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Decreto 2-2021

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 2-2021
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
2021

---------------------Fundadoen1880~· -------------------- Diario de Centro " . enca MARTES 2 de MARZO de 2021 No. 73 Tomo CCCXVI

EN ESTA EDICI6N ENCONTRARA:

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGllESO DI LA IEPUauCA DI GUATIMALA

DECRETO NUMERO 2-2021

PlIgina 1

PUBLlCAaONES VARIAS

MUNIQPAUDAD DE ISQUIPUlAS,

DEPAJrI'AMENTO DI CHIQUlMULA

ACTA NUMERO 08-2021 PUNTO TERCERO

P6gina 7

MUNIQPALlDAD DE NUEVA CONCEPCION,

DlPARTAMINTO DE ISCUINTLA

ACTA NUMERO 03-2021 PUNTO TERCERO

PlIgina 7

ANUNCIOS VARIOS

  • Motrimonios
  • Tltulos Supletorios
  • Edictos

-1t8mates

  • COnvocatoriOI

Pagina 8 Pagina 8 P6gina 9 Pagina 12 Pagina 19 ------------~-.. ------------

  • DiariodeCentroAmerica ATENCI6N Las publicociones que se realizon en el Diorio de Centro America, 58 publican de conformidod con el originol presentado por el solidtonte, en consecuencio cuolquier error que 58 cornela en ese original, eI Diorio de Centro Americo no osume ninguna responsobilidod.

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1. EI Arcillvo digital deber6 ser EDITABLE (EN WORD) PARA lAS SIGUIENTES CATEGORiAs: • MoIrimonios • Nocionolidodes • linea. de T mnsporle

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S. No correcciones,lochones, morcos de 16piz 0 Iopicem.

6. No 58 oceptan lotocopioo ilegibles.

7. Que Ia Sma de 10 persona responsoble y sello c~ndien1e se encuentren fuem del Iexlo del documento.

8. Documento con el nombre complelo del Abogodo,

Sella y Numero de Colegiodo.

9. Nombre y numero de lelelono de 10 persona responsoble de 10 publicod6n, para cuolquier consullo posterior.

ORGANa OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A.

Dlrectora General: Silvia Lanuza www.dca.gob.gt

ORGANISMO LEGISLATIVO

W

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 2-2021

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica de la. Republica de Guatemala, es obligaci6n del Estado promover el desarrollo eeon6mico de la Naci6n.

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica de la. Republica de Guatemala, es obligaci6n del Estado promover el desarrollo eeon6mico de la Naci6n.

CONSIDERANDO: Que es necesario crear un marco legal que dote de seguridad juridica la tonna en que se lIevan a cabo operaciones de leasing, con el objeto de fomentar la inversion y establecer mecanismos de aeceso a credito, especialmenle para las pequeiias y medianas empresas.

CONSIDERANDO: Que actualmente no existe una norrnativa especifica que establezca los lineamienlos generales de la actividad de leasing 0 arrendamiento con opcion a compra.

PORTANTO: En ejercicio de las atribuciones que Ie confiere el articulo 171 literal a) de la Constitucion Polilica de la Republica de Guatemala,

DECRETA:

La siguiente:

LEY DE LEASING

TITULO I OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY Articulo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto establecer la normativa general que regula las operaciones de leasing, asi como los derechos y obligaciones propios de los sujetos involucrados en esta operacion. Articulo 2. Definiclones. Para efeetos de la presente Ley y de su aplicaci6n, se entenderan las definiciones .de los terminos siguientes: a. Arrendador, Arrendadora, Arrendante. Es la persona, patrimonios 0 entes que entregan el 0 los bienes en cali dad de leasing, a uno 0 mas arrendatarios, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respectiv~ contrato de leasing. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa, t • • • , ,

