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Decreto 215-1964

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 215-1964
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1964

EL Guatemaltero

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administ ación Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9 Av. 11-34. Zona DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXX GUATEMALA, JUEVES 4 DE JUNIO DE 1964 NUMERO 79 SUMARIO Articulo 20. EI presente Decreto entra en vi23 del decreto número 1317 del Congreso de la Regor el dia siguiente de su publicaciós en e Diario pública, Oficial, quedando encargada la Corte Suprema de Justicia de dar posesión del cargo a la persona nombrada. ACUERDA: ORGANISMO EJECUTIVO Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de Ley Numero Guatemala. a 10. de Junio de mil novecientos Articulo 10.-Se declara que la empresa Ely Li-215. ly de Centroamérica, de la cual es promotor elsesenta y cuatro. señor Ernesto Ricardo Viteri Echeverria, pertenece MINISTERIO DE ECONOMIA Publiquese y cumplase. a la categoria de Industria Nueva por equiparación, de conformidad con los artículos 50. y 80. del decreto 1317 del Congreso de la República. Declarase que la empresa Ely Lily de Centroamérica, perENRIQUE PERALTA AZURDIA,

ienece .1 la categoria de Industrial Nueva pur equipara Jefe del Gobierno de in Republica, Artículo 20.-La clasificación a que se refiereMinistro de la Defensa Nacional. eite acuerdo queda sujeta a las siguientes condiChorgase Industria > Comercio Festiles Rex. S. A., eno El Ministro de Gobernación, ciones: a) La empresa deberá quedar legalmente ner can de impuestos aduanates organizada dentro de plazo de seis meses, a con-LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. Autorizase favor Je la empresa "Productos Alimenticios tar de la fecha del presente acuerdo; b) Las insSharp, Sociedad Anonima" el traspaso de todos his JeEl Ministro de Relaciones Exteriores. talaciones deberán iniciarse dentro del término de rechips y franquicias que le fueron otorgados a La emALBERTO HERRARTE GONZALEZ seis meses, a partir de la v.gencia de este acuerpress "Sharp y Compañia" do: e) La empresa deberá constituirse con un caOtorgise a la Fabrica Jr Medias Nylon "San Juan", C10El Ministro de Economia, pital efectivamente pagado no menor de neración de derechos aduanales. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. Q.400,000.00, como se indica en el estudio económico; d) Deberá darse ocupación a un número no El Ministro de Educación Pública. menor de 51 trabajadores guatemaltecos; e) Se ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. prestará asesoria técnica gratuita para entrenar MINISTERIO DE EDUCACION al personal nacional; f) Deberá mantenerse una

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, capacidad minima anual de 64,000 ki.os de proPUBLICA JORGE LUCAS CABALLEROS M. ductos medicinales, farmacéut COS y biológicos, 17,600,000 unidades de tabletas simples y cubierEl Ministro de Comunicaciones tas, 20.000,000 unidades de pulvules, 2,500 ki DS de Proirogase la vigencia del Reglamento de Examence Dure y Obras Públicas, ungüentos, 100,000 litros líquidos, 750,000 botellas los Establecimientos de Postprimaria de is Republica, con JOAQUIN OLIVARES M. de varios productes medicinales; g) Deberá utiliin modificaciones que señatan los articulos que of menzar al máximo las materias primas y artículos El Ministro de Agricultura, que se produzcan en el país o en el área centro-cionan CARLOS HUMBERTO DE LEON. americana, y propiciar la paulatina sustitución de los productos importados; h) La empresa deberá El Ministro de Salud Pública trasladar parte de los beneficios derivados de has MINISTERIO DE HACIENDA Y y Asistencia Social. exoneraciones que se le otorguen al mejoramiento ALFONSO PONCE ARCHILA. de las condiciones de trabajo de su personal, manCREDITO PUBLICO tener una calidad satisfactoria de sus productos, E) Ministro de Trabajo y Previsión Social, precios razonablemente competitivos y sustituir JORGE JOSE SALAZAR VALDES. paulatinamente, dentro de lo posible, los materiaCD is totalidad las multas en que hubseren as les y productos importados utilizados en el proceso, por materiales y productos nacionales; i) Seurride is contribuyentes .) que incurran Jeniro de la obliga a: estricto cumplimiento de lo estipulado enVIRGINIA de esta disposición el decreto 1325 del Congreso Nacional (Ley de MINISTERIO DE ECONOMIA Abaratamiento de Medicinas), sometiéndose al control de precios que dicho decreto determina; j) PUBLICACIONES VARIAS Las importaciones deberán efectuare por medio de los puertos y las empresas aéreas, navieras 0 Declárase que la empresa Ely Lily de Centroamé- terrestres nacionales, siempre que estas líneas cu-station Economico Memoria Jel Banco the Guatemala rica, pertenece a la categoria de Industria Nueva bran los lugares correspondientes de embarque;correspondiente at año de 1963 por equiparación. k) La empresa deberá cumplir con todas las obligaciones que establece el decreto 1317 del Congreso ACUERDO No. 290 de ia República y lo preceptuado en el artículo 4o. ANUNCIOS VARIOS del decreto ley número 170.

