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Decreto 2278-1938

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 2278-1938
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1938

Diario de Centro América Hundado en 1880.DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA AÑO LVIL-SEGUNDA EPOCA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A. Impreso en la Tipografia Nacional, Registrado como correspondencia de segunds clase, en la Administración de 7ª Avenida Sur y 18 Calle Oriente. Correos de Guatemala, el día 19 de noviembre de 1931, bajo el número 125.

TOMO XXII GUATEMALA, MARTES 14 DE JUNIO DE 1938 NUMERO 90

SUMARIO: DECRETO NUMERO 2322

PODER LEGISLATIVO

LA ASAMBLEA LEGISLATIVADecreto Número 2278. Decreto Número 2322.

DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

PODER EJECUTIVO DECRETA: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Se aprueba el Protocolo Adicional a la Convención General de Conciliación Interamericana, suscrito en MonRatiffcase la adhesion a la Convencion de 1936 para la Represion del Tráfico tevideo el 26 de diciembre de 1933, al cual se adhirió Gua-Ilícito de Drogas Nocivas, temala por disposición del señor Presidente de la República,Formalizase la adhesion al Protocolo adicional a la Convención General de de 3 de agosto de 1937.Conciliación Interamericana.

Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje.ANUNCIOS VARIOS Dado en el Palacio del Poder Legislativo: en Gua-Licitaciones. Traductor Jurado. Edictos. Remates.

temala, el veintiocho de abril de mil novecientos treinta yocho.

L.F. MENDIZABAL,

PODER LEGISLATIVO

Presidente.

F. HERNANDEZ DE LEON,Secretario,

DECRETO NUMERO 2278 J.I. LAVAGNINO,Secretario.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Casa del Gobierno: Guatemala, treinta de abril de mil novecientos treinta y ocho. DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Publiquese y cúmplase.

DECRETA: JORGE UBICO Se aprueba la Adhesión de Guatemala a la ConvenEI Secretario de Estado ción para la Represión del Tráfico Ilícito de Drogas Noci-en el Despacho de Relaciones Exteriores. vas, suscrita en Ginebra, el 26 de junio de 1936, dispuesta CARLOS SALAZAR. por el señor Presidente de la República en acuerdo emitido por el órgano de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el 5 de agosto de 1937.

Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje. PODER EJECUTIVODado en el Palacio del Poder Legislativo: en Guatemala, el veintinueve de marzo de mil novecientos treinta y ocho.

L. F. MENDIZABAL, SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

Presidente.

F. HERNANDEZ DE LEON, Ratificase la adhesión a la Convención de 1936 para laSecretario. Represión del Tráfico Ilícito de Drogas Nocivas.

J. I. LAVAGNINO,

Secretario.

Casa del Gobierno: Guatemala, trece de abril de mil JORGE UBICO,novecientos treinta y ocho.

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.Publíquese y cúmplase.

POR CUANTO:

JORGE UBICO La Asamblea Legislativa, en Decreto Número 2278EI Secretario de Estado de veintinueve de marzo de mil novecientos treinta y ocho,en et Despacho de Relaciones Exteriores, aprobó la adhesión de Guatemala a la Convención Interna-CARLOS SALAZAR. cional para la Represión del Tráfico Ilícito de Drogas Noci-

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