terminos y condiciones acordados por las partes en el respectiv~ contrato de leasing. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa, t • • • , , b. Arrendatario. Es la persona, entes 0 patrimonios que, al celebrar contrato de leasing, obtiene derecho al usc, goce y disfrute del bien objeto de leasing, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respective contrato de leasing. c. Conlralo de Leasing. Es el contrato mediante el cual el arrendador adquiere para usa del arrendatario bienes a cambia de una renta 0 cuota por un plazo delerminado; el contrato de leaSing comprende el contrato de leasing financiero y el contrato de leasing operabvo, en la forma que quedan definidos en esta Ley. d. Contrato de Leasing Finaneiero, Arrendamiento Finaneiero 0 Arrendamiento Financiero con opcion a compra. Es el contrato por al cual una persona, patrimonio autonomo 0 ente, denominado arrendadora, adquiere de aeuerdo a la petlcion y especitlcaciones que Ie ha dado el arrendatario y, par cuenta e interes de este, determinados bienes, los que Ie entrega a titulo de arrendamiento por un plazo determinado y recibe a cambio, el derecho de pago de una renta 0 cuota, concediendo al arrendatario, al vencimiento del plazo del contrato, la opcion de continuar el contrato en nuevas condiciones 0 adquirir los bienes objeto del contratc de arrendamiento par un monto previamente estabteeido 0 valor residual. e. Contrato de Leasing Financiero Habitacionat 0 de Vivienda, Arrendamiento Financiero Habitacional 0 de Vivienda 0 Arrendamiento Financiero

contratc de arrendamiento par un monto previamente estabteeido 0 valor residual. e. Contrato de Leasing Financiero Habitacionat 0 de Vivienda, Arrendamiento Financiero Habitacional 0 de Vivienda 0 Arrendamiento Financiero Habitaeional 0 de Vivienda con opeion a compra. Es el contrato que se refiere a bienes inmuebles destinados a vivienda. f. Contrato de leasing Financiero Habitacional 0 de Vivienda de Interes Social, Arrendamiento Financiero Habitacional 0 de Vivienda de Interes Social 0 Arrendamlento Financiero Habitaeional 0 de Vlvienda de Interes .Soeial con opcion. a compra. Es el contrato quese refiere a blenes inmuebles destinados a vivienda digna, adeeuada y saludable, de conformidad con 10 previsto en la Ley de Vivienda, Decreto Numero 9-2012 del Congreso de la Republica. g. Contrato de leasing Financiero Inmobiliarlo, Arrendamiento Financiero Inmobiliario 0 Arrendamiento Financiero Inmobiliario con opcion a compra. . Es el contrato que se refiere a la adquisici6n de bienes inmuebles que se destinen para el uso de establecimientos comerciales, industriales, clinicas, oficinas profesionales, centros educativos, bodegas y otros. h. Contrato de leasing Operativo 0 Arrendamiento Operativo. Es el contrato por el cual una persona, patrimonio autonomo 0 ente, denominado arrendadora, entrega en arrendamiento a una persona, denominada arrendatario, por un plazo establecido, determinados bienes que ha adquirido, con el objeto de que el arrendatario los use durante dicho plazo; el arrendatario adquiere la obligacion de

entrega en arrendamiento a una persona, denominada arrendatario, por un plazo establecido, determinados bienes que ha adquirido, con el objeto de que el arrendatario los use durante dicho plazo; el arrendatario adquiere la obligacion de pagar una renta 0 cuota al arrendante, no pudiendo dar par terminado el contrato antes del vencimiento del plazo paclado, salvo pacto en contrario.

  1. Lease. Significa arrendamiento.

J. Proveedor. Es la persona individual 0 juridica, nacianal 0 extranJera que transfl8re al arrendador la propiedad del bien objeto del contrato de leasing. EI proveedor puede ser una persona que se dedica habitual 0 profesionalmenle a Ia venta de blenes, 0 una persona que ocasionalmente adquiere 0 enajena un bien. EI proveedor puede ser el mismo arrendador.

k. Renta 0 cuota. Es la prestacien que el arrendatario de un contrato de leasing se obliga a pagar al arrendador, por el uso 0 goce de los bienes objeto de arrendamiento, por el plazo del contralo. EI valor de las rentas 0 cuotas de arrendamienlo sera ~no solo y no se presentara en forma separada, conteniendo dentro del mismo, las amortizaciones del monto pactado en el plazo convenido.

I. Valor residual. Es el monte que las partes de un contralo de leasing financiero con opcion a compra han acordado que correspondera pagar al arrendatario que eJerza la opcion de compra de los bienes objeto de leasing.

TiTULO II

PARTES DEL CONTRATO DE LEASING

CAPiTULO I DELASARRENDADORAS Articulo 3. Arrendador. Actuan como arrendadoras la persona, patrimonios 0 entes que cumplen con los requisitos establecidos en esla Ley.

