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Decreto 23-2010-5

Congreso de la República de Guatemala

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Disponible

Detalles

Título
Decreto 23-2010-5
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2010

BW Centro S!!mbrica

1:- 6RGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase prorrogar por treint~ días más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, contenido en el Decreto Gubernativo número 15-201 0, de fecha 29 de mayo de 201 0, ratificado por el Decreto núinero 23-201 0 del Congreso de la República; el que fue prorrogado por los Decretos Gubernativos números 16-201 0 de fecha 25 de junio de 2010, ratificado por el Decreto número 242010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubeinativos números 17-201 0 de fecha 22 de iulio de 201 0, 18201 0 de fecha 23 de agosto de 201 0, 19-201 0 de fecha 23 de sbptiembre de 2010, 20-201 0 de fecha 21 de octubre de 2010, 21 -2010 de fecha 24 de noviembre de 2010 y 22-201 0 de fecha 17 de diciembre de 201 0. MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA' Acuérdase aprobar el Presupuesto de lngresos de la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once. Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos de la Empresa Portuaria Nacional de Champerico -EPNCH-, para el período comprendido del uno de enero al ireinta y uno de diciembre del año dos mil once.

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS

Portuaria Nacional de Champerico -EPNCH-, para el período comprendido del uno de enero al ireinta y uno de diciembre del año dos mil once. MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos de la Contraloría General de Cuentas, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once. MINISTERIO DE ECONOM~A ' Acuérdase aprobar el Presupuesto de lngresos del Instituto Guatemalteco~de Turismo -1NGUAT-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once. ~cuérdase aprobar el Presupuesto de lngresos del Instituto Nacional de Estadística -INE-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos del Conseio Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala -CNPAG-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once.

MUNICIPALIDAD DE FRAIJANES,

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

ACTA NÚMERO 02-201 1 PÚNTO SEGUNDO

hiINISTERI0 DE LA DEFENSA NACIONAL

EN CUMPLIMIENTO AL CONTENIDO DEL ARTICULO 10,

NUMERAL 26 DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACI~N

PÚBI-ICA, DECRETO 57-2008.

Matrimonios Líneas de Transporte Constituciones de Sociedad .Modificaciones de Sociedad Disolución de Sociedad Patentes de Invención Registro-de Marcas Titulos Supletorios ' Edictos

PÚBI-ICA, DECRETO 57-2008.

Matrimonios Líneas de Transporte Constituciones de Sociedad .Modificaciones de Sociedad Disolución de Sociedad Patentes de Invención Registro-de Marcas Titulos Supletorios ' Edictos Remates PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase prorrogar por treinta días más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, contenido en el Decreto Gubernativo número 15-201 0, de fecha 29 de mayo de 201 0, ratificado por el Decreto número 23-201 0 del Congreso de la República; el que fue prorrogado por los Decretos Gubernativos números 16-201 0 de fecha 25 de junio de 201 0, ratificado por el Decreto número 24-201 0 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-201 0.de fecha 22 de julio de 201 0, 18-201 0 de fecha 23 de agosto de 201 0, 19-201 0 de fecha 23 de septiembre de 201 0,20-2010 de fecha 2 1 de octubre de 201 0,21-2010 de fecha 24 de noviembre de 201 0 y 22-201 0 de fecha 17 de diciembre de 201 0.

DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 2-201 1

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitib el Decreto Gubernativo 15-2010, de fecha 29 de mayo de 2010, decretando Estado de Calamidad Publica a nivel nacional, por motivo de la tormenta Agatha, dicho decreto fue ratificado y modificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de la República, prorrogado por el Decreto

nacional, por motivo de la tormenta Agatha, dicho decreto fue ratificado y modificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de la República, prorrogado por el Decreto Gubernativo número 16-2010 ratificado y modificado por el Decreto numero 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-2010, 18-2010, 19-2010, 20-2010, 21-201 O y 22-2010.

