Decreto 24-2018
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 24-2018
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2018
- • , . tarlObt mtnca
ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
EN. ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ: c¡:i( .. ·,¡:.-;~:.'.'·!'·>r··~·:-:.;; '' :.;';;: ,:·;~;_:.:::•;' f'ÓRGANISMGi..EGlsl:Atívo. '\.:;,::r . -=-~""·""··'·<:."'°."'."°'·~ .. '""«.~~~·~-·-,\""'•:<~•.;.e·<"'• """~, •'.:f :,:-};-~_;n':····· ·:-,¡·:¡:J ':;:·f:--·· ::·>, ··- ,_,-.. -:;-,.;, " ;;r ', ' :: ••. · .. ,::·:.' .• -- ,, '', ' -- " - ---- . ' .,. ' . <N/ ::j '.!:'i~~:c;::.;_, ~:::; ;_:_ :i-'i;~-: :;:: <,ti;ff;;¡:: •.¡ .. ""·····'--. = •.. ,'"".,a--··· R-G~A'"".,N""' .. ·'""¡5""M""'o~.,.,..;.E-'"'JE"-'C-'",u'"'1~.v=o=· .... =,""'·.,"'-"'... . ";" ¡;.·. . ...... . . . .. .. .. . . • .·· .. '·.·.···.·.:.·· .. ·. •.·. ;' / ~1~1~.·.T· .•. ER'iób'~~b·~~~~Ji~i6~\, .e•,> .. ,,.
-<··J "-'>'•"'
'·.·.···.·.:.·· .. ·. •.·. ;' / ~1~1~.·.T· .•. ER'iób'~~b·~~~~Ji~i6~\, .e•,> .. ,,. -<··J "-'>'•"' -~',:.:fA~~~rd6s~--~~-c.?.h:g_¿~-~:'.Í~':iJ~~6-~,:~l-;-~~-d-'.íµ;fáj~~:j:_~-~-r6bb'~:l~s_-:;:·~~; ·.• ;b'asesi::onstiMivas de la¡IGLESIA.EVANGÉLIC:A·'•!i'ERACA" . . . rtDEA PATA GA~N~- , . . J'~~ina ~ ·. ;i " --:"' ·<--. _._-·;.-··-:·:.·-·;; ;:·-:" '"_,:_: ::'. .:::::.,::~-~.<-:;)¡-__ .:-:,:;,;:::·:_.;: ':'.' : IAc~érCJase re_c()n°-c(:lr,!q _P~f1ionq!iP_a,d_ t~rídJca :Y ._aP.ro?.cicla_s:-'_. [bases constitutivas. de la IGLESIA EVANGÉLICA DE DIOS. 'lCAMINANDO'SAJO'SU POD.ERi' , . 1 ' '" '" --- "" ,- ... -. Página 2 1 ¡-. ~~~--"'-~---"-~~~'---~~~· ¡c.-· ~--.P--'U'""'. B"-L_IC'-. A,.,,C_l"-0--.N~E""'S--.· V'"".A.""' R_l'""A,,""'~·c.:.·•·•·c.c•··'."""'
