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Decreto 1788-1968

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1788-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1968

EL Guatemalteco GRESO

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración dministración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ ToMo CLXXXIII GUATEMALA, JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 1968 NUMERO 57

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO teró a la Tesorería Nacional la cantidad de Q334,770.92, en concepto de economias registradas en asignaciones para pago de servicios personales y transferencias corrientes del ejercicio fiscal 1967:

RGANISMO LEGISLATIVO DECRETO No. 1785 CONSIDERANDO: reto No. 1785.

El Congreso de la República de Guatemala,Que para poder continuar sus programas dereto No. 1788. Desarrollo Agrario, el Instituto Nacional de Transformación Agraria necesita un incremento a sus ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: asignaciones; y que es preciso reintegrar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la cantidad MINISTERIO DE AGRICULTURA Que por medio del Decreto 1320 del Congreso que de sus propias asignaciones transfirió para se colocaron las banderas de las hermanas Reampliar los servicios del Ho-pital Roosevelt y pauebanse los Estatutos de la Cooperativa Agropecuaria públicas Centroamericanas en forma permanente ra Incrementar las asignaciones del Ministerio de Servicios Varios "Trabajo y Progreso", Responsabilidaden el muro del fondo del salón de sesiones de este Relaciones Exteriores, imitada; y reconócese su personalidad jurídica. Organismo, y que es necesario agregar la Bandera de la Organización de Estados Centroamericanos POR TANTO, MINISTERIO DE ECONOMIA (ODECA), como una expresión que simbolice el ferviente anhelo de que se reestructure la IntegraEn uso de las facultades que le confiere el pá- rrafo cuarto del artículo 223 de la Constitución pónese no otorgar exoneración de gravámenes de imporción de Centroamérica; de la República, ición para introducir al país sémolas y semolinas de cua squiera clase o calidad para uso industrial, clasificable CONSIDERANDO: DECRETA: la fracción 046-0102 del Arancel Uniforme CentroameQue el Pabellón Latinoamericano es un simbo-cano, Artículo 10.-Ampliar el Presupuesto Generallo de unidad y de comprensión entre los pueblos MINISTERIO DE GOBERNACION del Continente Americano, de cuyas causas Guade Ingresos del Estado, correspondier.te al ejercitemala ha sido una de las abanderadas. cio fiscal 1968, en la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y QUATRO MIL SETECIENTOS SEuébanse las modificaciones introducidas al artículo 70. TENTA QUETZALES CON NOVENTA Y DOSPOR TANTO,los estatutos de "Pinturas Centroamericanas, Sociedad CENTAVOS (Q334,770.92), que se clasifican en la

Anónima". En uso de las facultades que le confiere el informa siguiente: ciso 10. del artículo 170 de la Constitucion de la 6 PRESUPUESTO DE INGRESOS

MINISTERIO DE HACIENDA República,

61 INGRESOS CORRIENTES Y CREDITO PUBLICO DECRETA: 613 Transferencias Corrientes 613.2 Transferencias Corrientes de torizase a la Universidad Popular, para que sin los re. Artículo 10.-La Bandera de la Organización de Organismos Estatales uisitos de licitación pública y privada, pueda contratar Estados Centroamericanos (ODECA) y el Pabe6132.4 Ingresos Diversos Ramo de Coos servicios profesionales del ingeniero Gustavo Rafaelllón Latinoamericano deben ser colocados en forComunicaciones y Obras PubliCaceres Aqueche, para que supervice los trabajos de la ma permanente a los lados derecho e izquierdo, cas, construcción del edificio que la entidad construye. respectivamente, del estrado principal del salón de Dirección General de Caminos Q334,770.92 sesiones dei Congreso. PUBLICACIONES VARIAS Artículo 20.-La colocación de tales simbolos se DIRECCION GENERAL DEL IMPUESTO debera llevar a cabo en un acto solemne que orArticulo 20.-Ampliar el Presupuesto General de ganizará la Comisión de Régimen Interior.SOBRE LA RENTA Egresos del Estado correspondiente al ejercicio fiscal 1968. en la cantidad de TRESCIENTOS formas para la aplicación de la cuota anual que están Artículo 30.-El presente Decreto entrará en viTREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SEgor inmediatamente y se publicará en el Diariobligadas a pagar, las personas jurídicas nacionales O ex. TENTA QUETZALES CON NOVENTA Y DOS Oficial.ranjeras constituidas en el país, conforme artículo 77 de CENTAVOS (Q334,770.92) que se destinan a increLey del Impuesto sobre la Renta". mentar las siguientes asignaciones:PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU

PUBLICACION.

