Decreto 21-1972
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 21-1972
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1972
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ANTES EL UATEMALTECO BIBLIOTECACONTROL REVISTAS .NSA de GuatemaleORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A.
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Decano de la Prensa Centroamericana Director: Periodista Augusto Acuña G.
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TOMO ···· GUATEMALA, MARTES 9 DE MAYO DE 1972 NUMERO 70 tículo 123 del Decreto 215, Ley Orgánica del Banco partes del total de Diputados que integran el ConSUMARIO de Guatemala, la Junta Monetaria emitió opinión greso de la Repúb y entrara en vigor el mismo favorable a esta emisión de valores, según Resoludía de su publicación en el Diario Oficial. ción No. 7117 de fecha 19 de abril en curso, Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación cumplimiento.
ORGANISMO LEGISLATIVO POR TANTO.
Con base en las facultaties que le otorgan los Dado en el Pa'acio del Organismo Legis ativo, DECRETO No. 21-72 artículos 170. 223 de la Constitución de la Repú- en la cludad de Guatemala, a los nueve dias del blica, mes de mayo de mil novecientos setenta y dos.
DECRETA: MARIO SANDOVAL ALARGON,
ORGANISMO EJECUTIVO Presidente.
Artículo 10.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo RAMIRO QULJADA FERNANDEZpara que por conducto del Ministerio de Finanzas Primer Secretario. MINISTERIO DE ECONOMIA Públicas, emita Bonos delTesoro, hasta por la cantidad de DIEZ Y OCHO MILLONES DE QUETOLIVERIO CASTANEDA PAIZ, Ampliase el artículo 40. del Acuerdo Ministerial nú-ZALES (Q18,000,000.00), cuyo producto se destina Segundo Secretario. mero 201 del 17 de septiembre de 1971. que otorgorá exclusivamente para la adquisición, libre de toda clase de impuestos, arbitrios, tasas V demás Palacio Nacional: Guatemala nueve de mayoclasificación de industria existente dentro del gru-contribuciones, de las acciones de la Empresa mil novecientos setenta y dos. po "A" a la fábrica de dulces Best de Guatemala.Eléctrica de Guatemala, S. A. en poder de laen el sentido de incorporar los rubros de materiaBoise Cascade Corporation. Publiquese y cúmplase. pelma que se detallan. Artículo 20.-Los bonos a que se refiere el artícuCARLOS ARANA OSORIO. lo anterior se denominarán BONOS DEL TESOANUNCIOS VARIOS RO-ADQUISICION ACCIONES EMPRESA ELECEl Ministro de Finanzas, TRICA DE GUATEMALA, S. A.>: se emitirán a JORGE LAMPORT RODIL. 15 años plazo, al portador. se colocarán a su valor
Registro de Marcas. Matrimonios. - Solicitud nominal, devengarán el 2.5% anual cuando sean El Ministro de Comunicaciones y de nacionalidad. Linea de transporte. Consadquiridos por el Banco de Guatemala, y mientras Obras Públic:s. titución de sociedades. Modificación de sociepermanezcan en su poder; el 8% de interés anual, JOSE FELIX REYES ARRIOLAC dades. Autorizaciones farmacéuticas. Ticuando scan negociados en el interior de la Repú- tulos supletorios. Edictos. Licitaciones. blica a un plazo fijo no menor de 5 años, y hasta el 12% anual, cuando sean colocados en el exCON Remates. terior del país. Dichos bonos serán amortizados ORGANISMO EJECUTIVanualmente de conformidad con lo que estableceEmpresa Guatemalteca, de Relaciones Públicas y el artículo seis de esta Ley y los intereses se pa-Publicidad Comercial, S. A.-Balance General al garán por semestres vencidos. CMINISTERIO DE ECONOMIARequblics REVI 30 de junio de 1967. Artículo 30.-Las inversiones en bonos de esta omisión. cuyos títulos tengan un vencimiento no de Banco de los Trabajadores.-Balance General Con-menor de cinco años, que efectúen los bancos deldensado Consolidado al 30 de noviembre de 1971. sistema. no están afectas a los requerimientos miAmpliase el artículo 40. del Acuerdo Ministerial nú- nimos de capital y reservas de capital que deter-M.A.M. Nacional Agropecuaria, S. A.-Balance Gemero 201 del 17 de septiembre de 1971, que otorgo