PARTES DEL CONTRATO DE LEASING

CAPiTULO I DELASARRENDADORAS Articulo 3. Arrendador. Actuan como arrendadoras la persona, patrimonios 0 entes que cumplen con los requisitos establecidos en esla Ley. NIJMEIID73· ..... ,-",1-_." Articulo 4. Objelo social. Las personas juridicas 0 los entes que lleven a cabo operaciones de leasing como arrendadoras deben tener comprendido dentro de su objeto social la actividad de leasing, arrendamiento operative, arrendamiento financiero con opcien a compra 0 arrendamiento financiero, segun sea la actividad 0 actividades a las que la entidad se dedica. En el caso de entidades financieras supervisadas, deben cumplir con los requisitos especiales que establece su normativa' especifica. A1ti\:ulo 5. Denominacion 0 razon social. Cuando la actividad principal 0 habitual de ,.·uni! entidad sea lIevar a cabo operaciones de leasing como arrendadora, dentro de su dlinominacion 0 razen social debe incluir las palabras leasing, lease, arrendadora financiera, arrendadora operativa, u otras derivadas de estos terminos 0 abreviaturas de las mismas 0 en la descripcion de sus negocios 0 propaganda, las palabras leasing, lease, arrendamiento financiero, arrendamiento operativo u otra que alude a esta actividad. Lo establecido en este articulo no es obligatorlo para bancos, cooperativas, microfinancieras y sociedades financieras privadas y enlidades internacionales de credito ylomento. Articulo 6. Registro e informacion financiera. Los regislros contables de las personas, patrimonios 0 entes que lIevan a cabo actividades de leasing deben reflejar lodas las operaciones de leasing, asi como las que sa derivan de dichos actos. En todo caso, las

Articulo 6. Registro e informacion financiera. Los regislros contables de las personas, patrimonios 0 entes que lIevan a cabo actividades de leasing deben reflejar lodas las operaciones de leasing, asi como las que sa derivan de dichos actos. En todo caso, las arrendadoras deben lIevar su contabilidad de acuerdo con las Normas Intemacionales de Contabilidad (NIC) vigentes en Guatemala, de conformidad con la ley. CAPiTULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES Articulo 7. Del proveedor. AI proveedor de bienes objeto de leasing, se Ie aplica 10 siguiente: a. ObligaciOn de declarar al arrendador si los bienes objeto de leasing tieneil gravamen, anotaciOn, limitacion 0 desperfecto. b. Salve pacto en contrario, el proveedor es el obligado a preslar garantia del buen funcionamiento de los bienes objeto de leasing . c. Salvo pacto en contrario, debe aceplar del arrendador 0 del arrendatario, los reclamos que se hagan por desperfectos, mal funcionamiento 0 vicios ocultos que tengan los bienes objeto de leasing. d. Responder al arrendador 0 al arrendatario p~r los reclamos cubiertos por las garantias que otorga el fabrieante 0 el distribuidor, sobre los bienes objeto de leasing y proveer de la informacion necesaria para hacer reclamos en caso de desperfectos, descompostura, devoluci6n 0 cambio del bien. e. Enlregar el bien objeto de leasing al arrendador, 0 al arrendatario cuando el arrendador asi 10 autoriee, en la torma y terminos acordados, debiendo hacer constar la entrega del bien en cuaiquier forma escnta 0 digital.

e. Enlregar el bien objeto de leasing al arrendador, 0 al arrendatario cuando el arrendador asi 10 autoriee, en la torma y terminos acordados, debiendo hacer constar la entrega del bien en cuaiquier forma escnta 0 digital. t. Cumplir con cualquier otra obligacion que asuma en virtud del contrato de leasing, contrato con el arrendador 0 que deba cumplir de contormidad con la ley. Articulo 8. Del arrendador. Ademas de 10 acordado por las partes en el conlrato de leasing, corresponde al arrendador: a. EI arrendador debe hacer der conocimiento del arrendatario si el bien objeto de leaSing tiene gravamenes, anotaciones, limitaciones 0 desperfectos que alecten los derechos del arrendalario, sometiendose en todo caso al saneamiento por eVlccion 0 por vicios ocultos que atecten los bienes objeto del contrato de leasing. b. EI arrendador debe entregar el bien objeto de contrato libre de gravamenes, anotaciones, limitaciones 0 contingencias judlciales 0 administrativas, en caso el arrendatario ejerza el derecho de opcion de compra. En caso el bien obJeto de leasing tenga gravamenes, anotaciones 0 limitaciones, si las partes acuerdan que sa vende asi, debe constar tal cireunstancia en el contrato de compraventa. Si los bienes objeto de leasing son bienes 0 der.echos susceptibles de garantia mobiliaria, debe hacerse la modificacion en el Registro de Garantias Mobiliarias del Ministerio de Economia, en la forma quij determine el reglamento de dicho registro. c. EI arrendador puede enajenar 0 negociar todos 0 parte de los derechos de credito que Ie corresponden en virtud del contrato de leasing. Esta cesion de derechos de