ANUNCIOS VARIOS PRESUPUESTO DE DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO FUNCIONAMIENTO icitud de nacionalidad.-Autorizaciones farmacéuticas.- LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUATEMA- 'onstitución de sociedad.-Disolución de sociedad.-PaLA. A LOS SEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMMINISTERIO DE HACIENDA Y ente de invención,-Registro de marcas.-Solicitud de BRE DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO. CREDITO PUBLICO: oncesión de exploracion petrolera.-Títulos supletorios.- dictos.-Licitación.-Remates. MANUEL FRANCISCO VILLAMAR. Programa: Administración Presidente. Central TO Industrial EICIEF, S. A., Guatemala, C. A.-Balance General 31 de diciembre de 1966. Subprograma: Dirección SuEMILIO AVILA TORRES. perior Adito Hipotacario Nacional, Departamento de Capitaliza. Primer Secretario. 68-15-25-1.01-01-911 Gastos Diverion-Balance General al 31 de agosto de 1967. SOS

VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, Q114,770 92

Programa: Transferencias róleos Gulf de Guatemala, S. A.-Balance General al 31 Cuarto Secretario. Corrientes le diciembre de 1966. Subprograma: Transferencias a Instituciones yneo de Guatemala-Balance General al 31 de agosto Je PALACIO NACIONAL: Guatemala, once de Gobiernos Lo968. Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. cales 68-31-25-2.10-02-649-04 Instituto Nacio-mpañia Farmacéutica Lanquetin, S. A.-Balance General Publiquese. nal de Trans-d 31 de diciembre de 1966. formación TECSA (Electrotécnica Guatemalteca, S. A.)-Balance JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Agraria Q220,000.00

General al 31 de diciembre de 1965. El Ministro de Gobernacion. Total: Q334,770 92 instrucciones Domus, S. A.-Balance General al 31 de HECTOR MANSILLA PINTO. liciembre de 1966. El Viceministro de Relaciones Exteriores nco Nacional Agrario, Guatemala C. A.-Balance GeneEncargado del Despacho, Artículo 30.-Con la ampliación a que se refie-al Condensado al 31 de julio de 1967. GIL ARTURO GONZALEZ SOLIS. re el presente Decreto, el Presupuesto General de robeton de Guatemala, S. A.-Balance General al 31 de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio

liciembre de 1966. Fiscal comprendido del primero de enero al trein--()- ta y uno de diciembre de mil novecientos sesenta portadora Guatemálteca de Productos Agropecuarios, S. A., ocho, asciende a la cantidad de CIENTO SEEXGUAPAGRA, S. A.)-Balance General al 31 de di. TENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS tembre de 1966. DECRETO No. 1788 OCHENTA Y CINCO MIL, QUINIENTOS NOVENTISEIS QUETZALES CON NOVENTA Y DOSCA International Airlines. S. A., Agencia en Guatemala. CENTAVOS (Q178 385 596,92).-Balance General de Operaciones en el país al 31 de di. Gembre de 1966. El Congreso de la República de GuatemolaArtículo 40.-El presente Decreto entrará en mpañía Comercial JALS, S. A.-Balance General al 31 vigor el día de su publicación en el Diario Oficial, de diciembre de 1966. debiendo la Contaduria General de la Nación, efecCONSIDERANDO: tuar las operaciones correspondientes. e United States Life Insurance Company, Agencia Gene. J en Guatemala.-Balance General Condensado al 31 Que la Dirección General de Caminos del MiPASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU diciembre de 1966. nisterio de Comunicaciones y Obras Públicas, enPUBLICACION Y CUMPLIMIENTO.754 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 57 DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO los diferentes mercados de la República b) A las aportaciones adicionales con finesLEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUATEMAy los materiales necesarios para la consLA. A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMdeterminados. En cualquier caso que eltrucción de viviendas: BRE DE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO. asoc ado pierda su calidad de tal. sus obli-1, Colaborar en toda actividad que tienda al gaciones pendientes para con la coopeTa-desarro'lo eficaz del movimiento coopera-MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, tiva se determinarán de conformidad contivo; y, Presidente. g) Obtener por compra, arrendamiento, usulos Artículos 22 y 23 de los presentes esta-tutos. fructo, 0 donación, bienes inmuebles paraEMILIO AVILA TORRES, su uso O explotación en forma colectiva 0Primer Secretario. bien dándola en parcelas individuales, cuando se trate de tierras cultivables O CAPITULO CUARTO VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, colonias para viviendas.Cuarto Sccretario. Ingreso, Deberes, Derechos PALACIO NACIONAL: Gustemala dieciorho de Artículo 5º-No se permitirá tratar asuntos y Refiro de Asociados Septiembre de mil novecientos scsenta y ocho. políticos ni religiosos en el seno de la Cooperativa y menos destinar fondos sociales a camArtículo 17-Podrán ser asociados de esta pañas de esa índole U otros fines que no sean Cooperativa todos los agricultores que se dedi-Publíquese y cúmplase. los propios de su desenvolvimiento social y eco-quen a las actividades con que la cooperativanómico.

JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. sitos: opere, siempre que reunan los siguientes requiEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, CAPITULO SEGUNDO a) Ser legalmente capaz: MARIO FUENTES PIERUCCINI. b) Haber recibido información y educaciónRégimen Económico rativismo: er. los aspectos fundamentales del coopeArtículo 6°-El capital de la Cooperativa es-c) Solicitar el ingreso por escrito a la Juntatará constituido por: de Directores: ORGANISMO EJECUTIVO d) Conocer y acafar el contenido de los pre-a) Las aportaciones que suscriban los asociasentes estatutos; dos: e) Pagar una cuota de ingreso de cinco quetb) Las aportaciones adicionales para fines de-zales, en el momento de solicitarlo, la que MINISTERIO DE AGRICULTURA terminados: será devuelta únicamente en caso de no c) Los auxilios, subvenciones 0 donaciones pú-ser admitido: Apruébanse los Estatutos de la Cooperativa blicas y privadas que la cooperativa reci-f) Suscribir por lo menos el valor de una Agropecuaria de Servicios Varios "Trabajo Y ba: y, aportación y comprometerse a pagarla toProgreso", Responsabilidad Limitada Y recod) Las reservas y toda clase de haberes quetalmente, de conformidad con el Artículoacumule. nócese su personalidad jurídica. pectivo: 7 de estos estatutos y del reglamento resPalacio Nacional: Guatemala, 1° de marzo de Artículo 7°-Las aportaciones de los asocia-g) No pertenecer a ninguna otra cooperativa 1968. dos al estar totalmente cubierto su monto, se re-que se dedique a la misma producción ni presentarán mediante certificados de valor noa otra sociedad similar a la presente yEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; mina' de cien quetzales (Q.100.00) cuyo monto seobligarse a no negociar en compra y venrá cubierto en un plazo no mayor de dos años, ta de productos en que se ocupe la COOCONSIDERANDO: computados a partir de la fecha de suscripción. perativa. ni venderlos en comisión a otrosCada certificado deberá contener como minima: que puedan hacerle competencia a la mis-mo los siguientes datos:Que examinada la solicitud de la Cooperativa Agropecuaria de Servicios Varios "Trabajo y h) Estar on condiciones de utilizar los serviProgreso", Responsabilidad Limitada, a fin de a) Nombre de la Asociación Cooperativa: cios que ella preste; b) Valor Nominal: que se aprueben sus estatutos, así como para i) A1 adjudicársele la tierra, se procederá a que se reconozca su personalidad jurídica; c) Nombre del asociado; su distribución en partes iguales a cada d) Número de parcela: si es parcelamiento;uno de los asociados de la Cooperativa:

CONSIDERANDO: e) Número del Certificado; j) Esta distribución se hará por sorteo entref) Firmas del Presidente y del Secretario de la Cooperativa: V, pelable: todos los asociados y su resultado es ina-Que se han cumplido los preceptos de los Decretos 1295 y 643 del Congreso Nacional y que g) Cualquier otro dato que se crea oportunok) En el sorteo que se efectúe, deberán inter-consignar.se ha tenido a la vista el dictamen del Deparvenir delegados tanto del FYDEP como del tamento de Cooperativas del Ministerio de AgriSi se perdiere 0 destruvere un certificado,Cooperativas: Organismo encargado del Control de lascultura; se otorgará otro después de probarse su pér-1) El asociado favorecido con la distribución POR TANTO, dida y de tomarse las debidas precauciones.de tierras, será responsable ante la COOperativa por el buen empleo de la parce-ACUERDA: Artículo 8°-Además. los asociados podrán la que se le adjudique y su explotación suscribir aportaciones adicionales, las cuales po-será de acuerdo con el plan general de la 1°-Aprobar los siguientes: drán devengar interés cuando los resultados fiAsociación, salvo convenio expreso: nanc'eros de la Cooperativa lo permitan y enm) E1 asociado favorecido con la adjudicación n'ngún caso será superior al que marca la ley.de tierras. está obligado a contribuir a Jos

