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Decreto 23-2010-6

Congreso de la República de Guatemala

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Disponible

Detalles

Título
Decreto 23-2010-6
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2010

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ORGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.

Sumario ORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase Acuérdase prorrogar por trei~ta días m6s el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Público, contenido en el Decreto Gubemativo número 15-2010, de fecho 29 de moyo de 2010, ratificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de lo República; el que fue prorrogado por los Decretos Gúbemotivos números 16-2010 de fecho 25 de junio de 2010, ratificado por el Decreto número 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubemativos números 17-2010 de fecha 22 de julio de 2010, 18-2010 de fecho 23 de agosto de 2010, 19-2010 de fecha 23 de seplfembre de 2010, 20-2010 de fecha 21 de octubre de 2010, 21-2010 de fecha 24 de noviembre de 2010, 22-2010 de fecha 17 de diciembre de 2010 y 2 -2011 de fecho 19 de enero de 2011. MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Acuérdase aprobar la disminución al Presupuesto de Ingresos de la Empresa· Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEl-, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010.

MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERíA Y ALIMENTACiÓN

la Empresa· Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEl-, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERíA Y ALIMENTACiÓN Acuérdase reformar el Acuerdo Ministerial No. 74-2007, de fecho 15 de febrero de 2007, que establece el HPrograma nacional de monitoreo paro lo detección de histamina en come de atunes y dorado en establecimientos de transformación de estos productos, con destino 01 mercado de la Unión Europeo". MINISTERIO DE GOBERNACiÓN Acuérdase reconocer lo personalidad jurídica y aprobar los bases constitutivos de lo Iglesia denominado IGLESIA EVANGÉLICA

MINISTERIO CRISTIANO SHEKINAH.

PUBLICACIONES VARIAS MINISTERIO DE ECONOMíA Funcionamiento y finalidad del archivo, según Decreto 57-2008, Ley de Acceso o lo Información Público Capítulo Segundo, Obligaciones de Transparencia Artículo 10, Información Público de Oficio Número 26.

COMISiÓN NACIONAL DE ENERGíA ELÉCTRICA

RESOLUCiÓN CNEE-45-2011

RESOlUCiÓN CNEE-47-2011

MUNICIPALIDAD DE MELCHOR DE MENCOS,

. DEPARTAMENTO DE PETÉN

ACTA No. 37-2009 PUNTO SEGUNDO ANUNCIOS VARIOS Matrimonios • Líneas de Transporte • Constituciones de Sociedad • Modificaciones de Sociedad , Disolución de Sociedad • Patentes de Invención • Registro de Marcas •. Titulos Supletorios • Edictos • Remates •

ATENCiÓN ANUNCIANTES:

IMPRESiÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL

  • Modificaciones de Sociedad , Disolución de Sociedad • Patentes de Invención • Registro de Marcas •. Titulos Supletorios • Edictos • Remates •

ATENCiÓN ANUNCIANTES: IMPRESiÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando eLoriginaL Por lo anterior, esta administración ruega al público tomar nota.

ORGANISMO EJECUTIVO

PRESIDE"NCIA DE LA REPÚBLICA ..

Acuérdase prorrogar por treinta días m6s el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, contenido en el Decreto Gubernativo número 15-2010, de fecha 29 de moyo de 2010, ratificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de 19 República; el que fue prorrogado por los Decretos Gubernativos números 16-2010 de fecha 25 de junio de 2010, ratificado por el Decreto número 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-2010 de fecha 22 de julio de 2010, 18-2010 de fecha 23 de agosto de 2010,19-2010 de fecha 23 de septiembre de 2010, 20-2010 de fecha 21 de octubre de 2010,21-2010 de fecha 24 de noviembre de 2010, 22-2010 de fecha 17 de diciembre de 2010 y 2-2011 de fecha 19 de enero de 2011 .

DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2011

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo

DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2011

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo 15-2010, de fecha 29 de mayo de 2010, decretando Estado de Calamidad Pública a nivel nacional, por motivo de la tormenta Ágatha, dicho decreto fue ratificado y modificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de la República, prorrogado por el Decreto Gubernativo 'número 16-2010 ratificado y modificado por elDecreto número 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-2010. 18-2010, 19-2010,20-2010,21-2010,22-2010, Y 2-2011.

CONSIDERANDO: Que en Guatemala persisten algunos efectos causados por la tormenta Ágatha, que ocasionaron pérdidas personales y r:nateriales en la sociedad guatemalteca, que deben de solucionarse; y con el fin de velar por el bienestar, la seguridad y tranquilidad de las personas y sus bienes, se hace necesario prorrogar el Estado de Calamidad Pública en el Decreto Gubernativo, el cual de acuerdo a las prorrogas indicadas en el considerando anterior vence el 22 de febrero del ano en curso.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 93, 94, 95, 138, 139 Y 183 literales e) y f), de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 30 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 1. 2, 14 Y

literales e) y f), de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 30 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 1. 2, 14 Y 15 del Decreto número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público.

EN CONSEJO DE MINISTROS DECRETA: Articulo 1. Prórroga. Se prorroga por treinta dias más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, contenido en el Decreto Gubernativo número 15-2010, de fecha 29 de mayo de 2010, ratificado por el Decreto número 23-2010 del Congreso de la República; el que fue prorrogado por los Decretos Gubernativos números 16-2010 de fecha 25 de junio de 2010, ratificado por el Decreto número 24-2010 del Congreso de la República y prorrogado por los Decretos Gubernativos números 17-2010 de fecha 22 de julio de 2010, 18-2010 de fecha 23 de agosto'de 2010, 1~-2010 de fecha 23 de septiembre de 2010,202010 de fecha 21 de octubre de 2010, 21-2010 de fecha 24 de noviembre de 2010, 222010 de fecha 17 de diciembre de 2010 y 2-2011 de fecha 19 de enero dé 2011.

Artículo 2. Justificación. La prórroga del Estado de Calamidad Pública antes referida, se decreta en virtud de que a la fecha persjsten algunas condiciones que deben de solucionarse y que originaron la emisión de los Decretos Gubernativos referidos. Congreso de la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa.

se decreta en virtud de que a la fecha persjsten algunas condiciones que deben de solucionarse y que originaron la emisión de los Decretos Gubernativos referidos. Congreso de la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República de Guatemala2 Guatemala, LUNES 21 de febrero 2011 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 34 Articulo 3. Asignación P .... upuestaria. Se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para que identifique y asigne los espacios presupuestarios necesarios. para atender estas emergencias y traslade los recursos a las unidades ejecutoras responsables del gasto. Articulo 4. Convocatoria. Se convoca al Congreso de la República. para que dentro del término de tres dias conozca, ratifique, modffique o impruebe el presente Decreto Gubemativo. Oportunamente, preséntese a dicho Organismo de Estado, informe circunstanciado de los hechos ocurridoS y medidas adoptadas durante la emergencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 32 de la Ley de Orden Público. Articulo 5. Vigencia. El presente Decreto Gubernativo entra en vigencia inmediatamente y deberá. pubUcarse en el Diario de Centro América, l>ttdo en la Ciudad de Guatemala# el diecisiete de febrero de dos mil once. -

Bar: oldo Rodas Melgar Ministro de Relaciones EXterioeee Jes6a 1 zini

Ministro de Ccmunicacicn., Inf~ y Vivienda t.udwin Wetner ovalle cabrera Ministro de salud PtSblica y Asistencia SOCial (E-184-20l1)-21-lebrero

MINISTERIO DE COMUNICACIONES,

INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

t.udwin Wetner ovalle cabrera Ministro de salud PtSblica y Asistencia SOCial (E-184-20l1)-21-lebrero MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Acuérdase aprobar la disminución al Presupuesto de Ingresos de la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -GUATEL-, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 423-2010

