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Decreto 2-2018

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 2-2018
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
2018

NÚMERO 10 DIARIO de' CENTRO AMÉRICA Guatemala, JUEVES 22 de febrero 2018 5 -~~ V

CONGRESO DE LA

REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 2-2018 .. •.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el trece de abril de dos mil cinco Y suscrito por la República de Guatemala el.veinte de septiembre de dos mil cinco.

CONSIDERANDO: ·aue el contenido del Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nud'ear no contraviene principios constitucionales ni legales vigentes en nuestro país, por !o cuál es procedente Su aprobación, emitiendo en tal se_ntido la respectiva disposición legal.

POR TANTO; En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y 1) del articulo 171 de la Constitución Polltica de la República de Guatemala, · DECRETA: Artículo 1. Aprobar el Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el trece de abril de dos mil cinco y suscrito por la República de Guatemala el veinte de septiembre de dos mil cinco. · Artículo 2. El presente Decreto entrara en vigencia a·_ los ocho días de su publicación en. el Diario Oficial. • ·

REMÍTASE AL ORGANIS_MO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, .PROMULGACION YPUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO ÓEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD

el Diario Oficial. • ·

REMÍTASE AL ORGANIS_MO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, .PROMULGACION YPUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO ÓEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD

DE GUATEMALA, EL VEINTITRÉS ENERO O DOS MIL DIECIOCHO •

·ALVARO ENRIQUE ARZÚ PRESIDENTE .. ~( •.. ·

. .

TO LUCERO VÁSQUEZ

SECRETARIO .

PALACIO NACIONAL: Guatemáta, quince de febrero.del año dos mil·.·· . dieciocho. ·

PUBLÍQUESE Y

/? / V (E-J 72.2018)-22-febrero ORGANISMO EJECUTIVO . MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase aceptar a favor del Estado la donación a título gratuito, que hace la municipalidad de Morales, departamento de Izaba!, de una fracción de terreno de 38,004.98 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registra Genera! de la Propiedad de-la Zona Central, ubi.cada en la Lotilicación Santa Bárbara de esa jurisdicción municipal.

ACUERDO GUBERNATIVO No. 12-2018

Guatemala, 2 de lebrero de 2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio. de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado,

bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio. de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. · · CONSIDERANDO Que la Dirección de Bienes del Estado del MWsterio de Finanza$ Públicas, dentro del Expediente Número 2016-94486, opinó de manera favorable respecto. a la aceptación de la donaci.ón a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de· Salud Pública y Asistencia Social, que hace Ja municipalidad de Morales, departamento de Izabal, 'de una fracción de terreno de 38,004.98 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de 'Ja· Zona Central, bajo elnúmero 83, folio 83 del libro 82 de Izaba!, para la construcción y funcionamiento del Centro. de Atención Permanente, ubicado en Ja Lotificación Santa Bárbara de esa jurisdicción municipal, habi_éndose agotado el procedimiento administrativo correspon,diente; por lo que es conveniente .emitir Ja disposición legal, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno. . · POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en lós . artículos 27 literales i) y j) y· 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo .. = =

artículos 27 literales i) y j) y· 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo .. = = Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa

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