Palacio Nacional: Guatemala. 16 de mayo de Patentes de invencion.-Matrmonio-Comstitación de MP 1964. Artículo 40.-La empresa .Ely Lily de Centroand -Modificackin de sociedades.-Prorroga de socieEl Ministro de Economia, américa. de la cual es promotor el señor Ernesdates Disclusion de sociedad Revistro de marcasto Ricardo Viteri Echeverria, gozará de los beneLital CONSIDERANDO: ficios señalados en el artículo 60. del decreto 1317

del Congreso de la República, a partir de la fecha Indice de Londres , Montreal-Balance General, ConsoliQue el dia lo de febrero de 1964, el señor Erde publicación de) presente acuerdo en el Diario into ... Departamentos, at 34) de abril de 1964. nesto Ricardo Viteri Echeverria, en calidad de Oficial, como lo dispone el artículo 22 del propio promotor de is empresa industrial -Ely Lily de decreto. well Apricula Mercantil-Halance General, Consolidado Centroamérica», solicito la clas.ficación de Induspor Departamentos. at 30 de abril de 1964 tria Nueva para la producción de toda clase de Artículo 50.-Para los efectos de la exoneración productos medicinales farmacéuticos y biológicos;sobre materias primas y maquinaria, se da a con-Credito Hipotecario Nacional Jc Gustemala.-Balance Ge. neral, Consolidado por Departamentos, at 30 de abril CONSIDERANDO: tinuación la lista de los articulos que podrán ser importados libres de impuestos, siempre que dede 1961 Que habiéndose llenado todos los requisitos lega-conformidad con el numeral I) del artículo 60. del Institute de Formento de la Produccion-Balasce Comols les, el Departamento Industrial de este Ministerio,decreto 1317 del Congreso de la República, no se dado y por Departamentos al 31 de marzo de 1964 con fecha lo. de abril de 1964, emitió opinion re-produzcan en el país en condiciones similares rescomendando que a la empresa Ely Lily de Cenpecto a calidad y precios: Maquinaria, equipo, retroamérica, representada por el licenciado Ernespuestos y accesorios necesarios para el proceso to Ricardo Viteri Echeverria, se le otorgue la industrial; productos químicos básicos para la pro-ducción de medicinas. ORGANISMO EJECUTIVO clasificación solicitada de Industria Nueva por equiparación y se le concedan los beneficios legales correspondientes a la misma; Artículo 60.-La empresa Ely Lily de Centroamérica queda obligada a cumplir con-todos los CONSIDERANDO: requisitos que establece el decreto 1317 del Congreso de la República, y especialmente los enuDECRETO-LEY NUMERO 215Que fue oida la opinión del Banco de Guatemala merados en el artículo 2o. del presente acuerdo, debiendo dar aviso inmediato al Ministerio de Eco-F Consejo Nacional de Planificación Económica, y que ambos se pronunciaron favorablemente a la nomia, dentro de los tres días siguientes de haber ENRIQUE PERALTA AZURDIA, solicitud del licenciado Ernesto Ricardo Viteri Echedado cumplimiento a las indicadas obligaciones, verria; E: incumplimiento de dichos requisitos dará lugar CONSIDERANDO: a la revocatoria del presente acuerdo. Jefe del Gobierno de la República, Que la mencioneda empresa producirá artículos Artículo 70.-Este acuerdo deberá transcribirse para e: mercado nacional y centroamericano, dará al interesado, Ministerio de Hacienda y CréditoCon base en el Inciso 60. de: artículo 27 de la ocupación a un número de 51 personas entre emPúblico y a la Contraloría General de Cuentas de

Carta Fundamental de Gobierno, pleados administrativos y de fábrica; la Nación, para los fines procedentes.

CONSIDERANDO:

en Consejo de Ministros, Comuniquese. Que as necesario precisar las condiciones bajo las cuales el Estado otorga beneficios a las em-DECRETA: presas para garantizer los objetivos de la politica CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ de formento industrial EDUARDO PALOMO ESCOBAR,Artículo 10.-Nombrar al Licenciado Maruel MeViceministro. néndez Rios, Magistrado Suplente de la Sala CuarPOR TANTO, ta de Apelaciones, en sustitución del Licenciado Rosendo Arriaga Ovalle. Con base en los articulos 10: 50., 21 y

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