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Decreto 2278-1938-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 2278-1938-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1938

Diario de Centro América

Hundudo en 1880.DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA AÑO LVIL-SEGUNDA EPOCA

ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C.A.

Impreso en la Tipografia Nacional, Registrado como correspondencia de segunda clase, en la Administración de 7 Avenida Sur y 18 Calle Oriente. Correos de Guatemala, el día 19 de noviembre de 1931, bajo el número 125.

TOMO XXII GUATEMALA. MARTES 14 DE JUNIO DE 1938 NUMERO 90

SUMARIO: DECRETO NUMERO 2322

PODER LEGISLATIVO

LA ASAMBLEA LEGISLATIVADecreto Númetro 2278. - Decreto Número 2322 DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PODER EJECUTIVO DECRETA: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Se aprueba el Protocolo Adicional a la Convención General de Conciliación Interamericana, suscrito en MonRatificase la adhesion a la Convención de 1936 para la Represión del Tráficotevideo el 26 de diciembre de 1933, al cual se adhirió GuaIlicito de Drogas Nocivas. temala por disposición del señor Presidente de la República,Formalizase la adhesion al Protocolo adicional a la Convención General de de 3 de agosto de 1937.Conciliación Interamericana. Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje. ANUNCIOS VARIOS Dado en el Palacio del Poder Legislativo: en GuaLicitaciones. Traductor Jurado. Edictos. - Remates. temala, el veintiocho de abril de mil novecientos treinta yocho.

L.F. MENDIZABAL,

PODER LEGISLATIVO

Presidente.

F. HERNANDEZ DE LEON,Secretario,

DECRETO NUMERO 2278 J.I. LAVAGNINO,

Secretario.

Casa del Gobierno: Guatemala, treinta de abril de LA ASAMBLEA LEGISLATIVA mil novecientos treinta y ocho.

DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Publiquese y cúmplase.

DECRETA: JORGE UBICO Se aprueba la Adhesión de Guatemala a la ConvenE1 Secretario de Estado ción para la Represión del Tráfico Ilícito de Drogas Noci-en el Despacho de Relaciones Exteriores, vas, suscrita en Ginebra, el 26 de junio de 1936, dispuestaCARLOS SALAZAR. por el señor Presidente de la República en acuerdo emitido por el órgano de la Secretaria de Relaciones Exteriores, el 5 de agosto de 1937.

Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje, PODER EJECUTIVODado en el Palacio del Poder Legislativo: en Guatemala, el veintinueve de marzo de mil novecientos treinta y ocho. SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORESL. F. MENDIZABAL, Presidente.

F. HERNANDEZ DE LEON, Ratificase la adhesión a la Convención de 1936 para laSecretario. Represión del Tráfico Ilicito de Drogas Nocivas.

J. I. LAVAGNINO,

Secretario.

Casa del Gobierno: Guatemala, trece de abril de mil JORGE UBICO, novecientos treinta y ocho.

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Publiquese y cúmplase.

POR CUANTO:

JORGE UBICO

La Asamblea Legislativa, en Decreto Número 2278 EI Secretario de Estado de veintinueve de marzo de mil novecientos treinta y ocho,set al Desparho de Relaciones Exteriores, aprobó la adhesión de Guatemala a la Convención Interna-CARLOS SALAZAR. cional para la Represión del Tráfico Ilícito de Drogas Noci-

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