Decreto 27-1974-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 27-1974-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1974
CONTROL
Diario de America
CONTROL_NSA NTES EL GUATEMALTECO IMPLOTECACONTROL CONORESNSA
LIB Reduction ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, AEYISTAS de Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CXCVIII GUATEMALA, MARTES 4 DE JUNIO DE 1974 NUMERO 92
FE DE ERRATAS Artículo 69-De la "Orden de los Cinco VolSUMARIO canes", scrá Jefe Supremo el ciudadano Presidente de la República de Guatemala y Canciller de la misma el Ministro de Relaciones ExORGANISMO LEGISLATIVO Al Reglumento General de Viáticos, emitido por teriores; en tal concepto corresponde al Presiconducto del Ministerio de Finanzas y publicado en dente el grado de Gran Cruz, placa de oro y al el Diario Oficial de Centro América, número 90, Ministro de Relaciones Exteriores el grado de DECRETO NUMERO 27-74 Tomo CXCVIII, de fecha 31 de mayo de 1974. Gran Cruz, en forma vitalicia. Por error de copia, en el Art'culo 24. donde dice: Artículo 79-E1 Ministerio de Relaciones ExDECRETO NUMERO 42-74 Categoria III., penúltimo renglón, se lee: «Conse-teriores emitirá el Reglamento respectivo. jeros de Estado>. frase que debe suprimirse. Artículo 89-Se deroga el Decreto 1432 del El DECRETO NUMERO 08-73 En el Artículo 37. segundo renglón, se lee: <del Congreso de la República de Guatemala. Laspresente Reglamento, Universided de San Carlos>, condecoraciones otorgadas conforme el citado siendo lo correcto: «del presente Reglamento, La ORGANISMO EJECUTIVO Decreto que no hubiesen sido expresamente can-Universidad de San Carlos. celadas conservarán su vigencia. Artículo 99-El presente Decreto entrará en MINISTERIO DE AGRICULTURA vigor al día siguiente de su publicación en el ORGANISMO LEGISLATIVO Diario Oficial. Pase al Organismo Ejecutivo para lo que proApruébanse los Estatutos de la Cooperativa Pesceda. quera de Servicios Varios «Las Lisas ResponDado en el Palacio del Organismo Legislativo, sabilidad Limitada; y reconócese su personal.dad DECRETO No. 27-74 en la ciudad de Guatemala, a los veintitrés días jurídica. del mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,MINISTERIO DE LA DEFENSA MARIO SANDOVAL ALARCON,
CONSIDERANDO: Presidente.
NACIONAL Que CS deber del Estado exaltar y premiar GUILLERMO ALFONSO HERNANDEZ SOTO,
Confiérese al Coronel de Infantería Guillermo Reyesadecuadamente las virtudes y esfuerzos de insSecretario. Gramajo. la Condecoración Medalla Militar Detituciones y ciudadanos guatemaltecos O extranjeros empeñados on el ideal de la unión de CenMANFREDO HEMMERLING MORALES, portiva de Primera Clase>. troamérica; Secretario. Autorizase al General de Brigada DEM. Fausto CONSIDERANDO: David Rubio Corocado para que acepte y use h Palacio Nacional: Guatemala, veintiocho de Condecoración Gran Cruz de la Orden del Mérito Que en los diversos Estados que constituyemayo de mil novecientos setenta y cuatro. Militar con distintivo blanco; y. a los Coroneles ron la Federación de Centroamérica, conviven que se indica, para que puedan aceptar y usar ciudadanos que por sus relevantes servicios en Publiquese y cúmplase. La Condecoración Cruz de la Orden del Mérito favor de la reconstrucción efectiva de la Gran Militar, con distintivo blanco, de 1ra. Clase, quePatria Centroamericana merecen estímulo, CARLOS ARANA OSORIO les fueron conferidas por el Ejército Español. POR TANTO, El Ministro de Relaciones Exteriores,
JORGE ARENALES CATALAN.
