Decreto 193-1964
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 193-1964
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1964
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEM ALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCAAgencia: Teléfono 28027
Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administ aciónImpreso en Diario de C Administración: Teléfono 24418Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749América. 9a. Av. 11-34. Z
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO
TOMO CLXX GUATEMALA, MARTES 7. DE ABRIL DE -1964 NUMERO SUMARIO artículos 3o. y 39 de la Carts Fundamental de Ge:bierno, Ministro de Relaciones Exteriores,ALBERTO HERRARTE GONZALEZEn Ministroe EN Ministro de AgriculturORGANISMO EJECUTIVO CARLOS HUMBERTO DE Normas IV delDecreto Ley Número 193. artículo66, El Ministro de Comunicaciones yObras Públicas.
MINISTERIO DE ECONOMIA CONTRATOS DR TRABAJO' JOAQUIN OLIVARES M.
Viceministro de EconoOtorgase MAX FACTOR DE CENTRO AMERICA, S. Encargado del DaspaA., exoneración de impuestos arancelarios. De confor establecido EDUARDO PALOMO ESClo lla 44 de la Ley Organica del El Ministro de Educación Pública, MINISTERIO DE GOBERNACION tabilidad de in Nacildel Presidente ROLANDO CHENCHILLA AGUILARde 4 damento de tmbaNombrase registrador auxiliar de la Dirección General deljadon de Haci
Registro de cludadanos de Moyuta, Jutiapa. Crédito Público, EncargadoLegalizate los aervicios prestados por la persons que seconcepto de planillas, tanto a cargo de pagado partidas porDespacho, FERNANDO JUARES RODAmencions, como registrador electoral auxiliar de Nebaj,especificas como de Programas de Trabajo y Par-El Quiche. tidas Globales del Presupuesto, podrán excederseLegalizare los servicio prestados por la persons que sode las cantidades en que queden distribuidas lasEl Ministro de Salud Pública yAsistencia Social,mencions, como registrador auxiliar del Registro de clu-asignaciones respectivas para el periodo fiscal.ALFONSO PONCE ARCHILAdadanos de San Sebastian Coatán, Huchuetenango. Nombrase registrador auxiliar de la Dirección General delLas planillas deben ser firmadas por el JefeEl Ministro de Trabajo y BienestarRegistro de ciudadanos de Nahuala, Solola inmediato de los trabajadores y refrendadas por elJORGE JOSE SALAZAR VALDINombrase notificador del Juzgado 49 de 1ª instancia deJefe del Proyecto obra 0 dependencia, quienesCuentas del Tribunal del Ramo. certificarán que los servicios consignados en lasNombrase contralor de la Seccion de Inspección y Glossmismas fueron efectivamente prestados.de la Contraloria de Cuentas Para los efectos del control, todas las depen-MINISTERIO DE ECONOM dencias públicas que paguen salarios por plani PUBLICACIONES VARIAS llas quedan en la obligación de rendir a la Ins-pección General de Hacienda, el dia final-de cadaOtorgase a MAX FACTOR DE CENTRO Aperíodo de pago, el movimiento que haya ocurridoen el personal. La Inspección General de Hacien-CA, S. A., exoneración de impuestos arain
INSTITUTO GUATEMALTECO DE da, por medio de sus Inspectores y en cumpli-miento de los incisos 13 y 20 del articulo lo., delACUERDO No. 155 SEGURIDAD SOCIAL Acuerdo Gubernativo de fecha 7 de marzo de 1962(Reglamento de la Inspección General de Hacien-Palacio Nacional: Guatemala, 16 de Ma da), sin perjuicio de las facultades que en estesentido tengan otras dependencias fiscalizadoras y1964. ACUERDO No 407. pagadoras, procederán periódicamente a constatarEl Ministro de Economia, por los medios adecuados la veracidad de las pla-ANUNCIOS VARIOS nillas y a intervenir en los pagos respectivos iden-CONSIDERANDO: tificando a los trabajadores y comprobando quese encuentran prestando los servicios correspon-Que por acuerdo ministerial No. 168, du Autorizaciones farmacéuticas-Lineas de transporte.-Consdientes. En caso de descubrirse falsedades 0 anoma-10 de abril de 1961, Max Factor de Centro titución de sociedad.-Modificación de sociedades.-Re-tias en las planillas, los Inspectores de Haciendarica, S. A.>, fue clasificada como industria gistro de marcas-Patenie de invencion.-TItulos suple-procederán de acuerdo con los incisos 9o. y 21 delde conformidad con el artículo 50., del Decr articulo 10. del Reglamento citado, para deducir1317 del Congreso de la república; que eltorios-Edictos-Remates.
