🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 1776-1968

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 1776-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1968

LIOTECA

BEL EL Guat CONDO naltero bblica

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: SALVADOR BUCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXIII GUATEMALA, LUNES 22 DE JULIO DE 1968 NUMERO 10

MARIO impuestos, contribuciones, tarifas y rentas consig-DECRETO No. 1776nadas, y ademá tasas, impuesto fiscal del timbre, cargos y sobrecargos, a las importaciones que efectúen las entidades CARITAS DE GUATEMAEl Congreso de la República de Guatemala, ORGANISMO LEGISLATIVO LA y CATHOLIC RELIEF SERVICES UNITED STATES CATHOLIC CONFERENCE con destino CONSIDERANDO: a los programas de beneficencia previstos en sus Decreto No. 1770. espectivos estatutos. Que el protocolo al Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial suscrito Decreto No. 1776. por el Gobierno de Guatemala en la ciudad de MaArtículo 20.-La exoneración anterior compren-nagua, República de Nicaragua, el día 23 de sepORGANISMO EJECUTIVO de además, toda clase de impuestos fiscales a fatiembre de 1966, no contiene disposición que se opon-vor de CARITAS DE GUATEMALA y CATHOLIC ga a la Constitución de la República y armoniza conRELIEF SERVICES UNITED ESTATES CAMINISTERIO DE COMUNICACIONES la política regional centroamericana en el principioTHOLIC CONFERENCE, sobre lo siguiente: del Desarrollo Económico Equilibrado en los cinCO paises del área centroamericana: que asimismo Y OBRAS PUBLICAS a) Los salarios u otras remuneraciones por ser-el referido Convenio no se estima como amenavicios personales que las citadas instituciozante a la economía nacional, toda vez que los Apruébase el contrato número 26 celebrado entre el vice_nes paguen a sus funcionarios 0 empleados Incentivos Fiscales no constituyen propiamente en ministro de Comunicaciones y Obras Públicas y el apo. extranjeros residentes en Guatemala; sí, la condición única para un desarrollo indusdorado general de la firma "Nello L. Teer Company", porb) La importación y exportación del menaje de trial, sino que para que éste se realice se necesicl cual esta última se compromete ejecutar para "El Go. casa y la importación temporal de vehícutan factores coadyuvantes como una fuerte infrabierno" los trabajos del Proyecto CN-80-TP que compren. los y sus reexportaciones, en su caso, para estructura económica y otros: que asimismo, en el den la construcción de "Terraceria.Drenajes.Bovedas. los funcionarios 0 empleados extranjeros referido Protocolo los Estados Contratantes conPuentes y Balasto". del tramo de carretera "Santa Eleresidentes en Guatemala, que presten sus vienen en establecer un régimen jurídico de prena Purulhá,Cobán". servicios a tales instituciones: ferencias, como excepción al Convenio Centroame-c) La importación temporal de los vehículos a ricano de Incentivos Fiscales al Desarrollo IndusMINISTERIO DE ECONOMIA que se refiere el inciso anterior, hasta por trial, que la República de Honduras aplicará duel término que dure la estancia en el país rante el período fijado en el mismo, al establecide tales funcionarios 0 empleados en el des-Aprucbanse los Estatutos de la Cooperativa de Ahorro y miento 0 a la ampliación de industrias manufacempeño de sus cargos;Crédito "Guayacan", Responsabilidad Limitada; y recotureras en su territorio.d) Del costo de los servicios portuarios de losnocese su personalidad jurídica. artículos, suministros y equipos, inclusive del POR TANTO, menaje de casa y vehículos a que se refie-Ampliase la resolución número 384, relacionada con el de_ ren los incisos anteriores, cuando sean pro-recho petrolero de exploración identificado con el número En uso de las facultades que le asigna el inciso porcionados por empresas portuarias del Es-CENTRAM.E-285 de la Compañía CENTRAM, S. A. 14 del artículo 170 de la Constitución de la Repú- tado, sean estas entidades descentralizadas, blica, autónomas 0 semiautónomas; ANUNCIOS VARIOS e) Los bienes, propiedades y rentas de estas DECRETA: entidades. así como sus operaciones y tranLincas de transporte.-Constitución de sociedades,-Modifisacciones: siempre que sean destinadas a los Artículo 1.-Se aprueba el instrumento que

