Decreto 25-2002-3
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 25-2002-3
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2002
DECRETO NUMERO 25 - 2002
EL CONGRESO DE LA REPUBUCA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas intern acionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO: Que la República de Guatemala como parte de la comunidad centroamericana, mantiene y cultiva relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estados que formaron la Federación de Centroamérica, además con aquellos Estados que su desarrollo económico, social y cultural sea análogo al nuestro, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente políticas tendientes al progreso de las naciones.
CONSIDERANDO: Que la Reg ión Centroamericana, Belice y Panamá convencidos de la importancia que reviste la aprobación del instrumento jurídico internacional que da validez y legalidad jurídica al apoyo a la micro y pequeña empresa, suscribieron el Convenio Constitutivo del Centro para la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y l) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio Constitutivo del Centro para la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica - CENPROMYPE - , suscrito en la ciudad de San Salvador,
Política de la República de Guatemala.
DECRETA: ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio Constitutivo del Centro para la Promoción de la Micro y Pequeña Empresa en Centroamérica - CENPROMYPE - , suscrito en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el quince de junio del año dos mil uno.
ARTICULO 2. El presente Decreto entrar á en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial.