Decreto 25-2003-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 25-2003-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2003
. . -~ ~ Director: Wagner Rodolfo Collado, .- -- -- -- -- ---
DECRETO NUMER_O 026-2003
DECRETO NUMERO 026-2003
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CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
MINI8TE.IO DK a&I.ACIONES EXTERIORES
INSTRUMENTO DE RATIFICACION DE LA
ENMIENDA AL PROTOCOLO AL TRATADO
GENERAL DE INTEGRACION ECONOMICA
CENTROAMERICANA -PROTOCOLO DE
GUATEMALA-, SUSCRITA EN LA CIUDAD DE
MANAGUA, REPUBLICA DE NICARAGUA EL 27
DE FEBRERO DE 2002.
Acuerdaae conceder la Orden del Quetzal en el Grado de Gran Cruz al Excelentioimo Senor Doctor Mauricio Perez Martinez a 8U retiro del cargo de Embajador ~:;xtraordinario y Plenipotenciario de la Republica de Ecuador ante el Gobiemo de Guatemala. MINI8TERIO DE CONUNICACIONE8, INFaAE8TRUCTU.A T VIVIENDA Acuerdaae reiormar el Acuerdo Gubemativo nlimero 93912002 de fecha 20 de diciembre de 2002, que contiene
el REGLAMENTO TARlFARIO DE WS SERVICIOS
AEROPORTUARIOS Y DE ARRENDAMIENTO EN
WS AERODROMOS DEL ESTADO.
MINI8TE.IO DE LA DEVENSA NACIONAL Acuerdaoe conferir con fecha 01 de abril del ana 2003, ell a8C8noo al Grado inmediato Superior en ou reopectiva : Ar\Da 0 Servicio a 100 Oficiales Superioreo y Oficialeo
Subalternoo. Acuerdaoe conferir la Condecoraci6n "Medalla Monja IBlanca" en BU reopectiva categorla a los Eopeciali8ta8 que oe mencionan. .
DECRETO NUMERO 25-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que el articulo 31 del Decreto Numero 70-94 del Congreso de la Republica, establece el pago de multas e Intereses a las personas afectas al impuesto de circulation de vehiculos. .
CONSIDERANDO: Que el plaza para pagar el Impuesto se cumplr6 y es necesario otorgar a los propietarlos de vehiculos facilidades para su cancelacion sin recargos, toda vez que la situacion economlca asi 10 reclama.
POR TANTO: En ejerdclo de las atribudones que Ie confiere el articulo 171 literal a). de la ConstitutIon Polftica de la Republica de Guatem~la.
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IMUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
PETAPA, DEPTO. DE GUATEMALA.ACTA NUMERO 43.2001. PUNTO TERCERO I
KINISTERIO DE TRA8AJO
T PREVISION SOCIAL Acuerd..e ordenar la Inscription del SINDICATO DE
TRADAJADORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES
DE LA FINCA CHISAP.
Acu~1'dase ordenar la inscripci6n del SINDICATO DE I
TRABAJADORES AGRI COLAS IND EPENDIEN1'ES DESARROLLO DEL NORTE DE SAMULTEQUENRIO NEGRO. ~ Acuerdase ordenar la inacripci6n del SINDICATO DE
TRABAJADORES CAMPESINOS INDEPENDIEN.
TES DEL MUNICIPIO DE ;SAN ILDEFONSO
IXTAHUACAN DEL DEPARTAMENTO DE
~UETENANOO.
DECRETA: ARTICULO 1. Se dejan sin aplicacion hasta el quince (15) de julio del ana dos mil tres (2003), las multas y recargos establecidos en el Capitulo VIII del Decreto Numero 70-94 del Congreso de la Republica, y sus reformas, cuando correspondan par el pago del Impuesto sabre circulation de vehiculos terrestres, fuera del plaza establecido en el articulo 42 del mismo Decreto.
ARTICULO 2. EI presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de mas de las dos terceras partes del numero total de diputados que integran el Congreso de la Republica, aprobado en un solo debate y tendra vigencia desde el dia de su publlcacl6n en el dlario oflclal hasta el quince (15) de julio del ano dos mil tres (2003).
REMITASE AL ORGANISMO
PROMULGACION Y PUBLICACION.
EJECUTIVO PARA su
SAN CION, - Matrimonios. Constituciones de 8ociedad . ModiCicaciones de sociedad . Patentes de invenci6n. Registro de marcas . Titulos 8upletorio8 . Edict~ . Remates.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA TRES DEL MES DE JUNIO DEL ANO DOS MILTRES. - .
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PR!SIDENT! '
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CONSIOERANDO: Que con el prop6slto de solventor 10' obllgoCiones de deudo derlvodos d. ","troto, de Introestructuro V' otro, se!Vldo' ~loCionodo., .uscrlto, par el Mlnisterio de Comunlcaclon.., InfrHotructuro V Vivtendo, el Congro,o de 10 Republica, mediante Decreto Numero 62-2002, aprob6 10 emlsl6n, negoclaCi6n V coiocoCi6n de Bonos de' Tesoro de 10
Republlco de Guatemolo -Bonos POlcon el prop6.lto entre otros, de hocer erectlvo. !ospogos en refe~ncl'. . ",.;,..
