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Decreto 1805-1968

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1805-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1968

502 CONTROL LIB .NSA talteco

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL In DE ENERO DE: 1386. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrago como correspondencia de segunda clase en la Administración Auministración: Te'éfono 24118 Central de Correos de Guatemaia, el 6 je marzo de 1050, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34 Zona 1

DIRECTOR: LEOPCLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXIV GUATEMALA, MIERCOLES 4 DE DICIEMBRE DE 1968 NUMERO 20 nomas O semiauténomas, incluyends las Municicrito var OS préstamos con instituciones internaSUMARIO palidades y la Universidad de San Carlos de Guacionales de crédito, destinados a la construcción de temala. así como las comisiones, asociaciones, jun-nucvos proyectos viales no incluidos en lcs que ORGANISMO LEGISLATIVO tas 0 con: tés a que se refiere el Decreto Gubcinaconsidera el Decreto 1465 y que, por su magnitud, tivo numero 2082. necesitan de un adecaado financiamiento para SU mejor ejecución,Decide No. 1802 Articulo 20.-Por todo pago que se haga a las oficinas tublicas, éstas extinderan constanzia al POR TANTO,Decreto No. 1805. enterante, únicamente en recib. au'orizados por la C ntraloria de Cuentas, except aquélias cuya leyEn uso de las facultades que le confiere el articu-Licens No. 1807. les permita otro procedimiento. lo 170 de la Constitución de la República,

ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 30-La Contraloria de Cuen'as queda DECRETA: facultada para determinar les requisitos a que se MINISTERIO DE AGRICULTURA denen ajustar las constancias de page; si la autoArtículo 10.-El fondo rotativo establecido en el rizacion de las mismas debe str previa a su uso,articulo 80. del Decreto del Congreso 1465, modifiAprochate el contrato número 22 referred ent cl vicemi0 adquiren plena validez al estampa se en ellas cado pcr el Decreto-Ley 81, se incrementa en la cannatio de Agricultura el representative del In-tituto Ame.11 cons ancia ce recepción, por medio de máquinastidad de doscientos mil quetzales ((2200,000.00), quede la Potasa, por el convice ca que la que den la gurantia necesaria de las constancias dando dicho fondo en ei monto total de un milón efectivas del pago.Office Central de la Asociacion Investitutiva de 11 doscientos mil quetzales (Q1.200,000.00). el Norte do ten so sade en la Los fundos que sean necesarios para la ap'icaciónArtículo 20.-El incremento del fondo retativo setde Guatemala. de esta ky, SC tomarin de as partidas asignadasrá objeto de un contrato especial entre el Ministe01 el Presupuesto General de Gastos de la Nación rio de Hacienda y Credito Publico y el Banco de MINISTER'O DE COMUNICACIONES para tal efects. Guatemala, cn cuyo contrato se hará constar cuáles proyectos viales deberan ser financiados a traves

Y OBRAS PUBLICAS Articulo to.-Se faculta al Ministerio de Haciendadel referido fondo; quedando, asimismo, facultado y Credits Público, para Eacer has arregios neceel Ministe io de Hacienda para incluir en el futuro, Apluébase el contrato número 329, celebrado entre el DE.sarios pa a que los impuestos puedan pagarse en aquellos proyectos viales que a Su juicio y por la DELIVE Peneral is Obras Públicas y el ingenero Otto Erlos bancos autorizados por 1.1 ley. naturaleza del préstamo externo que se hubiera neto Becker Meyer, por el cual cl último CC los numbra conseguido para cubrir sus costos de ejecución, nedos compromete supervisar todos los estudios y tra. Artículo 50.-Salvo prueba en contrario, se pre-cesite ser financiado por el fondo rotativo para S1 bajos que se necesitan desarr. H. para is edization sumirá autor de los delitos ce fraude y exaccionesmejor y más pronta ejecucion. prosecto de introduccion de agua potable denominado Regales al funcionario 0 em reads de oficina pù- blica que no extienda la respectiva censtancia de Artículo 30.-El presente Decreto fue aprobad P.g. 0 que b haga per un procedimiento no autoccn el veto favorable de más de las dos tercera MINISTERIO DE ECONOMIA rizado per la Contraloria de Cuintas, sn perjute.opartes del número total de diputados que integran de exigid ingress de la cantidad pagada y de el Congreso, y entrará en vigor el dia de su puMedicare en la forma que so mencions el articuto 20. del imponersele una multa equivalente al 100% de tal blicacion en el Diario Oficial. Acade Gaternative del 6 de de 1955 que CONcantidad multa de la que el 50 corresponderá al 1.00. la cesida titulo gratuit de 1111.1 f.... de teste. donunessite, si lo hubiere, siempre que este no fue-Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación Livor del Comite Pro Navidad del Nino. TO funcionario 0 empleado publico. En la misma y cumplimiento. It ferma sancionirá la falta de entrega ce las consMolitiase LL attrcalo 10. del Acuerdo Gube.n.tive de fe tancias de page respectivas. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, de 1968. 1.1 aplicacion en la ciudad de Guatemala. a los veintiséis días del del impire de estabilizacion economica, en la forma Artículo Co.-Mientras la Contraloria Je Cuentas mes de noviembre de mil novecientos sesenta y indica. no autorice expresamente a una oficina pública ocho. para cambiar el 0 ocedimiento on la emisión de constancias de pago, ésta continuará sujeta a lo MANUEL FRANCISCO VILLAMAR,MINISTERIO DE GOBERNACION que sobre la materia dispone of Decreto Gubernativo Presidente. numero 1228. I.s Estatutos de la "Compaña Guatemalteca de EMILIO AVILA TORRES,Aimacedes Generales de Depósito, Sociedad Anonimi", Art'culo presente Decreto entrará en vigor Primer Secretario.