del Ministerio de Economia, en la forma quij determine el reglamento de dicho registro. c. EI arrendador puede enajenar 0 negociar todos 0 parte de los derechos de credito que Ie corresponden en virtud del contrato de leasing. Esta cesion de derechos de eredito no est<! atecta al pago de impuesto alguno. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información LegislativaNUMER073 DlARIO de CENTRO ~RICA Guatemala, MARTES 2 de marzo 2021 3 d. 8 arrendador debe cumplir con las obIigaciones bibutarias que se derivan del contrato de leasing. e. EI arrendador debe cumplir con las demas obligaciones acordadas por las partes. f. EI arrendador debe inscribir .eI COIltrato de leasing en eI Registro de Garantlas Mobiliarias del Ministerio de Econornia, Sl eI 0 los bienes objato de leasing son bienes muebles. Tambien debe inscribir la cesi6n de derechos del arrendador 0 del arrendatario, al subarrendamiento 0 cualquier modiflCaci6n de las anteriores. ArtIculo 9. Del arrendatarlo. EI arrendatario tiene las obligaciones y derechos siguienles: a. Pagar Ia renla y cualquier otra cueta suscrita en el COIltratO de leasing en la forma, plazo y lugar convenidos. b. Es responsabie por la perdida, destrucci6n y deterioro de Ia cosa, a partir del momenta en que recibe sin objeci6n el bien objeto de leasing. c. Es el unico responsable penal Y civilmente, por cualquier dano 0 pe~uicio que se cause a terceros 0 a sus bienes, con ocasi6n del uso, disfrute 0 posesion del bien, incluyendo bienes que se destinen para uso y medios de transporte. Por tanto,

cause a terceros 0 a sus bienes, con ocasi6n del uso, disfrute 0 posesion del bien, incluyendo bienes que se destinen para uso y medios de transporte. Por tanto, cualquier dano 0 pe~uicio que se cause a un tercero 0 a sus bienes en virtud del uso y disfrute del bien objeto de leasing, es cornpensado exclusivamente por el arrendatario como poseedor del bien objeto de leasing, sin importar si el daiio se causa intencionalmente 0 por descuido, imprudencia, negligencia 0 impericia del arrendatario, sus familiares, empleados, direclores, personeros 0 cualquier persona contratada por al 0 a quien el hubiera entregado el bien objeto de leasing. Esla responsabilidad no alcanza al arrendador, aunque sea el propietario del bien, al que no Ie aplica eI articulo 1651 del C6digo Civil. Decreto Ley Numero 106 del Jefe de Gobierno de Ia Republica de Guatemala. d. EI arrendatario tiene la posesion del bien objeto de leasing, su usc, goce y disfrute. Salvo pacta en contrario, es el responsable·de su mantenimiento, cuidado y uso de acuerdo con su naturaleza y destino, siendo propietario de los trutos naturales 0 civiles que provienen del uso del bien durante el plazo del contrato de leasing. Es el responsable de los daiios que eI bien 0 bienes objeto de leasing sulren p~r su negligencia, imprudencia, impericia 0 lalta de diligencia, la de sus empleados, personeros, directores 0 cualquier persona a quien el arrendatario permite usar el bien. e. foJ finalizar el plazo del contrato de leasing si no ejerce la opcion .de compra, el arrendatario debe devolver el bien al arrendador en estado de servir y con eI