CONSIDERANDO: Que en Guatemala persisten algunos efectos causados por la tormenta Agatha, que ocasionaron pérdidas personales y materiales en la sociedad guaternalteca, que deben de solucionarse; y con el fin de velar por el bienestar, la seguridad y tranquilidad de las personas y sus bienes, se hace necesario prorrogar el Estado de Calamidad Publica en el Decreto Gubernativo, el cual de acuerdo a las prorrogas indicadas en el considerand.0 1 anterior vence el 23 de enero del afio en curso.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren las artículos 93, 94, 95, 138, 139 y 183 literales e) y f), de la Constitucibn Política de la República de Guatemala; 30 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y. 1, 2, 14 y 1 15 del Decreto número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente. Ley de Orden Publico.

EN CONSEJO DE MINISTROS l DECRETA: Articulo l. Pr6rroga. Se,prorroga por treinta dias mAs el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública. contenido en el Decreto Gubernativo numero 15-2010, de fecha 29 de

l DECRETA: Articulo l. Pr6rroga. Se,prorroga por treinta dias mAs el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública. contenido en el Decreto Gubernativo numero 15-2010, de fecha 29 de mayo de 2010, ratificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de la República, el que fue prorrogado por los Decretos Gubernativos numeros 16-2010 de fecha 25 de junio de 2010, ratificado por el Decreto numero 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-2010 de fecha 22 de julio de 2010. 18-2010 de fecha 23 de agosto de 2010, 19-201 0 de fecha 23 de septiembre de 201 0, 202010 de fecha 21 de octubre de 2010, 21-2010 de fecha 24 de noviembre de 2010 y 222010 de fecha 17 de diciembre de 2010. . Articulo 2. Justificacibn. La erbrroga del Estado de Calamidad Pública antes referida. se decreta en virtud de que a la fecha persisten algunas condiciones que deben de solucionarse y que originaron la emision de los Decretos Gubernativos referidos Congreso de la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa Congreso de la República de Guatemala.2 Guatemala, VIERNES 21 de enero 2011 DIARIO de CEI Articulo 3. Asignaci6n Presupuestarla. Se faculta al Ministerio de Finanzas Pubticas para que identifique y asigne los espactos presupuestarios necesarios pera atender eslas emergenctas y traslade los rkursos a tas unidades ejecutoras responsables del gasto. . .

para que identifique y asigne los espactos presupuestarios necesarios pera atender eslas emergenctas y traslade los rkursos a tas unidades ejecutoras responsables del gasto. . . Artículo 4..Convocatoria. Se convoca al Congreso de ta República. para que dentro del t&rmino de tres días conozca, ratifique, modifique o irnpruebe el presente Decreto Gubernativo, Oportunamente, preséntese a dicho Organismo de Estado, informe árcunstandada de los hechos ocurridos y medidas adoptedas durante la emetgencia. de conformidad con lo dispuesto en el articulo 32 de la Ley de Orden Público. Articulo 5. Vigencia. El presente D£rcrato Gubernativo entra en vigencia inmediatamente y debed putrlicarse en el Qiaflí6 de Centro Am8rica. Déda en la ciudad de Guatemala, el diecinueve de enero de dos mil once,

ALV~O (~WM CABALLEROS

/"cl""-, Jeada fnsua Raaezzini .Ministro ¿e Comunicaciones: 1nf~ae~rrUctu:ura y ViviendaLudwin ~to/nitx Ovalle Cabrera Plinietm de Salud Plkblica y Aeistencia Social MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos de la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 409-2010

Guatemala, 30 de diciembre del 201 0

EL PRF,SlIDEIY DE LA REPUBLICA,

CONSIDERAMDO:

uno de diciembre del año dos mil once.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 409-2010