las responsabilidades consiguientes. tamento industrial en dictamen fechado ei marzo de 1964, emitió opinión favorable a I: Los servicios de profesionales, empleados de ofi-citud presentada por dicha empresa, relativa ORGANISMO EJECUTIVO cina y otros de igual naturaleza que requieran lasse le otorguen los beneficios derivados de su obras y servicios públicos y que deben pagarsecación, con asignaciones de Partidas Globales 0 de Programas de Trabajo, se formalizarán por medio de POR TANTO, Acuerdo Ministerial, si no execeden de Q200.00 men-DECRETO-LEY NUMERO 193 suales y por Acuerdo Gubernativo si pasan de dichaCon base en el artículo 60., del Decreto N cantidad. La formalización de la relación laboraldel Congreso de la república, en las formas indicadas tendrá el carácter de conENRIQUE PERALTA AZURDIA,trato de trabajo y el mismo surtirá sus efectosACUERDA: por el período que comprende el año fiscal corres-pondiente. Artículo 10.-Otorgar a Max Factor deJefe del Gobierno de la República, América, S. A.", exoneración del pago de dei "TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS" e impuestos de importación, excepto las ta cargos en compensación de servicios prestadCONSIDERANDO: V bre lo siguiente: Que en el Presupuesto General de Ingresos yLas cantidades asiguadas a cada partida, no po-Concepto: Kgs. Br. Valor Cif.b:
Egresos del Estado para el año fiscal 1963-1964,drán alterarse ni dárseles otro fin que el consigEx aprobado, por medio del Decreto Ley No. 56, senado en el texto respectivo. Por razones urgentes10,800 fraccos de vi' estableció en la Norma IV del artículo 30., quede la administración púbtica, el Organismo Eje-drio 160.000 a 497.01 Q en las planillas de jornales, sólo podrían figurarcutivo podrá emitir decretos de transferencia de10,800 tapones plas peones y obreros con un salario hasta de Q3.00partidas dentro de un mismo ramo. Dichas transticos con aplicador 55.000 641.76 diarios; y que las personas que devenguen unferencias serán autorizadas por Decreto desupuesto emitido por el Jefe del Gobierno de prela10,800 plumas plás-salario del mencionado, dentro de partidas globatica (adorno) 30.000 194.81 les, deberán formalizar su relación Laboral con elRepública y refrendada por el Ministerio de Ha-10,800 etiquetas en-Estado mediante contratos de trabajo, los que úni-cienda tado. y Crédito Público y por el Ministerio afec-gomadas c/anuncio, camente surtirian sus efectos durante el ejercicio aplicables a presión 4.000 100.67en vigor; Articulo 20.-Se legalizan los pagos que se hayan2,700 frascos de plás-tico
hecho a peones y obreros en el Ministerio de Co-57.000 262.82CONSIDERANDO: 9,900 tapon plástico 96.000 municaciones y Obras Públicas, sin la observancia 191.25 exacta de la Norma IV del artículo 30., del De-9,980 esferas plástico54.000 131.92en la práctica se han encontrado inconve-creto Ley No. 56. 7,200 frascos plasti-de caracter operativo para dar cumpliArtículo 30.-E1 presente Decreto entrará en vi-C06 145.000 513.47a to dispuesto en la Norma mencionada; siempre es conveniente ejercer un con-Oficial. gor el día siguiente de su publicación en el Diario30,600 frascos de vidrio 4,200.000 1,743.97gasto que el Estado efectúa por concepto 30,600 tapón plastico365,000 930.81que ae pagan por medio de planillas Dado en el Palacio Nacional: en la cludad de30,600 tapón plastico75.000 171.06de lograr costes exactos en Las obras que seGuatemala, a los dos dias del mes de abril de30,600 tubo plastico 270:000 485.38 mil novecientos sesenta y cuatro. 6,840 tubo de metal p/lapiz labial (tapa)30.000CONSIDERANDO: 221.06Comuniquese, 6,840 tubo metal p/ conveniente dictar disposiciones que falapis labial (base) 89.000 609.37 1 ENRIQUE PERALTA AZURDIA. 5,040 etiquetasaplicación de la Norma No. V, del ar
del Decreto Ley No. 56, mades Jefe del Gobierno de 1A República, 6.000 14.89Ministre de la Defensa Nacional.POR TANTO, madas c/a ncio,El de Gobernaciónlas facultades que le confieren los aplicables presion 4.000LUIS MAXIMIEZANO SERRANO CORDOVA 6.005,400trascosde vi