Decreto 2-1984
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 2-1984
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1984
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Director Capitán de Navio DEM y Licenciado Decano de la Prensa Centroamericana Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72, sons 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXIV GUATEMALA, JUEVES 13 DE SEPTIEMBRE DE 1984 NUMERO 62
SUMARIO ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE e) Conocer ideas, solicitudes y proyectos de ley que le sean presentados por escrito por cualquier persona O entidad; ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE f) Conocer de los antejuicios que le sean planDECRETO NUMERO 2-84 teados; y g) Todas aquellas atribuciones inherentes a suDECRETO NUMERO 2-84 calidad de Poder Soberano. La Asamblea Nacional Constituyente de Guatemala, CAPITULO II ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: De la Junta Directive JEFATURA DE ESTADO Que de eonformidad con la ley deberá normar Artículo 59-Integración. La Junta Directive de su Régimen Interior y Presupuestal; la Asamblea Nacional Constituyente se integra por DECRETO-LEY NUMERO 91-84 nueve miembros electos por el Pleno: Tres RepreCONSIDERANDO: sentantes que se rotarán entre sí las funciones y DECRETO-LEY NUMERO 95-84 el cargo de Presidente, Primer Vicepresidente y
Que en el Reglamento Específico aprobado por Segundo Vicepresidente, de conformidad con lo esta misma Asamblea, con fecha 19 de agosto del previsto en los artículos 11 y 12 de esta ley; y seis MINISTERIO DE FINANZAS año en curso, se acordó la emisión de la Ley de Secretarios. Régimen Interior para normar su actividad, Artículo 69-Comisión de Régimen Interior. La PUBLICAS POR TANTO, Junta Directiva de la Asamblea, será también la Comisión de Régimen Interior. Concédese la exoneración que se indica a favor del En uso de las facultades soberanas que el pueblo Artículo 79-Vacancias. Cuando por cualquierComité de Reconstrucción Nacional. le ha delegado, causa quedare vacante en forma definitiva un cargo directivo, éste será suplido en un plazo de ochoConcédese la exoneración que se menciona a faDECRETA: días, por el Representante que sea electo por elvor de la "Empresa Eléctrica de Guatemala, SoLa siguiente Pleno por mayoría absoluta ciedad Anónima". Artículo 89-Atribuciones. Son atribuciones deLEY DE REGIMEN INTERIOR DE LA Fíjase el cinco por ciento (5%), para el trimestre la Junta Directiva:ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE julio-septiembre de 1984, el porcentaje a que se a) Estudiar y clasificar para su obligada presen-refiere el inciso p) del artículo 79 de la Ley del tación al Pleno 0 para trasladarlo a comisiones,
Impuesto sobre la Renta, adicionado por el DeTITULO I todos los asuntos que lleguen a la Asamblea, creto-Ley 5-83. así como calificar el despacho y corresponDe la Organización de la Asamblea Nacional Constituyente b) dencia; Elaborar el Proyecto de Presupuesto de laAsamblea, y someterlo a la consideración delMINISTERIO DE GOBERNACION CAPITULO I Pleno para su aprobación; c) Someter a la consideración del Pleno, las moApruébanse los Estatutos de la "Asociación de De su Integración dificaciones del Presupuesto de la Asamblea; Padres de Familia Misioneros Cristianos"; y red) Proponer al Pleno la creación de las comisioconocese de su personalidad jurídica. Artículo 1°-Integración. La Asamblea Nacional nes que crea necesarias; Constituyente quedó integrada con los Diputados e) Constituirse en Comisión de Estilo para colegitimamente electos por el pueblo, y normará rregir las resoluciones y acuerdos que emasus funciones de conformidad con lo que se estanen de la Asamblea; MINISTERIO DE ECONOMIA f) Conocer y resolver en su función de Comisiónblece en la presente ley. de Régimen Interior, todo lo relativo a la adOtórgase a la empresa "Aceites Industriales y LuArtículo 2°-Organos. Son órganos de la Asamministración interna de la Asamblea y su bricantes, Punto Fijo, Sociedad Anónima", clablea Nacional Constituyente los siguientes: personal;
sificación de Industria dentro del Grupo "A" y g) Someter al conocimiento del Pleno todo lo a la vez igualdad en beneficios con la similar a) El Pleno de la Asamblea; no previsto especificamente en la presente ley, Guatemalteca "Aceites Vegetales Ixcoch, Socieb) La Junta Directiva; para su resolución; y dad Anónima". c) La Presidencia; h) Las demás que le asigne la propia Asamblea.d) Las Vicepresidencias; Modificanse en el sentido que se mencionan, los e) Las Secretarias; y Artículo 99-Sujeción. La Junta Directiva, en elf) Las Comisiones y Subcomisiones.artículos 19 y 39 de los Acuerdos Ministeriales ejercicio de sus funciones, queda supeditada a la números 111-79 del 5 de marzo de 1979, y 10 autoridad de la Asamblea. del 533-83 del 15 de diciembre de 1983, soliciTITULO II tado por la empresa denominada "Heleno Plast, CAPITULO III Sociedad Anónima", de nombre comercial "HeleFunciones de los Organos De la Presidenciano Plast". CAPITULO I Artículo 10.-Del Presidente. La Presidencia deOtórgase a la empresa "Heleno Plast, Sociedad Del Pleno de la Asamblea la Asamblea Nacional Constituyente es el órgano Anónima", de nombre comercial "Heleno Plast", de dirección, ejecución y representación de la Artículo 39-Pleno y su Integración. El Pleno de Asamblea.