mina el artículo 20 de la Ley de Bancos, Decreto neral al 30 de junio de 1971. clasificación de industria existente dentro del gruNo. 315 del Congreso de la República. po "A" a la fábrica de dulces Best de Guatemala. Articulo 40.-El plazo de 15 años, a que se re- "Gutierrez y Cía., S. C.".-Balance General, prac-fiere la presente Ley, se computará a partir de en el sentido de incorporar los rubros de materia ticado al 30 de junio de 1971. prima que se detalian.la fecha de emisión de los bonos. Artículo 50.-El Banco de Guatemala ejercerá ACUERDO NUMERO 103-72.Fertilizantes del Istmo Centroamericano. S. A.- las funciones de Agente Financiero de la deuda Estado de Contabilidad al 30 de junio de 1971. que se origine por. la negociación de estos bonosPalacio Nacional: Guatemala, 12 de abril de 1972. y será el encargado del manejo de la mismaEmpresa Guatemalteca de Relaciones Públicas y y por el desempeño de tales funciones, cobrará una El Ministro de Economia, Publicidad Comercial, S. A.-Balance General al comisión de 1/4 d=1 1% anual. que se computará junio de 1968. sobre el monto de los bonos en circulación. a cada CONSIDERANDO: INTROL (Itime dia del mes. con cargo al Fondo de AmorQue con fecha 26 de noviembre de 1971, la señoratización correspondiente.
Artículo Para cubrir la amortización de caRuth Mishaan de Piccictto en su condic ón de propital intereses, comisión de servicio y demáspietaria individual de la empresa "Fábrica de DulORGANISMO LEGISLATIVO gastos que se originen de la emisión de los bonos,ces Best de Guatemala" solicitó de este Ministerio VISTAS di Agente Financiero separara sin trámite previola ampliación del articulo 40. del Acuerdo M'nisteGustamar ri posterior. los recursos necesarios de la cuenta,rial número 201-71 del 17 de septiembre de 1971. por Fondo Común Gobierno de la República, hasta lamedio del cual se 14 otorgó clasificación de Indus- (OTA) cancelación de la deuda. tria Existente dentro del grupo "A" y a la vez se DECRETO No. 21-72 Los dividendos que le correspondan al Gobierrole equiparó con la similar guatemalteca "Confitería de la República en su calidad de accionista de laFlores", en el sentido de que se le permita la imEl Congreso de la República de Guatemala,Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A., O, en suportación exenta del pago de derechos e impuestos caso, el producto de la negociacion de las acciones,arancelarios de las materias primas: papel de alulas cuales no podrán ser vend das a personas ex-CONSIDERANDO: minio en tiras sin impresión, papel de aluminio en tranjeras individuales 0 juridicas, constituyen ren-pliegos sin impresión, papel de aluminio en tiras
Que el contrato que el Gobierno de la Repúblicatas consignadas exclusivamente para el pago de la deuda que se origina de la emisión de los bonos aforrado de papel bond sin impresión, papel celofán celebró con la Central American Power Company, cuya cesionaria es la Empresa Eléctrica de Guate-que se refiere el presente Decreto. en tiras 0 en pliegos sin impresión, suero de queso Artículo 70.