Decreto 2143-1936
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 2143-1936
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1936
Diario de Centro América Hundado en 1880. AÑO LV.-SEGUNDA EPOCA.
DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A.
Dirección y Administración: Registrado como correspondencia de segunda clase, en la Administración de
Teléfono número 2858 Correos de Guatemala, el día 19 de noviembre de 1931, bajo el número 125.
TOMO XVI GUATEMALA, JUEVES 18 DE JUNIO DE 1936 NUMERO 90
SUMARIO: Dado en el Palacio del Poder Legisla Resolución aprobada el 16 de dilativo: en Guatemala, el treinta y uno ciembre de 1933 por la totalidad de los PODER LEGISLATIVO de marzo de mil novecientos treinta y Estados representados en la Séptima
Decreto Número 2143. seis. Conferencia Internacional Americana
L. F. MENDIZABAL, celebrada en Montevideo, que reco-Presidente. mendó "a los Gobiernos de América PODER EJECUTIVO F. HERNANDEZ DE LEON, que no lo hubieren hecho, la subscripSecretario. ción del «Pacto Roerich» iniciado porSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES el «Museo Roerich», de los Estados Ratificase el Tratado sobre la Protección de InstituF. CASTELLANOS B., Secretario. Unidos, y que tiene por objeto la adop-ciones Artísticas y Cientificas y Monumentos Hisción universal de una bandera, ya crea-tóricos, subscrito en la ciudad de Washington el Casa del Gobierno: Guatemala, cuada y difundida, para preservar con ella,15 de abril de 1935. tro de abril de mil novecientos treinta en cualquiera época de peligro, todosConcédese la nacionalidad guatemalteca a don Eny seis.rique Dell Bauuer. JORGE UBICO los monumentos inmuebles de propieConcédese la nacionalidad guatemalteca a don dad nacional y particular que forman el Mauricio Anker y Anker. El Secretario de Estado tesoro cultural de los pueblos", y con el Modificase el artículo 81 del Reglamento Consular. en el Despacho de Relaciones Exteriores, fin de que los tesoros de la cultura
A. SKINNER KLÉE. sean respetados y protegidos en tiempoSECRETARIA DE HACIENDA CREDITO PUBLICO de guerra y de paz, han resuelto celeErogación de cantidades. brar un tratado y a este efecto han conSECRETARIA DE AGRICULTURA venido en los siguientes artículos PODER EJECUTIVOContrato celebrado entre el Secretario de AgriculARTICULO I tura y don Ponciano Penados P., por el cual se
autoriza a este último para que pueda extraer y exportar un mínimum de 500 quintales de chicle,Secretaría de Relaciones Exteriores Serán considerados como neutrales, de los bosques nacionales del Petén; y acuerdo y, como tales, respetados y protegidos de aprobación. por los beligerantes, los monumentos Contrato celebrado entre el Secretario de AgriculRatificase el Tratado sobre la Prohistóricos, los museos y las instituciotura y don Ciro Morales Garma, sobre extracción tección de Instituciones Artísticas y nes dedicadas a la ciencia, al arte, a la y exportación de chicle y acuerdo de aprobación. Científicas y Monumentos Histórieducación y a la conservación de losContrato celebrado entre el Secretario de Agricultura y don Francisco Castellanos Diaz, como apocos, subscrito en la ciudad de Washelementos de cultura. derado de don Juan Manzanero, por el cual el ington el 15 de abril de 1935. Igual respeto y protección se acorGobierno concede permiso para extraer y exportar dará al personal de las instituciones chicle de los bosques nacionales del Petén; y arriba mencionadas. acuerdo de aprobación. JORGE UBICO, Se acordará el mismo respeto y proContrato celebrado entre el Secretario de Agricultección a los monumentos históricos, tura y don Tirso Morales Pinelo, sobre extracPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, museos, e instituciones científicas, ar-ción y exportación de chicle y acuerdo de aprobación. tísticas, educativas y culturales, así enPOR CUANTO:
ANUNCIOS VARIOS tiempo de paz como de guerra. Licitaciones. - Titulos Supletorios. Edictos. El día quince de abril de mil nove- -Remates. cientos treinta y cinco, en la ciudad de ARTICULO II Washington, D. c., subscribieron los La neutralidad, protección y respetoPlenipotenciarios de: la Argentina, Boa los monumentos e instituciones menlivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa RiPODER LEGISLATIVO cionados en el artículo anterior, se acorca, Cuba, República Dominicana, Ecuadará en todo el territorio de cada uno dor, El Salvador, GUATEMALA, Haití, de los Estados signatarios y acceden-Honduras, México, Nicaragua, Panates, sin hacer distinción en razón de laDECRETO NUMERO 2143 má, Paraguay, Perú, Estados Unidos de nacionalidad a que pertenezcan. LosAmérica, Uruguay y Venezuela, el TraGobiernos respectivos se comprometen LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA tado sobre la Protección de Institua dictar las medidas de legislación inREPUBLICA DE GUATEMALA ciones Artísticas y Científicas y Moterna necesarias para asegurar dichanumentos Históricos (Pacto Roerich), protección y respeto.
DECRETA: cuyo tenor literal es el siguiente: ARTICULO IIIArtículo único.-Se aprueba el TraTratado sobre la Protección de Institucionestado sobre la Protección de InstituCon el fin de identificar los monuciones Artísticas y Científicas y MoArtísticas y Científicas y Monumentosmentos e instituciones a que se efiere
numentos Históricos, subscrito en la Históricos (Pacto Roerich) el artículo I, se podrá usar una bandera ciudad de Washington el 15 de abril distintiva (círculo rojo), con una triple de 1935. Las Altas Partes Contratantes, aniesfera roja dentro del círculo, sobre Pase al Ejecutivo para su ratificaciónmadas por el propósito de dar expreun fondo blanco, conforme al modelo y canje. sión convencional a los postulados de anexo a este Tratado.