Decreto 2394-1984
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 2394-1984
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1984
2394 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Enero 20 de 1984 NUMERO 97 préstitos calificados" del Banco para el semestre 3-84 "Ley Electoral Especifica, para la elección Inmediato anterior al período de pago de dicho Nombrase a las personas que se expresan, Alcal-de Asamolea Nacional Constituyente', y demásinterés. leyes conexas de, Vicealcalde y Secretario de la MunicipaliArtículo 20-Las amortizaciones de capital, indai de Chiquimulilla, departamente de SantaKesa, tereses y demás gastos derivados del préstamo de Artículo 30.-Todos los Organismos del Estado,referencia, se pagarán por medio de asignaciones incluyendo las entidades descentralizadas, autónopresupuestarias que el Organismo Ejecutivo. por ACUERDO GUBERNATIVO DE NOMBRAMIENTOmas y semiautónomas, quedan obligadas pres-conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, fiNo. 30 tar, dentro del ámoito de su competencia. la cola-jará en cada ejercicio fiscal en el Presupuesto boración que le sea requerida para que el procesoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado, hastaelectoral se lleve a cabo en forma absolutamente Palacio Nacional: Guatemala 18 de enero de la completa cancelación de la deuda. 1984. limpia y con estricto apego a la ley.Artículo 39-Los fondos provenientes de ete EL JEFE DE ESTADO, Préstamo, los utilizará el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Comunicaciones, Artículo 40.-E presente Decreto Ley entrará en vigor el dia de su publicación on el Diario En uso de las facultades que le confieren los
Transporte y Obras Públicas, exclusivamente paraOficial. Artículos 49 y 26 inciso 59 literal c) del Estatute financiar parcialmente la ejecución del proyecto Fundamental de Gobierno, modificado por los De- "Mejoramiento de la Educación Primaria". Dado en el Palacio Nacional: en la ciuded de cretos Leyes números 36-82 y 87-83 y con baseArticulo 49-E1 presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Guatemala, a los veinte dias del mes de enero en el Articulo 4g9 del Decreto Ley número 53-82, Diario Oficial. de mil novecientos ochenta y custre. ACUERDA: Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los dieciocho días del mes de enero Publiquese y cúmplase. Artículo 1°-Nombrar al señor Edwin Armando de mil novecientos ochents y cuatro. General de Division Villegas Lara, Alcaide Municipal de ChiquimuliOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES lla. departamento de Santa Rosa, en sustituciónPubliquese y cúmplase. Jefe de Estado y de Juan Ramon González Villegas. El respectivo General de Division Ministro de la Defense Nacional Gobernador Departamental tomará al nombrado la protesta de ley y le dará posesión con las for-OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Jefe de Estado. E1 Secretario General de la malidader legales. Devengará al sueldo que time Jefatura de Estado, asignado el presupuesto municipal. El Secretario General de MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ
la Jefatura de Estado. Artículo 2°-Nombrar al señor José Manuel MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Ministro de Relaciones Exteriores, Morales Morvion. Vicealcalde Municipal de ChiquiFERNANDO ANDRADE Z DURAN mulilla. departamento de Santa Rosa El respecLa Ministro de Educacion tive Alcalde Municipal tomará al nombrado la EUGENIA TEJADA DE PUTZEYS El Ministro de Goberración protesta de ley y le dará posesión con las formaGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL lidades legales. Devengará el sueldo que tengaEl Ministro de Finanzas, asignado el presupuesto municipalLEONARDO FIGUEROA VILLATE . Ministro de Economia, Artículo 39-Nombrar al sefior José Nery SeguLEONEL HERNANDEZ CARDONA ra G., como Secretario de la Municipalidad de Chiquimulilla, Santa Rosa, en sustitución de José El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alberto Moto Rodriguez El nombrado devengaDECRETO LEY NUMERO 4-84 Alimentación. rá el sueldo que tenga asignado el presupuestoRODOLFO PERDOMO MENENDEZ municipal. EL JEFE DE ESTADO. Artículo 69-Este Acuerdo surte sus efectos a Ministro de Comunicaciones,partir de la correspondiente fecha de toma de poCONSIDERANDO: Transporte y Obras Públicas. sesion y deberá publicarse en el Diario Oficial. LUIS HUGO SOLARES AGUILAR Que de conformidad con el mandato contenido Comuniquese. en el artículo 10. del Decreto Ley número 3-84, La Ministro de Educación,
el Jefe de Estado, debe convocar al pueblo deEUGENIA ISABEL TEJADA JAUREGUI General de Division Guatemala, a elegir diputados para integrar una DE PUTZEYS OSCAR HUMBERTO MEDA VICTORES, Asamblea Nacional Constituyente, para cuya fiJefe de Estado. nalidad, se hace necesario dictar la respectiva dis-El Ministro de Finanzas posición legal, LEONARDO FIGUEROA VILLATE ET Ministro de Gobernación
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL
POR TANTO. Ministro de Selud Pública y Asistencia Social, En el ejercicio de las facultades, que le conJOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ MINISTERIO DE SALUD PUBLICAfieren los Artículos 4o. y 5o. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Ministro de Trabaio y Leyes números 36-82 y 87-83, Prevision Social Y ASISTENCIA SOCIAL
CARLOS PADILLA NATARENO.