igualdad de beneficios con las similares salvala Asamblea Nacional Constituyente es su máxima doreñas "Celpac, Sociedad Anónima de Capital autoridad y se integra con los representantes elecArtículo 11.-Ejercicio de la Presidencia. La PreVariable", y "Celoprint de El Salvador, Societos popularmente de conformidad con la ley. sidencia de la Asamblea será ejercida en forma mensual y sucesiva, por los tres Diputados electosdad Anónima". Artículo 4°-Atribuciones. Son atribuciones del para ese efecto. La sucesion en el ejercicio del Pleno de la Asamblea Nacional Constituyente las cargo se hará en forma rotativa a partir del mes siguientes: de la elección, hasta la finalización de las labores ANUNCIOS VARIOS de la Asamblea. a) Decretar la Constitución de la República; Artículo 12.-Orden de Sucesión. Al cumplirse el Matrimonios. - Líneas de transporte. Constib) Decretar la Ley Electoral; mes en el ejercicio del cargo de Presidente, el Diputado que lo ocupa pasará a ejercer las funcio-tuciones de sociedad. Modificaciones de soc) Decretar la Ley de Amparo, Hábeas Corpus nes y el cargo de Segundo Vicepresidente; éste B ciedad. Registro de marcas. Títulos suy Constitucionalidad; su vez, las de Primer Vicepresidente, y quien ejerza las funciones y el cargo de Primer Vicepresipletorios. Edictos. Remates. d) Decretar su Ley de Régimen Interior; dente, la Presidencia. A cada Representante de1574 DIARIO DE CENTRO 13 de 1984 NUMERO 62 estos tres electos, le corresponderá la calidad inc) Comisión de Proyecto de Ley de Amparo, presente lo que en su defensa alegue el Dipu-herente al cargo que se encuentre desempeñando Hábeas Corpus y Constitucionalidad; y tado contra quien se haya iniciado el anteen el mes respectivo. juicio. No se dará curso a los memoriales qued) Comisión de Estilo.Artículo 13.-Atribuciones. Son atribuciones de se presenten con palabras injuriosas. la Presidencia de la Asamblea las siguientes: Artículo 19.-Otras Comisiones y Subcomisiones. Artículo 26.-Incompatibilidad. Es incompatibleAdemás de las Comisiones indicadas en el artículo con el desempeño del cargo de Diputado a laDe Dirección anterior, el Pleno podrá crear otras. Las ComisioAsamblea Nacional Constituyente, ser contratistanes, para el mejor desempeño de las funciones de obras o empresas que se costeen con fondosa) Dirigir los debates en las sesiones del Pleno, que le sean encomendadas, podrán crear las Subpúblicos, sus fiadores y quienes tengan reclama-de la Junta Directiva y de las comisiones y comisiones que sean necesarias. subcomisiones, cuando estuviere presente en ciones pendientes por dichas obras; ser represen- éstas, de conformidad con las disposiciones de Artículo 20.-Integración de las Comisiones. Las tante legal de personas jurídicas que promuevan
esta ley; Comisiones de Trabajo de la Asamblea Nacional 0 exploten servicios públicos o quien los explote b) Resolver cualquier otro asunto que no estuConstituyente estarán integradas por un Presiden-por sí mismo. viere previsto en esta ley, por delegación de te, dos Vicepresidentes y dos Secretarios, electos por el Pleno, quienes constituirán la Junta Directiva En la misma forma serán aplicables otras prola Junta Directiva; de la misma. La Directiva de la Comisión propon-hibiciones que se encuentren expresamente reguladas en leyes vigentes. De Ejecución drá al Pleno el nombramiento de los otros Diputados para que formen parte de las Comisiones. Artículo 27.