Decreto 25-1985
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 25-1985
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1985
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericans Luis Mendizábal R. Fundado el 2 de Agesto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL. 18 Calle 6-72. some I Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXV GUATEMALA, LUNES 25 DE MARZO DE 1985 NUMERO 95
SUMARIO dencia estatal, para lo cual se hace necesario POR TANTO, dictar la respective disposición legal que así lodetermine, ORGANISMO EJECUTIVO En uso de las facultades que le otorga el Dacreto 102-70, modificado por el Decreto 51-81,POR TANTO, ambos del Congreso de la República; y los arJEFATURA DE ESTADO tículos 19, 39, go y 12 del Acuerdo gubernativoEn el ejercicio de las facultades que le confierede fecha 10 de marzo de 1982, Reglamento del Mi-el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Go-DECRETO-LEY NUMERO 25-85 nisterio de Agricultura, Ganadería y Alimentación,bierno, modificado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83, ACUERDA: MINISTERIO DE AGRICULTURA, DECRETA: siguiente GANADERIA Y ALIMENTACION Artículo 19-Se modifica el artículo 60 del Decreto número 836 del Congreso de la República,Reglamento de Creación, Organización y Funel cual queda así: cionamiento del Módulo de Seguimiento y EvaluaReglamento de Creación, Organización y Funcioción del Proyecto de Generación y Transferencia namiento del Módulo de Seguimiento y Evalua- "Artículo 69-EI importe del impuesto a de Tecnología Agropecuaria y de Producción de Semillas ción del Proyecto de Generación y Transferenciaque se refiere el presente decreto se incluirá en las liquidaciones de las pólizas corresde Tecnología Agropecuaria y de Producción de CAPITULO I pondientes, y deberá ser pagado en las cajasSemillas. del Banco de Guatemala Disposiciones generales La infracción a las disposiciones de la presente ley, serán sancionadas de conformidad Artículo 19-Este Reglamento tiene como objeMINISTERIO DE LA DEFENSA con los preceptos del Código de Aduanas". tivo, regular el funcionamiento de las actividades de seguimiento y evaluación del Proyecto de GeNACIONAL Artículo 29-E1 presente decreto-ley entraráneración y Transferencia de Tecnologia Agroen vigor el día siguiente de su publicación en elpecuaria y Producción de Semillas, que en lo Institúyese el 2 de abril de cada año, como el "DíaDiario Oficial. sucesivo se denominará en este Reglamento, PRO-GETTAPS. de los soldados caídos en combate". Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Artículo 29-Para ejecutar las actividades deGuatemala a los veintidós días del mes de marzoseguimiento y evaluación, se crea dentro del Area
MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de mil novecientos ochenta y cinco. de Estudios, Evaluación y Análisis de la Unidad Publíquese y cúmplase. Sectorial de Planificación Agropecuaria y de AliTRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS mentación -USPADA-, el Módulo de Seguimien-General de División to y Evaluación -MSE-, el que contará con elOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES apoyo de las Instituciones del Sector Público Ampliase en la cantidad que se indica el PresuSecretario General de la Agropecuario y de Alimentación, participantes en puesto de Ingresos y Egresos de la empresa Feel PROGETTAPS Jefatura de Estado, rrocarriles de Guatemala (FEGUA), correspon-MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. Artículo 39-Para efectos de este Reglamento, se diente al Ejercicio Fiscal 1985. entiende por seguimiento a las actividades conMinistro de Finanzas, tinuas encaminadas a la recolección y análisis de LEONARDO FIGUEROA VILLATE la información cualitativa y cuantitativa de la ejeMINISTERIO DE GOBERNACION cución técnica y financiera del proyecto, en tanto que la evaluación es la medición periódica de los Nómbrase al señor Jesús Boteo Castillo, Vicealcalde efectos e impactos del proyecto en los beneficiarios. de la Municipalidad de San José Acatempa, de-MINISTERIO DE AGRICULTURA, CAPITULO II partamento de Jutiapa.
