Decreto 27-1973-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 27-1973-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1973
NUMERO 27 DIARIO DE CENTRO AMERICA Octubre 5 de 1973 427
Artículo 11.--El Ejecutivo queda obligado a es: Dado: en el Palacio del Organismo Legislativo, en el sentido que se indica el artículo tudiar todo lo relativo para el mejor aprovechaen la ciudad de Guatemala, a los doce días del 10, der Acuerdo Ministerial número 62-72 del 29 miento de los derechos soberanos de la Nación en mes de septiembre de mil novecientos setenta de febrero de 1972, solicitado por <Industria Texcuanto a la nueva linea designada, logrando la y tres. at Miraflores, Sociedad Anúmima> (INTEXSA). fijación de una nueva política de cielos y resolviendo lo procedente. MARIO SANDOVAL ALARCON: ACUERDO No. 195-73 Artículo 12.-La Radio Faro Aviateca será conPresidente. servada por el Ministerio de Educación para que Palacio Nacional: Guatemala, 13 de septienbre cumpla los fines útiles a la navegación y la culMARIATERESA F. DE GROTEWOLD, de 1973. tura, que ha venido desempeñando y siga funcioSecretaria nando en la misma frecuencia de 1,540 kilociclos.- El Ministro de Economia: Artículo 13.-Se derogan todas las leyes y deGUILLERMO ALONSO HERNANDEZ SOTO, más disposiciones legales en lo que se opongan Secretario CONSIDERANDO: al presente Decreto, Artículo 14.-E1 presente Decreto entrará en viQue con fecha 29 de diciembre de 1972, el señory
gor al dia siguiente de su publicación en el Diario Palacio Nacional: Guatemala, dos de octubre Alberto Habie Mishaan, en calidad de presidente Oficial. de mil novecientos setenta y tres. y representante legal de la empresa denominade «Industria Textil Miraflores, Sociedad Anónima Publiquese y cúmplase. (INTEXSA). solicitó de este Ministerio modificaPase al Organismo Ejecutivo para su publicaCARLOS ARANA OSORIO. ción del Acuerdo Ministerial número 62-72-de feción y cumplimiento. cha 29 de febrero: de 1972; por medio del cual Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. El Ministro de Gobernacion, se le otorgó exoneración del cuarenta por ciento ROBERTO HERRERA IBARGUEN. (40%) del Impuesto de Estabilización Económica en la ciudad de Guatemala, a los once días del creado por el Protocolo de San José, en el sentido mes de septiembre de mil novecientos setenta y de que se amplien los rubros enumerados en et tres. artículo 10. del mismo, en cuanto a volumen y: valor CIF se refieren:
MARIO SANDOVAL ALARCON,
Presidente. ORGANISMO EJECUTIVO
CONSIDERANDO:
MARIATERESA F. DE GROTEWOLD.
Secretaria. MINISTERIO DE ECONOMIA Que son justos y atendibles los motivos invocados por el personero de la mencionada empresa, porGUILLERMO ALFONSO HERNANDEZ SOTO. cuanto el acuerdo que se menciona contempla laSecretario. Revocase stodas sus partes el Acuerdo Minister ampliación de las cantidades señaladas, siemprerial número 118-70, del 10-de septlembre de 1970, due la producción de la industria asi lo requieramediante el cual se le otorgó a la empresa Fá- VAGUE la Direction de Politica Industrial en dicPalacio Nacional: Guatemala, dos da octubre de brica Aurora. propiedad de los señeres Américo tamen número s/h/(181), emitio opinión favorablemil novecientos setenta y tres. Brody Deutsch y Eugenio Bredy Fischman. sobre el particular, Publiquese y cúmplase. ACUERDO No. 194-73 POR TANTO.CARLOS ARANA OSORIO. Palacio Nacional: Guatemala, 13 de septiembre de 1973. El Ministro de Economia. ACUERDA: CARLOS MOLINA MENCOS. El Ministro de Economia, Artículo 10.-Modificar el artículo 1o. del AcuerE! Ministro de Finanzas, CONSIDERANDO: do Ministerial número 62-72 del 29 de febrero de JORGE LAMPORT RODIL 1972, en el sentido ampliar las cantidades de Que por Acuerdo Ministerial número 118-70, del materias primas, maquinaria y equipo que se en10 de septiembre de 1970. a la empresa "Fábrica cuentran exonerados del cuarenta por ciento (40%) Aurora". propiedad de 103 señores Americo Brodel "Impuesto de Estabilización Económica, toda DECRETO No. 77-73 dy Deutsch y Eugenio Brody Fischman, se le vez que la producción de la empresa Industria otorgaron los beneficios correspondientes de conTextil Miraflores, Sociedad Anónimas (INTEXSA). formidad con el artículo Transitorio Primero der asi lo requiere, en consecuencia el listado de maEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales quinaria, equipo y materias primas queda en la al Desarrollo Industrial y para el efecto se le forma que a continuación se detalla: CONSIDERANDO: oquipars con la similar.nicaragtense "O.Y.M. Dayley y Compania Limitada", cuyos beneficios Maquinaria y Valor Derechos Que a la fecha existe un crecido número de veexpiraban en la misma fecha de los que posee Equipo Partida CIF Arancelaries hiculos y otros bienes relacionados con hechos que esta última; dieron lugar a la actividad judicial, depositados Calderasge-en el predio contiguo a la Brigada Militar MarisCONSIDERANDO: neradoras de cal Zavala; que, no obstante el tiempo transcurrivapor 711-01-00-01 Q 500.00 50.00 do, no ha sido pedida su devolución y cuyo abanQue con fecha 5 de abril de 1973, los propietaBombas paradono y hacinamiento en ese lugar constituye un rios de la empresa "Fábrica Aurora", han maniagua y otraspeligro a la seguridad de dicho cuerpo militar; festado a este Ministerio que por haber cesado en bombas para