bien. e. foJ finalizar el plazo del contrato de leasing si no ejerce la opcion .de compra, el arrendatario debe devolver el bien al arrendador en estado de servir y con eI deteriora razonable de acuerdo con su usa. No puede, en. ningun caso, solicitar que se Ie devuelva 10 Que pag6 como cuota 0 renta, salvo que hubiere sido expresamente pactado en el contrato de leasing. . t, Salvo paclo en contra rio, corresponden al arrendatario todos los gastos ordinarios, extraordinarios y necesarios para la conservacion, uSo y para todos aquetlos que se, generen COIl ocasion de la poseslon del bien, incluyendo gastos de manlenimiento, seguros, impuestos y taS!lS que se generen respecto del bien objelo de leasing. ' g. En los contra los de leasing, el arrendatario es responsable de pagar todos los tributos, impuestos, tasas, multas, sanciones, recargos, infracciones 0 penalizaciones que graven la lenencia, posesion, expletaci6n 0 circulaci6n de los bienes dados en leasing. Si se trata de bienes inmuebles, salvo pacto en contrario, corresponde al arrendatario el pago dellm~uesto Unico sobre Inmuebles, h, Unicamente cuando cuente con el consentlmiento expreso del arrendador, el arrendatario puede subarrendar el bien, ceder el derecho de usar el bien 0 cualquier otro derecho Que Ie corresponde por el contrato de leasing; los contralos que celebre el arrendatario vencen al finalizar el plazo del contrato de leasing. Si el contrato 0 negocio que realiza implica la transmisi6n de la posesion del bien, si se trala de bienes muebles se inscribe en el Regislro de Garanlias Mobiliarias y

Si el contrato 0 negocio que realiza implica la transmisi6n de la posesion del bien, si se trala de bienes muebles se inscribe en el Regislro de Garanlias Mobiliarias y en el Registro de la Propiedad si se trata Gle bienes inmuebles. 8 arrendatario es responsabie por los danos 0 pe~uicios que se generen por eI incumplimienlo de obligaciones del subarrendatario, sus cesionarios 0 quien haya usado el bien.

  1. EI arrendatario debe notificar al arrendador de cualquier hecho que menoscabe 0 afecte los derechos 0 acciones del arrendador sobre los bienes objeto de leasing, desde el momenta en que tiene conocimiento de este.

j. En los casos en que el arrendador haya adquirido los bienes por medio de sustitucion del arrendatario en un convenio de importacion celebrado entre el arrendatario y un proveedor del extranjero, el arrendador no respondera p~r Ia obligaci6n de entrega ni por garantla de evicci6n 0 vicios ocultos. Corresponde al arrendatario reclamar al proveedor lodos los derechos que surgen del COIlvenio de importaci6n y del contrato de compraventa. k. Es obligaci6n del arrendatario contratar ~na p61iza de seguro que CUbra los riesgos asegurables inherentes a Ia naturaleza y usa de los bienes objelo del contrato de leasing. Esta contrataci6n debe hacerila siempre con la aprobaciOn previa del arrendador, quien en todo caso es el beneficiario de la p6liza. EI segura podra ser contratado directamenle pot' eI arrendador, pero eo ese caso se entiende que el arrendador esi8 contratando la p61iza por cuenta del

quien en todo caso es el beneficiario de la p6liza. EI segura podra ser contratado directamenle pot' eI arrendador, pero eo ese caso se entiende que el arrendador esi8 contratando la p61iza por cuenta del arrendatario, Quien en cualquier caso sera el responsable de pagar las cuotas y todos los gastos relacionados con dicha pOliza. .

I. Indistintamente de quien contrata el seguro' el arrendatario es responsable por cualquier deducible, gastos 0 montes de cualquier naturaleza que la liquidacion de la aseguradora no cubra 0 descuente sobre el siniestro ocurrido al bien. Asimismo, el arrendatario es el obligado a indemnizar por la responsabilidad por daiios 0 perjuicios que se causen.

EI arrendatario debe cumplir todas las obligaciones que Ie correspondan de contormidad con el contrato de leasing 0 las que surjan en virtud de la ley.

TiTULO III

DEL CONTRATO DE LEASING

CAPiTULO I FORMALIZACI6N Y EFECTOS ArtIculo 10. Formalizacion. EI contrato de leasing debe constar por escrito, en cualquier forma que aparezca que las partes deciden vincularse por medio de un contrato de a go Cuando el contrato de leasing tenga por objeto un bien inmueble, un buque 0 una ro ave, el contralo debe formalizarse en escritura publica para los eteclos de su i ripcion en el Registro de la Propiedad. Articulo 11. Plazo forzoso. Cuando un contrate de leasing se celebra por plazo forzoso, sa entiende que el arrendatario asume la obllgaci6n de pagar todas las cuotas 0 rentas establecidas en el contrato. Salvo pacto en contrario, los contratos de leasing son celebrados por plazas forzoses.