GANADERIA Y ALIMENTACION Integración, mecanismos de coordinación y funcienes ANUNCIOS VARIOS Artículo 49-E1 Módulo de Seguimiento y EvaReglamento de Creación, Organización y Funcio-luación --MSE-, para su funcionamiento estará Líneas de transporte. Matrimonios. - Constitu-namiento del Módulo de Seguimiento y Evaluaintegrado por un jefe, dos técnicos planificadores, ciones de sociedad. Modificaciones de socie-ción del Proyecto de Generación y Transferenciauna secretaria y un conductor de vehículos, quiedad. - Registro de marcas. - Títulos supleto-de Tecnología Agropecuaria y de Producción denes deben reunir los requisitos establecidos en el Semillas. capítulo siguiente de este Reglamento. rios. - Edictos. - Remates. Artículo 59-E1 Módulo trasladará a la CoordiPalacio Nacional: Guatemala, 19 de marzo de nación de USPADA y al Comité Técnico de PRO-1985. GETTAPS, informes periódicos de avance del ORGANISMO EJECUTIVO El Ministro de Agricultura, proyecto, para ser enviados a las Instituciones FiGanaderia y Alimentación, nanciouas BID-FIDA, una vez aprobadas por la Comision Ejecutiva de Coordinación de PROGETTAPS.
CONSIDERANDO: JEFATURA DE ESTADO Artículo 69-E1 Módulo contará con el apoyo Que para la eficiente ejecucion del proyecto de-de un Comité Asesor, integrado por los jefes de
DECRETO-LEY NUMERO 25-85 nominado "Generación y Transferencia de Tecno-las Unidades de Programación de las instituciones logía Agropecuaria y Producción de Semillas",participantes en el proyecto y el jefe del Módulo, financiado a través de los Convenios de Préstamoquien lo coordinará. EL JEFE DE ESTADO, números 473/OC-GU del Banco Interamericano de Artículo 79-El Módulo deberá mantener una Desarrollo -BIDy 154 GM del Fondo Interna-comunicación estrecha y constante, mediante inCONSIDERANDO: cional de Desarrollo Agrícola -FIDA, es nece-formes, visitas y seguimiento con el Comité Técsario fortalecer los mecanismos de seguimiento yevaluación de proyectos en el Sector Públiconico de PROGETTAPS y las Unidades de PrograQue siendo el Banco de Guatemala, la insti-Agropecuario y de Alimentación; mación de las instituciones que participan en el proyecto. tución que ejerce la función de agente fiscal del Estado de conformidad con su Ley Orgánica, es Artículo 8°-Son funciones del Módulo, las si-CONSIDERANDO: guientes: conveniente asignarle la función de receptor del impuesto a que se refiere el Decreto número 836Que la Unidad Sectorial de Planificación Agro-pecuaria y de Alimentación -USPADA-, es la a) Elaborar informes cualitativos y cuantitatidel Congreso de la República, Aque actualmente vos, basados en el análisis de información, deentidad encargada del estudio, análisis, adminisconforme dicha ley, corresponde a otra depen-tración y evaluación de proyectos del Sector Pú-.seguimiento y evaluación del Proyecto y trasblico Agropecuario y de Alimentación, ladarlos a la Coordinación de USPADA y al Comité Técnico del Proyecto;1946 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Marzo 25 de 1985 NUMERO 95 b) Determinar en coordinación y consults Economía 0 en cualquiera de las carreras afines MINISTERIO DE LA DEFENSAlas instituciones ejecutoras, los indicadores al Proyecto, ser colegiado activo, haber realizado requeridos y establecer los mecanismos de estudios de postgrado sobre administración de NACIONALinformación necesarios para el seguimiento y proyectos O tener tres de experiencia en plaevaluación del Proyecto; nificación, ejecución 0 análisis de investigaciones c) Asesorar a las instituciones ejecutoras, en elagrosocioeconómicas dentro del Sector Agropediseño y funcionamiento de los sistemas de cuario. Instituyese el 2 de abril de cada afie, como el "Día información para el seguimiento y evaluación Artículo 11.-Las atribuciones de los técnicos en de los soldados caídos en combate". del Proyecto; seguimiento y evaluación que trabajen dentro del d) Realizar la evaluación del Proyecto, con el Módulo, serán: ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 218-85 objeto de medir sus efectos e impactos al concluirse una fase determinada de éste; a) Recomendar al Jefe del Módulo, los indicadoPalacio Nacional: Guatemala, 19 de marzo de
