Decreto 2-1971
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 2-1971
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1971
DEL El Gual PIBLIOTECA malteco CONDR de
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de Centre Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala. el 6 de marzo de 1950, bajo el N° 749. America: 9a. Av. 11-34. Zona 1
DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA TOMO CXC GUATEMALA, LUNES 8 DE FEBRERO DE 1971 NUMERO 53
SUMARIO cuenta por ciento (50%) del cargo de almacenaje CONSIDERANDO: que hubieren incurrido las mercancías destinadas a la exportación, depositadas en las bodegas Que el Sindicato antes aludido aceptó las enmiende las Empresas Portuarias Nacionales "Santo Todas estatutarias sugeridas por el Departamento AdORGANISMO LEGISLATIVO más de Castilla" y "Champerico". ministrativo de Trabajo; y. DECRETO NUMERO 2-71. Articulo 20.--El presente Decreto fue declarado CONSIDERANDO: de urgencia nacional y aprobado con el voto favoORGANISMO EJECUTIVO rable de más de las dos terceras partes del nú- Que los estatut's dil S'nicato de Trabajad res mero total de Diputados que integran el Congreso, Agricolas Independientes de San Juan Sacatepey entrará en vigor al dia siguiente de su publicaquez, no contravienen las leyes ni reglamentos de
MINISTERIO DE TRABAJO ción en el Diario Oficial, Trab jo y Previsi'n Social y hablendo emi ido dietamen favorable el Departamento Admin strativo Y PREVISION SOCIAL Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación de Trabajo, cumplimiento. POR TANTO.y Con base en lo considerado, leyes citadas y en Apru banse los Estatutos del Sindicato de Traba-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. en uso de las facultades oue e conteren S A tículos jadores Agrícolas Independientes de San Juanla ciuded de Guatemala. a los veintiún dias del mes 189 inciso 40. de la Const tución de la República; Sacatepéquez (Liga Campesina de San Juan Sacatepequez) y reconócese su personalidad juri-de enero de mil novecientos setenta y uno. 20. y 30. del Convenio Internacional número 87. relativo a la libertad cal: y 206. 209, 214, 216, 217, dica. MARIO A. SANDOVAL ALARCON, 218. 219 y 221 del Código de Trabajo, Presidente.
PUBLICACIONES VARIAS ACUERDA:
HECTOR ANDRADE URREJOLA.
MUNICIPALIDAD DE TAXISCO Primer Secretario. I.-Aprobar los Estatutos del Sindicato de Trabajadores Agrícolas Independientes de San Juan SaReglamento para el servicio de Alcantarillado SaDAVID VEGA VILLELA, catepéquez, que copiados literalmente dicen: nitario, aprobado por la Municipalidad de Taxis Cuarto Secretario.
co, del departamento de Santa Rosa. Estatutos del Sindicato de TrabajadoresPalacib Nacional: Guatemala. cuatro de febrero MUNICIPALIDAD DE TAXISCO, SANTA ROSA de mil novecientos setenta y uno. Agrícolas Independientes de San Juan Reglamento para el servicio de agua potable mu-Publiquese y cúmplase. nicipal de Taxisco. Santa Rosa. Sacatepéquez
CARLOS ARANA OSORIO.
