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Decreto 238 de 1996

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 238 de 1996
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
1996

DECRETO 238 DE 1996

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 42708. 2, FEBRERO, 1996. PÁG. 5.

DECRETO 238 DE 1996

(febrero 01) por el cual se incrementan las tarifas de los servicios prestados por las entidades hospitalarias en los casos de Riesgo Catastrófio, Accidente de Tránsito y Atención Inicial de Urgencias.

E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente

Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 167 y 168 de la Ley 100 de 1993 y previa recomendación del Consejo Nacional de

Seguridad Social en Salud,

DECRETA:

Artículo 1º. Las tarifas de los servicios prestados por las entidades hospitalarias en los casos de Riesgo Catastrófico, Accidentes de Tránsito y Atención Inicial de Urgencias, contenidas en la Resolución número 2389 del 19 de abril de 1994, expedidas por la Junta de Tarifas para el sector Salud e incrementadas por el Decreto 473 del 21 de marzo de 1995, se aumentarán en un diecisiete por ciento (17%).

la Resolución número 2389 del 19 de abril de 1994, expedidas por la Junta de Tarifas para el sector Salud e incrementadas por el Decreto 473 del 21 de marzo de 1995, se aumentarán en un diecisiete por ciento (17%).

Artículo 2 º. El artículo 2º del Decreto 473 de 1995, al igual que su parágrafo continuarán vigentes.

:

Artículo 3 º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 1 de febrero de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Salud,

María Teresa Forero de Saade.DECRETO 238 DE 1996

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