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Decreto 25-1983

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 25-1983
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1983

REPUBLICA DE GUATEMALA 45

DECRETA: ARTICULO 10. Se modifica el artículo 24 del Decreto número 80-74 del Congreso de la República, al cual queda and 8 "Artículo 24. Se crea un incremento de carácter fiscal al impuesto establecido por el inciso c) del artículo 10. del Decreto número 23-73 del Congreso de la Republica, que modifico a la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo, Decreto número 1701 del Congreso de la República, quedando dicho incremento asf:

1. For la salida del país por vía aérea o marítima, siete quetzales

(Q 7.00); y

2. Por la salida del país por la vía terrestre, dos quetzalea (Q 2.00).

E1 impuesto adicional a que se refiere el presente artículo, se CO brard a las mismas persons y en las mismas circunatanciaa que se deta llan en el inciso c) del artículo 10. del Decreto número 23-73 citado, y au producto ingresará a la cuents del "Gobierno Fondo-Comun". ARTICULO 20. E1 presente Decreto entrará en vigor el primero de agosto de mil novecientos ochenta y tree y deberá publicarse en el Diario Ofi-- cial.² DADO EN EL PA CIO NACIONAL: En la ciudad de Cuatemala, a los seis días iel mee de julio de mil novecientos ochents y tres. Publiquese y cumplase.

JOSE EFRAIN RIOS MONTT.

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, Secretario General de la Presidencia de la República.

LEONARDO FIGUEROA VILLATE.

Ministro de Finanzas.

DECRETO LEY NUMERO 77-83

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que es procedente modificar las normas por medio de las cuales fueron establecidas las cuotas mensuales que en concepto de impuesto de Patentes Fiscales pagan los establecimientos dedicados a la

I. En Tomo 94, página 30 y modificado por Decretos-Leyes 76-83, en Tomo 103 y 68-85, en Tomo 104. 2. l'ublicado el " de julio de 1983.46 RECOPILACION DE LEYES venta de licores, toda vez que han permanecido vigentes e inalterables, desde el año 1948; CONSIDERANDO: Que estudios recientes senalon la conveniencia de incrementar el monto de las cuotas indicadas en el Considerando anterior, en congruencia con la naturaleza y ubicación del negocio de que se trate, para cuya finalidad es necesario dictar en ese sentido la correspondiente disposicion legal.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 40. y 26, incisos 60. y 14 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley número 36-82,

DECRETA: Las siguientes

MODIFICACIONES AL DECRETO 536 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA,

LEY DE ALCOHOLES, BEBIDAS ALCOHOLICAS Y FERMENTADAS.

Artículo 10.-Se modifica el artículo 38 del Decreto número 536 del Congreso de la República de fecha 30 de julio de 1948,¹

reformado por el articulo 50. del Decreto número 572 del Congreso de la República de fecha 4 de noviembre de 19482 y por el Decreto número 318 del Presidente de la República de fecha 14 de junio de 1955.3 el cual queda así: "Artículo 38.- Los establecimientos destinados a la venta de bebidas alcoholicas destiladas, vinos y mostos de uva, sidra y jugos de frutas fermentados, se clasifican en grupos y tipos, de acuerdo con lo que al respecto establezca el Reglamento, y pagarán al Fisco las siguientes cuotas mensuales: Primer Grupo: Comprende establecimientos que venden los productos antes mencionados en envases cerrados, exclusivamente, los que Be clasifican en: Tipo A: Son almacenes de licores y abarrotes, considerados como de primera categoría, generalmente impor tadores en gran escala. Q. 150.00

1. In Tomo 67, página 101.

2. En Tomo 67, página 161

1. En Fomo 74, página 109REPUBLICA DE GUATEMALA 4

Tipo B: Son almacenes de licores y abarrotes, considerados como de segunda categoria, generalmente impor tadores en pequeña escala. Q. 50.00

Segundo Crupo: Comprende establecimientos autorizados para la venta de los productos a que se refiere el primer parrateeste artículo, en V3W08 o en copas, los que BC ..Lsifican de la manera siguiente: Tipo 1: Son cantinas, bares, centros de recreo, cafés y similares, considerados como de primera catego ría, Q. 100.00

Tipo II: Son cantinas, consideradas como de segunda categoría. Q 40.00

Tipo III: Son centinas, consideradas como de tercera categoría. Q 10.00

Tipo IV: Son hoteles, moteles y restaurantes con cantina considerados como de primera categoría. Q 200.00