Guatemala, 30 de diciembre del 2010 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA, CONSIDV..IlANDO: Que la Constitución Política do la República establece que el Presupuesto do Ingresos Y Egresos del Estado aprobado para cada e~ieio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimaeión de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estnK:tura programática. Todos los ingresos del Estado co",!ituyen un fondo com(m indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos; CONSIDERANDO: Que el Decreto N6mero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto. y su Reglamento. establecen que las modificaclonos do la ejecución de los presupuestos de las entidades desccntralizadas con excepeión de las autónomas. que implique'la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, o la alteraeión sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado. deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Mini$terio de Finanzas Públicas;

CONSIDERANDO:

el incremento del endeudamiento autorizado. deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Mini$terio de Finanzas Públicas; CONSIDERANDO: Que la EmJH& GuatcmaJteca de Telecomunicaciones -GUATElr. debido a la baja percepción de ingresos, solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas, la autorización a una disminución a su Presupuesto de Ingresos y EgreSos para el Ejercicio Fiscal 2010. en la ~tídad de TREINTA y UN MILLONES TREINTA Y TRES MR. TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS QUETZALES EXACI'OS (Q. 31,833,376.00), con el fin de contar con un présupucsto de ingresos\y egresos acorde a su realídad financiera; " CONSJDERANDO: ()ue al tenor ~ lo que precept6a el Decreto N6mcro 101-97 del Congreso de la República de Guatemata. "Ley Orgánica del L .• lpttcstO", articulo 29, las autoridades de la Empresa Guatemafteca de Telecomunicaciones -GUA, d., serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectiVo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la disminución presupuestaria propuesta, en consecuencia el Ministerio de Finanzas Públicas y la Dirección Técnica del Presupuesto, 110 asumen responsabilidad alguna por la acción u omisión de actos previos y posteriores, que se deriven de las asignaeiones presupuestarias debitadas en el presente caso; CONSIDERANDO: Que de conformidad llOIl lo indicado anterionnente. es prooedcn1o autorizar la diaminuci6n

asignaeiones presupuestarias debitadas en el presente caso; CONSIDERANDO: Que de conformidad llOIl lo indicado anterionnente. es prooedcn1o autorizar la diaminuci6n presupuestarla mencicmada. en vista que 10 han cumplido los requisitos Ieplcs oorrospondiente y tomuIdo en consideraoi6n el DicUmea N6mero 9 O O ele fecha 3 O DIC. 2010 • emitido por la Dirección T6cnica del Presupuesto Y J8 RaoIlitión Número 692. de fecha 30/12/2010 , emitida por el M'misterio ele FÚIInZIS Públicas. PORTANTO; , En cjen:icio de lis ftmciones que le confiae la Ccntituci6n PoIftica de la Rep6blica de 0uItcmaIa, en el AtdcIiJo 183, literal e) y q); y con t\mdImento en lo que JIICiCCPC6a el Dec:nIIo Número 101-97 del Consreso.1a Rep6bIica de 0uatemaII, "'Lcy 0rPnica del Presupuesto"'~ Artfeulo 41; y lo que .....,. el Acuerdo Oubcmatívo N6mero 24O-9I.·tteaIamento ele Ja Ley arpnica del ~

Attfc: uIo 25; AQlRDAt AIDCULQ J. Aprobar la di9minuci6n al PresupucIto de Jnamos de la BmpnIsa O1aatemal1oca de Telecomunicaciones -GUA'fEL. COllespondiente al Ejercicio PiscaI 2010, en la cantidId de 1"REINTA Y UN MILLONES 'l"RElNTA Y TRIS MIL TRUCIENTOS SETENTA Y sas

Telecomunicaciones -GUA'fEL. COllespondiente al Ejercicio PiscaI 2010, en la cantidId de 1"REINTA Y UN MILLONES 'l"RElNTA Y TRIS MIL TRUCIENTOS SETENTA Y sas QUET.l.ALES EXAcros (Q.31~ en la forma que so deta11a a continuIci6n: Congreso de la República Dirección Legislativa Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República de Guatemala

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