-Suplentes. Las vacancias definitic) Velar por la observancia y cumplimiento de las Además, todo Diputado puede participar voluntavas que se produzcan en la Asamblea, sea por fanormas de esta ley, y por la pronta resolución riamente con voz pero sin voto, en cualquier Co-llecimiento, ausencia u otro motivo, se llenarán en de los asuntos que la Asamblea Nacional misión de Trabajo. un plazo de ocho días, llamando como suplente al Constituyente, las comisiones y subcomisiones candidato postulado en la respectiva lista del mis-Artículo 21.-Integración de las Subcomisiones.conozcan; Las Subcomisiones de Trabajo estarán integradasmo partido y que figure a continuación de quien d) Someter mensualmente a la consideración del haya causado la vacancia.por un Presidente, quien será designado por la
Pleno de la Asamblea la memoria de labores Junta Directiva de la Comisión respectiva, la queEn caso de que la vacancia sea de carácter disde la Junta Directiva; nombrará también a sus integrantes. trital y no figure otro postulado a continuación e) Firmar con el refrendo de dos Secretarios, las de quien la haya causado, se acudirá a la lista Artículo 22.-Resoluciones. Las resoluciones de actas, acuerdos, puntos resolutivos y demás nacional del correspondiente partido y se llamarálas Comisiones y Subcomisiones de Trabajo, seránresoluciones de la Asamblea y de la Junta Dide ella a quien corresponda por orden correlativo rective; tomadas con el voto favorable de la mayoría abso-de elección. luta de los miembros que la integren. Si aún mediante estos sistemas la curul no De Representación Artículo 23.-Dictamen e Informes. Las Comisiose pudiese suplir, la misma quedará vacante. nes de Trabajo de la Asamblea Nacional Constituf) Representar a la Asamblea con las preeminen-yente, deberán presentar a la consideración del Artículo 28.-Asistencia a sesiones. Los Diputacias que le corresponden dentro del CeremoPleno, un dictamen adjunto a la Redacción Final dos deberán asistir a todas las sesiones de la nial Diplomático en vigor. del respectivo proyecto. No obstante, el Pleno po-Asamblea y de las Comisiones en su caso, y perdrá en cualquier momento requerir a las Comimanecer en ellas todo el tiempo que duren, guardando la moderación y dignidad que correspondenCAPITULO IV siones de Trabajo informes parciales sobre el avance de los diferentes proyectos que les hayan sidoa su cargo. Si no les fuere posible asistir deberán encomendados. excusarse con la anticipación debida.De las Vicepresidencias Cada Subcomisión estará obligada a presentar a Artículo 29.-Inasistencias. La falta de asistencia Artículo 14.--De los Vicepresidentes. Los Vice-consideración de la Comisión respectiva, un dicta-de cualquier Representante a tres sesiones ordipresidentes de la Asamblea Nacional Constituyente,men e informe final de sus actividades, el que de-narias consecutivas, O a la mayoria de sesiones conforme el orden de sucesión previsto en los arberá acompañarse al Proyecto de Decreto O Resocelebradas en un mes calendario, sin excusa o tículos 11 y 12 de esta ley, ejercerán los cargos delución de que se trate O le fuera encomendado. causa justificada, dara lugar a un requerimiento Primero y Segundo Vicepresidente. por escrito de la Junta Directiva. La reincidencia, TITULO III Artículo 15.-Funciones. Los Vicepresidentes COdará lugar a declarar vacante el cargo, prelaborarán con el Presidente en las atribuciones via audiencia al Diputado de que se trate. La De los Representantesque a este competen y lo sustituirán, en caso de declaratoria de vacancia deberá requerir el voto ausencia temporal, en el orden previsto en los arfavorable de sesenta Diputados que integren la tículos 11 y 12 de esta ley. Artículo 24.-Dignidad. Los Diputados integrantesAsamblea.