sus actividades industriales, so icitan la revocaliquidos NEP 716-01-02 2,000.00 100.00
CONSIDERANDO: toria del Acuerdo antes mencionado, así como la; Lanza-deras. cancelación de los beneficios que el mismo tiene usos canillasQue el hecho de no solicitar su devolución dentro de un plazo prudencial, debe estimarse como reinherentes; bobinas, carrenuncia al derecho de recuperarlo; y que dada la cantes y artículos CONSIDERANDO: similares 716-03-01 5,000.00 tidad y estado de esos vehiculos y bienes, es indispensable ponerle fin a los inconvenientes apuntados. Maquinaria y Que para los efectos legales respectivos, este utensilios me : POR TANTO. Ministerio en Resolución número 3882 del 21 de cánicos para agosto de 1973, aceptó la renuncia presentada per peinar, cardar Con fundamento en lo que establece el inciso 10. los señores Américo Brody Deutsch y Eugenia 0 "hilar fibras del articulo 170 de la Constitución dela República.Brody Fischman y en esa virtud lo procedente textiles 71608-02 1,000.00 50.00 derogar los beneficios que le fueron otorgados, Telares de todas clases 716-08-03 5,000.00 250.00DECRETA:
Maquin aPOR TANTO. Artículo 10.-Se declaran afectos a la presente para lavar. ley los vehiculos y otres bienes muebles que se blanquear yCon fundamento en el artículo 95 del Reglamenencuentren en el predio contiguo a la Brigada Militeñir fibrasto al Convenio Centroamericano de Incentivos Fistar Mariscal Zavala. textiles 716-08-04 60,000.00 3,000.00 cales al Desarrollo Industrial y su Protocolo Sobre Máquinas paraArtículo 20.-Se establece un plazo de tres meses Trato Preferencial a Honduras (REIFALDI). coser para uso a partir de la fecha en que entre en vigor este Deindustrial 716-11-01-01 6,000.00 300.00 creto, para que los interesados reclamen ante las ACUERDA: Aparatos en-autoridades respectivas, la devolución de los veadores y hículos y bienes a que se refiere el artículo anteacendicionadorior. Artículo 10.-Revocar en todas sus partes, el Acuerdo Ministerial número 118-70 del 10 de sepres de aire 716-12-01-09 10,000.00 1,600.00 Articulo 30.-Los vehiculos y bienes muebles que no fueren rec'amados dentro del plazo fijado se tiembre de 1970. mediante el cual se le otorgo a Compres es de aire O de subastarán por el Almacén Judicial, de conforla empresa "Fábrica Auro a". probledad de los gas 716-13-04-09 800.00 '80.00 midad con lo dispuesto por los artículos 50., 60., señores Américo Brody Dautsch y Eugenio Brody 70., 8o. y 90., del Decreto 69-71 del Congreso de Fischman, los beneficios correspondientes de conMaquinaria y
la Republica, en lo que fueren aplicables. formidad con el artículo Transitorio Primero del utensilios meConvenio Centroamericano de Incentivos Fiscales cánicos (no Artículo 40.-Los productos de las subastas inal Desarrollo Industrial, equiparándola con la sieléctricos gresarán a la Testreria del Organismo Judicial en calidad de fondos privativos del mismo. milar nicaraguense "O.Y.M. Dayley y Compañia NEP) (calandrias) 716-13-24 1,000.00 100.00 Artículo 50.-Los tribunales competentes, a SO. Limitada", quedando en consecuencia cancelados Generadores 0los referidos beneficios. licitud de los interesados, podrán depositar condinamos con O forme la ley, los vehículos y bienes, cuya devo'u Articulo 20.-Para los efectos de la revocatoria sin su motor ción no pueda decretarse dentro del plazo que fijaa que se refiere el artículo anterior, la Direcciónpropio 721-01-01 2,500.00 250.60 el artículo 2o. de este Decreto. Los vehiculos y de Politica Industrial de este Ministerio debera Motores elécbienes que por orden de autoridad judicial comefectuar on sus respectivos registros las anotatricos 721-01-02-01 1,000.00 115.00 petente se depositen en terceras personas deberán ciones del caso. Motores elecser retirados del predio contiguo a la Brigada tricos de más Mariscal Zavala, antes del día del remate. Si Articulo 30.-El presente Acuerdo deberá trans. de 1 H.P. 721-01-02-09 2,000.00 200.00
en esa fecha no fueren retirados se incluirán en cribirse a donde corresponda para los efectos leTransformado la subasta. gales procedentes y entrará en vigor al dia si-res electricos 721-01-04 1,000.00 : 100.00 Artículo 60.--Los vehiculos y bienes muebles guiente de su emisión. Ta bl eros de que fuesen llevados al predio contiguo a la Bricontrol autogada Militar Mariscal Zavala, con posterioridad Comuniquese. máticos, intea la vigencia de esta ley, quedan sujetos a las rruptores, paldisposiciones del presente Decreto. CARLOS MOLINA MENCOS pa-d 0 0/5 de Artículo 70.-El presente Decreto entrara en viMinistro de Economia. presión, etc. 721-01-05-01 1,000.00 390.00 gor el día siguiente de su publicacion en el Diario Frenos magné. Oficial. OSCAR EDUARDO PINEDA CASTRO ticos electro Viceministro de Economia. ma gnetos e Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaimanes percion y cumplimiento. 255348-5--octubre manentes 721-19-05 500.00 55.00