); artículos 40. y 50. de este Acuerdo, debiendo dar b) Construir y mantener instalaciones cuya aviso al Ministerio de Economia, dentro de Ics Palacio Nacional: Guatemala, 20 de junio de capacidad productiva anual se estime en un tres dias siguientes de haber cumplido con las 1968. mínimo de cincuenta millones (50.000.000) indicadas obligaciones. de libras de niquel contenido en productos El Presidente Constitucional de la República, niqueliferos. después del quinto año de haArtículo Bo-La exoneración que se oforga ber dado comienzo a la producción: quedará sin efecto si la Empresa faltare al cumCONSIDERANDO: c) Dar comienzo a los trabajos de construc plimiento de las obligaciones contraidas. a me ción tres meses después del día en que ennos que las subsanare, voluntariamente O a Que el 18 de enero del año en curso, el señor tre en vigor el presente Acuerdo o, en su requerimiento del Ministerio de Economía denRobert Clemens Boone, gerente administrativo caso, por motive justificado, en la fecha tro del plazo prudencial que para el efecto le de "Exploraciones y Explotaciones Mineras Izaque señale la Empresa y acepte el Minis señale. bal, S. A. (EXMIBAL)", se presentó ante el Miterio de Economia: e iniciar su producción nisterio de Economía solicitando que, con base cuatro años después de principiados les Artículo 90-E1 presente Acuerdo entrará en en el artículo 126 del Código de Mineria, se le trabajos de construcción. A este respecto la vigor el día siguiente de su publicación en et concedieran a la compañía que representa los Empresa deberá comunicar inmediatamenDiario Oficial. quedando el Ministerio de Ecobeneficios q ue con respecto al impuesto sobre te al Ministerio de Economia la iniciación nomia encargado de velar por su estricto cum la renta establece el numeral II del artículo 60. de sus trabajos: plimiento. del decreto 1317 del Congreso de la República, d) Ocupar en la parte de la industria que se en virtud de tratarse de una industria de transrelacione con sus actividaes de transformaComuniquese. formación de minerales lateríticos para obtener ción. una vez iniciada su producción en

productos niqueliferos; condiciones normales, a un número no MENDEZ MONTENEGRO menor de 700 trabajadores guatemaltecos, CONSIDERANDO: sujetándose en cuanto a salarios y demás El Ministro de Economia, prestaciones laborales a las leyes que rigen JOSE LUIS BOUSCAYROL SARTI. Que para gozar de los beneficios contemplaesa materia; dos en el numeral II del artículo 60. del Decree) Prestar asesoria técnica gratuita para adies217636-11-JL to 1317 del Congreso de la República, el Código trar a personal guatemalteco: de Mineria, ley especial que regula la industria f) Invertir parte de los beneficios derivados minera, en su artículo 126 estipula que los conde las exoneraciones que se le otorgan, en cesionarios deberán establecer nuevas instalael mejoramiento de las condiciones de traciones para la transformación de sus minerales, bajo de su personal; MINISTERIO DE LA DEFENSA requisito que ha sido plenamente satisfecho por g) Emplear al máximo materias primas V la Empresa tal como quedó demostrado en el artículos que se produzcan en el país O en NACIONAL estudio tecnológico-econmico acompañado a su el área centroamericana. propiciando la solicitud, en el cual se establece que la Empresa paulatina sustitución de los productos iminvertira un capital no menor de cien millones portados que utilice en el proceso indusde quetzales (Q100 000.000 00) en instalaciones, trial:

equipos y demás requerimientos relacionados h) Separar O departamentalizar su contabiliAdscribese a favor del Ministerio de la con la transformación de minerales lateríticos; dad en lo que se refiere a las actividades Nacional. las fincas nacionales que se meaniode extracción y a las de transformación de nan. situadas en la 4a. Ave. 3-21 y 3a. calle CONSIDERANDO: los minerales lateriticos: 4-68, de la zona 1 i) Exportar en barras, lingotes. bolas 0 cualQue la Empresa exportará su producción quiera otra forma industrial, sus producPalacio Nacional: Guatemala. 4 de junio de creando una nueva fuente de divisas; proportos niqueliferos finales para evitar la fuga cionará trabajo a una considerable cantidad de de otro mineral no amparado por su conEl Presidente Constitucional de la Repub! personas, tanto durante la etapa de construcción cesion; CONSIDERANDO:de sus instalaciones como cuando alcance la j) Facilitar el examen y la revisión por parde producción: mejorará la tecnologia del país te de las autoridades competentes del Go. Que es necesario proveer al Ministerio lamediante el adiestramiento de sus trabajadores bierno de la República, tanto de la transDefensa Nacional de tod aquellos inmuebles en nuevos oficios y creará otros ingresos para el formación como de la exportación de sus piedad de la Nacion. que le scan indispens erario nacional: y que asimismo, por estar locaproductos; para la instalación de sus diferentes depende lizada la Empresa en el sector aledaño al Lago k) Depreciar su activo depreciable, para los militares.

de Izabal, los efectos de su inversión producirán efectos del impuesto sobre la renta. a rabeneficios en favor del desarrollo económico y zón de un porcentaje promedio anual del POR TANTO. social de dicha área; 6% del valor del costo en libros del mismo, durante los primeros cinco años del goce de En uso de las facultades que le confiere .

CONSIDERANDO: la exoneración otorgada y un promedio ticulo 189 inciso 40. de la Constituci n de la Noanual del 5% durante los cinco años sipublica, Que en la tramitación de las diligencias se han guientes. quedando facultada la Empresa llenado todos los requisitos legales: que la DiACUERDA: para determinar libremente. con apego a rección de Política Industrial y la Dirección de la técnica contable y de acuerdo con la Artículo 10.-Se adscriben a favor del MAsuntos Jurídicos, ambas del Ministerio de EcoDireccion del Impuesto sobre la Renta, sus terio de la Defensa Nacional las fincas nac nomia, el Ministerio Público, en dictámenes de porcentajes de amortización en los años les inscritas en el Registro de la Propiedad Infecha 27 de marzo, 5 y 29 de abril del año en curposteriores al período de exoneración: mueble de la Zona Central, bajo los numer 24 so. respectivamente, así como el Consejo de Es1) Dar facilidades para que la Dirección Ge. 99, follos 67 y 132 de los Libros 90 antiguo 4 tado, en su sesión celebrada el 23 de mayo del neral de Mineria e Hidrocarburos, por mede Guatemala, respectivamente

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