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Decreto 22-1969

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 22-1969
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Transporte
Año
1969

Il Guat BIBLIOTEGA emattero Minda

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA GUATEMALA CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfeno 28027 Impreso en Diario de Centre Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 748América: 9a. Av. 11_34 Zoma 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXV GUATEMALA, JUEVES 15 DE MAYO DE 1969 NUMERO 52

SUMARIO deicomiso a favor de la empresa de los Ferrocade conformidad con la constitución de la Repú- rriles Internacionales de Centro América (IRCA) blica, Código de Trabajo y pacto colectivo. De y por incumplimiento de sus obligaciones deriva-consiguiente, son nulos ipso-jure todos los actos das del contrato, le fueron adjudicados al Estado y disposiciones que impliquen renuncia, d'sminuen la via judicial correspondiente, bienes, dereción 0 tergiversación de los derechos adquiridos ORGANISMO LEGISLATIVO chos y acciones de dicha empresa, según escritura por los trabajadores de la FEGUA, con anteriopública autorizada por el escribano del gobierno, ridad a la presente ley. DECRETO No. 22-69. en esta C udad, el 27 de diciembre de 1968; Artículo 50.-E1 personal administrativo de la

ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: empresa, incluyendo su cuerpo de asesores, será nombrado por el presidente de la República por MINISTERIO DE COMUNICACIONES Que mediante Acuerdo Gubernativo de esa misconducto del Ministerio de Comunicaciones y Obras ma fecha, dictado en consejo de ministros, el orPúblicas y los trabajadores por planilla serán deganismo ejocutivo dispuso que los servicios pú- signados directamente por el gerente. Y OBRAS PUBLICAS bl'cos de transporte ferroviario, muellaje y demás operaciones portuarias que estuv a cargo de Artículo 60.-La empresa de los Ferrocarriles pruébase el contrato número 23 celebrado entre los Ferrocarriles Internacionales de Centro Amé- de Guatemala (FEGUA). bajo su responsabilidad, el Viceministro de Comunicaciones y Obras Pú- rica, continuarán funcionando en lo sucesivo con podrá disponer de sus bienes muebles e inmuebles blicas y el Director de la Compañia «Distribuiel nombre de "Ferrocarriles de Guatemala" (FEpara comprometerlos en garantía, enajenarlos 0 dora Guatemalteca Shell, Sociedad Anonima>, GUA) y para que la nueva empresa pueda cumgravarlos, pero deberá obtener previamente ausobre el suministro de ias cant dades de gaplir con las finalidades esenciales del servicio pú-torización en acuerdo gubernativo, que se emitirá solina en la forma que se detalla, con destino blico a su cargo, es indispensable dictar las nora través del Ministerio de Hacienda y Crédito Pú-

a la Dirección General de Obras Públicas. mas legales que regulen su estructura y funcioblico. En todo caso, los fondos que se obtengan namiento; se destinarán exclusivamente a cubr'r las necesidades financieras de la empresa y las obligacioMINISTERIO DE LA DEFENSA POR TANTO, nes laborales derivadas de la reorganización de la misma. NACIONAL En uso de las facultades que le confiere el inc'so lo. del artículo 170 de la Constitución de la Articulo 70.-Las compras y adquisiciones de Césase el nombramiento del Juez Primero de PriRepública, maquinaria, repuestos, accesorios y demás bienes indispensables para el mantenimiento del servi-mera Instancia del Departamento de QuezaiteDECRETA: cio, cuyo valor no exceda de diez mil quetzalesnango, como Auditor interino de la zona militar (Q10.000.00), estarán exceptuados de l'citación pú-General Manuel Lisandro Barillas y nómbranLa siguiente blica. se en su lugar al licenciado Carlos Enrique Fuentes Robles. Artículo 80.-Las operaciones llevadas cabe Ley de In Empresa de los Ferrocarrilespor la empresa de los Ferrocarriles de Guatemala MINISTERIO DE ECONOMIA (FEGUA) desde el 27 de diclembre de 1968, fecha de su creación, hasta el día en que entre en vigor utorizase a la Compañía de Seguros The United Be Guatemala la presente ley, se regirán por el Acuerdo GuberStates Life Insurance Company, para que pueda nativo, emitido en la fecha antes indicada y por

retirarse del país. las demás disposic'ones dictadas al respecto por Artículo 10.-La empresa de los Ferrocarriles el organismo ejecutivo. MINISTERIO DE GOBERNACION de Guatemala (FEGUA), creada por Acuerdo Gubernativo de 27 de diciembre de 1968, es una emArtículo 90.-El presente Decreto entrará en presa estatal descentralizada, con personal dad ju-vigor el día siguiente de su publicación en el DiaExonérase de los requisitos de licitación pública rídica para adquirir derechos y contraer obligario Oficial, sustituye al acuerdo gubernativo de y privada, la contratación del arrendamiento de ciones oue provengan directa O indirectamente de fecha 27 de dic'embre de 1968 y deroga cualquier la casa ubicada en la 5a. avenida No. 12-73, la explotación de los servicios públicos de transdisposición contenida en otras leyes que se oponZona 1, de esta capital, para que en la misma porte ferroviario. servic'os auxiliares, muellaje ygan a su estricto cumplimiento. funcione el Departamento de Artesanias de dichademás operaciones portuarias que están a su cardependencia. Pase al organismo ejecutivo para su publicacióngo. y cumplimiento. Dado en el Palacio del organisAxonérase a la Dirección General de la Policía Artículo 20.-Su patrimonio lo constituyen tomo legislativo, en la ciudad de Guatemala, a los Nacional, de licitación pública y privada, para dos los bienes inmuebles, muebles, derechos y acsiete días del mes de mayo de mil novecientos

