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Decreto 1806-1968

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1806-1968
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1968

DEL Guate CONTROL maltero

CONORES REVIS de

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrage CORDO correspondencia de segunda clase en la Administración

Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemata, el 6 DC marzo de 1050, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34 Zona 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXIV GUATEMALA. MARTES 3 DE DICIEMBRE DE 1963 NUMERO 19 junio del corriente año, DO' la cantidad de SR miCONSIDERANDO: SUMARIO listes ce dolates (US$7.000 000 00) a veint t.és años plazo, con un periodo JC gracia de tres ands tha tasa de interés del seis un cuarto por ciento Que Ics propósitos que se fuvieron para introduORGANISMO LEGISLATIVO anual que se cubrirá semestraimente sobre el saldo cir algunas reformas at Código de Procedimientos pendic del page de la deuda y una comisión Penales, can sido contraproducentes per la circuns1566. de con.promise a razón de tres cuartos del uno por tancia de que tengan que mantenerse en prisión cien'o (4) del 190 por año sobre el capital prina personas que prueban p'enamente su inocencia,

1808 cigal del préstamo no desembo sado E! principal restringtend seles el derecho a gozar de su libertad de la deada se pagará de conform dad el Promediante la reforma del auto de prisión, y a efecto ORGANISMO EJECUTIVO grama de Am artización, que forman parte del Co.:- de ajustar la legislacion a la rearidad de nuestro VOID de Préstamo. medio social y a las normas y garantias estableMINISTERIO DE COMUNICACIONES cidas en la Constitución de la República es impeEI préstamo de'allado en el párrafo anterior serativo dictar las medidas necesar.a para la sed. tinatá a cubrir los costos de la instalación ie guridad de los ciudadanos;Y OBRAS PUBLICAS DG? planta de vapor de 33.000 kilovatios y los esDireccion General de Telecrmant iciones tech on el sitio de la ob a y discho de la primera clapa del proyecto hidroelcetrico Atitian CONSIDERANDO: los requist Instation privade, time Ag Comercial S A.", les n'a Art/culo 20.-El principal, intereses. comitiones ynece its para el entage telefonico entre la demás gastos del prést mo a qu: se refiere el arQue la prá-tica ha demostrado inconvenientes enla nucva Ferminal Act. themb anterior serán pagados por el Instituto Na-la tramitación de les DIOCESOS conforme al procecienal de Certrificación con su: propi recurses,dimiento especial establecido en el Decreto numero de accurd con las regular iones del 'eferido con1963 del Congreso puesto que la limitación que se

MINISTERIO DE ECONOMIA trato de préstamo para In cual deberá figurar en dhizo a les términos impos bili:a la aportación de pr supus anual de esta institución, la asignacionlas prucbas necesarias para la comprobación de los as Panquicias de gravdinches la importation respectiva. delitos, y por otra parte, en dic' procedimiento de PVC (fabilicad) tables. tangues especial no se contempló lo relativo a la función Identification us PVC claimables ca is frac. que compete al Ministerio Público para intervenir, 507 01 04 -01 del Arancel Unforme Centroame. Articulo 30.- aprueba el Convenio de garantíaen los casos en que procede, con. del préstamo número 5-GUdel 28 de jun 0 de 1906 suscribe entre el Organismo Ejecutivo por cenAdditional has modificaciones introducidas a les articulos ducto del Ministerio de Hacienda y C édito Público POR TANTO, Quanto de los Estatutos de la Compania Co y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomust Aleguradora Saizo Americana, Sociedad Anonum nto. por medio del cual el Cobierno de la Republica de Guatemala asume la calidad de fiador. En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. del articulo 170 de la Constitucion de la ReMINISTERIO DE GOBERNACION Artículo 40.-Se aprieba el Convenio de Préstamo pública, número 515-GU. sucrit) ie junio de 1003. ent'e et Institute Nacional de Electrificación y el BancoInclude Estatutos de la "Iglesta Evangenca Centro. Interna ional 'de Reconstrucción Foments, pur DECRETA:

del Candelero de Oro", recondedse su Fet medio dei cual el INDE asume la calidad de deudor.Minded jaridad. Artículo 50 E1 presente Decreio fue aproba !o cn Artículo 10.--Se deregan los decretos 1635 y 1663

ANUNCIOS VARIOS e: Vote favorable de más de las dos terceras partes dei Congreso de fechas 7 de diciembre de 1906 y 2 dei número total de diputados que integran el Conde marzo de 1907, respectivamente. farmaccuticas de transporte --Matti. greso entrará en vigor el dia de su publicacion nation de sociedades de some en el Diano Oficial. La tramitación de los procesos a que se refiere J.K. stro de invention Titulas el Decreto 1633 se continua an conforme a las dispoMiderios Remates Pase al Organismo Ejecutivo para su publication sicienes pertinentes del Código de Procedimientos Penales. complimicato.

Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. en Artículo 20.-El artículo 146 del Código de ProORGANISMO LEGISLATIVO la ciudad d.: Guatemala, a los veintiséis dias del ced.mientos Penales queda asi: mes de noviembre de mil n vecientes sesonta y beho. Artículo 146.-Los partes que rinda la policial a los tribunales a consecuencia de las investigacioDECRETO No. 1806 MANUEL FRANCISCO VILLAMAR, nes que hubiere realizado, se considerarán como dePresidente. nuncias para los efectos legales, pero serán suficientes para mantener la detención de una persona

Dongreso de la República de GuatemalaEMILIO AVILA TORRES, mient'as el juez competente resuelve, ya sea reCONSIDERANDO: Primer Secretario. duciéndolo a prisión provisional u ordenando su iibertad, dentro del término señalado en el articulo Que el Instituto Na ional de Electrificación susVICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, 51 de la Constitución de la República. Cuarto Secretario. MUIO un Convenio de Préstamo con of Banco InLas declaraciones que presten los agentes deMacional de Reconstrucción Formento C n fecha Palacio Nacional: Guatemala, dos de diciembre policia teadrán el valor de declaraciones test ficales,DE junio de 1968, por la cantidad de siete millode mil novecientos sesenta y ocho. cuando se refieran a hechos de conccimiento propio>.alside dolares. habiendo sido ava'ado a través de Convenio de Garantia por el Gobierno Central,Publiquese y cúmpla-e. Artículo 30.-El artículo 418 del Código de Procedimientos, queda así:CONSIDERANDO: JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO Artículo 418.- Los autos de prisión 0 de libertad Qte dicho préstamo se ha proyectado hacia la El Ministro de Hacienda y Crédito Público, provisionales son e'ormables de oficio 0 a insrelizacion de cbras fundamentales que completanMARIO FUENTES PIERUCCINI. tancia c'e parte. duran'e todo el curso de la causa.

a Plan Nacional de Elect ificación prepar ado por En consecuencia. el procesado puede ser preso 0HINDE cubriendo las exigen las de energia elécpuesto en libertad cuantas veces se considere pro-Inca que se han hecho sentir en el crecimiento incedente. legral del pais, cuya primera etapa se encuentraa ejecucion; Las providencias que se dicten en relación a los DECRETO No. 1808 autos de prisión y libertad provisionales, son ape-CONSIDERANDO: lables $010 en el efecto devolutivo. Los autos de prisión scn apelables en cualquier estado del proQue el Consejo de Estado, en su dictamen delEl Congraso de la República de Guatemalacesor. Ble septiembre de 1968, se pronuncio favorablemente sub e el Convenio de Préstamo contratado CONSIDERANDO: Artícuio 4o -El inciso 80. del articu'o 581 del Có- or el INDE la Junta Monetaria. en su resoludigo de Procedimientos Penales, queda así: núme:o 5843, aprobó la negociación del em-Cue la actividad julisdiccional debe garantizarpestito, la observancia de ias normas juridicas. tanto cons- <Po.-Los que tienen interés directo 0 indirecto en tucionales como sustantivas y los Decretos 1635 y el asunto>. POR TANTO, 1603 del Congreso, no cumplen ccn tal filosola. Por otra parte el procedimiento legal debe garanArtículo 50.-EI prescnte Decreto es de ap'icación Can fundamento en los incisos 10 y 14 del articulotizar el equilibrio de polestades, sujeciones, dere-inmediata y entrará en vigor el dia siguiente de su

170 la Constitución de la Republica, chos. deberes, cargas probatorias de los diversos publicacion en el Diario Oficial. sujetos procesales, tanto de los organes estatales DECRETA: que cumplen con la función jurisdiccional, como Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación dc los particulares que en cualquier process tengany cumplimiento.Articulo 10.- Se autoriza al Organismo Ejerutivoque participar en los acts que lo integran. Que Bara are sirva de garante del préstamo que di Ban-dada la brevedad de los terminos establecidos en Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, 00 Internacional de Reconstruccion y Fomento e' Decreto 1635, los fueces V las partes se encu ntranen la ciudad de Guatema'a a los veintis ete dias incedio al Instituto Nacional de Electrificación,imposibilitados de desarrollar el procedimiento > ladel mes de noviembre de mil novecientos scsenta maiorme el convenio sucrito por las partes el 28 dedefensa respectivamente; y ocho.

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