Tipo V: Son hoteles, moteles y restaurantes con can tina considerados como de segunda categoría. Q 75.00

Tipo VI: Son clubes y centros nocturnos. Q 250.00

ARTICULO 20.- Se deroga cualquier Lay, Reglamento 0 disposicion que-astablexcan destinos específicos de las cuotas mensuales a que se re fiere el artículo 38 del Decreto 536 del Congreso de la Republica y sus modificaciones, en favor de instituciones públicas o privadas. Quedan exceptuados de la aplicacion de las disposiciones derogatorias de la presente Ley, los impuestos, tasas, arbitrios y cualesquiers otra contribucion, que por mandato legal esten destinados a fondos privativos de las municipalidades del país, 0 en su caso, del Instituto de Fomento Municipal. ARTICULO 30.- E1 presents Decreto entrará en vigor el día primero de agosto de mil novecientos ochents y tres y deberá publicarse en el Diario Oficial.1 DADO EN EL PALACIO NACIONAL, en la ciudad de Guatemala a los seis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y tree. Publiquese y cumplase.

JOSE EFRAIN RIOS MONTT.

LEONARDO FIGUEROA VILLATE,

Ministro de Finanzas. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, Secretario General de la Presidencia de la República. Publicado el 11 de julio de 1983.REPUBLICA DE GUATEMALA 239 DECRETO NUMERO 24-80 DECRETA: La siguiente: A la fecha de la impresión de este tomo, no había sido publicado en el Diario Oficial. Ley Orgánica del Instituto Nacional de Administración Pública

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES DECRETO NUMERO 25-80 CAPITULO I Fundamento y creación El Congreso de la República de Guatemala, Artículo 1o.-Fundamento. Se declara de necesidad y urgencia gubernamental, el desarrollo administrativo en los organismos, instituciones yCONSIDERANDO: dependencias públicas. Que las necesidades que impone el desarrollo Artículo 20.-Creación. Se crea el Instituto Naeconómico y social del país, requiere de una adcional de Administración Pública, que se denomiministración pública capaz de promoverlo eficaznará abreviadamente -INAP-, con carácter de mente, mediante la prestación de servicios, proentidad estatal descentralizada, semiautónoma, noducción de bienes y emisión de las regulaciones lucrativa, personalidad jurídica, patrimonio pro-que demandan las necesidades de la sociedad guatemalteca; pio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones.

CONSIDERANDO: Artículo 3º-Dependencia. El INAP depende directamente del Presidente de la República, quien, Que los múltiples problemas que afectan la capor conducto de los ministerios correspondientes,pacidad de ejecución de la Administración Públiemitirá las disposiciones legales que tengan caca, dada la magnitud y complejidad de sus funrácter de Acuerdo Gubernativo. ciones, dificultan el cumplimiento de sus propósitos; Artículo 4º-Duración y Domicilio. El INAP tiene duración indefinida y su domicilio es la ciudad de Guatemala, pudiendo establecer dependenciasCONSIDERANDO: en cualquier lugar de la República.

Que para superar los problemas existentes en la Administración Pública, es necesario impulsar CAPITULO II un proceso de Desarrollo Administrativo mediante el cual se eleve la capacidad directiva, se mejore Objetivo y funciones generales y modernice su organización y funcionamiento, se desarrollen sus recursos humanos y en general. se Artículo 50.-Objetivo. El INAP es el órgano técnico de la Administración Pública, responsacreen condiciones favorables para que en el Secble de generar y lograr que se ejecute un protor Público se generen y ejecuten con éxito los ceso permanente de desarrollo administrativo con programas de trabajo gubernamentales: el fin de incrementar la capacidad de las instiluciones y dependencias públicas para que éstas sean eficientes y eficaces en los aspectos que le sonCONSIDERANDO: propios y en la producción de bienes y prestaQue dentro del Sector Público se están realizanción de servicios destinados al Sector Público y

do esfuerzos de desarrollo administrativo que ame-a la sociedad en general. ritan todo el apoyo gubernamental y fundamenArticulo 60.-Funciones Generales. El INAP talmente, requieren contar con un cuerpo norcumplirá su objetivo mediante la realización de las funciones generales siguientes:mativo que permita la coordinación de las acciones por una institución especializada. a la cual se 1. Investigar los problemas que afectan a lale dote de la capacidad legal y de los recursos organización y funcionamiento de la Admipara realizar su objetivo y funciones. nistración Pública para fundamentar soluciones adecuadas a las mismas. POR TANTO. 2. Definir políticas de reforma 0 cambios administrativos para corto y mediano plazo. En uso de las facultades que le confiere el in3. Aportar las bases para la formulación de los ciso 1o. del artículo 170 de la Constitución de la planes de desarrollo administrativo del SecRepública, tor Público.240 RECOPILACION DE LEYES

4. Emprender acciones de desarrollo adminisa. El Presidente de la Junta Directiva del trativo a nivel global, sectorial e institucional, INAP será nombrado por el Presidente dentro del Sector Público, para que los plade la República, con las atribuciones esnes y programas gubernamentales se ejecupecíficas que se establecen en esta ley; ten con éxito. b. Un Director Propietario y un Director

5. Prestar la asistencia técnica que requieren Suplente, nombrados por el Ministerio de las instituciones y dependencias públicas, en Finanzas Públicas; apoyo a la ejecución de acciones de desarroc. Un Director Propietario y un Director

llo administrativo. Suplente, nombrados por el Ministerio de

6. Definir políticas y realizar acciones de desEducación; arrollo de los recursos humanos del Sector d. Un Director Propietario y un Director Público, especialmente en lo que concierne Suplente, nombrados por la Secretaría General del Consejo Nacional de Planifi-a su formación y capacitación. cación Económica; el Director Suplente

7. Coordinar las acciones de desarrollo adminisserá el funcionario responsable del comtrativo que se ejecuten dentro del Sector ponente institucional y administrativo de Público. la planificación dentro de la Secretaría;

8. Difundir los avances cientificos y tecnológie. El Director de la Oficina Nacional de cos en materia de Administración Pública. Servicio Civil y el Subdirector que serán

9. Divulgar entre funcionarios y empleados guDirector Propietario y Director Suplente, bernamentales, y en la opinión pública, del respectivamente; papel clave que juega la Administración Pú- blica en el desarrollo del país. f. El Secretario será el Gerente del INAP.

10. Establecer y mantener relaciones de interca-2. Funcionamiento. Para el cumplimiento de susbio de información y cooperación técnica con funciones la Junta Directiva observará las si-entidades similares nacionales, de otros países

y organismos internacionales. guientes normas: a. Sesionará en forma ordinaria y extraor-TITULO II dinaria. Las sesiones ordinarias se realizarán una vez al mes y serán convocadasORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO por el Gerente. Las sesiones extraordinarias se realizarán

CAPITULO I cuando sea necesario y serán convocadas por la Presidencia, por iniciativa propia Organización 0 a propuesta de dos O más miembros de la Junta Directiva. Artículo 70.-Integración de la Organización. La b. Los miembros de la Junta Directiva perorganización del INAP se integra con órganos sucibirán dietas por las sesiones a que asisperiores y unidades administrativas de la siguien-tan, de acuerdo con el reglamento espete forma: cífico que la misma establezca. No se otorgarán dietas por más de dos sesiones enun mes calendario. Los directores suplen-1. Organos Superiores: Los órganos superiores tes percibirán dietas solamente cuandodel INAP son: asistan en sustitución de los titulares. Junta Directiva c. Los otros aspectos de funcionamiento de Presidencia la Junta Directiva se establecerán en el Gerencia reglamento que la misma apruebe. Subgerencia Comité Ejecutivo. 3. Atribuciones: Las atribuciones de la Junta

2. Unidades Administrativas: Las unidades adDirectiva son: ministrativas necesarias para el cumplimiento del objetivo y funciones generales del INAP, a. Definir la política de desarrollo adminisserán las que establezca la Junta Directiva trativo en concordancia con la política de a propuesta de la Gerencia; debiendo estadesarrollo económico y social del Gobierblecerse la organización y funciones especí- no. ficas de las referidas unidades de conforb. Aprobar los programas de trabajo del midad con las normas de esta ley. INAP y evaluar periódicamente su desarrollo y ejecución, dictando las medidas convenientes para que se alcancen losArtículo 80.-Junta Directiva. La Junta Directiva del INAP se integrará, funcionará y tendrá objetivos previstos.

c. Aprobar a propuesta de la Gerencia, lalas atribuciones a que se refiere el presente arestructura administrativa y funciones es-tículo: pecíficas del INAP.