de la Asamblea Nacional Constituyente son dignatarios de la Nación y como tales, gozarán de todasArtículo 30.-Obligaciones. Los Representantes las consideraciones y respeto inherentes al altoCAPITULO V están obligados a atender los asuntos que se BOcargo que desempeñan. Individual y colectivamen-metan a la consideración del Pleno y a cumplir te deberán cuidar la dignidad y respeto que corres-De las Secretarias con las labores que le encomiende éste, las Comiponde a la Asamblea Nacional Constituyente. siones O Subcomisiones de Trabajo a que perteArtículo 16.-Secretarios Fungirán como Secre-Artículo 25.-Prerrogativas e Inmunidades. Por nezcan. tarios los Representantes electos por el Pleno devirtud del cargo, los representantes gozarán de lasArtículo 31.-Mociones. Los Representantes pola Asamblea, y en el orden en que fueron desig-siguientes prerrogativas e inmunidades: drán presentar al Pleno de la Asamblea Nacio-nados, se denominarán del primero al sexto. nal Constituyente, a las Comisiones y SubcomisioArtículo 17.-Atribuciones. Son atribuciones dea) Inmunidad personal para no ser detenidos ni nes sus mociones en relación con el asunto que los Secretarios las siguientes: juzgados, mientras la Asamblea Nacional se esté discutiendo, éstas deberán plantearse por Constituyente no .autorice, declarando queescrito y firmados por el mocionante.
a) Formular y refrendar las actas, resolucionesha lugar a formación de causa. En el caso y acuerdos que se tomen por el Pleno y la de flagrante delito, el Diputado debe ser Artículo 32.-Licencias y Permisos. Los RepreJunta Directiva; puesto, inmediatamente, a disposición de la sentantes podrán solicitar a la Junta Directiva de Junta Directiva de la Asamblea Nacional la Asamblea Nacional Constituyente, permisos y lib) Recibir los memoriales y peticiones que seConstituyente, para los efectos que proceda;cencias hasta por el término de quince días. Cuanpresenten & la Asamblea, dando cuenta al do la solicitud exceda de dicho término, deberá Pleno, a la Junta Directiva, o en su caso, ab) De irresponsabilidad por sus opiniones, porresolver el Pleno. las Comisiones respectivas, para que éstos de-sus iniciativas y por la manera de tratar los terminen lo procedente; negocios en el desempeño del cargo; TITULO IV c) Realizar los escrutinios en las votaciones dec) Los funcionarios del Estado tienen la obligala Asamblea y dar a conocer al Pleno el re-ción de guardar a los Diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, las consideraSesiones y debates sultado; ciones derivadas de su alta investidura y CAPITULO I d) Tramitar bajo su responsabilidad los expe-prestarle la colaboración debida en forma inAsamblea; dientes administrativos que se ventilen en lamediata, para el desarrollo de sus funciones, Artículo 33.-Idioma. EI idioma de la Asamproporcionándoles toda la información y documentación que les fuere solicitada; blea Nacional Constituyente, será el español. Los e) Elaborar el proyecto de Memoria Mensual de Diputados podrán hablar otro idioma nacional, lo labores de la Junta Directiva; d) El cargo de Diputado a la Asamblea Naciocual se hará constar en el acta y en este caso el f) Ser el medio de comunicación de la Asambleanal Constituyente es compatible con el des-fondo del discurso y su versión textual, solamente figurará en español, conforme la traducción vercon los órganos del Estado, personas indivi-empeño de misiones diplomáticas temporales duales y otras entidades; o especiales, de cargos docentes, de cargosbal O escrita que el propio exponente haga, para fuera de la administración pública para losrecoger su versión taquigráfica. Esta vedado dig) Mantener al día el Diario de Sesiones y laque no exista prohibición expresa y con el rigirse a un Diputado usando su título profesional, versión taquigráfica de las sesiones del Pleno,ejercicio de profesiones; ya que la única denominación permitida es la de así como las que hubiere en las Comisiones de Diputado o Representante; el dar otro tratamiento Trabajo, encargándose de la amplia difusióne) Derecho a Antejuicio. El procedimiento paraconstituye falta al orden. e impresión de tales documentos; y resolver los casos de antejuicio, será el sih) Cualesquiera otras funciones que le asigne laguiente: La Asamblea declarará después de CAPITULO II