cación de sociedades.-Prórroga de sociedad.-Disolución programas de beneficencia previstos en sus contiene el Protocolo al Convenio Centroamericano de sociedad.-Registro de marcas.-Titulos supletorios.- estatutos: y, de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial, Pefictos.-Remates. f) La reexportación de toda mercadería, suacordado en la ciudad de Managua, República de ministros y equipos que hayan importado y Nicaragua, el día 23 de septiembre de 1966. no hayan sido distribuidos. siempre que se Inversiones Ariel, S. A. (INVARSA).-Balance General al presenten los respectivos comprobantes que Artículo 2.-Este Decreto fue aprobado con el31 de diciembre de 1966. acrediten esos extremos. voto favorable de la mayoria absoluta del total de Diputados que integran el Congreso, y entrará enInversiones Ariel, S. A. (INVARSA).-Batance General at 31 de diciembre de 1967. Articulo 30.-Para gozar de las exoneraciones vigor al día siguiente de su publicación en el Diaa que se refiere la presente ley, las entidades rio Oficial mencionadas deberán hacer la solicitud corres-"Cervecería Nacional, S. A."-Balance General al 31 de pondiente, en cada caso, ante el Ministerio de HaPase al Organismo Ejecutivo para su publica-diciembre de 1966 cienda y Credito Público, el que calificará la proción y lo que proceda. Tropical Gas Company, Inc., Guatemala, C. A.-Balance cedencia de la exoneración e impartirá las órdenes encaminadas a su pronta expedición. CuanDado en el Palacio del Organismo Legislativo, General al 31 de diciembre de 1966. do se trate de medicamentos, será necesaria la en la ciudad de Guatemala, a los diez días del mes previa autorización del Ministerio de Salud Pú- de julio de mil novecientos sesenta y ocho. blica y Asistencia Social. Las diferentes dependencias administrativas quedan obligadas a prestar, MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, ORGANISMO LEGISLATIVO Presidente. cuando para ello fueren requeridas, las facilidades necesarias para la transportación de las importaciones de ayuda. de los puertos nacionales a las EMILIO AVILA TORRES, centrales de distribución. Primer Secretario DECRETO No. 1770 Artículo 40.-Se deroga el Decreto-Ley número VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, 452, así como cualquier otra disposición que se Cuarto Secretario. El Congreso de la República de Guatemala,oponga a la presente ley. PALACIO NACIONAL: Guatemala, quince de CONSIDERANDO: Artículo 50.-El presente Decreto entrará en vi-julio de mil novecientos sesenta y ocho. gor al día siguiente de su publicación en el DiarioQue es obligación fundamental del Estado foOficial. Ratifiquese, publíquese y cúmplase. mentar el desarrollo integral del país para lograr el bienestar de la colectividad, especialmente esJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. timulando para ese efecto toda campaña relativa Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-a la protección de la salud del pueblo que lleven a El Ministro de Relaciones Exteriores,ción y cumplimiento.

cabo entidades nacionales e internacionales, paEMILIO ARENALES CATALAN. ra to cual debe facilitar a éstas el desenvolviDado en el Palacio del Organismo Legislativo, miento de sus actividades; en la ciudad de Guatemala, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho.CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO

MANUEL FRANCISCO VILLAMAR,

Que CARITAS DE GUATEMALA y .CATHOPresidente. LIC RELIEF SERVICES-UNITED STATES CATHOLIC CONFERENCE. son organizaciones priEMILIO AVILA TORRES, MINISTERIO DE COMUNICACIONES vadas que en forma gratuita promueven en la RePrimer Secretario. pública la prestación de asistencia social a granY OBRAS PUBLICAS des mayorias del país, suministrando ayuda en VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, alimentos, ropa, medicinas y equipo médico, por Cuarto Secretario. Apruébase el contrato número 26 celebrado entre lo que es urgente brindarles facilidades en el orel Viceministro de Comunicaciones y Obras Pú- den fiscal para la pronta tramitación de las soPALACIO NACIONAL: Guatemala, 15 de julio blicas y el apoderado general de la firma <Nello licitudes respectivas. de mil novecientos sesenta y ocho. L. Teer Company», por el cual esta última se compromete ejecutar para «El Gobierno» les POR TANTO, Ratifíquese, publíquese y cúmplase. trabajos del Proyecto CN-80-TP que comprenden

la construcción de «Terraceria-Drenajes-BóveEn uso de las facultades que le confiere el arJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. das-Puentes y Balasto», del tramo de carretera tículo 170 de la Constitución de la República, «Santa Elena-Purulha-Cobán». El Ministro de Hacienda y Crédito Público,DECRETA: MARIO FUENTES PIERUCCINI. Palacio Nacional: Guatemala, 3 de julio de 1968. Artículo 10.-Se exonera de derechos aduaneEl Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Visto el contrato número veintisés (26), celeros, almacenaje, lanchaje y muellaje nacionales, EMILIO POITEVIN CRUZ. brado con fecha once de junio de mil novecientos

Consultar sobre este documento ...