CONSIOERANOO: Que e. necesorlo ampllar el P~supuesto Genero' de Ingreso. V Egresos del Estado para .1
Ejerclclo Fiscal 2003. a efecto de Incorporar al ml.mo los recursos destlnados 01 fortaleclmlentD linonclero del Fondo para 10 protecci6n del Ahorro -FOPA-, \'" recursos nec..orlos paro cumpllr las obllgoCione, del E.tado controido, por e1 Mlnlsterlo de Comunlcaclones, Introe.tructuro V Vlvlendo, en 10 eJecucl6n de los provecto. de Intraestructuro, los recur,os que se encuentren dl.ponlble.. orlglnados por la recoudacl6n
del Impue.to 01 Volor Agregodo, que P9r lev deben ,er tro,lododo. 0 10. Con,eJo, Depo..amentole. de O..orrollo Urbano V ~urol y pore 'a ojecucl6n de proyecto, 0 trov~s del Fondo Noclonal pore la Pal paR TANTO: En eJerclclo de la. otrlbuclone. que Ie conflere el a..lculo 171 literal 0) de la Con.tltuCi6n Politico de 10 Republica de Guatemala ~LO.Jff~-:-liJRXAS~$~=~' ~AF
CARLOS EN~e\TIVALAN DE LEON yf'CR'lTARIO
SANCla,v ,AI. O,C;:tro C,r! ,,:J.'ICllfSD NIi"i.I,O JS.'DC!~ PALACIO NACIONAL: CuQtemalQ, diez dejunio del Qlio dos mil tres.
PUSUQUESE Y CUMPLA.~E
~ ~'---,) ) ~~OC.~BRERA .. - 2""1I I IUNIO DECRETA: ARTICULO 1. So ro'orma 01 artlrulo 4 dol Decreto Numoro 62-2002, reformado por 01 articulo 43, literal b) dol Decroto Numoro 75-2002, ambos de' Congreso do 10 Republico. el cual queda all: "Articulo 4. De.tlno y modalld.d p.r. .1 p.go 0 cumpllml.nto d. obllg.clon... Los Bonos del Tesoro de 10 Republlco
de Guatemala -80nos Paza sus certl"cados representat;vos, se destlnaran exdus;vamente a financ;ar programas y proyectos de atenc;6n a la poblacl6n en estado de pobreza a pobreza extrema a'ectada durante el connlcto armada, a programas de productll/ldad y reconvo"16n agropecuarta, a la desmovlllzlci6n del Ej.rctto, y al apayo do !os mecanlsmos que pormltan fadlltar a 10 poblad6n ",ral el acreso a la t;erra; todo 10 anterior dentro del marta de 10 recondllad6n nadonal, lot Aruerdos d. Paz y la estrategla de reducd6n de 10 pObreza; as; tamb;.n, a solventar las obllgadones de deuda publico, como las derlvadas de contratos d. In'ra.st",ctura y otros servldos reladonados, celebrodos dentro del regimen de legalldad, can el Mlnlster;o de Comunlcodones. In'raest",cturo y V;vlenda, Aslmlsmo, los 80nos del Tesoro de 10 Republica de Guatemala -80' 'os Paza suo certlncados representatlvos, retertdos .n el art;culo 42d81 Decreto Numoro 75-2002, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos dol Estado para el EJercldo Fiscal 2003. seran destlnados para f;nanc;ar programas y proyectos de Inversl6n nslco Y/o nnandero contenldos eo el
presupuesto antes Indlcado, y en coso nec.sarto fortalecer finanderamente a' Fondo para 10 Protecd6n del Ahorro, a fin do darle cumpjlm;ento a 10 que establece .1 articulo 85 del Decreto Numero 192002 del Congreso de 10 Republica de Guatemala, Adldonalmente, 10' recursos en moneda extranJera provonlen,es d. 10 colocod6n de bonos, 01 Incrementar 10. reservas monetarlas Intemac;onales, permltlran 'ortalecer 10 ostabilidad macroecon6m;ca, ante paslblos vUlnerabllldade. que en el sector extemo podrlan pre.enta"e, partlcularmente, en el a~o .Iectoral S. faculta 01 Mlnisterlo.de F;nanzas Publicas para negodar 01 pogo de las obl;gadones enmarcadas dentro del destlno de IDS 80nos Paz que se establece en el presente articulo. mediante los recursos provonientes de su colocad6n a la entrega do dlcho. tltulos. En 01 coso de quo los titulos valores se entreguen en pogo 0 cumpllmlento de las obllgadonos, 01 Mlnlsterlo acordara can los provoedores, acreedores Y/o benefidar;o. correspondlentes, las condic;ones finanderas de los tltulos antes refer;dos, velando por los intereses del Estado" ART1CULO 2. se reforma 10 literal a) del articulo 5 del Decreta Numero 62-2002 d.1 Congreso de 10 Republica, "Dlsposldones generales para las operadon.s d. Bonos del