Junta Directiva. la lectura de los antecedentes, si es el caso de nombrar una Comisión Especial de investigaSesiones Plenarias CAPITULO VI ción o si se desecha. de plano el asunto. En el primer caso, la Asamblea procederá a sorArtículo 34.-Sesiones Ordinarias. La Asambles De las Comisiones y Subcomisiones tear una Comisión Especial integrada por Nacional Constituyente sesionará ordinariamente siete Representantes. Esta oirá a los interesa-en los días y horas que hubiere acordado previaArtículo 18.-Número. Para el desarrollo de susdos, examinará el sumario 0 antecedentes e mente la Junta Directiva o el Pleno. funciones, la Asamblea Nacional Constituyente,instruirá 0 mandará instruir las diligencias contará con las siguientes Comisiones de Trabajo:que estime oportunas y con el resultado, emiArtículo 35.-Sesiones Extraordinarias. Extratirá dictamen el que presentará a consideraordinariamente la Asamblea sesionará cuando sea a) Comisión de Proyecto de Constitución: ción de la Asamblea para su discusión en se-convocada por la Junta Directiva a su iniciativa b) Comisión de Proyecto de Ley Electoral;sión secreta; en todo caso, deberá tenerse 0 a petición de treinta Representantes. En esteNUMERO DIARIO DE CENTRO AMERICA-Septiembre 13 de 1984 1575 caso, el Presidente deberá citar a los Diputados g) En el supuesto del inciso anterior, el solici-presentados a su consideración, la Asambles podrá
con la debida antelacion. Cuando la sesión extratante deberá circunscribirse estrictamente a utilizar los siguientes sistemas de votación: ordinaria fuere secreta, el Presidente invitará a tratar la cuestión planteada; si así no lo hia) Simple 0 Breve;toda persona que no sea Diputado a la Asamblea ciere, el Presidente le indicará que se limite Nacional Constituyente para que abandone el heal objeto indicado llamándole al orden, y si b) Por Cédula; miciclo y sólo cuando esto haya ocurrido la sesión persistiere lo suspenderá en el uso de la pac) Nominal; y podrá celebrarse. labra; d) Secreta. Artículo 36.-Duración. Las sesiones durarán el h) El Presidente determinará si se ha faltado tiempo que sea necesario. Si la discusión sobre un al orden 0 si ha habido alusión personal; en Los sistemas a que se refleren las literales a, basunto determinado se prolongara por más de tres el primer supuesto llamará al orden al orahoras sin que exista acuerdo, el Presidente condor; en el segundo invitará al orador a dar y c, son aplicables a cualquier aprobación de resultará al Pleno si continúa el debate; si la resolas excusas pertinentes, y si se negare se soluciones 0 proyectos de ley; la votación en sesión lución fuere afirmativa y el debate se prolongare hará constar en el acta como censura. secreta, para la resolución de antejuicios promovidos horas más, a petición de un Representante dos en contra de los Diputados de la Asambles
podrá suspenderse si así lo decide el Pleno, para En igual forma procederá en caso de faltar continuarlo en la sesión inmediata, procediéndose al orden. Cuando algún Representante conNacional Constituyente o a los procesos de desa conocer los puntos siguientes del orden del día sidere que el Presidente no ha tenido razón afuero realizados. en llamarle la atención por el orden, podrá Artículo 37.-Orden del día. La Junta Directiva apelar al Pleno de la Asamblea, para que Todo Representante tiene derecho a razonar su formulará el orden del día de cada sesión, el cual, éste resuelva en definitiva. voto en forma precisa y comedida, y de tal voto aprobado por el Pleno, únicamente podrá variarse razonado, deberá quedar constancia en el acts y 0 posponerse la discusión de algunos O los resSi se solicitare la palabra para plantear una cuestión previa, el Presidente la someterá a en el documento respectivo ai lo hubiere.tantes puntos por circunstancias especiales, a solicitud de un Representante, previa aprobación del conocimiento del Pleno para su admisión 0 Artículo 49.-Procedimiento. Antes de las voPleno. no. Si fuere admitida, la pondrá a discusión y aprobación. En ningún caso se admitirá taciones se invitará entrar a todos los RepresentanArtículo 38.-Citaciones. La Secretaria deberá cuestion previa a una previa planteada Las tes que estuvieren fuera del Hemiciclo. Ningún citar a los Representantes a las sesiones ordinarias cuestiones previas tendrán preferencia sobre Representante podrá entrar ni salir del Hemiciclo
de la Asamblea Nacional Constituyente, por el cualquier otra excepto las cuestiones de ordurante las votaciones. medio más adecuado. den y de alusión personal. Artículo 50.-Definiciones. Para efectos de la Artículo 39.-Quórum. El quórum de la AsamArtículo 41.