Decreto 19-1975
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 19-1975
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1975
Diario de Centro America
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A.
ANTES EL GUATEMALTECO Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCI GUATEMALA, MARTES 15 DE ABRIL DE 1975 NUMERO 9
SUMARIO SOS concretos, por razones de utilidad colectiva, bcORGANISMO EJECUTIVOneficio e interés públicos, debidamente comprobados; ORGANISMO LEGISLATIVO CONSIDERANDO: MINISTERIO DE AGRICULTURA DECRETO NUMERO 19-75 Que cl Organismo Ejecutivo, mediante Acuerdo Acuérdase que los cursos general y de especiali-Gubernativo de fecha 5 de diciembre de 1961, diszación del Inetituto Técnico de Agricultura 86 ORGANISMO EJECUTIVO puso vender a las personas que en el mismo se indican, treinta y cuatro predios de la lotificación integran en uno solo, de modo que todo alumno situada en la 17 avenida entre la 23 y 25 calles de egresado de dicho Plantel debe poseer título de MINISTERIO DE AGRICULTURA la zona 5 de esta ciudad, haciéndose las desmemPerito Agrónomo. braciones correspondientes de la finca número Palacio Nacional: Guatemala, 13 de febrero de Acuérdase que los cursos general y de especia44.203, folio 175 del libro 539 de Guatemala, deno: 1975.
lización del Instituto Técnico de Agricultura se minada "La Palma", finca propiedad del Estado: El Presidente de la República, integran en uno solo, de modo que todo alumno egresado de dicho Plantel debe poseer titulo de CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Perito Agrónomo. Que es fin primordial del Instituto Técnico de MINISTERIO DE ECONOMIA Que no obstante haber realizado la negociación Agricultura formar los cuadros de ejecución que a que se refería el Acuerdo antes aludido, las percomo recursos humanos deben contribuir al dessonas beneficiadas, en su mayoria. no ocuparon arrollo agrícola nacional, y que para tal fin en laOtórgase en el sentido que se indica a la empresa las propiedades que habian adquirido, haciéndolo estructura funcional del Instituto están contem- "Aceros Suarez". propiedad individual del señor en su lugar otras personas de muy escasos recurplados aisladamente un curso general y otro deHumberto Suarez Valdez, extensión de beneficios SOS, quienes han vivido en dichos predios desde especialización que deben ser integrados para ma-en un 99% hasta el 30 de junio de 1975, sobre bace muchos años, viendo afectados sus intereses yor eficacia de la educación correspondiente; la importación de materias primas que se exante la pretensión actual de las personas que inipresan. cialmente los habian adquirido, de desalojarlos de CONSIDERANDO: los mismos, razón que impulsa al Estado a conFijanse nuevos precios máximos de venta para los siderar de utilidad y necesidad públicas la exproQue para acelerar el desarrollo agrícola del
bienes contenidos en el Anexo Número 9, los piación de dichos predios, para aliviar la situaciónpaís se hace indispensable que todos los egresacuales regirán como precios topes para el Mude sus actuales ocupantes, dos del Instituto Técnico de Agricultura se incornicipio de Guatemala. poren inmediatamente al mercado del trabajo después de hacerse acreedores al respectivo título, MINISTERIO DE EDUCACION POR TANTO, POR TANTO, En uso de las facultades que le confiere el arAutorizase la realización de la Cuarta Feria detículo 170 de la Constitución de la República, y lo En uso de las facultades que le confieren losArte e Industrias Escolares (ESCOFER-75) en la que establece la Ley de Expropiación y sus reincisos 4° Y 22 del Artículo 189 de la Constitución ciudad de Cobán, Alta Verapaz. formas, de Republica,DECRETA: ACUERDA: MINISTERIO DE RELACIONES Artículo 10.-Se declara de utilidad colectiva, beArtículo 19-Los cursos general y de especialiEXTERIORES neficio e interés públicos, la expropiación a favor zación del Instituto Técnico de Agricultura se in-del Estado de 34 fracciones de terreno de propietegran en uno solo, de modo que todo alumnodad particular, las cuales fueron desmembradas Acuerdo sobre la elaboración de un Plan Maestro egresado de dicho Plantel debe poseer título dede la finca urbana registrada con el número 44203.