EN CONSEJO DE MINISTROS, El Ministro de Energ's y Minas DECRETA: ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA. Designate com el membre del Doctor Oswalde Ramire Chinchilla Aguilar al Centre de Salud de Artículo 10.-Se convoca a los ciudadanos de San Antomio Suchitepóquez, Suchittpóquez. la República, a elecciones de diputados para integrar la Asamblea Nacional Constituyente, la MINISTERIO DE GOBERNACION Palacio Nacional: Guatemala, 12 de enero de cual tendrá a su cargo decretar la Constitución 1984.
de la República y las leyes constitucionales aiEl Ministro de Salud Pública y guientes: Ley Electoral y Ley de Amparo. Hábeas Asistencia Social, Corpus y Constitucionalidad. Dicha Asambles seNombrase al Licenciade Juan Fernando Cifuentes conforma de la manera siguiente: Herrera, Director de la Tipografia Nacional y CONSIDERANDO: déjase sin efects el Acnerdo de Nombramiento a) Veintitrés diputados electos por medio denúmero 192 de fecha 24 de noviembre de 1983. Que es deber moral del Estado, reconocer los listas nacionales propuestas por cada partido méritos de los profesionales a su servicio, así político que participe en la elección; y Palacio Nacional: Guatemala, 18 de enero de como de los demás empleados públicos, que se 1964. has significado prestiglosamente en el desempeño b) Sesenta y cinco diputados electos por disde sus actividades, en beneficio de la colectividad; tritos electorales, postulados por planillas disEL JEFE DE ESTADO, tritales, como sigue: Distrito Metropolitano de CONSIDERANDO: la capital: siete diputados; demás municipiosEn el ejercicio de las facultades que le confiedel Departamento de Guatemala: cinco diren los Artículos 49 y 26. inciso 5º, literal a) delQue es atendible la petición del Comité Proputados; Departamento de San Marcos: cincoEstatuto Fundamental de Gobierno, modificado Mejoramiento de Sen Antonio Suchitepéquez, Sudiputados; Departamento de Quezaltenango:por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,chitepéquez, para designar al Centro de Salud
cuatro diputados; Departamento de Huede la localidad, con el nombre del Doctor Oswaldo huetenango: cuatro diputados; DepartamenACUERDA: Ramiro Chinchills Aguilar, to de Escuintla: tres diputados; Departamento de E Quiche: tres diputados; Depar-Artículo 19-Dejar sin efecto el Acuerdo GuPOR TANTO, tamento de Alta Verapaz: tres diputados; De-bernative de Nombramiento número 192 de fecha partamento de Jutiapa: tres diputados; De-24 de noviembre de 1983, por el eual se nombro En ejercicio de las facultades que le confieren partamento de Sacatepéquez: dos diputados;Director de la Tipografia Nacional al señor Josélos Artículos 12, numeral IX y 22, numeral 19
Departamento de Chimaltenango: dos dipu-Miguel Castro Aristondo, del Decreto 93, Ley del Organismo Ejecutivo, tados; Departamento de Solola: dos diputados; ACUERDA: Departamento de Totonicapán: dos diputa-Artículo 2°-Nombrar Director de la Tipografia dos; Departamento de Suchitepéquez: dos di-Nacional con carácter ad honórem, al Licenciado Artículo 1°-Designar al Centre de Salud de putados; Departamento de Retalhuleu: dos Juan Fernando Cifuentes Herrera, actual Director Sen Antonio Suchitepéquez, Suchitepéquez, con el diputados; Departamento de Santa Rosa: dosdel Diario Oficial. nombre del prestigiado galeno, Doctor Oswaldo diputados; Departamento de Jalapa: dos diputados; Departamento de Chiquimula: dos Artículo 39-EI presente Acuerdo surte efectos Ramiro Chinchilla Aguilar.
inmediatamente y deberá publicarse on el Diario Artículo 29-E1 presente Acuerdo entrará en vi-diputados; Departamento de Zacapa: dos diputados: Departamento de E Progreso: dosOficial. gor al día siguients de su publicación en el Diediputados; Departamento de Baja Verapax: rie Oficial. dos diputados; Departamento de El Peten: Comuniquese. Comuniquese. dos diputados; y Departamento de Izabal: dos General de Division,diputados. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ Jefe de Estado. Artículo 20.-La elección se llevará a cabo el M Viceministro de Salud Pública , día domingo 1o. de julio del año en curso, con-El Ministro de Gobernación. Asistencia Social, forme lo preceptuado por el Decreto Ley númeroGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL". LUIS E ANDERSON G.