e) Llevar a cabo estudios de base, en coordinares apropiados para el seguimiento y evalua1985. ción con ICTA, DIGESA y DIGESEPE para ción del Proyecto; EL JEFE DE ESTADO, las zonas del Proyecto, con la finalidad de b) Mantener estrecha comunicación con los técobtener información detallada de la situación nicos de Programación de las instituciones CONSIDERANDO: agrosocioeconómica previa al inicio del Proejecutoras del Proyecto; yecto. Repetir estos estudios dentro de la c) Recopilar, consolidar y analizar la informaQue es deber del Estado honrar la memoria de ejecución, para medir resultados parciales; ción que produzcan las instituciones, referen-aquellos insignes miembros del Ejército de Guaf) Llevar a cabo un programa de adiestramiento te a los subproyectos o actividades del Protemala que, en aras de la libertad, la soberanía en servicio, para el personal que intervenga yecto; y el mantenimiento de la Independencia de la en el seguimiento y evaluación del Proyecto, d) Diseñar formularios para captar la informa-Nación, han ofrendado sus vidas forjando con sean éstos de las instituciones ejecutoras o ción de las actividades 0 subproyectos; hechos heroicos la historia de la Patria; del módulo; y e) Velar porque la información que esté a sug) Definir en coordinación y consulta con el cargo, sea completa y se produzca dentro de CONSIDERANDO: Comité Asesor, la metodología y procedilas fechas previamente establecidas;mientos para la recolección de información.
f) Presentar los informes sobre el grado de Que el día 2 de abril de 1885 falleció en combate avance de los subproyectos que tengan a su el señor General de División don Justo Rufino CAPITULO III cargo; Barrios, entonces Presidente de la República de Guatemala y Jefe Supremo del Ejercito UnionisAtribucienes J requisites del personal del Médule g) Recolectar, analizar y obtener conclusiones deta. así como el Sargento Primero de Caballeres de Seguimiento y Evaluación ia información numerica y documental, que Cadetes Adolfo V. Hall Ramirez, juntamente consea útil para llevar a cabo el seguimiento ygran número de valerosos soldados desconocidos Artículo 99-Son atribuciones del Jefe del Mó- la evaluación del Proyecto; y de los Ejércitos de Guatemala y El Salvador: que,dulo: h) Elaborar un programa de las actividades quepatrióticos miembros de la Institución Armada, estén a su cargo. en defensa de los valores citados en el consia) Planificar las labores de seguimiento y evaderando anterior, también rinden tributo a la Paluación del Proyecto, en consults can las Artículo 12,-Los técnicos designados para eltria, por lo que es conveniente instituir un día instituciones ejecutoras y someterlas a la Módulo de Seguimiento y Evaluación, estarán caespecífico que honre su memoria, aprobación de los inmediatos superiores dentalogados en la categoría de Técnicos en Planifitro de USPADA; cación II, deberán poseer título universitario, ser colegiados activos en las carreras de Economía, POR TANTO,b) Dirigir y coordinar las labores del personal
del Módulo; Administración de Empresas, Agronomía, Zootecnia, Sociología Rural u otras afines y tener dosEn el ejercicio de las facultades que le confiec) Determinar la metodología para el seguimien-años de experiencia en actividades relacionadas ren los artículos 49 y 26, numeral 14 del Decretoto y evaluación del Proyecto; con el puesto. Ley 24-82, Estatuto Fundamental de Gobierno, d) Elaborar programas de adiestramiento en modificado por los Decretos-Leyes 36-82 y 87-83, servicio para el personal que trabaja en el Artículo 13.-Las atribuciones del personal dey con fundamento en el artículo 93 del citado EsMódulo, así como para aquéllos que laboran apoyo O auxiliar que sea requerido para integrartatuto, en las instituciones ejecutoras sobre esta mis-el Módulo de Seguimiento y Evaluación, serán definidas por el Jefe del mismo.ma materia; ACUERDA: e) Presentar informes periódicos sobre seguimiento y evaluación a las autoridades corresCAPITULO IV Artículo 1.-Se instituye el 2 de abril de cada año, como el "Día de los soldados caídos en com-pondientes involucradas en el Proyecto; f) Asistir a las reuniones del Comité Técnico Disposiciones finales bate", en honor de los miembros del Ejército de Guatemala que en tal circunstancia han ofrendado de Ejecución o a las de la Comisión EjecutivaArtículo 14.-Los aspectos no contemplados porsu vida a la Patria.