recondese su personalidad jurídica. al d'a siguiente de su publicación en el DiarioOficial. VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, MINISTERIO DE TRABAJO Pase al Organismo Ejecutiv) para su publicación Cuarto Secretario. y cumplimiento. Y PREVISION SOCIAL Palacio Nacional: Guatemala, tres de diciembre Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, de mil novecientos sesenta y o.ho. Celebrase durante el año de 1969 el cincuentenario de la en la ciudad de Guitemala a los veintiséis días del creación de la Organizacion Internacional del Trabajo. mes de noviembre de mil overientos sesenta y Publiquese y cúmplase.

ocho. JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.

ANUNCIOS VARIOS MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, Ei Ministro de Hacienda y Crédito Público, Presidente. MARIO FUENTES PIERUCCINI.Constitución de socledad -Modificación de sociedad.-Pa kate de invencion.-Registro de marcas.-Titulos supleto. EMILIO AVILA TORRES,nos-Edictos.-Licitacion-Remates, P.imer Sccretario.

VICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, DECRETO No. 1807Cuarto Secretario.

ORGANISMO LEGISLATIVO El Congreso de la República de GuatemalaPalacio Nacional: Guatemals, tres de diciembre de mil novecientos sesenta y o.ho. CONSIDERANDO: Publiq ese y cúmplase Que al aprobarse el Protocolo de San José por

DECRETO No. 1802 JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. medio del Decreto 1778 del Congreso, que establece un impuesto a las mercanc'as que se importenEl Ministro de Hacienda V Crédito Público, Congreso de In República de EuatemalaMARIO FUENTES PIERUCCINI. fuera del area Centroamericana, no se exceptuó la aplicación de impuestos como el que recae sobre los vehiculos comprendidos en la posición CONSIDERANDO: arancelaria 732-01-02. por lo que es el caso de deDECRETO No. 1805 jar sin efecto tal d'sposici establecida por el Que es necesario que la recaudación de fondos art.culo 20. del Decreto 1731 del Congreso, acticos se haga per procedimients que, a la vez den las seguridades del caso tanto a los onEl Congreso de la República de Guatemala POR TANTO. drantes como a las o'icinas receptoras, faciliten control de les documentos acorde con el numero CONSIDERANDO: En uso de las facultades que le confiere el incent ibuyentes, y permitan atender a estos con ciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la República,Que el fondo retative de Q500,000.00 es'ablecido de conformidad con el artículo 80 del Decreto del DECRETA: POR TANTO, Congreso 1465 ampliado a la suma de Q1 000.000.00 por el Decreto-Ley 81, con el objeto de facil tar el uso de las facultades que le concere el inclso Art'culo 10.-Se deroga el artículo 60. del De-proceso de inversion para la realización de las obras

del articulo 170 d3 la Constitueion de la Reviales, ha probado ser un sistema altamente prac-creto 1627 del Congreso de la República prorrogaOlica, do por el Decreto 1731 del mismo Organismo entico y eficiente; DECRETA: su art/culo 20., quedando en vigor las demás disposiciones de este último Decreto.CONSIDERANDO: Leticulo 10.-Para los efectos de esta ley, se enArtículo 20.-El presente Decreto entrará enandera por Oficinas Públicas: Las oficinas delQue el Gobierno de la República a través del vigor al día siguiente de su publicación en el Dia-de sus entidades descentralizadas, autó-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ha sus-rio Oficial.

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