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Decreto 23-1982

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 23-1982
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1982

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodists Decano de la Prensa Centroamericana Guillermo Contreras Cisneros Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXVIII GUATEMALA, MIERCOLES 28 DE ABRIL DE 1982 NUMERO 62

SUMARIO rio de Comunicaciones y Obras Públicas y la entidad "Desarrollo de Autopistas y Carreteras de Guatemala, Sociedad Anónima", en cuya virtud se le otorgó a dicha empresa, la concesión para construir, financiar, administrar, mejorar y mantener las carreteras del país, que se indican en la referida disposición adORGANISMO EJECUTIVO ministrativa; JUNTA MILITAR DE GOBIERNO CONSIDERANDO: DECRETO-LEY No 23-82 Que el Convenio relacionado en el Considerando anterior, fue aprobado mediante el Decreto Número 50-80 del Congreso de la Republica y el respectivo DECRETO-LEY No 24-82 Reglamento se emitió por medio del Acuerdo Gubernativo de fecha 29 de octubre de 1980; posteriormente el Decreto Número 37-81 también del Congreso de

MINISTERIO DE LA DEFENSA la República, autorizó al Organismo Ejecutivo para negociar y colocar Letras del Tesoro por valor de cincuenta millones de quetzales; NACIONAL CONSIDERANDO: Nómbrase Vocal Segundo Propietario y Vocal Primero Suplente de la Que la concesión a que se contrae el Convenio antes indicado, lesiona laJunta Directiva del Instituto de Previsión Militar, a los Coroneles soberanía nacional y los intereses del pais, y en vista de que la entidad conce-que se expresa. sionaria "Desarrollo de Autopistas y Carreteras de Guatemala, Sociedad Anó- Nómbrase Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Previsión nima", no cumplió la totalidad de las respectivas estipulaciones, es imperativo Militar, al Coronel de Infanteria Félix Román Beteta Paz. revocar dicha concesión y derogar las disposiciones legales que la aprobaron, así como dictar las medidas adecuadas para evitar el deterioro de la balanza de MINISTERIO DE EDUCACION pagos, preservar las finanzas públicas y en general proteger la economía del pais, Declárase como perteneciente al Servicio Exento, al puesto de Sociólogo POR TANTO, de la División de Programación y Estudios Socio-Económicos de la Unidad Sectorial de Investigación y Planificación Educativa (USIPE). Con fundamento en el Punto 40. de la "Proclama del Ejército de Guatemala al Pueblo", Artículos 10. del Decreto Ley Número 5-82 y 31 del Código Civil,

MINISTERIO DE RELACIONES DECRETA:

EXTERIORES Artículo 10.-Se derogan los Decretos Números 50-80 y 37-81 del Congreso Acéptase la prórroga del Convenio Internacional del Cafe 1976 hasta el de la Republica; asimismo, se revoca totalmente la concesión contenida en el 30 de septiembre de 1983, aprobada por el Consejo Internacional del Contrato Administrativo de fecha 18 de abril de 1980, suscrito entre el MinisteCafé, Resolución 318 del 25 de septiembre de 1981. rio de Comunicaciones y Obras Públicas y la entidad "Desarrollo de Autopistas y Carreteras de Guatemala, Sociedad Anónima", y se dejan sin efecto el AcuerMINISTERIO DE ECONOMIA do Gubernativo que lo aprobó, emitido en Consejo de Ministros el día 29 de abril del mismo año, así como cualquier Reglamento u otra disposición que haya Otórgase a la empresa "Laboratorio Farmacéutico Roussel Centroameemitido en relación con el mencionado Convenio. rica, Sociedad Anónima", exoneración del 40% del Impuesto de Estabilización Económica, sobre los rubros que se mencionan. Artículo 20.-Se decreta la intervención inmediata de la entidad concesionaria "Desarrollo de Autopistas y Carreteras de Guatemala, Sociedad Anó- Concédese a "Basf Aktiengesellschaft", la Patente de Invención que se nima". Para el efecto se integra una Junta Interventora en la siguiente formamenciona. Un representante de la Junta Militar de Gobierno, quien la presidirá; un repreConcédese a "Ciba-Geigy Ag", la Patente de Invención que se express. sentante de cada uno de los Ministerios de Comunicaciones y Obras Públicas y de Finanzas Públicas; y otro de la Contraloría de Cuentas, quienes desempeñaConcédese a "Bayer Aktiengesellschaft". la Patente de Invención querán sus cargos en forma ad honórem. se indica. Artículo 30.-La Junta Interventora deberá iniciar sus funciones el día queConcédese a "Snamprogetti, S. p. A.", la Patente de Invención que sedetalla. entre en vigor este Decreto. Las dependencias y entidades públicas deberán prestar a dicha Junta la colaboración que fuere necesaria. Por su parte las entiOtorgase a la empresa "Granjas Marinas, Sociedad Anónima", que se dades privadas quedan obligadas a proporcionar a la Junta Interventora la inabrevia "Granjas Marinas, S. A.", de nombre comercial "Granjas formación que ésta les requiera para el mismo fin. Marinas", clasificación de Industria Existente dentro del Grupo "A"; y equipárase con la similar guatemalteca "Aquacultura de Guatema Artículo 40.-La Junta Interventora hará todas las gestiones necesarias pala, S. A.". ra reintegrar al erario nacional aquellas cantidades de dinero que se hubieren ANUNCIOS VARIOS contratado y que no hayan sido utilizadas, así como los bienes, derechos y acciones adquiridos por la concesión 0 a través de ella, para cuyos efectos deberá Matrimonios.-Linea de Transporte.-Constituciones de Sociedad.-Moejercitar las acciones que sean pertinentes.

dificaciones de ociedad.-Disolución de Sociedad.- Registros de Marca.-Patente de Invención.-Titulos Supletorios.- Edictos.- Artículo 50.-El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación Remates. en el Diario Oficial.

Dado en el Palacio Nacional: a los veintiséis días del mes de abril de mil noORGANISMO EJECUTIVO vecientos ochenta y dos.

General de Brigada JOSE EFRAIN RIOS MONTT, JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Presidente de la Junta Militar de Gobierno. General de Brigada

DECRETO LEY NUMERO 23-82 EGBERTO HORACIO MALDONADO SCHAAD,

Vocal. La Junta Militar de Gobierno, Coronel de Infantería DEM.

FRANCISCO LUIS GORDILLO MARTINEZ,

CONSIDERANDO: Vocal.

Que por medio del Acuerdo Gubernativo emitido en Consejo de Ministros, ARNOLDO FLORES GIRON. con fecha 29 de abril de 1980, fue aprobado el Convenio celebrado el 18 de abril 1er. Viceministro de Finanzas, del mismo año, entre el Gobierno de la República representado por el Ministe-Encargado del Despacho.

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