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Decreto 20-1992-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 20-1992-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Ambiental
Año
1992

Diario de Centro América ORGANO OFICIALIDE LA REPUBLICA TOMO CCXLIII Guatemala, martes 19 de mayo de 1992 Director: Héctor Cifuentes Aguirre NUMERO 89 DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 6.-En caso de duda en la aplicación de los artículos segundo, cuarto y quinto de esta ley, deberá pedirse expertaje a la agencia distribuidora autorizada en el país, O en su defecto a los CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA talleres autorizados por CONAMA. ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 7.-Se exceptuan de esta disposición, los tractores y DECRETO NUMERO 20-92 maquinaria agrícol y de construcción diseñados para el uso fuera

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA de carretera.

EI Congreso de la República de Guatemala, Artículo 8.-Cualquier violación a las disposiciones contenidas en esta ley, podrán ser denunciadas a la Comisión Nacional deDECRETO NUMERO 20-92

CONSIDERANDO: Medio Ambiente o ante la Dirección General de la Policía

Nacional. DECRETO NUMERO 21-92 Artículo 9.-Transitorio. El Ministerio de Gobernación deberá Que para lograr una mejor calidad de vida del guatemalteco, DECRETO NUMERO 22-92 se hace necesaria la eliminación de los contaminantes que produceproceder a elaborar en el plazo de noventa días, contados a partir la gasolina, siendo estas emisiones de monóxido de carbono,de la vigencia de la presente ley, el reglamento que contenga las

hidrocarburos no quemados y óxidos de nitrógeno; regulaciones relativas a las inspecciones periodicas de los vehículos, así como las sanciones por el incumplimiento de las normas contenidas en esta ley.

ANUNCIOS VARIOS CONSIDERANDO: Artículo 10.-EI presente Decreto entrará en vigencia cl uno de enero de mil novecientos noventa y tres y deberá ser publicado Que a partir del mes de mayo de mil novecientos noventa yen el Diario Oficial.

Matrimonios. Líneas de transporte. Constituciones de uno, Guatemala importa gasolina sin plomo; sin embargo, se hace sociedad. Modificaciones de sociedad. Disoluciones necesario eliminar otros gases producidos por motores acciona-Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplide sociedad. Registro de marcas. Títulos supletorios.dos por combustion interna, siendo imperiosa la necesidad demiento. Edictos. Remates. aprobar medidas congruentes para coadyuvar a eliminar el gradoDado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la ciudad de de contaminación ambiental tanto de Guatemala como del mundo,Guatemala, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y dos. Inversiones Entre Ríos, S. A. -Balance General al 30 de junio POR TANTO, de 1987. EDMOND MULET. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171 Presidente. Comercial Turia, S.A. Balance General al 30 de junio de 1987.inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

JAIME ENRIQUE RECINOS,

DECRETA: Secretario.

Bisel Impresos y Servicios, Sociedad Anónima. Balance, General al 30 de junio de 1987. Artículo 1.-A partir del uno de marzo de mil novecientos HELIO CANALES OLIVA, noventa y tres, todos los vehículos terrestres automotores COSecretario. El Amparo, S. A. Balance General al 30 de junio de 1987.merciales y de pasajeros de dos O más ejes, nuevos o "-ados, accionados por motor de combustión interna de gasolina, que sePalacio Nacional: Guatemala, cuatro de mayo de mil noveimporten al país y que hayan sido fabricados a partir de milcientos noventa y dos. Oriflame de Guatemala, S.A. Balance General al 30 de junio,novecientos noventa y tres, deberán estar certificados en lo de 1987. relativo a emisión de gases para ser comercializados en los,Publíquese y cúmplase. mercados de cualquiera de los siguientes países: Estados Unidos Darset y Cía Ltda. - Balance General al 30 de junio de 1987.de Norteamérica, Canada, Comunidad Económica Europea O SERRANO ELIAS. México. El Secretario General de la Presidencia de la República, Productos de Concreto Victoria, S. A. Balance General al 30 Artículo 2-Los vehículos accionados por motores de com-, ANTULIO CASTILLO BARAJAS. de junio de 1987. bustibles alternos con o sin conversión a gasolina estaran sujetos a las disposiciones de esta ley. Empresa Publicitaria Tiempo, S. A. Balance General al 30 deArtículo 3.-La Dirección General de Aduanas deberá verijunio de 1987. ficar previo a permitir el ingreso al país de todo vehículo afecto a esta ley, que esté certificado de conformidad con el artículoDECRETO NUMERO 21-92 precedente. Representaciones Agropecuarias, S.A. Balance General al 30 La falta de autorización O denegatoria dentro del plazo de 24El Congreso de la República de Guatemala,de junio de 1987. horas a partir del momento de haberse presentado el vehículo para su inspección, equivale a la autorización y dará derecho a la Administración de Bienes Inmuebles, Sociedad Anónima. internacion del vehículo. Balance General al 30 de junio de 1987. Artículo 4.-Los propietarios de los vehículos afectos a esta CONSIDERANDO: ley, serán responsables que tanto el catalizador como los demás controles de emisiones de gases no sean removidos de su vehículo,Que Guatemala al igual que todos los países, especialmente excepto para las operaciones normales de mantenimiento y re-aquéllos que han suscrito los Convenios de las Naciones Unidas ATENCION ANUNCIANTES cambio de piezas. Al propietario que contravenga esta disposi-contra el Tráfico Ilícito de Drogas y Substancias Psicotrópicas, se IMPRESION SE HACE CONFORME ción se le aplicarán las sanciones que fije el reglamento respec-encuentran en la obligación de tomar todas las medidas que ORIGINAL tivo. mejorenel control dentro de surespectivo territorio del narcotráfico Artículo 5.-Todo vehículo afecto a esta ley, para podery la farmacodependencia;

Toda impresión en la parte legal del Diario deobtener placas de circulación, calcomanía otro tipo de distintivo Centro América, se hace respetando el original.para el mismo fin, así como la tarjeta de operación que extienda CONSIDERANDO: Por lo anterior, esta Administración ruega al la Direccion General de la Policía Nacional, deberá conservar público tomar nota. todos los controles de emisiones de gases con que fue equipadoQue el convenio suscrito entre la República de Guatemala y la de fábrica. República del Ecuador, es un instrumento jurídico que mejora las

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