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Decreto 227-1964

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 227-1964
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1964

EL Guatemalter DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO P.L. 1c DE ENERO DE 188b SEGUNDA EPOCAAgencia: Telefono 28027 Impreso en Diario de CentroRegistrado come correspondencia de segunds clase en la Administ. aciónAdministración Telefono 21418 Cen rsi de Correos de Guatemala, el · de marzo de 1950, bajo el No. 749América, ge Av. 11-34. Zona

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO

TOMO CLXX GUATEMALA, LUNES 22 DE JUNIO DE 1964 NUMERO 94 necesario crear una nueva Sala de Apelaciones, SUMARIO Materia prima para uso en la industria, segúndado el crec-miento de la población y el consi-detaile del dictamen 141/100, del 13 de febrero deguiente anthents de lo; asuntos judiciales,1961. cuyo peso es de un mil trescientos setenta ycuatro kilogramos brutos exactos (1,374,000); va-for CIF de doscientos sesenta y siete quetzalesORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO,

exactos (Q.267.00), e impuestos a exonerar de tres-cientos un quetzales y cincuenta centavos (Q.301.50).Decretor-Ley Numero 227 En uso de la facultad que le otorga el artículoArticulo 20.-Determinar que la materia prima,30 de a Carta Fundamental de Gobierno,objeto de la presente exoneración, cuyo término deMINISTERIO DE ECONOMIA consumo se estima para seis meses, sólo podráen Consejo de Ministros. usarse en los fines industriales para que fue cla-Have la exoneracion que se mencions. a favor de Insificada la empresa, la cual se obliga a formularuna declaración ante este Ministerio, de acuerdoduaria Harinera Guatemalteca, S. A.

DECRETA: con el contenido que amparan las respectivas pó-Articulo 10.-Se crea la Sa a Novena de la Cortelizas aduanales, a fin de llevar el control necesa-Othigase . Alimentos Mariscal, S A., (ALMASA) EXOde Apelaciones. con sede en la ciudad de Antiguano y establecer que es empleada para el uso queocration de impuestos aduanates.

Guatemala, departamento de Sacatepéquez, que,se indica. Asimismo se obliga la empresa, a ren-principiará sus labores a partir del mes de juliodir un informe mensual sobre el volumen de suObbigase Industria Harinera Guatemalteca $ A., erodel presente año. producción y prec.o de venta del artículo elabora-netaction de los impuestos que se mencionsm do. numero de trabajadores empleados y salariosArtículo 20.-EI presente Decreto entrará en vi-pagados, tanto al propio Ministerio como a la Di-Obligate a Industria Harinera Guatemalteca S A., exo-gor el dia de su publicación en el Diario Oficial.rección General de Estadística.activion Je impuestos arancelarios.

Articulo 30.-Responsabilizar a dicha empresaDado en el Palacio Nacional: en Guatemala, apor el mal uso que hiciere de la exención que seOtorgase la Fabrica de Artículos de Belleza. Tocadorlos diez y ocho dias del mes de junio de mil no"le otorga, y queda estrictamente sujeta a los al-, Fiboneria Fina "Kong Hnos.". exoneración de AML-vecientos sesenta y cuatro. cances del artículo 26 del decreto 1317 del Con-postos aduanates greso de la República, sin perjuicio de las sanc 0"Publiquese y cúmplase. nes de otro orden. contenidas en las leyes delObbigane a 1. Fabrica we Bebidas Gaseosas Salvavidas, S. ramo hacendario.A, exoneracion Je Impuestos arancelarios. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Articulo 40.-Que este acueroo se transcriba aJefe del Gobierno de la República,donde corresponde, para los fines procedentes.Horese la exoneracion que se mencions, & favor de isMinistro de la Defensa Nacional.Fabrica de Alintentos Refrescos "Ku-Ku" Comuniquese. El Ministro de Gobernación, MINISTERIO DE GOBERNACION LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ El Ministro de Relaciones Exteriores,RAFAEL ARMANDO TELLEZ GARCIA.Nombrase músico de tercera clase de ta bunda de medica ALBERTO HERRARTE GONZALEZ Jefe interino del Departamento Administrativo.civil de FI Progreso.

El Ministro de Agricultura, 171829X-22JDeparte sin efects kn sombramientos que se mencionan,CARLOS HUMBERTO DE LEON.para el Diario de Centro America. El Ministro de ComunicacionesNombrase agente de La Policia Municipal de Senahú, Aly Obras Públicas, Otorgase a Alimentos Mariscal, S. A. (ALMASA),1, Verapaz. JOAQUIN OLIVARES M. exoneración de impuestos aduanales. Numbrane agente de la Policia Municipal de Rabinal, Ba-EI Ministro de Economia, ACUERDO No. 342Verapaz.

CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.

