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Decreto 20-2017

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 20-2017
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
2017

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa 2· Guatemala, LUNES 30 de octubre 2017 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER030

PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticinco de octubre del año dos mil díecísíete.

I L ' \ (E-939-2017)-30--0ctubre

CONGRESO DE LA

REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 20-2017

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que para fortalecer la institucionalidad de la Policía Nacional Civil, es importante . reconocer la capacitación, el esfuerzo, la d.edicación y la profesionalización de sus integrantes, a través de la Carrera Policial, siendo esta uno de los pilares (je la institucionalización que fortalecen el sistema policial guatemalteco.

CONSIDERANDO: Que, la aprobación de .la disposición jurídica relacionada contemplaba el reconocimiento

de la Carrera Policial; no obstante, por otra disposición normativa se dispuso reformarla, desnaturalizando la finalidad y objetivo primordial de reconocer el esfuerzo realizado durante la carrera policial, a cada agente que integra la Policía Nacional Civil, que con ello, garantizaba el desarrollo integral que les permitía superarse profesionalmente dentro . de la Institución y reconocerles su esfuerzo y entrega diaria.

CONSIDERANDO:.

Que la dispersión normativa en materia policial exigió una urgente unificación y actuálización par<'! el mejor cumplimiento de los fines del Estado y, con ello, un mayor ajuste al enunciado constitucional en materia de Derechos .Humanos y a los avances del

Que la dispersión normativa en materia policial exigió una urgente unificación y actuálización par<'! el mejor cumplimiento de los fines del Estado y, con ello, un mayor ajuste al enunciado constitucional en materia de Derechos .Humanos y a los avances del ordenamiento jurídico en general, razón por la cual, no deben perderse los pñncipios y objetivos fundamentales del Decreto en referencia. · POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS A LA LEY DE LA.POLICÍA NACIONAL CIYIL, .

DECRETO NÚMERO 11~97 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA Artículo 1. Se reforma el artículo 22, el cual queda así: "Artfoulo 22. El Director General de la Policía Nacional Civil será nombrado por el Ministro de Gobernación. El Director General Adjunto y los Subdirectores Generales serán nombrados por el Ministro de Gobernación, a. propuesta del Director General. Las personas propuestas por el Director General deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo siguiente." Artículo 2. Se reforma el artículo 23, el cual queda así: "Artículo 23. El Director General, el Director General Adjunto y los SubdirEictores Generales deberán llenar los siguientes requisttos: a) Ser mayor de 30 años .de edad. -b) Ser guatemalteco de origen. · e) Carecer de antecedentes penales y policiales. d) Ser Comisario General e.n servicio activo." Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia tres meses después de su publicación en el Diario Oficial.

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,

d) Ser Comisario General e.n servicio activo." Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia tres meses después de su publicación en el Diario Oficial.

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,

PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

EMmoo EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD.

DE GUATEMALA, EL DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISI

JOSÉ RODRIGO VALLADARES GUILLÉN SECRETARIO PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintisiete de octubre del año dos mil diecisiete~

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F?:anci590 ManµeJ; Ri~ Lara Ministro de Gobernación (E-940-2017)-30-octubre

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