sa entiende que el arrendatario asume la obllgaci6n de pagar todas las cuotas 0 rentas establecidas en el contrato. Salvo pacto en contrario, los contratos de leasing son celebrados por plazas forzoses. Articulo 12. Cesion de bienes objeto del arrendamiento. EI arrendador puede gravar, ceder 0 enajenar los bienes objeto del contrato de leaSing parcial 0 tolalmente, sin necesidad de aviso previo 0 posterior notificacion al arrendatano. En caso se hubiera enajenado 0 cedido, el adquiriente del bien debe respetar el contrato de leasing, y si es18 gravado, el arrendador debe entregar el bien libre de dicho gravamen si se ejerce la opcion a compra. Articulo 13. Limitaciones territoriales. EI arrendatario no puede trasladar los bienes objeto del contrato luera del lugar 0 territorio estipulado en el mismo, salvo autorizacion por escrito del arrendador. Articulo 14. Vigencia del seguro. Cuando se contrate un seguro, el arrendatario debe asegurar que liene vigencia durante todo el plazo del contrato de leasing. Articulo 15. Destruccion, mutilacion 0 perdida de uno 0 varios bienes objeto del contrato. Cuando durante la vigencia de un contralo de leasing ocurra la destrucci6n, robo, hurto 0 perdida de uno 0 mas bienes objeto del contrato, el arrendatario debe pagar la renta eslablecida en el contrato hasta Que ocurra la liquidacion de la poliza par parte de la aseguradora. Articulo 16. Gravamenes. Los bienes objeto de leasing son propiedad del arrendador, por 10 tanto, aunque estlm en posesiOn del arrendatario, esle ultimo no puede gravarlos,

la aseguradora. Articulo 16. Gravamenes. Los bienes objeto de leasing son propiedad del arrendador, por 10 tanto, aunque estlm en posesiOn del arrendatario, esle ultimo no puede gravarlos, vendertos'o disponer de ellos en forma distinta de los derechos que Ie corresponden como arrendatario de conformidad con 10 establecido en el contralo de leasing 0 en la presente Ley. Articulo 17. Insolveneia del arrendatario. Si el arrandatario es declarado an eslado de insolvencia, quiebra 0 concurso, los bienes objeto de leasing no se consideran parte de Ia masa concurso. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa4 Guate.m,aJa, MARTES2 de marzo 2021 DIARIO de CENTRO AMERICI\ NUMER073 Salvo paclo en contrario, la declaratoria de concurso 0 Ia declaratoria de quiebra 0 insotvencia son causales para dar por terminado el contrato de leasing y dan derecho al arrendador a sar incluido como acreedor por los montos que se Ie deben y a exigir Ia inmedlala entrega de los bienes objeto de leasing, como propietario de estos. Articulo 18, Incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del arrendador. En caso el arrendador este en proceso de concurso, quiebra, intervencion, insolvencia, Iiquidacion lorzosa u otro proceso 0 procedimiento similar, que 10 haga incumplir en sus obligaciones contractuales, se aplican las reglas siguientes: a. En cualquiera de los casos antes seiialados, el arrendatario debe continuar cumpliendo con el contrato, pagando las rentas 0 cuotas y demas cargos p~r el plazo y terminos convenidos, en la misma forma, salvo nueva instrucci6n de quien

a. En cualquiera de los casos antes seiialados, el arrendatario debe continuar cumpliendo con el contrato, pagando las rentas 0 cuotas y demas cargos p~r el plazo y terminos convenidos, en la misma forma, salvo nueva instrucci6n de quien por ley 0 resolucion judicial instruya de manera diferente en cuanlo al cumplimiento del contra to, ya sea el adjudicalario, adquirente, sindico de quiebra, liquidador, adminislrador, interventor, depositario, mandatario u otra persona nombrada para administrar el patrimonio del arrendador para beneficio del conjunto de los acreedQ(es. Si no se ha nombrado a nadie, debe consignar los pagos ante un Organo jurisdiccional; y, en el momento Que corresponda, de acuerdo con el contrato, ejercer la opci6n de compra; b. Si la arrendadora hubiere cedido los contratos de leasing 0 los derechos de crooilo de dichos contratos, 0 los hubiere dado en garantia, el cesionario 0 el acreedor garantizado, segun sea el caso, salvo pacto en contra no, asume las obligaciones que Ie corresponden al arrendador unicamente en 10 que concieme a el 0 los contralos 0 derechos que se Ie hubieren cedido en venta 0 en garantia. AI electo, el cesionario 0 acreedor garantizado no puede cambiar los terminos y condiciones del contrato de leasing, 10 que incluye el otorgamiento de la opcion de compra. Para asumir estas lacultades, el cesionario 0 acreedor garantizado se entiende facullado como mandatario especial con representacion del arrendador para el cumplimiento de las obligaciones que a tal arrendador Ie corresponden exclusivamente en 10 relacionado con el 0 los contratos 0 derechos de los que es