iMiJNICl~ALIDAD DE SANTA MARÍA CHIQUIMULA, •.• i · ... DEPARTAMENTO DE TOTONICAPÁN . " + , , .. ' ' ~--:-, ' ' •'•" ' . :-- . ! · • ACTA {'llcJ¡.,lERQ ·z3'-201 a l'L\~rd;?É<3QNoó, • : . ·.· . ·. ·. ... . Página.3 i . • ACTÁNÚMERO·l3,20l8 PUNTO TERáRo Pógina 3 · i ·MÚNICIPALIDAD DE SAN JUAN OSTONcALCÓ, . : .í>EPARTAMlllllTo oé QUETiALTENAlllGo· ..•• :A~u·é;dcise aprob~r el)siguiente,···REGlAMENTO .. D.E .. 'AG.LJA DEL MLJNIC:IPIO. DE SAN: JUAN OSTLJNCALCO, · · !D~PARTAMENT0 DE Ql.JETZALTENANGO: . .. 1 •• , • Pógill(! 4 .. ·. ¡ ~----,,'-~~~~~~~~~-"'--' . , . · .AN!-J'f\ICIOSYAIUÓS ' ;·;t :·.::-:::-::·: _: --.:-::<<:/.-:·::~:::"::' ::_·,:-:. _, --;, . ' __ , ';_ jc:Matrimanias .• ·.•.•..••••.. .· Pógina~9. 1..:. Nacionalida-des · .···~>:' ·-- .,_ ":·PÓ.giÍI~??; .. ¡_, L1neé!s'deJrhnsl'orte' > •· ·. •• ··•·•· Pógiha 9
1..:. Nacionalida-des · .···~>:' ·-- .,_ ":·PÓ.giÍI~??; .. ¡_, L1neé!s'deJrhnsl'orte' > •· ·. •• ··•·•· Pógiha 9 > ,11-:RPª!6."t1~~dd~M1nv,~~c;ió,rí. •.•· .. •····•.•·.·•· .. •· .... ·· .• ·.·.·.,· .. ·•· .. ·.·• .•. •.·.· .,. .•...• Pr>es~oq 99 · :¡.'.;'~--- eg1·~::~º·:.:,~· .. .-:-~fCCJ:~f.:_.'.·;.:·~ ,_. -.,. ag1na· :·"-- . . '.· .. ·.•,·,.·,·.·.· .. ·.• .. • •. !,,.L.·.•.,· .. •.·.·· .. 'T.E .. · .. íd·Í·u'·.c',··.'i·.º .. ª· ·s·.···5·.·S·····. u.,•.'•.·p·•'····.·'····.'·ª··.• .• ':t.:.º.·.;.·r.:i.Jl•'.:,,: .. :.>.:.'. :'·.•. ·! ...•. '~ ;.;4 ,;,,, •:: me~foih!l~··> . >+•Remates • • ·· .• •.: .. ,.,:;: ., 'l.[¡; '. :~1W.· ... ·~P~.· .••. 'aóó.•.·.•.9s~·.'.·,.~.ºn? .•... ªª·.ª.· .. ·._ •... : .•• • .. ·.·.,I .. ·4~.·.··.··.·.•.· .. •.·.· ... •··.· .... · .. ·,•
: --::' ... L::éc,-nv.o.·cOt.cir.ici'S'.: ,.\_,.,,_ < .. :.:_:,·--::, ... ,,_.;_--.,. 1- '' "];:,·:\' -:::l;/::;L'~::·,·;-:~:-;·;¡;·:~t:)}<ü;:_:' -;;yt_:'.::·;J;,;;-:~,;<j :.-;l:)·- ¡ ... , .. _._.,.. 'i'j\-;:_, __ ., : t . : .· \~j~~é1¿~·ANÜ~~!~~!~~¡ •• "' •••: .. ': •· l IMPRES!ÓN SE HAtE CONFORME ORIGlNAI. < . . ·:¡-·! --:,:.;)¡: ' '.';_;;-·.: ' .,_. ;;;-.~;;:.;: . tod?, ímpre?iÓn· •. en la··· ~Órt'e l~g'al~~l'•·'piario. ele Centro .. : .. ~níériciJ, .~e. h_acet ':esp~t.a.~d_o :f31:.<,,_r:i9ipól::-·,ror.Jo·_ ciílteri96 es_t(J: · - a:dÍni.nistraCióo ~ú.é'Qa ál.Públi~dJóffié¡(il'OtCi... ·· -,:~-,.
,!"" : '' :·· ' -,':.. ,,,.;.-.:~ "":' "'.-' ;·' -: ---.. ---,, -,_:·.:-, .. :.-....... ,;·;::,·.;_..:,_,f.'""·"·~ «:-_,,,,:-~;,;:-,:. . ..:·.:..»:~;.:;.;:.-.< ;,.~ ..... , ,,,-~:- •.. / .. 4·,:,:>: ~; ·,S': ;.·::; .. •.,; .._
ORGANISMO LEGISLATIVO
®
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA 'DECRETO NÚMERO 24-2018
EL <;:ONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el principio de publicidad es garantía de la certeza de los actos jurídicos .
CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar .la legislación a los cambios socialell y tecnológicos para dotarla de mayor certeza jurídica y facilitar el acceso a la información, con el propósito de . disminuir de forma efectiva los costos y la burocracia en beneficio de los gobernados. . POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, · ·
DECRETA:
La siguiente: LEY DE AVISOS ELECTRÓNICOS Artículo 1. La Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional deberá crear y mantener un portal electrónico llamado "Portal Electrónico del Diario de· Centro América" que garantice el acceso público y gratuito para todas lás publicaciones obligadas por la ley o reglamentos. Un arancel dispondrá el precio de las publicaciones, sus modalidades y certificaciones.
Artículo . 2, La Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional
obligadas por la ley o reglamentos. Un arancel dispondrá el precio de las publicaciones, sus modalidades y certificaciones. Artículo . 2, La Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional deberá emitir lás certificaciones de la informaCión publicada en el Portal .Electrónico del Diario de Centro América en forma física o eleritrónica. la certificación extendida por la Dirección General del Diario de Centro América y Tipografía Nacional goza de toda · validezjurídica para todos los asuntos o negocios de carácter público o privado. Articulo 3. A partir de la creación del Portal Electrónico del Diario de Centro América, se suprime la Óbligadón contenida en cualquier ley, reglamento o disposición que ordene una publicación en "Diario Oficial", "Diario de Centro América" o "diario de máyor circulación", .la que se sustituirá por la obligación de publicar en el Portal Electrónico del Diario de Centro América. . _: ., .• ,, ... ,,,._-,• ,· .. <,~-:'.:·'d.·'"'{.',_",,';'.":"·'·:'/.-.\:.>,,•,:¡-.' ; ,··-:~., · . .-'~':;' >· ,,.,,._ .... ·~ Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.2 Guatemala, JUEVES 15 de noviembre 2018 DrARIÓ éle CENTRO AM~R1CA' Esta Ley no aplica a casos contemplados en leyes calificadas como constltucionalesflas leyes que requieran mayorías especiales para ser aprobadas;. las que.debe~n seguir sus procedimientos especificas para ser modificadas; a efecto ile incluirla aplipacióD. t;le ;la presente Ley .. Se excluyen además,' los mecanismos de publicación esta~rééidos en. el
procedimientos especificas para ser modificadas; a efecto ile incluirla aplipacióD. t;le ;la presente Ley .. Se excluyen además,' los mecanismos de publicación esta~rééidos en. el artículo 343 del Código de Comercio, artíeuló 31 del Decreto Número .3-2013 del Congreso de la .República y los de.más registros públicos que. por ley, ya cuentan con medios de comunicación electrónico para la publicación de sus avisos o edictos, los que deberán efectuarse por esa víá. Se exceptúan de publicación en el Port_al Electrónico del Diarto de Centro América, las enajenaciones y · licencias· de" uso de marcas, nombres comerciales y señales de publicidad; los cambios de nombre; solicitudes de. denominaciories de ortgen e indicaciones ·geográficas, así como i¡¡s ·solicitudes de patentes. de Invención, modelos de uiilidad y diseños industriales, las que.regirán su procedimiento.de publicación con base en -lo establecido ·en el articulo 31. del Decreto Número 3,2013 de!Congreso de la República, debiendo publicarse en el . Boletín Oficial deÍ·. Registro. de la F'ropiedad . Intelectual y aplicarse el arancel que corresponda. Artículo 4. El presente Decreto entrará en vigor treinta di as desP.ués de su publicación ery el Diana Oficial. . .· . · · · '
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU· · SANelóN, ·
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
ES
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD
DE GUATEMALA, EL VEINTITRÉS . CTiJBRE OS MIL DIECIOCHO.
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
ES
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD
DE GUATEMALA, EL VEINTITRÉS . CTiJBRE OS MIL DIECIOCHO.
ALVARO ENRIQUE ARZU esca PRESIDENTE PALACIO NACIONAL: Guatemal trece de noviembre del-año dos mil dieciocho.
Y CÚMPLASE
\. ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acué~dase recono,er la personálidad iurídica y aprobar las bases constitutivas de la·IGLESIA EVANGÉLICA "BERACA" ALDEA PATA GALANA.