que pueda comprar a la fábrica de tejidos "No-ciones que fueron adjudicados al Estado en la sesenta y nueve. Manuel Francisco Villamar, prevatex" (Amatitlán), las yardas de casimir que via judicial por incumplim'ento de la empresa de sidente: Emilio Avila Torres, primer secretario; los Ferrocarriles Internacionales de Centro Amé- Victor Manuel Marroquin Gómez, cuarto secreta-se menciona, para la confección de uniformes rio. de gala de su personal. rica (IRCA) de sus obligaciones derivadas del fideicomiso constituido a su favor, así como todos Exonérase a la Dirección de la Tipografia Naciolos bienes que obtenga por cualquier título y los Palacio Nacional: Guatemala, 10 de mayo de que provengan por la explotación de los servicios 1969. nal de los requisitos de licitación pública y privada, para que pueda comprar a la casa coa su cargo. La empresa tendra presupuesto y fondos privativos que serán aprobados anualmente Publiquese y cúmplase. mercial "Mazantini", las cantidades de cartonpor el organismo ejecutivo conforme lo disponeque se expresa. el Decreto 1722 del Congreso. JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Nómbrase al señor Emilio Cobar Barillas, SubEl Ministro de Comunicaciones director General de la Guardia de Hacienda. Y Art culo 30.-Mientras se le da una organizay Obras Públ cas, designase interinamente como gobernador deparción definitiva a la empresa de los Ferrocarriles OSCAR CASTAÑEDA FERNANDEZ.

tamental de San Marcos al comandante de rede Guatemala (FEGUA). como resultado de los servas militares de dicho departamento. estudios. que al efecto lleva a cabo actualmente El Ministro de Haciendael Organismo Ejecutivo, un gerente nombrado por V Crédito Público. el presidente de la República tendrá a su cargo MARIO FUENTES PIRUCCINI. MINISTERIO DE HACIENDA la administración general de la empresa y United junta directiva la dirección superior de los negocios de la empresa y resolverá los asuntos que Y CREDITO PUBLICO deba someter a su consideración el gerente. DiORGANISMO EJECUTIVOcha junta estará integrada con los siguientes Concédese a favor del Hospital el Buen Samaritamiembros: presidente, el Ministro de Comunicano, la exoneración que se menciona. ciones y Obras Públicas: vicepresidente, en su orden: el Ministro de Economía, el Ministro de ANUNCIOS VARIOS Hacienda y Crédito Público, el M nistro de TraMINISTERIO DE COMUNICACIONES bajo y dos directores, uno por los trabajadores de la empresa y el otro por la iniciativa privada. Y OBRAS PUBLICASatrimonio. Solicitudes de nacionalidad. Los directores serán designados por el presidente Constitución de sociedad. Linea de transporde la Repúbl ca, quien nombrará además dos sute. Registro de marcas. Patente de Inplentes para el caso de ausencia 0 imped mento Apruébase el contrato número 23 celebrado entre vención. Títulos supletor'os. - Edictos. - de los directores titulares. Sin embargo, los suel Viceministro de Comunicaciones y Obras Pú-

Licitación. -Remates. plentes deberin concurrir a todas las sesiones, blicas y el Director de la Compañía <Distribulaun cuando no estuvieren sustituyendo a los titudora Guatemalteca Shell. Sociedad Anonima», lares, pero en este caso do tendrán derecho a sobre el suministro de las cantidades de gaser oidos, no a voto. Los funcionarios públicos, solina en la forma que se detalla, con destine ORGANISMO LEGISLATIVO miembros de la junta directiva, seran sust tuidos a la Dirección General de Obras Públicas. en caso de ausencia 0 impedimento. por el que les sign en orden jerárquico en su respectivo MiPalacio Nacional: Guatemala, 19 de abril de nisterio. Todos los cargos de la junta directiva 1969. DECRETO No. 22-69 seran desempeñados ad-honorem. Visto el contrato número veintitrés (23), celeArtículo 40.-El organismo ejecutivo em tirá el brado con fecha seis de marzo de mii novecientos El Congreso de la República de Guatemala,reglamento res pectivo en el que se determinarán sesenta y nueve, entre el Viceministro de Comula competencia y atribuciones de la junta direcnicaciones y Obras Públicas. ingeniero Jorge AlCONSIDERANDO: tiva y de la gerencia, así como las normas que berto Hernández Recinos. en representación del regulen las relaciones de la empresa con sus traGobierno de la República y el señor Emilio Raúl Que el gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en bajadores, a quienes no se les podrá disminuir, Loys Gaurrie, quien comparece en su calidad de el Decreto 1736 de este organismo, constituy fi-restring ni tergiversar sus derechos; adquiridos Director de la Compania Distribuidora Guate-

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