Decreto 2-2007
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 2-2007
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2007
Guatemala, LUNES 28 de mayo de 2007 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 89 del Monumento al Peaje enero del año dos mil ocho; Alcaides, Síndicos y Concejules, el quince de enero del año dos mil ocho." del Peaje hacia el Puente San Vicente (antigua carretera que conduce a Guatemala) de Talpetate bacia la Calzada del Cementerio General (Periférico Sur)CUARTO: El presente Decreto entra en vigor inmediatamente y deberá publicarse en el Diario Oficial. del INJUD (INJAV) hacia salida a San Pedro Carchá (Periférico Norte) DADO EN LA SEDE DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, en la Ciudad de Exigiéndose 12.5 metros del eje central de la carretera. Guatemala, el día veinticinco de mayo de dos mil sicte.
COMUNIQUESE: b) Ratificar el contenido del inciso c) del Punto Octavo del Acta No. 024-2006 de fecha veintitrés de Marzo del año dos mil seis, por el cual se ordena al Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, actúe de oficio e inicie procedimiento administrativo a los vecinos que por cenocimiento, denuncia directa 0 por denuncia de terceras personas de actos que violen las normas 0 reglamentos, se encuentren desalineados 0 efectúen construcciones no autorizadas, procediendoAngel, conforme corresponda con los vecinos que no acaten las disposiciones municipales. Efectuando las diligencias para que
tanto la Auxiliatura de la Procuraduría de los Derechos Humanos, Gobernación Departamental y las instancias respectivas,Presidente Gualemain mediante reunión tengan conocimiento de to acordado por el Concejo, con la presencia de la Dirección Técnica y Planificación. c) Aprobar que los 12.5 metros del eje central de la Carretera autorizados sea aplicables a todas las construcciones de dichos puntos, tanto las que están por construirse y las que va están construidas... d) Aprobar que en el Diario Oficial el Sefior Alcalde Municipal mediante constancia dé a conocer que el Concejo Municipal tomó la determinación de los 12.5 metros del eje central de la Carretera en los puntos descritos, tomándolos como Carretera Nacional, lo anterior por ser deLic. Roberts Anibal Valencuela Chinchilla Observancia General, cobrando vigencia un día después de su publicación. vocal I Y PARA REMITIR A DONDE CORRESPONDE, EXTIENDO, SELLO Y FIRMO LA PRESENTE CONSTANCIA, EN EL MUNICIPIO DE COBAN ALTA VERAPAZ, A DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL Licda. Zoila Alicial Baik(allel) VillalobosSIETE Vocal II GUSTAVO ADOLI LEAL KLUG Licda. DRCudeRol Dinora Recinos Cueto de Roche
ALCALDE MUNICIPAL (180354-2)-28-mayo Vocal III
Lic. Carles Alfredo Escobar Armas Vocal IV Tribunal Supremo Electoral
ANTE MI:
SECRETARIA
Lic. Luis Guillermo Secretario General
DECRETO No. 2-2007
CONSIDERANDO:
(E-441-2007)-28-mayo Que el Tribunal Supremo Electoral convocó a Elecciones Generales, a celebrarse el nueve de septiembre del año dos mil siete, conforme el Decreto número 1-2007 en el que se incluye la elección de Diputados Titulares y Suplentes al Parlamento Centroamericano; UNIDOS, SEGURO VAMOS ADELANTECONSIDERANDO: Que contra el Decreto de Convocatoria antes mencionado, se interpuso acción de inconstitucionalidad impugnando los artículos: primero, en la parte que dice y a elección Diario de diputados al Parlamento Centroamericano, titulares y suplentes"; los artículos séptimo y CentroAméricaoctavo en la parte que dice y diputados al Parlamento Centroamericano, el veintiocho de octubre del año dos mil once." La Corte de Constitucionalidad decretó la suspensión provisional de los artículos mencionados, en la forma antes indicada. AL PÚBLICO EN GENERAL INFORMA: Las publicaciones que se realizan en el Diario de Centro América, sePOR TANTO: publican de conformidad con el original presentado por el solicitante, en consecuencia cualquier error que se cometa en ese original, el DiarioEste Tribunal, con base en lo considerado y lo que para el efecto disponen los artículos: 1°, 5°, 138 y 141 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 1, 2, 3,de Centro América no asume ninguna responsabilidad. 7, 8, 9,12, 13, 15, 18, 20, 97, 98 121, 125, 131, 132, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200,Por to antes descrito se les solicita cumplir con los siguientes requisitos:
201, 202, 203, 205, 206, 207, 211. 212, 215 y 256 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos; 3, 5, 6, 50, 51, 62 al 69, 121, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 141, 142, 143 y 1471. TAMAÑO DE LETRA SEGÚN ACUERDO GUBERNATIVO No. 163-2001, del Reglamento de dicha Ley; 2 y 6 del Tratado Constitutivo del Parlamento NO MENOR DE 6.5 (LETRA TIPOGRÁFICA), Centroamericano y Otras Instancias Políticas, 11 del Reglamento de dicho Tratado, 8 inciso b), 9 y 45 de la Ley del Organismo Judicial, Acuerdos números 146-2005, 152-2006 y 220-2. LETRA CLARA E IMPRESIÓN FIRME, 2006 del Tribunal Supremo Electoral de fechas 26 de julio del 2005, 14 de julio, 11 de agosto y 12 de octubre de 2006, respectivamente, al resolver, 3. LEGIBILIDAD EN LOS NÚMEROS,
DECRETA:
4. NO CORRECCIONES, TACHONES, MARCAS DE LÁPIZ o LAPICERO, PRIMERO: Revoca el numeral primero del Decreto número 1-2007 emitido por el 5. NO SE ACEPTAN FOTOCOPIAS,
Tribunal Supremo Electoral, en la frase que dice: "y a elección de Diputados al Parlamento Cestroamericano titulares y suplentes"; y en consecuencia, dicho artículo queda así:6. QUE LA FIRMA DE LA PERSONA RESPONSABLE Y SELLO CORRESPONDIENTE SE ENCUENTREN FUERA DEL TEXTO DEL"PRIMERO: CONVOCATORIA. Se convoca a los ciudadanos de todos los distritos DOCUMENTO,electorales de la República a Elecciones Generales, que comprenden: la de Presidente y Vicepresidente de la República de Guatemala; diputados al Congreso de la República por los sistemas de distritos electorales y lista nacional; corporaciones municipales del país7. DOCUMENTO CON EL NOMBRE COMPLETO DEL ABOGADO, SELLO integradas por alcaldes, síndicos y concejales, titulares y suplentes". NÚMERO DE COLEGIADO, SEGUNDO: Se revoca el numeral séptimo del Decreto número 1-2007 emitido por el 8. NOMBRE Y NÚMERO DE TELÉFONO DE LA PERSONA RESPONSABLE Tribunal Supremo Electoral y en consecuencia, queda sin ningún efecto jurídico. DE LA PUBLICACIÓN, PARA CUALQUIER CONSULTA POSTERIOR.
TERCERO: Se revoca el numeral octavo del referido Decreto de este Tribunal, en la frase que dice: y Diputados al Parlamento Centroamericano, el veintiocho de octubre del añoDIRECCIÓNdos mil once". En consecuencia, dich 0 numeral queda así: COMERNO DE LA REPUBLICA "OCTAVO: TOMA DE POSESIÓN DE LOS CIUDADANOS ELECTOS. Los DE ciudadanos que sean electos tomarán posesión de sus cargos así: Presidente y GUATEMALA Vicepresidente de la República y Diputados al Congreso de la República, el catorce de