Palacio Nacional: Guatemala, 10 de abril deNumbrase agente de la Policia Municipal de ChicbicasteEl Ministro de Educación Pública,1964.name, H Quiche ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR El Ministro de Economia,MINISTERIO DE EDUCACION El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,JORGE LUCAS CABALLEROS M. CONSIDERANDO: PUBLICA Ministro de Salud PúblicaQue por, acuerdo ministerial número 298, del 8y Asistencia Social, de julio de 1960, Alimentos Mariscal, S. A. (AL-Autorizate cl funcionamiento del Colegio Privado MistoALFONSO PONCE ARCHILA. MASA) fue clasificada como industria nueva, alEvanzelico Here. obicado cn Pueblo Nuevo Tiquitate, amparo del decreto 1317 del Congreso de la Re-I cointla

EI Ministro de Trabajo y Previsión Social,pública; y que e. Departamento Industrial de esteJORGE JOSE SALAZAR VALDES. Ministerio, en dictamen del 7 de abril de 1964,Autorizate el funcionamiento del Colegio "San Benito", emitió opinión favorable a la solicitud de dichanbk Jo on La Villa de Esquipulas, Cliquimula empresa, relativa a que se le otorguen los bene-ficios de la ley de la materia,Equipirase el titulo de Macstro de Education Primaria,MINISTERIO DE ECONOMIAclorgado J senor Manuel Campos Morales POR TANTO. Autorizate la modificacion del Area y linderos de los lotes Con base en el artículo 60. del decreto 1317 delHacese la exemptración que se menciona, a faverCongreso de la República,adjudicados por cl Gobierno de La Republica. en la Co-de Industria Harinera Guatemalteca, S. A.binia del Macstro ACUERDA:ACUERDO No. 337Applicable el noveno Folleto de Catalogación y Ascemos11 Magisterio Nacional (Continua). Artículo 10.-Otorgar & Alimentos Mariscal, S. A.Palacio Nacional: Guatemala, 17 de febrero de(ALMASA), exoneración del pago de derechos e1964. impuestos de importación, excepto las tasas yANUNCIOS VARIOS EN Ministro de Economia, cargos en compensación de servicios prestados, SO-CONSIDERANDO: bre lo siguiente: Mezcladora de granos completa,Lineas de Transporte.-Matrimonion-Comstiuciin de Socon sus accesorios, con un peso de quiniento trein-Indivity Modificación de Socieded.-Disolución de SoQue por acuerdo ministerial número 229, del 8ta y cinco (535.000) kilogramos brutos exactos;redail Patentes de Invención.-Registro de Marcas.-de noviembre de 1966, Industria Harinera Gua-valor CIF de un mil novecientos seis quetzales yTitulos Suplecturios.-Autorizacines Farmacéuticas setenta y un centavos (Q.1,906.71), e impuestos atemalteca, S. A. fue clasificada como industriaintegral fundamental existente, al amparo del de-exonerar de noventa y cinco quetzales y treinta ycuatro centavos (Q.95.34).creto 459 del Congreso de la República (ex ley deArtículo -Determinar que la maquinaria, ob-Fornento Industrial): que la citada empresa con-jeto de la presente exoneración, sólo podrá usarsetinúa gozando de los beneficios que le fueron con-en los fines industriales para que fue clasificadacedidos al ser clasificada, por tratarse de dere-ORGANISMO EJECUTIVO la empresa, a cual se obliga a formular una de-chos adquiridos que no pueden modificarse por unaclaración ante este Ministerio, de acuerdo con elley posterior (artículo V de los preceptos funda-contenido que amparan las respectivas pól zas aduamentales y regia 6a. del articulo 250, ambos delnales, a fin de llevar el control necesario y esta-decreto gubernativo número 1862): y que el De-DECRETO-LEY NUMERO 227 blecer que es empleada en los usos que se Indica.partamento Industrial de este Ministerio, en dic-Asimismo se obliga la empresa, a rendir un in-tamen del

13 de febrero de 1964, emitió opinionfavorable a la solicitud de dicha empresa, relativaforme mensual sobre el volumen de su produc-ción y precio de venta del artícu'o elaborado, nu-ENRIQUE PERALTA AZURDIA,a que Be le otorguen los beneficios de la ley dela materia, mero de trabajadores empleados y salarios paga-dos, tanto al propio Ministerio como a la Direc-ción General de EstadistPOR TANTO.

Artículo 30.-De conformidad con el artículo 33Jefe del Gobierno de la República. del decreto ley numero 63, del de julio de 1963,ACUERDA: la empresa deberá dirigir sus embarques hacia elArtículo 10.-Otorgar a Industria Harinera Gua-Puerto Matias de Galvez, bajo el entendido de queCONSIDERANDO: temalteca, S. A., exoneración del pago de todossi asi no lo hiciere, la exención que se le otorgano surtirá sus efectos.Que de conformidad con información suminis-los impuestos, derechos, tasas y sobrecargos deArtículo 4o.-Responsabillizar a dicha empresatrada por la Corte Suprema de Justicia, se haceimportación, excepto los derechos de almancenaje,el mal uso que hiciere de la exención que sesobre lo siguiente: otorga, y queda estrictamente sujeta allos al-

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