Decreto 26-1981
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 26-1981
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1981
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericans Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXVI GUATEMALA, LUNES 10 DE AGOSTO DE 1981 NUMERO 82
SUMARIO taciones de este producto y con ello coadyuvar, por parte del Estado, a la solución de los problemas de la caficultura nacional,
ORGANISMO LEGISLATIVO POR TANTO.
DECRETO NUMERO 26-81 En uso de las facultades que el confieren los incisos 10. y 30, del artículo 170 de la Constitución de la República,
ORGANISMO EJECUTIVO DECRETA:
MINISTERIO DE FINANZAS Las siguientes PUBLICAS REFORMAS AL DECRETO 51-80 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA Acuérdase exonerar en su totalidad, las multas, recargos 0 intereses, a losARTICULO 10 reforma el segundo párrafo del artículo 10., el cual contribuyentes menciona. de cualquier clase de impuestos, dentro del plazo que sequeda así: Acéptase la cesión que a titulo gratuito y a favor del Estado hace la Muni-"A tal efecto, el precio FOB será el obtenido de la cotización del día cipalidad de San Miguel Chicaj, departamento de Baja Verapaz, del predíoanterior a la fecha del contrato interno entre el productor y el exque se indica, para la construcción de la Escuela Primaria de d.cho mu-portador de café prima lavado (prima washed) de Guatemala ex nicipio. muelle de New York. para pronto embarque, salvo los casos conAcéptase la cesión que a t'tulo gratu'to y a favor de la Nación, hace la Mu-templados en los art'culos 22 y 23 adicionados por este Decreto al nicipalidad de Santa Cruz del Quiché, departamento de El Quiche, delDecreto 50-74 del Cingreso; deduciendo de d'cha cotización los gastos predio que se expresa. desde puertos guatemaltecos, los cuales se fijan para todo caso en Acéptase la donación que a favor de la Nación hace la Municipalidad del mu-Q10.00 por cada 46 kilogramos (100 libras españolas) netos. Los nicipio de San Pablo Jocopilas, departamento de Suchitepéquez, de lascontratos deben ser registrados en el Banco de Guatemala dentro fincas que se expresa. del término de siete (7) dias hábiles, coritados a partir de la fechade su celebración". MINISTERIO DE GOBERNACION ARTICULO 2).-Se reforma el artículo 2o. del Decreto 51-80 de este Apruébanse los Estatutos de la "Asociación de Servicio Social Nuevos Hori-Organismo, el cual queda asi: zontes" y reconócese su personalidad jurídica. "Art'culo 20.-La tarifa del impuesto sobre la exportación de café.
PUBLICACIONES VARIAS queda as:
Precio FOB por cada SECRETARIA DE MINERIA, HIDROCARBUROS 46 kilogramos Impuesto Y ENERGIA NUCLEAR Hasta Q 90.00 Sin Impuesto De 90.01 a Q 95.00 25% sobre el exceso de Q 90.00 Refórmase el Acuerdo Gubernativo de fecha 17 de agosto de 1979, que con-De 95.01 a Q100:00 30% sobre el exceso de 95.00 tiene el Reglamento para la aplicación del Decreto número 31-79, rela-De Q100.01 a Q105.00 35% sobre el exceso de Q100.00 cionado con la gasolina. De Q105.01 en adelante 45% sobre el exceso de Q105.00 MUNICIPALIDAD DE SAN RAYMUNDO, El impuesto total por unidad será la suma de los productos que se obDEPARTAMENTO DE GUATEMALA tengan al aplicar la tasa sobre los excesos respectivos. La tabla impositiva establecida en este articulo será aplicable a los Apruébase el proyecto de Plan de Tasas, acordado por la Municipalidad decontratos de café a part'r de la cosecha 1981-1982".San Raymundo, departamento de Guatemala. ARTICULO 3o.-TRANSITORIO. La tarifa para la exportación de cafe MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS. proveniente de "las existencias de Café de Retención", correspondiente al DEPARTAMENTO DE EL PETEN año cafetero 1980/81, a que se refiere la resplución número CPC-004-79/80 de Apruébase el proyecto de Plan de Tasas, acordadopor la Municipalidad defecha 11 de noviembre de 1980. con destino a paises no miembros de la Or.
San Luis, departamento de El Petén. ganización Internacional del Café, queda asi: MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU. RETALHULEU Precio FOB per cada 46 kilogramos Impuesto Solicitase al INFOM tramitar la autorización del Organismo Ejecutivo, para poder efectuar los cobros de las Tasas que se detallan de Retalhuleu, deHasta Q110.00 Sin Impuesto partamento de Retalhuleu. De Q110.01 a Q115.00 25% sobre el exceso de Q110.00 De Q115.01 a Q120.00 30% sobre el exceso de Q115.00MUNICIPALIDAD DE JALPATAGUA, JUTIAPA De Q120.01 a Q125.00 35% sobre el exceso de Q120.00 Apruébase el Proyecto de Tasa por licencia de construcción, acordado por laDe Q125.01 en adelante 45% sobre el exceso de Q125.00 Municipalidad de Jalpatagua, departamento de Jutiapa. ARTICULO 40.-Se reforma el art'culo 30. del Decreto 51-80. que intro MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE OJETENAN, SAN MARCOS dujo modificaciones al articulo 50. del Decreto 50-74 del Congreso, para que quede asi:Acuérdase emitir el punto cuarto del Acta No. 2-81, para reconsiderar a los inquilinos quienes quedaban afectados con este aumento, aprobado por la "Artículo 50.-El Gobierno de la República incluirá en el Presupuesto
Municipalidad de San José Ojetenan, departamento de San Marcos. de Ingresos y Egresos de! Estad), para cada Ejercicio Fiscal. una MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA. EL PROGRESO asignación del diez por ciento (10%) de los recursos obtenidos por la aplicación del impuesto de exportación de café el que entregaráModificase el Reglamento para el Servicio de Alcantarilado Sanitario, aprobaen Fideicomiso al Banco Nacional de Desarrollo Agr cola -BANDE do por la Municipalidad de Guastatoya, departamento de El Progreso. SA-, para que esta Institución, de conformidad con lo que determ nan ANUNCIOS VARIOS su Ley Orgánica y los reglamentos respectivos. lo destine a propor cionar asistencia financiera y ayuda económica a los pequeños agri. Matrimonios. Lineas de transporte. - Constituciones de sociedad. Modicultores, pequeños caficultores y cooperativas que realicen actividades ficaciones de sociedad. Registros de marca. - Titulos supletorios. de carácter agricola". Edictos. - Licitación, Remates. Autorizaciones farmacéuticas. Banco de los Trabajadores, Balance General Condensado Consolidado al 31 de ARTICULO 50.-El presente Decreto entrará en vigor el dia siguiente de marzo de 1981. su publicación en el Diario Oficial. Banco de los Trabajadores, Balance General Condensado Consolidado al 30 dePase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumplimiento. abril de 1981. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la cludad de Guatemala a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y uno.
JORGE BONILLA LOPEZ.
ORGANISMO LEGISLATIVO Presidente.
DAVID ARTURO VEGA VILLELA,
Segundo Secretario.
DECRETO NUMERO 26-81 ARNOLDO CANO RECINOS.
Cuarto Secretario. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Palacio Nacional: Guatemala, 7 de agosto de 1981.
CONSIDERANDO: Publiquese y cúmplase.
FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA.
ARdas due prevalecen en el mercado internacional Ministro de Finanzas del café. es conveniente adecuar a regimen impositivo que grava las expor.ARNOLDO BELTETON