-Mociones. Las mociones de los Reaplicación de la presente ley, se entenderán los blea Nacional Constituyente se integra con la ma-presentantes que no constituyan Proyecto de Ley, yoria absoluta de los miembros que la forman yserán leídas en el curso de la sesión en que fuesistemas de votación en la siguiente forma: sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta ren presentadas; se concederá la palabra al podel total de Diputados asistentes, siempre que estanente y a continuación se preguntará al Pleno si A. Simple o Breve: La manifestación de aprobamayoria no sea menor de treinta Diputados. se acepta O no para su discusion. El Pleno resolción en su caso, será realizada por el Dipuverá: rechazarla, aprobarla o cursarla a la Cotado, levantando una sola mano expresando Para celebrar sesiones de la Junta Directiva 0 misión o Comisiones correspondientes para su essu decisión, o poniéndose de pie en caso de Comisión de Régimen Interior, constituye quórumtudio y dictamen, si fuere el caso. manifestarse duda en el conteo. la presencia de cinco de sus miembros que incluyan por lo menos al Presidente O a uno de los Para los efectos de este artículo, se entiende porB. Por Cédula: En este sistema el Representante Representantes que funjan como Vicepresidente. ley cuando se refiere la Constitución de la Relo hará escribiendo en la cédula el nombre pública, a la Ley Electoral y a la Ley de Amparo, del candidato 0 su decisión sobre el asunto Constituye quórum, para celebrar sesiones de Hábeas Corpus y Constitucionalidad. sometido a votacion; las cédulas deberán ser comisiones O subcomisiones la presencia de la marepartidas y posteriormente recogidas en coyoría absoluta de sus miembros, con la concurrenArtículo 42.-Debate. Toda moción admitida papones por empleados de la Asamblea Nacia también de por lo menos el Presidente o de ra su discusión, se pondrá a debate por la Presicional Constituyente. uno de los Vicepresidentes. dencia; el Representante mocionante O ponente y los miembros de la Comisión a que se hubiere curC. Nominal: Este sistema se empleará, cuando sado en su caso, darán las explicaciones fundasea solicitado por lo menos por -cinco Repre-mentales del asunto. sentantes. CAPITULO III Los Representantes serán llamados por el Debates CAPITULO IV Presidente de la Asambles Nacional Constituyente, quienes expresarán su voto en FOR Artículo 40.-Dirección de Debates. La DirecSesiones de la Junta Directiva y Comisiones alta, principiando por los Secretarios en orción de Debates se regirá por las siguientes dispoden ascendente, los Vicepresidentes en el siciones: Artículo 43.-Formalidades. La Junta Directiva, mismo orden, los Representantes presentes y a) Puesto a disposición un asunto, el Presidentelas Comisiones y Subcomisiones que fueren creafinalizando con el voto del propio Presidente concederá la palabra a quienes la solicitaren das, observarán en lo que fuere aplicable, las disDespués de que éste hubiere emitido su voto, en su orden, dándose prioridad a los mocioposiciones contenidas en los capitulos I, II y III no se aceptará el voto de ningún otro Redel presente título.nantes, ponentes y miembros de la Comisión presentante. Para el efecto, conforme se emiDictaminadora; tan los votos, se formarán dos listes, una CAPITULO V con los nombres de los que esten a favor y b) Los Representantes se conducirán con decoro otra con los nombres de los que exten en y dignidad en los debates y el Presidente diEnmiendas contra. rigirá éstos con toda imparcialidad. Si algún Representante se saliere de la cuestión lo llaArtículo 44.-Enmiendas. Las enmiendas proC. Secreta: Cuando se deba realizar votación en mara a ella y si faltare al orden se lo hará notar; puestas, se discutirán y votarán con preferencia en la forma que establece este sistema, el Preel orden de su presentación y podrán consistir en sidente ordenará a toda persona que no sea
c) Nadie podrá interrumpir al Representante modificaciones por adición, sustitución o supresión. Diputado, que abandone el Hemiciclo; establecida la privacidad absoluta, se procederá que se halle en el uso de la palabra, pero si se desviare del asunto, el Presidente se lo Artículo 45.-Forma. Las enmiendas que se prea conocer del caso. Los Representantes exsenten a consideración del Pleno de la Asamblea presarán su voto del cual no se dejará conshará notar, y si faltare al orden podrá re-Nacional Constituyente, sobre los proyectos o retancia en acta ni en cedula. clamarse por cualquier Representante, pidiendo la palabra para el orden; soluciones presentados, podrán ser totales o parEn todo caso, los Representantes podrán fis-ciales. Seran totales, aquellas que pretendan mocalizar el proceso de escrutinio y plantear lasd) Se podrá reclamar el orden en los casos sidificar 0 sustituir el texto general de un proyecto guientes: O resolución y, serán parciales, las que se refieran dudas que corresponda a efecto de proceder a su revisión. Finalizada la votación, sea un artículo, inciso, párrafo 0 expresión de los proyectos O resoluciones. Las enmiendas serán nureanudará la sesion pública y la Presidencia 1) Cuando se infrinja algún artículo de la informará del resultado.meradas en el orden de su presentación y en talpresente ley. orden se tramitarán.
En caso de empate en una votación, el Presi2) Cuando se viertan injurias O calumnias en contra de alguna persona o entidad. Artículo 46.-Procedencia. La Secretaría recibirá dente mandará se continue la discusión; si al volas enmiendas presentadas y se pondrán a debate tarse de nuevo, éste persistiere, se aplazará la vo3) Cuando el que esté en el uso de la palabrasobre su admisión 0 no; admitidas, se pondrán a tacion para la sesión inmediata. se salga del tema. discusión y aprobación. Una enmienda aprobada por el Pleno pasa a formar parte del texto original. TITULO V El Presidente calificará si se ha faltado al orden para conceder 0 no la palabra. Artículo 47.-Totales. Cuando una enmienda se presente como sustitución total a un proyecto O DE LA FORMACION DE LA LEY e) Si dos O más Representantes pidiesen al mis-resolución, deberá leerse en vía informativa y mo tiempo la palabra, el Presidente estableposteriormente leerse sobre su aprobación en una CAPITULO UNICO cerá la precedencia; segunda lectura. Cuando el texto de la resolución 0 del proyecto sea muy extenso, la Presidencia poProcedimiento f) Si se solicitare la palabra para plantear unadrá disponer su conocimiento para la sesión más cuestión de orden, el Presidente pedirá apróxima. Artículo 51.-Iniciativa Todos los Diputados que quien estuviere en uso de ella que suspenda su intervención, dando preferencia a la cuesCAPITULO VI integran la Asamblea Nacional Constituyente, tietión planteada. Cuando se solicite la palanen iniciativa de ley, conforme las atribuciones bra por alusión personal, no se interrumpirá Votaciones establecidas en el artículo 49 de la presente ley. al orador, pero se le dará al solicitante inmediatamente después de terminada la inArtículo 48.-Sistemas de Votación. Para la adopArtículo 52.-Lecturas y Aprobación. Presentado tervención; ción de resoluciones y aprobación de proyectos y admitido un proyecto de ley, se pondrá a dis-1576 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Septiembre 13 de 1984 NUMERO 62 cusión en dos sesiones sucesivas. La primera lecFara la selección de su personal, deberá calificar DECRETA: tura, tiene por fin el conocimiento informativo, a los candidatos para ocupar las plazas vacantes, para cuyo efecto deben distribuirse las copias res-según sus aptitudes y requisitos para el puesto en Artículo 1°-De la Comisión. Se crea la Comisión pectivas del proyecto, y sólo proceden las aclara-igualdad de condiciones para los oferentes. Interinstitucional encargada de estructurar un ciones o informaciones que se soliciten. En la Plan Nacional para el desarrollo del transporte segunda lectura, tiene lugar la discusion del pro-Artículo 64-Sanciones y Régimen de Despido. ferroviario en el país, la oual tendrá como funcioyecto por artículos y en su totalidad, incluyendo Las faltas disciplinarias de los servidores de la nes y atribuciones, las siguientes:
el preámbulo y el título. Una vez aprobado un Asamblea Nacional Constituyente, serán sancionaproyecto en segunda lectura, en la sesión siguien-das según su importancia, con amonestación esa) Determinar los alcances, objetivos y oriente, se entrará a discutir en su totalidad en lo quecrita, suspension por cinco, diez 0 quince días, restación del Plan Nacional de desarrollo del atane a forma y redacción final. Si veinte Reprepectivamente, y despido. En caso de despido,