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Decreto 26-2009

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 26-2009
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2009

4 Guatemala, JUEVES 3 de septiembre 2009 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 64

CARGOS POR MORA: A partir de la fecha en que entre en mora cualquier obligación de pago que corresponda al Prestatario por concepto de capital, intereses, comisiones y otros cargos derivados del presente contrato, el BCIE aplicará un recargo por mora consistente en incrementar el interés ordinario en tres (3) CONGRESO DE LA REPÚBLICA puntos porcentuales sobre la porción de la obligación en mora, hasta la fecha en que se efectúe el pago.

DE GUATEMALA Articulo 3. Cumplimiento de las obligaciones financieras derivadas del contrato de préstamo que se autoriza. Las amortizaciones de capital, pago de intereses y demás DECRETO NÚMERO 26-2009 gastos derivados del cumplimiento de las obligaciones financieras del contrato de préstamo que se autoriza en los artículos anteriores, estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para to cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA cancelación total de la deuda. Artículo 4. Ampliación del Presupuesto General de Ingresos del Estado para elCONSIDERANDO: Ejercicio Fiscal 2009. Se amplia el Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil nueve en la cantidad de TRESCIENTOS OCHO MILLONES Que los Acuerdos de Paz representan una oportunidad histórica para que el país supere OCHOCIENTOS MIL QUETZALES (Q.308,800,000.00), en la forma siguiente:

obstáculos sociales, económicos e institucionales que dificultan mejorar el nivel de vida de la población; fundamentado en dichos Acuerdos, el Gobierno de la República de Guatemala formuló la Política de Desarrollo Económico, que tiene como objetivo PRESUPUESTO DE INGRESOS específico mejorar e incrementar la infraestructura fisica del país, priorizando la ubicada (En Quetzales) en el área rural.

CONSIDERANDO: 25 ENDEUDAMIENTO EXTERNO 308,800,000.00 25.4 Obtención de Préstamos Externos a Largo Que el Gobierno de la República de Guatemala, solicitó cooperación financiera Plazo 308,800,000.00 25.4.20 reembolsable al Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE-, para la De Organismos e Instituciones Regionales preparación y ejecución del Proyecto Vial Franja Transversal del Norte, con el objeto de e Internacionales (Contrato de Préstamo Número -BCIE1994), "Proyecto Vialincentivar el desarrollo social y económico de las Regiones II, III y VII de Guatemala Franja Transversal del Norte" 308,800,000.00 integradas por el proyecto, a través de incentivar la inversión y la productividad con la participación de capital privado, favoreciendo el desarrollo agroindustrial y turístico de la zona, y mejorando la transitabilidad de la ruta a lo largo de 329.5 kilómetros. desde Artículo 5. Ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado para el Modesto Méndez a la Finca La Trinidad y la frontera con México. Ejercicio Fiscal 2009. Se amplia et Presupuesto General de Egresos del Estado para el

Ejercicio Fiscal dos mil nueve en la cantidad de TRESCIENTOS OCHO MILLONES CONSIDERANDO: OCHOCIENTOS MIL QUETZALES (Q.308,800,000.00), en la forma siguiente: Que el 17 de diciembre de 2008, el Directorio Ejecutivo del Banco Centroamericano de PRESUPUESTO DE EGRESOS Integración Económica, aprobó otorgar a la República de Guatemala un financiamiento reembolsable con el objeto de apoyar el citado Proyecto; y, que se han obtenido las (En Quetzales) opiniones favorables del Organismo Ejecutivo y de la Junta Monetaria, a que se refiere el Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda 308,800,000.00 artículo 171 literal i) de la Constitución Politica de la República de Guatemala, por to que "Proyecto Vial Franja Transversal del Norte" es procedente emitir la disposición legal que to apruebe. Contrato de Préstamo Número -BCIE1994

POR TANTO: Articulo 6. Vigencia. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Congreso de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el dia Constitución Política de la República de Guatemala, siguiente de su publicación en el diano oficial.

DECRETA: REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su SANCIÓN,

PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

Artículo 1. Aprobación. Se aprueban las negociaciones del Contrato de Préstamo EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD Número 1994, a ser celebrado entre la República de Guatemala y el Banco DE GUATEMALA, EL DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL NUEVE. Centroamericano de Integración Económica -BCIE-, para apoyar el "Proyecto Vial Franja Transversal del Norte". Artículo 2. Autorización. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, suscriba el contrato indicado, particularmente bajo las condiciones financieras que en este artículo se detailan: JOSÉ ROBERTO ALEJOS CÁMBARA PRESIDENTE MONTO: Hasta por doscientos tres millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 203,000,000.00).

DESTINO: Proyecto Vial Franja Transversal del Norte. MAURA ESTRADA REYNABEL ESTRADA ROCA

SECRETARIA SECRETARIO

ORGANISMO EJECUTOR: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

PERÍODO DE DESEMBOLSOS: 48 meses.

PALACIO NACIONAL Guatemala, uno de septiembre del año dos mil nueve.PLAZO: Hasta veinte (20) años, incluyendo cuarenta y dos (42) meses de periodo de gracia.

TASA DE INTERÉS: La correspondiente a proyectos del Proyecto PUBLÍQUESE Y CUMPLASE de Integración y Desarrollo de Mesoamérica, DE o la que corresponda a la fuente de fondeo, LA

de acuerdo con la decisión que sea tomada por el Comité de Activos y Pasivos (ALCO) del Banco.

COMISIÓN DE COMPROMISO: Se establece en % del 1% sobre el monto no COLOM CABALLEROS desembolsado del financiamiento, de QUATEMALA.conformidad con lo estipulado en las normas y politicas vigentes del Banco, la cual se cobrará a partir de la suscripción del contrato de préstamo.

COMISIÓN DE SUPERVISIÓN Y Se establece en 1/4 del 1% flat sobre el monto AUDITORÍA: del préstamo, pagadera a más tardar al FINANZAS momento del primer desembolso, de conformidad con to estipulado en las normas y MINISTRIAPUBLICAS.politicas vigentes del Banco. GUATEMALA,C.A.COMISIONES ADICIONALES: Cuando fuere aplicable, el BCIE trasladará al Prestatario todas las comisiones por seguro Juan Alberto Fuentes K Guillermo Andrés Castillo Ruiz de exportación o riesgo pais, y otras MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS Ministro de Comunicaciones comisiones, cargos o penalidades que la Infraestructura y Vivienda fuente de recursos le cobre, previa notificación por escrito al Prestatario y éste quedará obligado a SU pago, en el plazo que el BCIE le indique. Lic. Carlos Larios Octuita AMORTIZACIÓN: Cuotas semestrales, consecutivas y en lo DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA posible iguales. (E-627-2009)-3-septiembre

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