Decreto 181-1964
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 181-1964
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal_Militar
- Año
- 1964
EL Guatemalteco DIAR,O OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEM ALA CENTRO AMERICA FUNDADO EL In DE ENERO DE 1836. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfonn 28027 Impreso en Diario de CentreRegistrado como correspondencia de segunda clase en la Administracion Administración: Teléfono 21419 Central de Carreos de Guatemala. el 6 de marzo de 1950. bajo el No. 749 América. 9a. Av. 11-34. Zana 1
DIRECTOR BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO
TOMO,CLXX GUATEMALA, LUNES 2 DE MARZO DE 1964 NUMERO 4
SUMARIO En Consejo de Ministros, El Ministro de Gobernación.
UIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.
DECRETA: ORGANISMO EJECUTIVO Artículo lo. El articulo 60. del Decreto Ley No. El Ministro de Relaciones Exteriores 55. queda asi: ALBERTO HERRARTE GONZALEZ Decreto Ley NV INI. # "Articulo 60.-Para determinar la cuantia mensual de la jubilación 0 montepio. se tomará CONTR El Ministro de Agricultura, MINISTERIO DE AGRICULTURA base el sueldo correspondiente a la última cateCARLOS HUMBERTO DE LEON. goria jerárquica militar del beneficiario 0 causante.
Examerase de licitacion priblics y privada la performelon deen la escala de sueldos vigente en la fecha de on 1970 mecinico de 6" D.I. (Casing), de 250 pies de iniciación del expediente respectivo, aunque en caso. El Ministro de Comunicacione
perforación aproximadamente, COR destino at narcelade montepio el causante hubiere estado jubilado y Obras Públicas, micros de In Cooperativa Agropecuaria Santa Rosa. R. 1., con una asignación menor. Cuando se trate de per JOAQUIN OLIVARES M.sonas sin categoria militar efectiva. que esten 0 MINISTERIO DE GOBERNACION hayan estado al servicio del Ejércilo 0 desempe ñado cargos militarizados. se tomará como base EI Ministro de Economia. el promed's de los sueldos mensuales devengadosAprochanse los contratos celebrados entre <i director xeCARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.durante los últimos cinco años de servicios. Retal de Television Nacional las per. que se mencionan. (Continua). En ningún caso la asignación por concepto de El Ministro de Educación Pública jubilación 0 montepio excederá de trescientos quetROLANDO CHINCHILLA AGUILAR PUBLICACIONES VARIAS zales ni bajará de treinta quetzales at mez. aurope de conformidad con las liquidaciones respectivas MINISTERIO DE RELACIONES correspondiere diferente cantidad". El Ministro de Hacienda y Crédito Publico.
JORGE LUCAS CABÁLLEROS M.
EXTERIORES Articulo 20.- EI artículo 90. del mismo Decreto Ley. modificado por el articulo 2n. del Decreto Liste de Ins Estados que hasts In fecha han ratificado " Ley No. 83. queda asi: El Ministro de Trabajo y aceptado el Acuerdo para la Importación de Objetos de Previsión Social, Cardeter Educativo, Clentifico o Cultural. "Artículo 90.-Las jubilaciones y montepios JORGE JOSE SALAZAR VALDES.
cuando fueren procedentes se devengarán: ANUNCIOS VARIOS L--Las jubilaciones: El Ministro de Salud Púb'ic y Asistencia Social,Matrimonio-Constitucion de sociedades.--Modilicacion de a) En los casos de personas con categoria militar ALFONSO PONCE ARCHILA de sociedades.-Disolucion de so. efectiva que causaron baja antes del 20 de ju cledades--Registro de marcas.-Tfules supletorios nio de 1963, desde la fecha en que se emita el Ealictos.-Remates. Acuerdo Gubernative en que se reconozca el derecho del solicitante: MINISTERIO DE AGRICULTURA Ranco Inmobiliario, S. A.-Estado de Pérdidas Gaman. b) En los casos de las micinas personas. que ha Clas Jet 10 de chero at 11 de diciembre de 1963 havan causado n causen baja con posterioridad a la fecha antes indicada Exonérase de licitación pública y privada la per Inración de un poze mecánico de 6" D.I. (e) Pc 1. Balance General at 30 de de 1961. In.-Cuando el interesado no haya llegado a la sing), de 250 ples de perforación apreximad edad de retiro 0 la alcance estando de baja, desde mente, con destine al parcelamiento de la Coup+ la fecha en que se inicie el respectivo expedien rativa Agrepecuaria Santa Rosa, R. L. Super Motores Sociedad Aninima-Balance General. at te: y. 30 the junio de 1963. Palacio Nacional: Guatemala, 15 de febrero if2n.- Cuando el interesado alcance la edad de re 1964.