ACUER~O MINISTERIAL NÚMERO 370~2018
Guatemala, 12 de octubre de 2018
ÉL MINISTRO DE GOBERNACIÓN , CONSIDERANDO . .
Que de conformidad con la Constitucióil Política de la República de GuatemaJa, el derecho de tOda persona · a practicar su religión o creenCia· se encuentra garantiza.do,. así mismo el EstadO recónoce la personalidad . jurídica de la Iglesia Católica, y preceptúa que, -las otras iglesias,· cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso, obtendrán el ·reconocimiento de su personalidad jurídica conforme las reglas de su institución y que el Gobierno no podrá negarlo si no fuese po_r razones de.orden público. CONSIDERANDO · Que a este Ministerio se presentó.solicitud para obtener el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de bases conStitutivas de la IGLESIA EVANGÉLICA "BERACA"- ALDEA PATA
CONSIDERANDO · Que a este Ministerio se presentó.solicitud para obtener el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de bases conStitutivas de la IGLESIA EVANGÉLICA "BERACA"- ALDEA PATA GALANA; que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio emitió dictamen favorable opinando que es procederite reconocerle personalidad jurídica, y que dicho dictamen obtuvo el visto bueno de la· Procuraduría General de la Nación, por lo que corresponde al Ministerio de Gobem"ación emitir Ja disposición legal correspondiente. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República.de Guatemala; y con funda.Ínento en los artículos 15 num~ral 1, 16 y 17 del Código Civil, Decretó Ley I 06; 27 literal m) y 36 literal b) Qe la Ley del Organismo Ejecutivo, ·oecreto número 114-97 del Congreso de la República; y 2 del Acuerdo Gubernativo número 263-2006 de fecha 24 de mayo de 2006, que. cOntiene ·1as Disposiciones para la Obtención del Reconocimiento de la Personalidad Jurídica · de las Iglesias Evangélicas. · · ACUERDA Artículo l. ·Réconocer Ja_ personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de -Ja IGLESIA EVANGÉLICA "BERACA" ALDEA PATA GALANA, constituida por medio de la escritura pública número_ 63 de fecha 22 de junio de 2018, autorizada en la ciudad de ZaCapa, dCpartamento de Zacapa, pOr la l';lotaria-Verónica Patricia Echeverrfa Cerín.
número_ 63 de fecha 22 de junio de 2018, autorizada en la ciudad de ZaCapa, dCpartamento de Zacapa, pOr la l';lotaria-Verónica Patricia Echeverrfa Cerín. Articulo l. Para el fomento de proyectos cristianos, educativos; culturales1 benéficos'y de asistenciasoeial. compatibles con. su n~eza. .objeto, fines y la realidad nacional~ Contemplados en su escritura constitutiva, la IGLESIA EV ANGELICA "BERACA"' ALDEA PATA GALANA, deberá contar_ con la autorización gubeniament81 correspondiente. Artículo-3. El presente Acuerdo en ira en vigencia al día siguiente de su pubilcación en el Diario de Centro América. · COMUNiQUESE Lic. a irfo~t)j.ái"rez .Cucas arto ceministro Encargado de Despacho Superior Ministerio de Gobernación 5.e9undo icemlniatro Mini~terio de Got?emación (158601-2)-15-noviembre MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdese reconocer la personalidad ¡urídica y a·probar las bases constitutivas
de la IGLESIA EVANGÉLICA DE DIOS CAMINANDO BAJO SU PODER.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 378-20l8
Guatemala, 25 de octubre de 2018 . EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN . CONSIDERANDO que de confonrtidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el derecho de toda persona a praCti.Ciaf Su religión o creencia se encuentra garantizado, asf mismo el Estado ~oncee la personalidad
. CONSIDERANDO que de confonrtidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el derecho de toda persona a praCti.Ciaf Su religión o creencia se encuentra garantizado, asf mismo el Estado ~oncee la personalidad (E-839-2018)'-15-noviembre 1 jurídica.•de· la; Iglesia-Gatólica,:_'Y-preceptúa_ que,· las otras iglesias, -cultos;-entidades y ·asociaciones-de Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.