entiende facullado como mandatario especial con representacion del arrendador para el cumplimiento de las obligaciones que a tal arrendador Ie corresponden exclusivamente en 10 relacionado con el 0 los contratos 0 derechos de los que es cesionario. En tode caso, es una potestad del cesionario 0 acreedor garantizado aceptar actuar como mandalario del arrendador, y su responsabilidad sa limita a los montos que el arrendador Ie hubiere proveido para el ejercicio de tal mandato: c. EJ arrendatano no pierde la opci6n de compra en los terminos pactados en el contrato de leasing, cuando el arrendador para garantizar una abligacion crediticia: i) endosa en garantia documento que incorpore derechos de crMito a lavor del arrendador; ii) constituya fideicomiso de administraci6n 0 garantia al que se aportaron como bienes fideicometidos los bienes objeto del contrato de leasing 0 los flujos de dinero que proviene de los derechos de cobro de dicho contrato; iii) descuenta 0 constituye garantia sobre la cartera de contratos de leasing; 0, Iv) cualquier otra forma de financiamiento 0 garantia sobre los derechos de credito provenientes de los contratos de arrendamiento. d. Si lIegado el momento de ejercer la opcion de compra, el arrendador esta ausente, no tiene un representante ·Iegal 0 un mandatario que 10 represente para otorgar el documento respectiv~, el amendatario 0 el cesionario de los derechos en venta 0 en. garantia puede solicitar al juez de primera instancia del ·domicilio del arrendadQ(, que fije et plazo para que se otorgue el documento en que se hace el traslado de propiedad en virtud de la opcoon de compra que se ha ejercido, 0 que

en. garantia puede solicitar al juez de primera instancia del ·domicilio del arrendadQ(, que fije et plazo para que se otorgue el documento en que se hace el traslado de propiedad en virtud de la opcoon de compra que se ha ejercido, 0 que sp realicen los aetos necesarios para que efectivamente tooga la titulandad del 6ien objeto de leasing, notificando al arrendador. En caso no se presente, en rebeldia del arrendador el juez competente otargara el documento correspondiente, nombrando al notario que propenga el,interesado a costa de este ultimo. Articulo 19. Notific:acion, Para los etectos de los artlculos antenores de este capitulo, de no ~r posible notificar al arrendante en su sede social, Ia notilicaci6n se hara mediante los estrados del tribunal correspondiente, la cual surte efectos el dia habil siguiente del plaza de tres (3) dias desde que se fije en el estrado. CAPiTULO II OPCION DE COMPRA Y TRANSMtSlON DE OOMINIO Articulo 20, Oerecho a Is opcion de compra. En todo contralo de leasing en que sa pacta opciOn de compra con un valor residual a pagar, el arrendatario puede ejercer este derecho y adquinr el bien, en los terminos y condiciones que se hayan pactado 0 suscnto. EI arrendalario adquiere el dominio de los bienes mediante el ejercicio de la opcion de compra una vez pague el valor que las partes hayan acordado, valor que se considera el valor de la venta. Si se trata de leasing de bienes inmuebles, ef valor residual es el valor respecto del cual se paga el impuesto que grave la venta. En el caso que el valor residual es inferior al valor que tiene dicho bien en matricula fiscal, sa toma com o valor del bien

valor de la venta. Si se trata de leasing de bienes inmuebles, ef valor residual es el valor respecto del cual se paga el impuesto que grave la venta. En el caso que el valor residual es inferior al valor que tiene dicho bien en matricula fiscal, sa toma com o valor del bien este ultimo al solo efecto de su registro por tal valor en el Registro de la Propiedad y en el catastro mun icipal que corresponda. Si el bien inmueble objeto de leasing fue transmitido previamente y, en virtud de dicha transmisi6n, ya sea por comprav

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