1. Integración: La integran un Presidente, cuad. Emitir y reformar las disposiciones intertro Directores Propietarios y cuatro Directonas que se refieren a operaciones prores Suplentes y un Secretario. pias del INAP.REPUBLICA DE GUATEMALA 241

e. Aprobar el presupuesto anual de la end. Informar a la Junta Directiva y al Pretidad y las modificaciones que sobre el sidente del INAP sobre los asuntos que mismo se requieran en el curso del ejerse le requieran. cicio fiscal. e. Nombrar, contratar y remover a los funf. Emitir las disposiciones que aprueben el cionarios y empleados del INAP, de conrégimen de administración de personal formidad con el reglamento respectivo. del INAP, garantizándose que la entidad f. Celebrar los contratos por servicio de conpueda contar con el personal altamente sultoría. calificado que necesite para la ejecución g. Someter a consideración de la Junta Dide sus funciones. rectiva los proyectos de presupuesto anual g. Proponer al Presidente de la República de ingresos, y gastos del INAP, así como el nombramiento y remoción del Gerente, las modificaciones que se requieren duSubgerente y Auditor Interno del INAP. rante el ejercicio fiscal correspondiente. h. Proponer, para conocimiento y aprobaciónh. Aprobar la memoria de labores; de la Junta Directiva, los planes y proi. Aprobar los contratos por servicios de gramas de trabajo del INAP. consultoría que otorgue el Gerente; i. Proponer a la Junta Directiva, los proyecj. Ejercer las demás funciones y facultades yectos de reglamentos que exige la preque le corresponden de acuerdo con esta sente ley y los que sean necesarios para ley, sus reglamentos y otras disposiciones el eficaz funcionamiento de la entidad. aplicables. j. Elaborar y proponer al Presidente del Artículo 90.-Funciones de la Presidencia. El INAP, con la debida anticipación el proPresidente del INAP será la persona que el Preyecto de agenda y documentación de los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias sidente de la República nombre, y tendrá las siguientes atribuciones. y extraordinarias de la Junta Directiva. a. Obtener y transmitir al INAP las insk. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva. detrucciones y directrices del Presidente de la República e informar al mismo sobre conformidad con lo que establece el arlos asuntos de la entidad. tículo 80., inciso 2, literal a) de la presente ley.b. Presidir las sesiones de la Junta DirecI. Las demás inherentes a la naturaleza detiva.

su cargo. c. Establecer los vínculos y obtener los mandatos para el eficaz funcionamiento del Artículo 11.-Subgerente. El Subgerente del INAP y sus programas de trabajo. INAP será nombrado por el Presidente de la República a propuesta de la Junta Directiva y de-Artículo 10.-Gerencia. El Gerente del INAP berá llenar las mismas calidades del Gerente, a será nombrado por el Presidente de la República quien sustituirá en su ausencia. Como atribuciones a propuesta de la Junta Directiva y tendrá las permanentes le corresponden las inherentes a la calidades y atribuciones que a continuación se escoordinación del Comité Ejecutivo; adicionalmentablecen: te, la Gerencia podrá asignarle las atribuciones específicas que se requieran para lograr la efi1. Calidades: Para ser nombrado Gerente se recacia del INAP. quiere ser persona de reconocida honorabilidad, guatemalteco natural, graduado univerArtículo 12.-Comité Ejecutivo. Es el órgano sitario con especialización de alto nivel en responsable de la programación, organización, coAdministración Pública y experiencia recoordinación y evaluación de las actividades técninocida en la materia; estas calidades deben cas del INAP. Lo preside el Gerente y lo inteser comprobables en el momento que los órgran complementariamente, el Subgerente y los Directores de las Unidades Administrativas del ganos de control O autoridades del Gobierno INAP. lo exijan.

