Decreto 18-2003
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 18-2003
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 2003
NUMERO 73 DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de mayo de 2003 3
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA REMITATE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA VEINTICUATRO DEL MES DE ABRIL DEL AÑO PUBLICACION.
DOS MIL TRES.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA TREINTA DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES.
JOSE EFRAIN RIOS MONTT COMPLETED DE LA REPUBLICAPRESIDENTE 303 IN RIOY MOINT
PRESIDENTE GUATEMALA, HAROLDO ERIC QUEJ CHEN ENRIQUE PINTO MARTINEZ HAROLDO ERIC QUEJ CHEN ENRIQUE PINTO MARTINEZ
SECRETARIO SECRETARIO SÉCRETARIO SECRETARIO
COMMISO DE LA REPUBLICASANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 18-2003
GUATEMALA, PALACIO NACIONAL Guatemala, diecinueve de mayo del año dos mil tres.
SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 17-2003
PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecinueve de mayo del año dos mil PUBLÍQUESE Y CUMPLASE tres.
DE LA
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
PRESIDENCIAREPUBLICA
COMMUNICIA
DE
5. PORTILLO CABRERA OF
SECURITY
REPUBLICA
PORTILLO CABRERA
ACERNACIO
DE DR. JOSE FO REYES CALDERON Lic. I Littis Mijangos C.MINISTRO DE GOBERNACION GENERAL
PRESIDENCIA LA REPUBLICA
DR. and JOSE ADOLFO REYES CALDERON
(E-471-2003)-22-mayo
Lic. Luis Mijangos C.MINISTRO DE GOBERNACIÓN RECRETARIO GENERAL
PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA
(E-470-2003)-22-mayo ORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE GOBERNACION Acuérdase aprobar las medidas efectuadas en el terreno baldío denominado DECRETO NUMERO 18-2003 "RUBEL-HO", ubicado en jurisdicción municipal de Livingston, departamento de Izabal. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 102-2003CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que los bienes municipalesGuatemala, 19 de marzo de 2003 gozarán de las mismas garantias y privilegios de la propiedad del Estado y como tal puede ser sujeto de exoneración de toda clase de impuestos en la importación de equipo que tenga como 101 Presidente de la República,fin el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del Municipio.
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Chiquimula con el objeto de mejorar el tratamiento de los desechos sólidos municipales y hospitalarios contrató con la Asociación Civil no lucrativa denominada DESCO, la importación de una planta procesadora de desechos sólidos municipales y Que de conformidad con la Ley de Transformación Agraria, los terrenos
hospitalarios cuyos datos · especificaciones técnicas se encuentran en las pólizas de importaciónbaldíos una vez localizados y medidos deben ser inscritos a favor de la Nación,respectivas.
CONSIDERANDO: con el objeto de que puedanoser destinados al establecimiento de Zonas de Desarrollo Agrario 0 lotificaciones rústicas para proporcionar tierra a los Que el tratamiento de los desechos sólidos y hospitalarios, así como el goce de la salud es un bien público y debe atenderse en función de las necesidades de los guatemaltecos. campesinos y campesinas que carecen de ella como lo determina la constitución Política de la República de Guatemala.POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere el artículo 171 inciso a) de la Constitución Política de la CONSIDERANDO: República, y con base en el numeral 2 del artículo 3 del Código Tributario, DECRETA: Que habiéndose efectuado los trabajos de medida del terreno baldío ARTICULO 1. Se exonera a la Municipalidad del Municipio de Chiquimula, del Departamento denominado "RUBEL-HO", ubicado en jurisdicción municipal de Livingston, de Chiquimula, de todos los impuestos fiscales que recaigan sobre la importación de la planta dedepartamento de Izabal, por el profesional nombrado para el efecto y comodesechos sólidos municipales y hospitalarios que se encuentran en depósito en la Aduana de Puerto Barrios y/o Santo Tomás de Castilla, incluyendo todo el equipo en maquinaria queconsta en el respectivo expediente que las operaciones topográficas se
conforman la misma. encuentran ajustadas a la ley según se colige del dictamen número FT-ATRARTICULO 2. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable040-2001 del 21 de noviembre del año 2001, emitida por el Coordinador del de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de laÁrea Técnica del Fondo de Tierras, es procedente emitir la disposición legalRepública, aprobado en un sole debate y entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial. aprobando dichas diligencias.