para el Desarrollo de los Recursos HidroeléctriPerito Agrónomo Especializado en cualquiera defolio 175 del libro 359 de Guatemala, denominada cos de Guatemala, celebrado por Canje de Nolas seis áreas establecidas. "La Palma", propiedad del Estado, comprendidas tas entre la Embajada de la República Federal Artículo 29-Los padres, encargados 0 tutoresde la 23 a la 25 calles y 17 avenida de la zona 5 de Alemania y el Ministerio de Relaciones Extede los aspirantes guatemaltecos aprobados en elde la ciudad capital, que fueron vendidas a persoexamen de admisión y que hayan sido debidamen-riores de Guatemala, de fechas 20 de enero y 10. has particulares por Acuerdo Gubernativo de fete calificados, deberán suscribir contrato de beca.de abril de 1975. cha 5 de diciembre de 1961. Artículo 39-Para cumplir con las finalidades de la creación del Instituto Técnico de AgricultuMINISTERIO DE FINANZAS Artículo 20.-El Organismo Ejecutivo en el mera, el contrato a que se refiere el artículo ante-nor tiempo posible, legalizará la situación de las rior deberá incluir, entre otras condiciones, la PUBLICAS personas que habitan dichos predios, al momento obligación por parte del estudiante becado de de emitirse la presente ley. prestar sus servicios al Estado, al egresar del Concédese a favor del Patronato Contra la Mendiplantel, en el puesto que se le señale, por un Artículo 30.-El Organismo Ejecutivo queda facidad, la exoneración que se indica. tiempo igual al que haya gozado de su beca, bajo
cultado para realizar todos los actes y operaciopena de reintegrar el costo de los estudios que nes necesarios, para llevar a cabo la negociaciónAutorizase al Ministerio de Agricultura, para que efectuo en el goce de la misma. a que SC refiere el artículo 2o. del presente DeArtículo 4?-Quedan derogadas todas las dis-con cargo a la partida "Gastos Diversos' del creto. posiciones emitidas con anterioridad, en lo que sePresupuesto General de Gastos vigente, contri opongan al presente Acuerdo. buya con la cantidad que se menciona, para la Artículo 40.-En la tramitación de los expedientes Artículo 59-Este acuerdo surtirá sus efectos celebración del Primer Seminario sobre la prorespectivos, los interesados quedan exonerados del con las promociones de estudiantes que ingresen blemática del cultivo de la papa. pago del papel sellado y timbres fiscales. al Instituto a partir de mil novecientos setents y cinco. MINISTERIO DE TRABAJO Articulo 50.-E] presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más Comuniquese. Y PREVISION SOCIAL de las dos terceras partes del número total de LAUGERUD G. Diputados que integran el Congreso y entrará en vigor el dia de su publicación en el Diario Oficial. El Ministro de Agricultura, Autorizase la publicación del informe anual de las ROBERTO ZACHRISSON ASTURIAS. fabores desarrolladas por la Inspecion General Pase al Organismo Ejecutivo para SU publica-de Trabajo, año 1973, en el Diario Oficial.ción y cumplimiento. El Ministro de Finanzas,
JORGE LAMPORT RODIL.
ANUNCIOS VARIOS Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los dos días del mes de Matrimonios. -- Linea de transporte Autorizaabril de mil novecientos setenta y cinco. MINISTERIO DE ECONOMIA ciones farmaceuticas. Modificación de seciedades. Solicitud de autorización de sociedad. LUIS ALFONSO LOPEZ.Registro de marcas. Titulos supletorios. Presidente Edictos. - Licitaciones. Remates. Otorgase en el sentido que se indica a la empresa JORGE CARDONA SERRANO, "Aceres Suarez", propiedad individual del señor Secretario. Humberto Suarez Valdez. extensión de beneficios ORGANISMO LEGISLATIVO en on 99% hasta el 30 de junio de 1975, sobre JUAN DE DIOS REYES LEAL, la importacion de materias primas que se exSecretario presan.
ACUERDO No. 116-75
DECRETO NUMERO 19-75 Palacio Nacional: Guatemala, once de abril de mil novecientos setenta y cinco. Palacio Nacional: Guatemala, 4 de abril de 1975.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,Publiquese y cumplase, EL MINISTRO DE ECONOMIA,
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA.
Que con fecha 10 de febrero de 1975, el señor Que la Constitución de la República expresa queEl Ministro de Gobernación. Humberto Suárez Valdez, propietario individual de 8a propiedad privada podrá ser expropiada on caLEONEL VASSAUX MARTINEZ. la empresa denominada "Aceros Suarez", solicito