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Decreto 24-2000

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 24-2000
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2000

DIARIO DE CENTRO AMERICA-18 de mayo de 2000 NUMERO 11

C. Monto del Aporte Nacional: ECUS 1,300,000.00 DECRETO NUMERO 24-2000

D. Unidad Ejecutors: EI Fondo Nacional para la Paz FONAPAZEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARTICULO 2. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, en representación del CONSIDERANDO: Gobierno de la Republica. ratifique y concluys el procedimiento de negociación del Convenio de Financiación suscrito el siete de febrero de mil novecientos noventa y sieteQue el Decreto Número 28-96 del Congreso de la Republica, que aprobó el Convenio deentre in Comisión de las Comunidades Europeas y el Gobierno de la Republica deFinanciamiento entre la Comisión de les Comunidades Europeas y is República de Guatemala. seGuatemala pera la realización del Proyecto "Apoyo al Autosostenimiento y a lacontempla un error en is identificación del número del referido convenio.Rehabilitación de los municipios de Sayaxche y la Liberted. El Peten" CONSIDERANDO: ARTICULO '3. La presente donación debe programarse. 0 en su caso incorporaise. y la inversión de is misma debe registrarse en la Dirección de Contabilidad del Estado detQue por ser un error en la identificación del Convenio podría tener repercusiones 0 problemasMinisterio de Finanzas Públicas, debiendo dicha Dirección efectuar las operacionesimportantes en el futuro. debido a que el número consignado corresponde a otro convenio.presupuestarias y contables que procedan. POR TANTO:

ARTICULO 4. El presente decreto entrará en vigencia el dia siguiente de su publicación en el diario oficial. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitucion Políticade la Republica de Guatemala.

DECRETA: PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO, PARA SU SANCION. ARTICULO 1. Se reforma el artículo 1 del Decreto Número 28-96 del Congreso de la PROMULGACIÓN Y PUBLICACION. Republica. el cual queda asi: "Articulo 1. Se aprueba el Convenio de Financiación Número ALA 92/28. entre la Comisión de Comunidades Europeas y la República de Guatemala, que DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA contiene el Programa de Consolidación del Desarrollo en el Sur-Oeste de CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL ANOGuatemala -Proyecto Coatepequesuscrito el dia veintidos de noviembre de mil novecientos noventa y tres."

POS MIL.

ARTICULO 2. El presente decreto entrará en vigencia el dia de su publicacion en el diario oficial.

PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su SANCION, PROMULGACION Y

PUBLICACION.

JOSE EFRAIN C RIOS MONTH DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA. A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL.

PRESIDENTE

JOSE/PRAIN

CARLOS WORLERS MONROY CARL HERNANDEZ RUBIO

CARLOS WONLERS MONROY CARLOSHIERNAMDE7 BUBIO SECRETARIO SECRETARIO

SECRETARIO SECRETARIO

CONCRESO DE LA REPUBLICA

CONGRESO DF LA REPUBLICA

Customer Centre America Gestermate. Centro America PALACIO NACIONAL Guatemala, veintiocho de abril del año dos mil. PALACIO NACIONAL Guatemala veintiocho de abril del after dos mil

DE LA PUBLIQUESE Y CUMPLASE

DE LA PUBLIQUESE Y CUMPLASE

MEPUBLICA

REPUBLICA

PORTHLO CABRERA

PORTILLO CABRERA

FINANZAS

TIMANEASPUBLICE GUATEINALA MANUEL MIRAM MAZAC DEPARTMENT QUANNAIRLus Mijangos C. MANUELHIRAM MAZA CASTELLANOS

MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS Lit. KHIS Mijangos C.

MINISTRO DE RESIDENCIA DE A REPOBLICA RECRETARIO GENERAL

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

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