CAPITULO II

2. Atribuciones: Las atribuciones del Gerente serán: Funcionamiento

a. Ejercer la Jefatura Superior de las deArtículo 13.-Unidades de Desarrollo Adminisdependencias y personal del INAP, diritrativo. Para impulsar y ejecutar sus programas gir todas las actividades técnicas y admide trabajo, el INAP establecerá las unidades de nistrativas del mismo y ser responsable desarrollo administrativo que sean necesarias en ante la Junta Directiva por el correcto y las instituciones y dependencias del Sector Pú- eficaz funcionamiento de la entidad. blico, para el efecto, éstas establecerán los convenios correspondientes con el INAP.b. Velar por la correcta aplicación de la presente ley y sus reglamentos. Artículo 14.-Sistemas de Formación y CapaciC. Ejercer la representación legal del INAP, tación. El INAP queda obligado a integrar las actila cual puede delegar, total o parcialvidades de formación especializada y capacitación mente, previa autorización de la Junta de los servidores públicos que actualmente se ejeDirectiva. cutan y las que se dispongan en el futuro, para242 RECOPILACION DE LEYES el efecto, establecerá, reglamentará y coordinará TITULO III el sistema de formación y capacitación del SectorPúblico. CAPITULO UNICO Los diplomas y certificados de estudios que expida el INAP tienen plena validez legal sus calidades y registros se normarán en el reglamento Patrimonio y régimen financiero referido en el párrafo precedente.

Artículo 20.-Patrimonio. El patrimonio delArtículo 15.-Estructuración y reestructuraciónINAP se constituye por:administrativa. Es obligación del INAP elaborar los estudios técnicos y opinar sobre la creación1. Los bienes que le corresponden al Instituto 0 reestructuración de las instituciones 0 depen-Nacional de Administración para el Desarrodencias públicas, en lo que concierne a su orga-llo -INADnización y funcionamiento. 2. Los bienes que le transfiera la Secretaría General del Consejo Nacional de Planifica-Artículo 16.-Coordinación Institucional. El ción Económica, asignados anteriormente aINAP deberá coordinar sus actividades con tola Dirección de Desarrollo Administrativo das las instituciones y dependencias del Sectordel Sector Público. Público, especialmente con:

3. Los bienes que adquiera en el futuro con

1. La Secretaría General del Consejo Nacionalsus propios recursos, O los que reciba en conde Planificación Económica, en lo que se re-cepto de donaciones provenientes de persofiere al componente institucional de los pla-nas 0 instituciones nacionales 0 internaciones de desarrollo, asistencia técnica en manales, 0 de gobiernos extranjeros. teria de administración pública y lo concerniente a becas para servidores del Estado. Artículo 21.-Financiamiento. El financiamiento

2. La Oficina Nacional de Servicio Civil, parade las operaciones del INAP se realizará en bacompatibilizar la política y acciones sobrese a:

desarrollo de recursos humanos del SectorPúblico. 1. Las asignaciones presupuestarias que deberán figurar en el Presupuesto General de

3. La Dirección Técnica del Presupuesto delGastos de la Nación.

Ministerio de Finanzas Públicas, en lo que concierne a la programación del gasto desti-2. Los contratos de venta de servicios, la vennado a organización y funcionamiento de la ta de publicaciones y otros ingresos que perAdministración Pública y sus recursos huciba de acuerdo a lo que establezca su re-manos. glamento; y, además, las donaciones O apor4. Con las instituciones y dependencias que ten-tes voluntarios que reciba para cubrir susgan funciones especializadas en materia de organización y funcionamiento de la Admigastos de operación, provenientes de personas nistración Pública. o instituciones nacionales o internacionales, 0 gobiernos extranjeros, de conformidad con Artículo 17.-Consultoría. Se faculta al INAP, pa-la ley. Los ingresos que por este concepto ra la contratación de la Consultoría Administrati-reciba el INAP constituirán fondos privati-va que requiera la ejecución de sus programas devos y deberán ser empleados para impul-trabajo, en las instituciones y dependencias del Sector Público, de conformidad con el Reglamen-sar sus actividades con mayor eficacia. to que para el efecto se emita. Artículo 22.-Fiscalización. Todas las operacioArtículo 18.-Intercambio y cooperación interna-nes de manejo de Fondos estarán sujetas a la cional. El INAP cumplirá el papel de representan-fiscalización de la Contraloría de Cuentas de

te gubernamental ante instituciones homólogas deacuerdo a lo que establecen las leyes de la maotros países y con los organismos internacionales,teria. para efectos de intercambio de información y cooperación técnica mutua; y para la organizaciónArtículo 23.-Beneficios. El INAP gozará de los y participación en eventos internacionales de na-siguientes beneficios. turaleza administrativa. 1. Exención de impuestos, derechos, tasas, conArtículo 19.-Obligación de las Instituciones ytribuciones y demás cargas fiscales y muniDependencias. Las instituciones y dependenciascipales. del Sector Público quedan obligadas a prestar2. Franquicia postal y telegráfica. la colaboración y apoyo que requiera el INAP.3. Exención de impuestos del papel sellado ypara el logro de sus objetivos y desarrollo de sustimbres en los actos y contratos legales quefunciones y programas de trabajo. le corresponda cubrir.REPUBLICA DE GUATEMALA 243

TITULO IV Palacio Nacional: Guatemala, tres de junio de mil novecientos ochenta.

