Decreto 2279-1938-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 2279-1938-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1938
Diario de Centro C AméricaHundado en 1880.DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA AÑO LVIIL-SEGUNDA EPOCA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A. Impreso en la Tipografia Nacional, Registrado como correspondencia de segunda clase, en la Administración de 7ª Avenida Sur y 18 Calle Oriente. Correos de Guatemala, el día 19 de noviembre de 1931, bajo el número 125.
TOMO XXIII GUATEMALA, LUNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 1938 NUMERO 65
SUMARIO: DECRETO NUMERO 2321
PODER LEGISLATIVO
LA ASAMBLEA LEGISLATIVADecreto Número 2279. Decreto Número 2321. DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PODER EJECUTIVO DECRETA: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Se aprueba el Proceso Verbal suscrito en Londres el 6 Ratificase la Convencion Internacional concerniente al empleo de la Radiode noviembre de 1936, que establece las reglas que debendifusión en interés de la Paz. observar los submarinos en tiempo de guerra, con respectoRatificase la adhesión al Acta de Londres que establece las reglas que deben observar los submarinos en tiempo de guerra. a buques mercantes, Proceso Verbal al que se adhirió Guatemala por disposición del señor Presidente de la Repú-SECRETARIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA blica contenida en acuerdo de 4 de noviembre de 1937. Erogación de cantidades.
Nómbrase Jefe de la Clinica Dental del Hospital General de Occidente. Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje, Autorizase a la Municipalidad de Palin para que erogue la suma de 056.85. Dado en el Palacio del Poder Legislativo: en GuaAutorizase a la Municipalidad de San Andres para que erogue la suma temala, el veintiocho de abril de mil novecientos treinta de 036.45. y ocho. Autorizase a la Municipalidad de San Andres para que erogue la suma de 035. Autorizase a la Municipalidad de Barberena para que erogue la suma de 040. L. F. MENDIZABAL, Presidente. Autorizase a la Municipalidad de San Antonio Suchitepéquez para que erogue la suma de 0315. Autorizase a la Municipalidad de Comalapa para que erogue la suma de 0140.F. HERNANDEZ DE LEON,Secretario,
ANUNCIOS VARIOS J.I. LAVAGNINO,
Liquidación de una Sociedad. Edictos. - Remates. Secretario.
Casa del Gobierno: Guatemala, treinta de abril de mil PODER LEGISLATIVO novecientos treinta y ocho.
Publiquese y cúmplase. JORGE UBICO DECRETO NUMERO 2279 E1 Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA CARLOS SALAZAR.
DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETA: Se aprueba la Convención Internacional concernientePODER EJECUTIVOal empleo de la radiodifusión en interés de la paz, suscrita en Ginebra el 23 de septiembre de 1936, a la cual se adhirió Guatemala por acuerdo del señor Presidente de la República, fechado el 5 de agosto de 1937. SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Pase al Ejecutivo para su ratificación y canje. Dado en el Palacio del Poder Legislativo: en Guatemala, el veintinueve de marzo de mil novecientos treintaRatificase la Convención Internacional concerniente al emy ocho. pleo de la Radiodifusión en interés de la Paz.
L. F. MENDIZABAL,
Presidente.
F. HERNANDEZ DE LEON, JORGE UBICO,Secretario. J.I. LAVAGNINO,
Secretario. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.
Casa del Gobierno: Guatemala: trece de abril de mil POR CUANTO: novecientos treinta y ocho, Publíquese y cúmplase. La Asamblea Legislativa, en Decreto Número 2279, de 29 de marzo del año en curso, ha aprobado la adhesiónJORGE UBICO de Guatemala a la Convención Internacional concerniente El Secretario de Estado al empleo de la Radiodifusión en interés de la Paz, sus-en el Despacho de Relaciones Exteriores. crita en Ginebra el 23 de septiembre de 1936, a que se CARLOS SALAZAR. refiere el acuerdo gubernativo de 5 de agosto de 1937,