-El Agente Financiero, procuraráen polvo, nueces con cáscara y harina de soya, dado mala, S. A. por el cual se le otorgaron las facultades y derechosnecesarios para la producción, mantener intervenidos los recursos destinados al que por error involuntario dejaron de consignarse manejo, explotación y desarrollo de las instalacio-servicio de la deuda en valores que posean un cuando presentaron el estudio económico para su nes de luz. fuerza y calor en varios departamentos grado adecuado de liquidez y rendimiento a fin declasificacion; y, de la República, segun lo establece el artículo 9o.evitar la acumulación de fondos ociosos, sin perjuicio del cumplimiento oportuno de las obligacioCONSIDERANDO: del Decreto Legislativo Número 1192 del 23 de mayo de 1922, (vence el 22 de mayo del año en curso,nes. Que es atendible la solicitud presentada. por cuany que el Gobierno de la República adoptó la deArtículo 80.-El producto de la negociación de los bonos deberá ser s'tuado, por el Agente Financie-to se trata de materias primas que a la mencionada
cision de no prorrogar dicho contrato ni suscribir ro, a la orden de la Tesoreria Nacional, en la for-industria le son necesarias para la actividad a que uno nuevo; ma que disponga el Ministerio de Finanzas Públi-se: dedica y que la Dirección de Política Industrial en dictamen número 747/(065) del 18 de febrero deCONSIDERANDO: cas. Artículo 90.-Los bonos a que se refiere la pre-1972, opinó favorablemente sobre el particular; Que la adquisición de las acciones por parte delsente Ley, su enajenación, transferencia 0 negoPOR TANTO. Estado para su nacionalización, de una empresa ciación y los intereses que devenguen quedan exende tal naturaleza, es beneficioso para la economía tos del impuesto de papel sellado y timbres, del Con fundamento en los artículos 78, 79 y 80 del Renacional, toda vez que se trata de un servicio impuesto sobre herencias, legados y donaciones,glamento al Convenio Centroamericano de Incentives público que está estrechamente vinculado con la del impuesto sobre la renta y demás impuestos que Fiscales al Desarrollo Industrial y su Protocolo Sopolítica industrial del país y con el mejoramiento se establezcan. Artícu'o 10.--E1 Organismo Ejecutivo por conbre Trato Preferencial a: Honduras (REIFALDI). de las condiciones de vida de la población guatemalteca y por lo tanto, con su desarrollo; ducto del Ministerio de Finanzas Públicas, emitirá ACUERDA: el Reglamento correspondiente a la presente LeyCONSIDERANDO: Artículo 11.-Con el producto de los bonos del Artículo 10.-Ampliar el artículo 4o. del Acuerdo
Que de conformidad con el Presupuesto de InTescro que autoriza esta Ley, se amplia el Presu-Ministerial número 201/71 del 17 de septiembre de gresos y Egresos de la Nación, aprobado por Depuesto de Ingresos y Egresos del Estado para 1971, por medio del cual se le otorgó clasificación de creto 104-71 del Congreso, el Estado no cuenta en 1972, en la cantidad de disciocho millones de quet-Industria Existente dentro del grupo "A" y a la vez forma inmediata con los recursos necesarios para zales (Q.18.000,000.00) destinados a la adquisiciónse le qeuiparó con la similar guatemalteca "Confillevar a cabo la compra de las acciones de dicha de las acciones de la Empresa Eléctrica de Guateria Flores", en el sentido de incorporar los rubros empresa, por lo que se hace indispensable autoritemala, S. A., en poder de la Boise Cascade Corporation. El Organismo Ejecutivo, por medio delde materias primas que a continuacion se detailso zar una emisión de Bonos del Tesoro; Ministerio de Finanzas Públicas deberá efectuar que la referida empresa puede importar exents CONSIDERANDO: las operaciones presupuestarias que procedan. pago de derechos e impuestos arancelarios, Articulo 12.-El presente Decreto fue aprobado que no se produzcan en el país en Que de conformidad con lo que establece el ar-con el voto favorable de más de las dos terceras americana. cl obsolb LIOTECACONib 01200 embail