ANUNCIOS VARIOS (Liga Campesina de San JuanEl Ministro de Hacienda Matrimonios Solicitudes de nacionalidad. Li y Crédito Público, nea de transporte Constitución de sociedades.JORGE LAMPORT RODIL Sacatepéquez) Modificación de sociedades. Prórroga de SOciedades. Disolución de sociedad. Registro El Ministro de Economia. CAPITULO I de marcas. Patentes de invención. Titulos GUSTAVO MIRON PORRAS. Del Sindicato, su naturaleza, su vecindadsupletorios. Edictos. Remates. y sus fines Industria Farmacéutica, S. A., balance general al 31 de diciembre de 1969. Artículo 10.-Con el nombre de «Liga Campesina ORGANISMO EJECUTIVO de San Juan Sacatepéquez", se fundó el dia veinte Compañia Constructora ICCA del E. Webb Guate de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, el mala. S. A., balance general al 31 de diciembre Sindicato de Trabajadores Agricolas Independientes de 1969. de San Juan Sacatepéquez, del departamento de Guatemala. Distribuidora General, S. A., balance general at MINISTERIO DE TRABAJO Es por su naturaleza, un Sindicato de Trabajado30 de noviembre de 1969. res independiente, campesino y gremial. Y PREVISION SOCIAL Artículo 20.-EI Sindicato tiene su vecindad en Banco de los Trabajadores. Guatemala. C. A., ba San Juan Sacatepéquez, municipio de San Juan Salance general condensado al 31 de mayo de 1970 catepéquez, del departamento de-Guatemala. Apruchanse los Estatutos del Sindicato de TrabaArtículo 30.- embesina de San Juan Inversiones San Rafael, S. A., Sucursal Guatemala. jadores Agricolas Independientes de San Juan Sacatepéquez, tiene por objeto. balance general condensado al 31 de julio de Sacatepéquez (Liga Campesina de San Juan Sa1969 catepequez) y reconócese su personalidad juria) E1 estudio, mejoramiento y protección de los dica. intereses económicos y sociales comunes de sus Cilindros de Centro América, S. A., (CILCASA) afiliados, mediante la coordinación de las actibalance general al 31 de diciembre de 1969. vidades de los mismos, dentro de una organizaAcuerdo Gubernativo numero 1128. ción fuerte y capaz; b) El mejoramiento de las condiciones de trabajo Palacio Nacional: Guatemala, 21 de marzo de de Ics afiliade 1967 c) Velar por el mejoramiento cultural, moral, SOORGANISMO LEGISLATIVO cial y fisico de los miembros: E! Presidente Constitucional de la República, d) Crear. administrar 0 subvencionar servicios de auxilio jurídico éd CO farmacéutico V material
para establecer el socorro mutuo mediante obras DECRETO No. 2-71 CONSIDERANDO: de utilidad común para los miembros: e) Fundar cooperativas de consumo. crédito y Que de conformidad con lo establecido por el de producción, cajas de ahorro y seguros para El Congreso de la República dé Guatemala,artículo 211 del Código de Trabajo, el Organismo sus miembros: Ejecutivo por conducto del Ministerio de Trabajo f) [oggar el acercamiento y fraternidad entre sus CONSIDERANDO: y Previsión Social y bajo la responsabilidad del afiliados, restaurando la paz en el mundo del mismo, debe trazar y llevar a la práctica una po trabajo; y, Que el almacenamiento de mercancias destinadas lítica nacional de defensa y desarrollo del sindig) Los demás fines propios de un sindicato de su a la exportación por más del término estipulado li-calismo: naturaleza, que permita la ley. bre del pago del cargo de almacenaje en la bodega de las Empresas Portuarias Nacionales de "Santo CONSIDERANDO: CAPITULO II Tomás de Castilla" y "Champerico", no es imputable directamente a los exportadores, por lo que Que uno de los principios fundamentales de la De los miembros del Sindicato, de sus derechos se hace necesario eximirlos de los cargos incurriLegislación Guaremalt ca del Trabajo contenido en y sus obligaciones dos a fin de no gravar sus operaciones normales, el artículo 114, inciso 12 de la Constitución de la lo que evidentemente incidirá en beneficio de la República y en el Convenio Internacional No. 87, esArtículo 40.-Son miembros del Sindicato:
economia del pais, por constituir esta actividad unael derecho de libre sindicalización, para fines eximportante fuente de divisas, clusivos de defensa económica y de mejoramiento a) Los trabajadores agrícolas independientes que social: ejercen sus Inhores en San Juan Sacatepéquez POR TANTO. y que concurrieron como fundadores al acto de CONSIDERANDO: constitución dei Sudicato: y, En cumplimiento de las atribuciones que le asigb) Los demás trabajadores que con posterioridad a na el inciso 10. del artículo 170 de la Constitución Que el Código de Trabajo en sus artículos 216 y la fundación del Sindicato ingresen al mismo, de la República, 218 señala los requisitos que previamente deben para lo cual es necesario: llenarse, para que el Organismo Ejecutivo apruebe 1) Ser trabajador independiente (productor autó- DECRETA: los estatutos de las entidades sindicales y declare nomo) en el ramo de la agricultura: el reconocimient de su personal dad jurídica, re2) Dedicarse a dichas labores en San Juan SaArtículo 10.-Durante el plazo de treinta días há-quisitos que furron llenad S por el Sind cato de catepéquez; biles computables a partir de la fecha de vigenciaTrabajadores Agrícolas Independi de San Juan 3) Tener catorce años O más de edad: de la presente ley, se concede exoneración del cin-Sacatepéquez; 1LIOTECA DEL 4) Hacer su solicitud verbal 0 por escriCONCE