Guatemala, 30 de diciembre del 201 0 EL PRF,SlIDEIY DE LA REPUBLICA, CONSIDERAMDO: Que la Constitwi6n Politica de la República estmibloce qw el Presupuesto & Ingresos y Egrcsos del Escado BprObSKk) para cadn ejercicio fiscai, iirluirá Ia estbd6n dc todos los ingresos a obtener y el -le de los-gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligrrtoria y su estmctunr pmgmdtica dos los ingresos def Estado constituyen un fondo com6n indivisible destinado cxclhsivamcnte a cubrir sus Quc la Junta Dimtiva & la Empresa Portuaria Quetzal -EPQ-. con base en 10 que estabfcce el Decreto Ley Número 100-85 del Jefe de Fd. Ley Oqgbica de la Fmpresa Portuaria Que<zal, Articulo 9. literal e), emitid cl Acuerdo No. 746-2010 del 15 de junw de 2010, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y @gresos de le Empresa Portuaria Quetvrl -EPQpara el Ejercicio Fid dos mil once. con el propósito de someterlo a consideracibn del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de

Finanras Psiblictw: CONSIDERANDO: Que es procedente aprobar el Resupuesto menciona&. en vista que se lknamn los. requisitos legales correspondientes. y tomando en considerncibn la opini6n contenida en el Dictamen Nfunero 8 6 8 dee 9 DIC. 2010 . emitido por la Dirrcciin Técnica del

requisitos legales correspondientes. y tomando en considerncibn la opini6n contenida en el Dictamen Nfunero 8 6 8 dee 9 DIC. 2010 . emitido por la Dirrcciin Técnica del Presupuesto, asi como la anwncii contenida en la Resolución NGmm 695. del 30/1212020 , dd Ministerio de Finanzas Ptblicas; POR TANTO; En ejercicio de la fmibn que le conT~ere la Cons<Ihici6n Política de la R-blifa de Guatemala en el miculo 183, litenrl e); y con fundamento en lo qw poepth el artfculo 40 del Deacto Número 101 -97 del Congreso de la Reptíbliea de Omteqala Ley Orghica del Presupuesto, así mo lo que estabkce el arcido 24 del Acuerdo Oubernatiw Número 240-98, Reglamento de la Ley OrgBnica del Ptesupursto; ACUERDA: De Dcloll ingresos, Aprobar el Presupuesto de lngresw de La Empresa Portuaria Quetral -EPQ-, para el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del. a80 dos mil once, en la cantidad de UN MIL CIENTO SETENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CiNCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS QUETWLES EXACTOS (Q. 3,178,945.S72), originados de las fuentes siguientes:

TOTAL: $1 INGRESOS NQ TRIBUTARIOS 10.465.000 4 Arrendrmiento de Edificios, Equipos e Instalationea zs76S.806 10 De edificios y viviendas 1,765,000

10 Dc maquinarias y equipos ~,000.000 7 tateresee por Mera

4 Arrendrmiento de Edificios, Equipos e Instalationea zs76S.806 10 De edificios y viviendas 1,765,000 10 Dc maquinarias y equipos ~,000.000 7 tateresee por Mera 10 Originados en ingresos no tributarios s!M!B 3Q0,000 9 Otros Ingresos no TribuimRol 90 Otms Ingresos no tribuanos 14 INGREMBS DE OPERACION $@l.óoam 2 Venta de Servicias -.o00 30 SCTYieb portmatSOs 3 1 Servicios al buque s,a.&ws 109,300,000 32 Servicios a la carga 3~Z~00,OOO 39 Diversos servicios pomtanos 10.100.000 IS RENTAS DE LA PROPIEDAD 1 fetereses 4s.tMOm 40 Por titulos y valores !?AaNm! 41 Por titulos y valotes internos 45m.000 3 Amadamiento de Tknw y Tcmm 10 - Anwwlamiento &timas y turenos lksmmQ 15,000.000

23 DKSMINUCION DE OTROS ACTIVOS

FINANCIEROS

I DOlmiaueMn & Dlrpooibilidmdea s!mBaz J 598SMa 10 Disminución de caja y bancos 598,880,572 Congreso de la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa Congreso de la República de Guatemala.

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