de Coordinación del PROGETTAPS, cuando le sea solicitado; este reglamento 0 aquéllos. que dieren lugar a controversia, serán resueltos por la CoordinaciónArtículo 2.-EI Ministerio de la Defensa Naciog) Mantener estrecha comunicación con las Unide USPADA, en consulta con el Comité Técnico,nal emitirá las órdenes que estime convenientes dades de Programación de las institucionesatendiendo a los objetivos de PROGETTAPS y ala efecto de que todos los Comandos, Centros de ejecutoras del Proyecto, para asegurar la co-1marco legal del Sector Público Agropecuario y deFormación e Instrucción y demás dependencias miordinación del seguimiento y evaluación delAlimentación. litares, rindan el homenaje correspondiente. mismo; h) Dar lineamientos para la recolección de in-Artículo 15.-E1 presente acuerdo surte sus efec-Artículo 3.-E1 presente acuerdo entra en vigor formación, que sea útil para el seguimientotos a partir de la fecha de su publicación en elinmediatamente, debiendo publicarse en el Diario Diario Oficial.y evaluación del Proyecto, considerando sus Oficial Oficiales. y en la Orden General del Ejército para aspectos sociales, económicos, agronómicos yotros; e Comuniquese. Comuniquese. i) Diseñar los formularios que - requirered JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS, para captar la información del seguimiento y Ministro de Agricultura, General ae Division, evaluación del Proyecto. Ganadería y Alimentación. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES,Jefe de Estado y
Artículo 10.-E jefe del Módulo tendrá la cate-ARTURO AGUIRRE ESCOBAR, Ministro de la Defensa Nacional. goría de Técnico en Planificación III, debiendo poseer el título universitario en la carrera deViceministro de Agricultura yAlimentación. Viceministro de la Defensa Nacional,JUAN FRANCISCO AGUILAR OLIVA. MINISTERIO DE COMUNICACIONES. TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS POR TANTO, En uso de las facultades que le confiere el artículo 49 e Inciso 7) del Ampliase en la cantidad que se indica el Presupuesto de Ingresos y Egresesartículo 26 del Decreto-Ley No 24-82, Estatuto Fundamental de Gobierno, de la Empresa Ferrocarriles de Guatemala (FEGUA), correspondientereformado por los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83, y lo prescrito en al Ejercicio Fiscal 1985. el artículo 19 del Decreto No 1722 del Congreso de la República, y 2° delDecreto-Ley número 17-84, ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 185-85 En Consejo de Ministros, Palacio Nacional: Guatemala, 8 de marzo de 1985. ACUERDA: Artículo 19-Aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingreses de la EL JEFE DE ESTADO EN FUNCIONES, Empresa Ferrocarriles de Guatemala -FEGUAcorrespondiente al Ejer-cicio Fiscal 1985 en la cantidad de Q.239 636 (DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS QUETZALES EXACTOS)CONSIDERANDO: en la siguiente forma:
Que la Empresa Ferrocarriles de Guatemala -FEGUAha solicitadoINGRESOS Q.239 636 se apruebe una ampliación a su Presupuestoyde Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 1985 por la 636 (DOSCIENTOS EXACTOS); TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SETS QUETZALES12.00.0.000,00 INGRESOS DE CAPITAL 2.40.0.000.00 Transferencias de Capital Recibidas 2.43.0.000.00 Del Gobierno Central Q.239 636
CONSIDERANDO:
2.43.1.111.01 Del Ministerio de Finanzas Públicas Q.239 636 Que después del análisis respectivo que se hizo al documento presentado,ha quedado ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes se-Artículo 29-Aprobar la ampliación al Presupuesto de Egresos de la cigún dictamen favorable número 206 emitido por la Dirección Técnica deltada entidad para el presente Ejercicio Fiscal en la cantidad de @239.636 Presupuesto, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas (DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS Y SEIS QUETZALES EXACTOS) distribuidos en -la forma siguiente: