Decreto 21-1994-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 21-1994-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1994
NI MERO 35 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Febrero 23 de 1994 811
DECRETO NUMERO 20-94 DECRETO NUMERO 21-94
El Congreso de la República de Guatemala, El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que la Organizacion Sueca Lakarmissionen, con sede en Estocolmo, Suecia, dono equipo,Que el 18 de agosto de 1989 se firm6 en la ciudad de Tapachula, Chiapas, Mexico, el mobiliario y ropa para la Escuela "La Burrera" y el Hospital Modular "Carlos Arana protocolo entre el gobierno de la republica de Guatemala y el gobierno de los EstadosOsorio", ambos localizados en el Departamento de Chiquimula, amparados en los B.LUnidos Mexicanos sobre cooperación económica y financiera, el cual tiene como identificados con los números 8502 y 8503 de Laser Lines, con destino final en el Puerto fundamento las medidas acordadas en distintas reuniones celebradas entre mexico y de Santo Tomas de Castillo, bienes que deberán ser entregados a las entidades Guatemala. beneficiadas CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que mediante la cooperación economica y financiera del gobierno de los Estados Que es deber del estado velar por la protección de los habitantes, así como elevar el nivelUnidos Mexicanos bacia Guatemala y hacia los demás paises de la region de vida de los guatemaltecos a fin de obtener el bienestar de la colectividad y estimularcentroamericana, se elevará el desarrollo economico, consolidará la democracia y la paz la. proteccion de la salud del pueblo que se obtengan a través de entidades desocial en el área. beneficiencia.
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que los proyectos establecidos en el presente protocolo como objeto de financiamientoQue corresponde al Congreso de la República, con exclusividad decretar los impuestos y0 donacion constituyen problemáticas prioritarias a Fesolver Xwivel nacional. contribuciones, asi como fijar las excenciones que en derecho corresponden.
POR TANTO: POR TANTO, Ea ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y 1) del artículo 171 deEn uso de las atribuciones que le confieren los artículos 171, inciso a) 176 y 239. de lais Constitución Política de la República de Guatemala. Constitución Política de la Republica de Guatemala, y último párrafo del artículo 9. del Decreto 52-92, de este Organismo.DECRETA ARTICULO 1. Se aprueba el protocolo entre el gobierno de la república DECRETA: de Guatemala y el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, sobre cooperación economica y financiera, suscrito en la ciudad de Tapachula, Chiapas, México, el 18 de ARTICULO 1. Exonerar del pago de los impuestos de importación yagosto de 1989. derechos aduaneros que recaigan sobre la internacion de los articulos que comprenden la El presente decreto entrara en vigencia ocho días después donacion hecha por la Organizacion Sueca Lakarmissionen, amparados en los B.LARTICULO 2. números 8502 y 8503 de Laser Lines, a favor de la Escuela Rural "La Burrera" y elde su publicacion en el diario oficial. Hospinal Modular "Carlos Arana Osorio", bienes que deberan ser entregadas a las PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION. entidades beneficiadas, mediante acta levantada con la comparecencia de un inspector
delegado del Ministerio de Finanzas.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD ARTICULO 2.
DE GUATEMALA A LOS DOS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL El Ministerio de Finanzas, deberá extender la franquicia NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO. sobre los bienes correspondientes y será responsable de la aplicacion del contenido del presente decreto, los cuales no podrán ser enajenados o transferidos a ningún título o concepto. ARTICULO 3. El presente Decreto fue declarado de Urgencia Nacional, y aprobado con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso y entrara en vigencia el día de su publicacion en eldiario oficial.
OSCAR VINICIO VILLAR ANLEU
PRESIDENTE
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y
CUMPLIMIENTO.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL
DE NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
CLODOVEO DOMINGUEZ DE LEON
CONGRESOFRANCISCO REYES IXCAMEY
SECRETARIO SECRETARIO GUATEMALA.C your
OSCAR VINICIO VILLAR ANLEU PRESIDENTE PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
REPUBLICA,DE LEON CARPIO RAFAEL OLIVEROS RAMIREZ
SECRETARIO
DE LA REPT
EDUARDO MENDEZ PINELO
SECRETARIO La Ministra de Relaciones Exteriores E1 Ministro de Economía PALACIO NACIONAL: Guatemaia, dieciseis de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE
EDUARDO GONZALEZ CASTILLOand Dt VIFLMAN
MINISTRO be REACIONS EXCERIORES MINISTRO DE ECONOMIA
REPUBLICALa Ministra de Finanzas Publicas
DE LEON CARPIO.
La Ministra de Finanzas Públicas
NAORDONEZ DE MOLINA
Ministra de Finanzas Publicas