Estatutos de la Cooperaliva Agropecuaria gastos en que incurra la cooperativa. paraArtículo 9º-La cooperativa a fin de obtener llevar a cabo la operación de adquisición, recursos económicos para fines determinados, medición, distribución y cualquier otro traDe Servicies Varios "Trahajo y Progreso",podrá efectuar descuentos sobre unidad de pro-bajo no previsto para el caso; ductos comercializados por la misma. prove-n) En caso de fallecimiento del asociado, los Besponsabilidad Limitada nientes de asociados, previa autorización de la herederos legales conservarán tados los asamblea general, los cuales serán reintegra-llecido: derechos y obligaciones del asociado fa-dos a los mismos a plazos fijos. CAPITULO PRIMERO ñ) En caso de renuncia expresa O separación Artículo 10 -Para los efectos del Artículo an-de un asociado sus derechos en la parce-Denominación, Duración, Domicilio y Objeto terior. la cooperativa entregará a cada asocia-la. pasarán a poder de la Cooperativa, predo el comprobante respectivo y ordenará su vio pago de su valor al afectado, cuyo Artículo 1°-Con el nombre de Cooperativa asiento en la contabilidad de la empresa. monto será fijado por una comisión comAgropecuaria de Servicios Varios "Trabajo y puesta por un directivo de la cooperativa, Progreso", Responsabilidad Limitada, se constiArtícu'o 11.-Lovalores de los documentos un representante del FYDEP y un repretuye la presente Asociación. que amparan la participación en el fondo a que sentante del ex-asociado, quienes decidirán

se refieren los Artículos anteriores. sólo podránpor mayoría y su fallo tiene carácter de Artículo 2°-Esta asociación se const'tuye con ser negociados dentro de los miembro de la irrevocable e inapelable; y, duración indefinida y sólo podrá disolverse cooperativa, previa autorización de la junta dio) Ningún asociado podrá vender, traspasar, cuando concurran las circunstancias a que se rectiva. enaienar O hipotecar la parcela de su prorefiere el Artículo 58 de estos estatutos. piedad. sin autorización previa de la JunArtículo 12-Solamente en casos especiales ta de Directores. Artículo 3°-La sede de la Asociación será de notoria superación económica de la empre-Las solicitantes adquirirán la calidad de asoen el municipio de Sayaxché, del departamento sa, se podrá adoptar el procedimiento de pagociados mediante la aprobación de su solicitud de El Peten, pero podrá mantener oficinas en antes del plazo de vencimiento. por la Junta de Directores. cualquier lugar de la República, según lo determine la Junta de Directores. CAPITULO TERCERO Artículo 18.-Son obligaciones de los asocia-dos: Artículo 4?-Esta Cooperativa se organiza pa- ·a lograr los objetivos siguientes: Responsabilidad de la Cooperativay de los Asociados a) Asistir a las Asambleas Ordinarias y Exa) Estimular y mantener en los asociados, las traordinarias que se celebren: aptitudes, actividades y confianza necesaArtículo 13.-La Cooperativa se constituyeb) Estar al día en el pago de sus aportaciorias para que juntos resuelvan sus proble-con el carácter de Responsabilidad Limitada. Denes, cuotas y demás obligaciones pecuniamas; los compromisos V obligaciones que adquiera, rias con la cooperativa: b) Efectuar las gestiones necesarias ante las sólo responde su haber social. c) Vender sus productos por conducto de la oficinas del FYDEP o la dependencia encooperativa. de acuerdo con las disposicargada de la colonización en el departaArtículo 14.-La responsabilidad a que se reciones dictadas por la Junta: mento de El Petén, a efecto de conseguir fiere el Artículo anterior, se limita al monto d) Cumplir fielmente los presentes estatutos, la adjudicación de tierras suficientes parade las aportaciones suscritas y se aumentará los acuerdos, resoluciones y reglamentos su explotación agropecuaria y forestal, así específica y exclusivamente para la garantia de la cooperativa: como cultivos propios de la región: del financiamiento de la cooperativa, por me-e) Procurar por todos los medios a su alcanc) Desarrollar actividades en todo cuanto se dio de aportaciones adicionales. ce el progreso de la cooperativa y el merelacione con la explicación de ganado y joramiento de sus asociados: cultivos para lograr abundancia y facilitar Artículo 15.-Para los efectos del Artículo an-f) Aceptar cualquier cargo de dirección en la el abaratamiento de la vida con base en terior, la Asamblea General establecerá la igual-cooperativa. siempre que no havan condila industrialización, transporte, almacena-dad de condiciones para todos los productoresciones especiales que se lo impidan:

je, propaganda, venta y distribución de sus asociados con cuotas especiales en proporción g) Hacer campaña educativa para el ingreso productos; al valor total de la producción agrícola anual por lo menos de un nuevo asociado en el d) Gestionar y conceder préstamos que facili-de cada asociado. año; ten la realización de sus propósitos; h) Cooperar en la solución de los problemas e) Adquirir los materiales necesarios para Artículo 16.-La responsabilidad de los aso. de la comunidad; su mejor funcionamiento tanto agricola ciados para con la cooperativa se limita: i) Autorizar a la cooperativa la retención de como industrial, especialmente maquinatin porcentaje para gastos de administraria para la mecanización de tierras, así CO-a) Al valor de las aportaciones suscritas yción la misma, por unidad de producto mo para el transporte de las cosechas a pagadas a la cooperativa; entregado nor el socio para su administración y comercialización, descuento que po-

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