Decreto 2024 de 1996
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 2024 de 1996
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 1996
DECRETO 2024 DE 1996
DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 42915. 8, NOVIEMBRE, 1996. PÁG. 1.
DECRETO 2024 DE 1996
(noviembre 06) por medio del cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1640 de 1996. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
DECRETA:
Articulo 1º. El articulo 15 del Decreto 1640 de 1996 quedará así:
Declaración y pago ante el Fondo-Cuenta. A partir del primero (1º) de marzo de 1997 entrará a regir la obligación de declarar y pagar los impuestos al consumo a órdenes del Fondo-Cuenta. Hasta entonces, los responsables continuarán declarando y pagando dichos impuestos directamente a las Secretarías de Hacienda de los Departamentos o Distrito Capital, según el caso, donde se consuman los productos.
Articulo 2º.Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
caso, donde se consuman los productos.
Articulo 2º.Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 6 de noviembre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.