Tesoro de 10 Republica de Guatemaia -80nos Pazy de sus certmcados represontat;vos", el rual queda de 10 manera slgulente: "a) lQs 80nos a sus certlf;c"'os representatlvos'" emltlr_n Ind;.t;ntamente en moneda nadonal a en moneda extranjere, V podran ser colocado. en el mercado Interno a externo, d-"dlendo de 10. ventajOs que ofrezco 01 mercado flnanotero nadonal a Intemadonal, can persona. indivlduale. a jurldlcos. Con 01 prop6slto de prlvlleglar 10 sana V transparonte competltlvldad, las negocladono. de bonos se efectuaran med;anto I;dtadon.s publico., subastas competltlvas y no competltlvas a ventanilia Unlcamente S. podran autorlzar negociadones y colocadones dlrectas, ruando los recursos provengan do Instltudones esta'oles, doscontrallzada. Y/o aut6noma., Induyendo la. munlc;palldade.; 10' I"tereses devongados por 10. bonos colocado. a troves de negodadono. dlrectas.n nlngun coso podr_n exceder 10. tasa. de Intores vlgentes en los mercados nadonal e Intemac;onal, determinadas par el Mlnlstorto de Flnanzas Publlcos tomando como base las colocadones mas redentes mediante los sistemas de negodad6n es'ableddos en el parra'o anterior do 10 presanta
literal." w r';> "j 1.. \ l( , CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARnCULO 3. Ingreooo. Se amplla el Presupuesto General de Ingresos dot E.:ado para el Ejerclclo Fiscal 2003, en 10 cantldad de SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES
OOSCIENTOS OIEClOCHO MIL OCHOCIENTd!; SESENTA Y UN QUETZALES EXACTOS
(Q.693,2;8,861.00), orl~lnado. de 10. ru.nle8li~ulente.:
CODIGO DESCRlPCION VALOR EN ,.. , QUETZALES
15 RENTAS DE LA PROPIEDAD 49.100.000.00
Derechos Sobre Blenes tntan~lbles [ierechos Sobre Blene. Intan~lbles
DISMINUCION DI DTRO5
AcnVOS FINANCIEROS
DIsminucl6n de Disponlbliidades DIsminucl6n de Caja Y Banco.
- Soldo Bono. Paz - Soldo Pr..tomo BIRF-7130-GU - Soldo recaudacl6n !VA Paz
49,100,00000 49,100,000.00
DECRETO NUMERO 26-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANOO: Que la ConstltuclOn Polltlca de la Ropubllca establoco que os obllgad6n rundamontal dol Estado protogor la rormad6n do capital, 01 ahorro V la Invo~16n, dorlvado do la cual 01
Congroso de la RepUblica do Guatemala modlanto Doc.-eto Numero 19-~002 "LeV do Sancos y Grupos 'Inanderos., articulo 85, creC el Fondo para la protecd6n del Ahorro con el objeto de garantl,ar al depa!,ltan,o la recuperad6n de sus recu~os en coso de axlstlr problomas rlnandoros en 01 sls'ema bancarlo CONSIOERANOO: Que en apayo a los ob]etlvos se~alados, 01 Congreso do la Republica, modlan'e Decreta Numero74-2002. apr0b6 et COnvenlo de Pmumo entre et Goblemo'de la RepUblica de Guatemala V 01 Banco Intomadonal de Reconstrucd6n V Fomento -BIRF.. denomlnado BIRF-7130-GU "Ajuste al Sector Flnandero", cuvos recursos se orlontan al rortaledmlonto de mecanlsmos que aseguron la estabilidad del sls'oma tlnandero CONSIOERANOO: Quo los recu~os provenlentel de la colocad6n de Bonos del rosoro de la Republica de Guatomala -80nos Paldostlnados e cubrlr el programa do Desmovllllad6n dol Ej"rdto, Incluldos denlra del Pmupuolto General de 1ng..- y EQrosos del Eltod?; para el Ejerddo FIscal 2003, no ler'n ejecutados on su totalldad debldo a la readecuad6n do lIs motas
paN el Cumpllmlento de sus objotlvos, so consldora convenlente utllll.r el esnaclo presupu..tarlo V 101 recursol respettivol para apavar en coso necesarto al Fondo para la Protecd6n de' Ahorro -FOPA.. par 10 que.. convenlente rerormar el articulo 4 dol Doc.-eto Numoro 62-2002 y IUS reform.l, .51 como 01 Oecroto Numero 75-2002, ambos dol ConQr080 de I. RepUblica de Guatemala 531.,532,086.00 531,532,09600 531,532,09600 70,258,156.00 386,140,000.00 75,133,940.00