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Decreto 2-2001-3

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 2-2001-3
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
2001

Diario de Centro América DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA TOMO CCLXVI Guatemala, miércoles 14 de marzo de 2001 NUMERO 19

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 02-2001

ORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Acuérdase designar Magistrado Titular de la Corte de DECRETO NUMERO 02-2001 Constitucionalidad al licenciado Mario Gulllermo Ruiz Wong designar Magistrado Suplente de la Corte de Constitucionalidad al Licenciado Romeo EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Alvarado Polanco. como se indica. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CONSIDERANDO: INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS Que el Estado de Guatemala ratificó previa aprobación del Decreto Número 70-69 por parte del UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPUBLICAS DE Congreso de la República, el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina EL SALVADOR. GUATEMALA. Y HONDURAS. Tratado de Tlatelolcofirmado en la ciudad de México, Distrito Federal, de los Estados Unidos suscrito en la crudad de México. el 29 de junio de Mexicanos, el 14 de febrero de 1967. 2000.

CONSIDERANDO:

PUBLICACIONES VARIAS Que las enmienda: planteadas al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América BARTOLOME DE LAS CASAS, Latina. Resolución Numero 290 (VII) adoptada en la ciudad de México, Distrito Federal, de los Estados DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ Unidos Mexicanso e: 26 de agosto de 1992. no contraviene la riaturaleza del mismo y los elementos ACTA NUMERO 17-2001 fundamentales del necesario sistema de control e inspección de armas nucleares América Latina, no contradicen o vulneran principios constitucionales m legales vigentes en nuestro país.

ANUNCIOS VARIOS CONSIDERANDO: Matrimonios Constituciones de sociedad Modificaciones de sociedad Patentes de invención ReQue la República de Guatemala, siendo miembro de dicho Tratado, suscribió el 26 de agosto de 1992. la gistro de marcas Títulos supletorios Edictos Resolución Numero 290 (VII) adoptada ese mismo dia por la Conferencia General del Organismo para Remates ia Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina -OPANAL-, que dispone modificar los Banco de Guatemala. Balance General al 31 de artículos 14 párrafos 2 y 3. 15, 16. 19 y 20 del Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la de 2001 America Eatina.

POR TANTO: ATENCIÓN En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y 1) de la Constitución Politica de la República de Guatemala.

ANUNCIANTES

IMPRESIÓN SE DECRETA: HACE CONFORME ORIGINAL ARTICULO 1. Se aprueban las modificaciones al Tratado para la Proseripción de las Armas Nucleares en la América Latina, adoptadas por la Conferencia General del ganismo para la Toda impresión en la parte legal del Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina -Tratado de Tlatelolco-, mediante Resolución Número 290 (VII), en la ciudad de México. Distrito Federal; Estados Unidos Mexicanos. el 26 de ay stoDiario de Centro América, se hace de 1992. respetando el original. Por lo anterior, esta Administración ruega ARTICULO 2. Se deroga el Decreto Número 66-97 del Congreso de la República. al público tomar nota. ARTICULO 3. El presente decreto entra en vigencia ocho dias después de su publicacion en el diario oficial.

PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION. PROMULGACION Y PUBLICACION.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-14 de marzo de 2001 NUMERO 19

ARTICULO 3" DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DI El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente y debera comunicarse 61 ATEMALA. SEIS/DIAS MES DE FEBRERO DEL AÑO al Congreso de la Republica para los efectos legales Correspondientes

COMUNÍQUESE:

DE L4

WOHL MONROY JORGE ASTILLO

DE you're APRESIDENCIASEX ARIO REPUBLICAALFONSO PORTILLO C.

BLICA guxtemals.C. requirementsCentro America

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 2-2001

PALACIO NACIONAL: Guatemala, uno de marzo del año dos mil uno

BYRON HUMBERTO BARRIENTOS DIAC FLUARE WEYMANN

PUBLIQUESE Y CUMPLASE MINISTRO DE CORERNACION MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS

DE LA NEPRESIDENCIAREPUBLICA in ano

MARIO ROLANDO TORRES MANROQUIN FEDERICO ALFONSO POLA DE LA PENA

MINISTRO DE EDUCACION MINISTRO DE ECONOMIA

PORTILLO CABRERA GUATEMBLE,

JUAN FRANCISCO ALFARO MI VANGOS EDUARDO AREVAIR

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL GENERAL DE BRIGADA

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL

EXTERIORES

Luis Armando Rabbé Tejada Angela Jaroz Cabrera Ministro Comunicaciones, Infreastructure y Vivienda [sec Luis Mijangos C.

[A] 12 LACIONES EXTERIORES SECRETARIO GENERAL

ENCRHGADA DA DESPACHO PRESIDENCIA DELA REPUBLICA

JORGE Franto ROLANDO ESCOTO MARROQUINJULIO EDMUNDO MOLINA AVILES

SEGUNDO VICEMINISTRO DE SALUD PUBLICA Y

MINISTRO DE AGRICULTURA, ASISTENCIA SOCIAL

GANADERIA Y ALIMENTACION ENCARGADO DEL DESPACHO ORGANISMO EJECUTIVO HAROLDO ERIC DUET CHENOUTTI LA LUZ DI (YYY) MINISTRO DE AMBIENTE

MINISTRA DE CULTURA DEPORTES RECURSOS NATURALES PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Acuérdase designar Magistrado Titular de la Corte de Constitucionalidad al Licenciado Mario Guillermo Ruíz Wong y designar Magistrado Suplente de la Corte de Constitucionalidad al Licenciado Romeo Alvarado Polanco, como se indica.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 116-2001

Guatemala. 12 de marzo de 2001 Angela Gaxoz CabreraSUITEMAL Lic. Mijangos C. VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES DECRETARIO GENERAL El Presidente de la República, ENCARGADA DCL DESPACHO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Artículo 269, inciso c) de la Constitución Politica de la Republica de Guatemala, corresponde al Presidente de la Republica en Consejo de Ministros, designar un Magistrado Titular y un Suplente para que integre la Corte de Constitucionalidad, POR TANTO En ejercicio de la función que le confieren los articulos 183, inciso s), y 269, inciso c), de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con base en el Articulo 150, inciso e) de laMINISTERIO DE RELACIONESLey de Amparo, exhibición Personal y de Constitucionalidad, EN CONSEJO DE MINISTROS EXTERIORES ACUERDA: INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS REPUBLICAS

DE EL SALVADOR, GUATEMALA, Y HONDURAS, suscrito en la ciudad ARTICULO 1° Designar Magistrado Titular de la Corte de Constitucionalidad al Licenciadode México, el 29 de junio de 2000.···· Guillermo Ruiz Wong Designar Magistrado Suplente de la Corte de Constitucionalidad al Licenciado ( PARTE FINAL)ARTICULO 2°. Romeo Alvarado Polanco.

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