CAPITULO UNICO Publíquese y cúmplase. Disposiciones transitorias, finales y FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. derogatorias Artículo 24.-Nombramiento de la Junta DirecEl Ministro de Finanzas, tiva del INAP. Los miembros de la Junta DirecHUGO TULIO BUCARO GARCIA. tiva del INAP deberán nombrarse dentro de los 30 días siguientes a partir de la fecha en que entre en vigor la presente ley. El Ministro de Economía,

VALENTIN SOLORZANO FERNANDEZ.

Artículo 25.-Nombramiento del Primer Gerente. Una vez instalada la Junta Directiva, propondrá al Presidente de la República el nombramienEl Ministro de Educación, to del Gerente del INAP. CLEMENTINO CASTILLO CORONADO. Artículo 26.-Reglamento. Dentro de un plazo de 60 días, el Organismo Ejecutivo emitirá el Reglamento de la presente ley, mediante la emisión del Acuerdo Gubernativo correspondiente.¹ Artículo 27.-Presupuesto inicial. El INAP iniciará sus actividades con el presupuesto asignadoDECRETO NUMERO 26-80 al Instituto Nacional de Administración para el Desarrollo; el Ministerio de Finanzas Públicas queda facultado para proceder a la transferencia El Congreso de la República de de fondos que se requieran para la dotación conGuatemala, veniente de la entidad. Artículo 28.-Transitorio. En tanto se produce CONSIDERANDO: la reglamentación general del INAP y los ajustes de organización necesarios para su funcionamienQue el Gobierno de la República ha preparado to, la entidad iniciará sus actividades absorbienun proyecto de electrificación rural denominado do las funciones actuales del Instituto Nacional PER-2, mediante el cual se contempla cubrir una de Administración para el Desarrollo y las de laextensión considerable del país; y que las áreas a Dirección de Desarrollo Administrativo de la Seservir han sido seleccionadas tomando en cuenta cretaría General del Consejo Nacional de Planilas características socio-económicas de las mismas

ficación Económica. Los funcionarios y empleados de las dependencias citadas, serán absorbidos CONSIDERANDO: por el INAP, sin disminuirles sus derechos. Artículo 29.-Derogatoria. Quedan derogadas to-Que a través del proyecto se ampliará el ser das las disposiciones legales que se opongan a lavicio de energía eléctrica, beneficiándose de esta presente ley. manera a nuevos usuarios ubicados en pequeños caseríos del altiplano occidental y central y de lasArtículo 30.-Vigencia. El presente Decreto fue regiones de la costa sur y oriente de la Repú-aprobado con el voto favorable de las dos terceblica; ras partes del número total de Diputados que integran el Congreso, y entrará en vigor a los quince días de su publicación en el Diario Oficial. 2 CONSIDERANDO: Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaQue el proyecto de electrificación rural (PER-2) ción y cumplimiento. forma parte integral del Plan Nacional de Desarrollo 1979-1982 y que su ejecución, a través del Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Instituto Nacional de Electrificación es consideraen la Ciudad de Guatemala, a los veintiún días da de alta prioridad para el país, en función de del mes de mayo de mil novecientos ochenta. que su impacto está referido al área rural para beneficiar a los habitantes de menor ingreso ecoMANUEL SALVADOR POLANCO RAMIREZ, nómico; Presidente.

JOSE RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ, CONSIDERANDO:

Cuarto Secretario. Que la Secretaría General del Consejo Nacional GUILLERMO ROMERO PERALTA, de Planificación Económica, Junta Monetaria y Tercer Secretario. Consejo de Estado, consultados oportunamente, de conformidad con la ley, han expresado opinión favorable al proyecto y al Convenio de préstamo,1. Reglamentado el 30 de octubre de 1980. en tomo sobre el primero por su trascendental importancia100. y respecto al segundo, en razón de las condicio-2. Publicado el 11 de junio de 1980. nes financieras favorables en que fue obtenido.

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