tire estando de alta desde la fecha en que cause Banco Nacional Agrario. Guatemala. A --Halance Gr. baja. EI Jefe del Gobierno de la República. metal al " de enero de 1964. c) En los casos de personas sin cotegoría militar Con base en el dictamen número 0601, emitid efectiva que havan servido en el Ejército: por ia Contraloria General de Cuentas el doce Sunco "Granal Townson. de Ahorro y Prestamo para la febrero en curso. en las diligencias seguidas Viviends. S. A."--Halance General at 11 de diciembre In.-Cuando el interesado estuviere de alta. desefecto. de 1963 de la fecha en que cause baja: V. Cuando el interesado estuviere de baja. des ACUERDA: Companin Guatemalleca de Maquinaria. Sociedad Anonima de la fecha en que se emita el Acuerdo respective: d) Cuando se trate de personas sin categoria mi--Balance General al 30 de junio de 1963. 10.-Exonerar de los requisitos de licitacion prlitar efectiva que hayan prestado servicios en blica y privada, la perforación de un pozo mec: ramos militarizados. desde la fecha en que SECal Hidra. S. A.-Halance General al 30 de junio de 1963 nico de 6" D.I. (casing) de 250 pies de perforeemita el Acuerdo respectivo. cion aproximadamente, dejando el pozo entubac Banco "Granai & Townson. de Ahorro y Préstamo para la y cubeteado, al precio total de tres mil ciento quirII.-Los montepios. en todo caso. desde la fechaVivienda, 5. Estado de Pérdidas Ganancias por CR quetzales (Q.3,115.00), y la instalación de undel fallecimiento del causante. salvo que el deceso
el peri do comprendido del 19 de enero at " de diciembomba sumergible marca KSB, modelo UPD15:haya ocurrido con anterioridad al 29 de junio dehre de 1963. 13+DC 123, 13 etapas, válvula cheque, acoplad1963. caso en que se devengará desde la fecha en directamente a motor eléctrico sumergib'e KSIque se emita el Acuerdo respective". Banco de to Previsión. Aborro y Préstamo para el Formento De 12.5 HP, lubricado por agua, 220 voltios, de la Vivienda Fumiliar-Balance General at 31 de cac. Articulo 30.-En el caso especial de los generalesciclos, 3 fases, con cinco metros de cable de 3x del Ejército que ya se encuentran jubilados, SC mms. cuadrados, controles y cable eléctricos, "TO de 1964. beria y accesorios hasta el brocal del pozo, y monnivelarán sus asignaciones. en todo caso. a las establecidas en los Acuerdos Gubernativos de fecha taje, por el precio de mil ochocientos treinta 23 de noviembre de 1962. según se trate de gene cuatro quetzales cuarenta y nueve centavos exat ORGANISMO EJECUTIVO rales de brigada 0 de división. A los actuales ge-los (Q.1.834.49). todo to cual se requiere para pro perales que se jubilen en el future se les fijaránveer de agua al parcelamiento de la Cooperative las mismas asignaciones en tanto no esté incluida Agropecuaria Santa Rosa, R. L., la que aportar
SU categoria en la escala de sueldos para el Ejer la suma de mil quetzales (Q.1,000.00) para cnt tribuir al financiamiento de la obra.cito. DECRETO LEY NUMERO 181. A los deudos de los indicados generales, que ten20.-Autorizar al Ministerio de Agricultura par gan derecho a montepio, se les fijará la misma que, por medio de su Departamento de Recurs CHLIQUE PERALTA AZURDIA, asignación con que estuviere jubilado el causante,Hidráulicos, pueda contratar con la casa Jun conforme a este artículo. U. Maegli & Cia. Ltda.-, del comercio de est plaza, la perforación del pozo, compra e instala Jefe del Gobierno de la República,Artículo 40.-Por estar relacionado en su vigencion de la bomba de referencia, con base en if cia con el Decreto Ley No. 55. los efectos del preprecios, marca'y demás detailes enumerados en sente Decreto se retrotraen al 29 de junio de 1963. punto anterior. Dichas cantidades serán erogada CONSIDERANDO: con cargo a la partida número 2-2-1-3-402Articulo So.-Este Decreto entrará en vigor el diadel Presupuesto General de Gastos vigente. Que es necesario comprender en la Ley de Ju-siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Pensiones y Montepios en el Ejercito, correspondiente a los civiles que hayan Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Comuniquese. servicios en la Institución 0 desempeñado Guatemala, a los veintiséis días del mes de febre
militarizados: y que es equitativo fijar unTO de mil novecientos sesenta y cuatro. minimo a las asignaciones, asi como esta ENRIQUE PERALTA AZURDI/ bases para la determinación de las mis Publiquese y cumplase. El Ministro de Agricultura. CARLOS HUMBERTO DE LEONPOR TANTO: ENRIQUE PERALTA AZURDIA. al artículo 30. de la Carta Funda Jele del Gobierno de la República. El Ministro de Hacienda y Crédito Públic Ministro de la Defensa Nacional. JORGE LUCAS CABALLEROS.