Decreto 18-2006
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 18-2006
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2006
Diario de CentroAmérica
GENTEGOBIERNO
.
MARCHAFN
www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquin Godoy Decano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXIX Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 NÚMERO 58
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 18-2006
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
ORGANISMO EJECUTIVO
DECRETO NÚMERO 18-2006
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la IGLESIA CRISTIANA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
RESTAURACIÓN.
CONSIDERANDO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN Acuérdase que por sus relevantes servicios prestados y como reconocimiento a sus méritos y trabajo en Que durante los días diecinueve y veinte de enero de 2006, en reunión celebrada entre los el magisterio nacional, reconoce el otorgamiento Presidentes de Colombia y Guatemala, llevada a cabo en la Ciudad de Guatemala, los de la "ORDEN NACIONAL FRANCISCO mandatarios de ambas naciones instaron a sus Ministros de Economía a buscar mecanismos MARROQUÍN" a las distinguidas educadoras y comerciales que permitan incentivar el comercio y el intercambio de productos entre los países.educadores.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Acuérdase conceder la nacionalidad guatemalteca por CONSIDERANDO: naturalización a DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH. Que el objeto del Acuerdo de Alcance Parcial entre ambos países es que las partes otorguenMINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS márgenes de preferencia arancelaria y eliminen las restricciones no arancelarias a laAcuérdase aprobar el MODELO DE CONTRATO DE AUTORIZACIÓN DEFINITIVA PARA UTILIZAR importación de mercancías, de manera que se facilite, diversifique y promueva el intercambio BIENES DE DOMINIO PÚBLICO PARA LA INSTAcomercial sobre bases previsibles, transparentes y permanentes entre ambas naciones.
LACIÓN DE CENTRALES GENERADORAS HIDROELÉCTRICAS (O GEOTÉRMICAS).
CONSIDERANDO: PUBLICACIONES VARIAS Que el Acuerdo de Alcance Parcial normará el comercio de bienes a través de reglas claras, transparentes y estables; establecerá mecanismos que eviten la aplicación de medidasCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD EXPEDIENTE 1243-2005 unilaterales y discrecionales que afecten los flujos comerciales; determinará procedimientos eficaces para la solución de controversias; y, promoverá la cooperación entre las partes SECRETARÍA DE LA JUNTA MONETARIA mediante la implementación de proyectos específicos en temas prioritarios para el desarrollo.
RESOLUCIÓN JM-34-2006
CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que conforme lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala en los Matrimonios Constituciones de sociedad artículos 149, 150 y 151, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados de conformidad Modificaciones de sociedad Patentes de con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir alinvención Registro de marcas Títulos mantenimiento de la paz y la libertad, el respeto y defensa de los derechos humanos, alsupletorios Edictos Remates. fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el COLUMNA, COMPAÑÍA DE SEGUROS, S. beneficio mutuo y equitativo entre los Estados; como parte de la comunidad centroamericana, Balance General Condensado al 31 de diciembre de mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estadós que2005. formaron la Federación de Centroamérica y deberá adoptar las medidas adecuadas para llevar a la práctica, en forma total o parcial, la unión política O económica de Centroamérica; de la ATENCIÓN ANUNCIANTES: misma manera mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala con elIMPRESIÓN SE HACE propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formularCONFORME ORIGINAL conjuntamente políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.
Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el POR TANTO: original. Por lo anterior, esta Administración ruega al público tomar nota. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) y I) de la Constitución Política de la República de Guatemala,2 Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO.58
DECRETA: POR TANTO: Artículo 1. Aprobar el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Alcance Parcial entre la En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 incisos a) y f) de la
República de Guatemala y la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Bogotá, D.C. el 2Constitución Política de la República de Guatemala: 27 inciso m), del Decreto número de agosto de 2002; el Canje de Notas de fecha 7 de diciembre de 2005 del Ministerio de114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y con fundamento en Relaciones Exteriores y de fecha 2 de enero de 2006 proveniente de la Embajada de lael artículo 15 numeral 1° Decreto Ley número 106, Código Civil. República de Colombia acreditada en Guatemala; y el Segundo Protocolo, adicional al Acuerdo de Alcance Parcial entre la República de Guatemala y la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Bogotá, D.C. el 6 de octubre de 2004. ACUERDA: Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el ARTICULO 1. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas
Diario Oficial. de la IGLESIA CRISTIANA RESTAURACION, las cuales están contenidas en Escrituras Públicas números sesenta (60) de fecha cuatro de noviembre de dos mil cinco, autorizada en el REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y municipio de Joyabaj, departamento de El Quiché, modificada mediante Escritura PUBLICACIÓN. Pública número dos (2) de fecha veinte de enero de dos mil seis, autorizada en la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, ambas por el Notario Natanael Portillo EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE Orellana. GUATEMALA, EL UNO DE JUNIO DE DOS MIL SEIS. ARTICULO 2. Para el funcionamiento de cualquier proyecto o programa de los no contemplados dentro de sus fines, la IGLESIA CRISTIANA RESTAURACION, deberá contarcon la autorización previa de la entidad Gubernativa correspondiente. ARTICULO 3. El presente expediente deberá anotarse en el Registro CivilJORGE MÉNDEZ HERBRUGER correspondiente, con base en lo establecido en el artículo 438 del Código Civil.PRESIDENTE DE COMISIÓN PERMANENTE ARTICULO 4. El presente Acuerdo empezará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
OTTO ELY ZEA SIERRA FRANCISCO JAVIER VALLE COMUNIQUESE
SECRETARIO SECRETARIO
DE Carlos Vielmann Montes MINISTRO DE GOBERNACION PALACIO NACIONAL: Guatemala, quince de junio del año dos mil seis. DE PUBLÍQUESE Y CUMPLASE COMMISSIONEzequiel Rodríguez
Viceministro Administrative DE LA Ministerio de GobemacionGUATEMALA (122934-2)-26-junio
REPUBLICA
BERGER PERDOMO
GUATEMALA
DE
MINISTERIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN HOMIA REP.DEQUATEMALAAcuérdase que por sus relevantes servicios prestados y como reconocimiento a sus méritos y trabajo en el magisterio nacional, reconoce el MARGIC CUEVAS QUEZADA otorgamiento de la "ORDEN NACIONAL FRANCISCO MARROQUÍN" aMinistro de Economic Jorge Briz Abularach las distinguidas educadoras y educadores. Ministro de Relaciones Exteriores
ACUERDO GUBERNATIVO No. 363-2006
K Lic. Torge Guatemala, 21 de junio de 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
SECRETARIO CENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE AREPUBLICA (E-537-2006)-26-junio CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto Ley Número 51 del 17 de junio de 1963, se instituyóORGANISMO EJECUTIVO la "Orden Nacional Francisco Marroquín" como símbolo de honor y dignificación a los educadores distinguidos en su profesión.
CONSIDERANDO: Que el Consejo de la "Orden Nacional Francisco Marroquín", con fecha dieciséis de junio de dos mil seis, otorgó a las y los maestros propuestos por el Ministerio de MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Educación, la condecoración que exalta la labor del educador guatemalteco.
Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constiPOR TANTO:
tutivas de la IGLESIA CRISTIANA RESTAURACIÓN.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 692-2006 En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Decreto Ley Número 51 de fecha 17 de junio de 1963 y su Reglamento. Guatemala, 5 de junio de 2006.
ACUERDA: EL MINISTRO DE GOBERNACION Artículo 1. Por sus relevantes servicios prestados y como reconocimiento a sus méritos CONSIDERANDO: y trabajo en el magisterio nacional, reconoce el otorgamiento de la "ORDEN NACIONAL FRANCISCO MARROQUÍN" a las distinguidas educadoras y educadores siguientes: Que el Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la IGLESIA CRISTIANA RESTAURACION. ubicada en el Municipio de Joyabaj, Departamento de El 01. José Ramón Burgos Montero Petén Quiché, se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad02. Ofelia Calderón Gómez de Titus Sacatepéquez jurídica y aprobación de bases constitutivas. 03. Carlos Enrique Cárcamo Ixcó Retalhuleu
04.CONSIDERANDO: Oscar Eleázar González Recinos Huehuetenango
05. Claudio Leoncio López Maldonado San Marcos Que el ejercicio de todas las religiones en el país es libre, sin más límites que el06. Mario Maldonado de León Sololá orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros07. Ada Eugenia Méndez Tárano Alta Verapaz
credos como lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala; y, 08. Rodolfo Abel Rayo Galvez Chimaltenango siendo que, el interesado cumplió con los requisitos que la ley exige para el 09. María Regina Sáenz de Tejada Martinez Sobral de Duarte Sacatepéquez reconocimiento respectivo, es procedente dictar el Acuerdo Ministerial correspondiente.10. Gloria Estela Trangay Fernández de Vega Quetzaltenango