MINISTERIO DE GOBERNACION En cumplimiento de lo preceptuado en el inciso 19 del artículo 170 de la Constitución de la Rectifícase en el sentido que se indica, el artículo República,
DECRETA: 1o. del Acuerdo Gubernative de fecha 15 de feDECRETO No. 42-74brero de 1974, por el cual se crcó el Municipio Artículo 19-La "Orden de los Cinco Volcade Nueva Concepción, departamento de Escuinnes", es un galardón que podrá otorgarse a perEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,tla. sonas naturales O jurídicas y entidades centroCréase pcr el resto del año 1974. la Delegación deamericanas 0 extranjeras que de manera releCONSIDERANDO: Migración en El Naranjo, municipio de La Libervante S0 hubieren distinguido por sus trabajos tad, departamento de E1 Petén. en pro de la unión de Centroamérica. Que el servicio de transporte urbano de persoArtículo 22-FI emblema general de la "Ornas, es un servicio público indispensable para el den de los Cinco Volcanes", estará formado por desarrollo normal de actividades económico-sociaMINISTERIO DE FINANZAS una cruz visible de tamano máximo, con cuatro les que no pueden ser ebstaculizadas sin graves brazos de esmalte rojo con remate dorado. Enperjuicios para el Estado y para la ciudadania; tre el brazo superior de la CRUZ y la anilla penPUBLICAS derá una corona olimpiea de hojas de laurel y CONSIDERANDO: of centro del emblema ostentará un círculo forConcédese la evoneración que se mencicna a favor mando una corona de laurel de esmalte verde, que Que como una consecuencia de la actual situade la <Asociación de Secords de la Carided de circundará a un campo en azul y blanco. En el ción económica mundial se han afectado los costos San Vicente de Paúl». campo blanco, cinco volennes en esmalte verde, en la prestación del servicio urbano de pasajeros y 1111 sol on esmalte dorado. En la parte supeen la ciudad capital, lo que hace imperativo para rior del mismo, el gorro frigio de la libertad. evitar el aumento en el valor del pasaje que el MINISTERIO DE TRABAJO En el camps azul. en birds blaces replaades, Estado. con sacrificio fiscal, deje de percibir alla pala bra: Customala. Alrededor de la alegoria gunos impuestos que gravan a las Empresas que Y PREVISION SOCIAL central habrá un círculo (1) esmalte blanco OCprestan ese servicio y lez proporcione un subsidio instindo d lema: "0 los einco O ninguno", en que les facilite el cumplimiento de sus obligaciones, later doradar, redeado por una corona de laurel Aprucbase cn.la contidad que SD express el Presu- #11 estalle verde. Entre los brazos de la cruz, POR TANTO, puesto de Ingresos y Egregos dil Initituto Trenico habed cinco rayos unides, en metal dorado. Cade Cepacitación y Productivided, INTECAP. po. da brazo tendrá dos puntas rematadas en peEn USO de las facultades que le confiere el inciso periodo comprendido del 10. de (11310 al 31 dequellos globos también dorades. En el reverso, 10. del articulo 170 de la Constitución de la Rediciembre de 1074. inserita on circulo, la leyenda: ORDEN DE LOS pública, CINCO VOLCANES y al centro on linea recta DECRETA: horizontal. en números romanos, la mención del PUBLICACIONES VARIAS año MCMLXI on que fue originalmente instiArtículo 10.--Se faculta al Organismo Ejecutivo tuida la orden. para que por el plazo de dos años calendario, conBANCO DE GUATEMALA Articulo La Orden de 103 Cinco Volcanes tades a partir de la fecha en que esta ley entre comprende los grades siguientes: on vigor, proporcione a las Empresas del TransOperaciones y Cuentas Banco de Guatemala año a) GRAN CRUZ, placa de oro que se otorporte Urbano que estén legalmente autorizadas por 1973. gará exclu ivamente a Jefes de Estado; la Municipalidad de In ciudad de Guatemala para In CRAH CREZ. que otorgará a emprestar die ho servicio, un subsidio en especio conPaintores, ministros plenipotenciarios, misistente en sejuelentos mil (600,000) galones menminimus de Estado y otros funcionarios suales de Aceite Dicsel, destinados al consumo CXMUNICIPALIDAD DE GUATEMALA nacion internacioned males de rango equiclusivo de las unidades que prestan 050 servicio producto: " entidedent público de transporte de personas en la cludad Acuérdase que di servicio Muscipal de Agea Po 0) GRA OFICIAL, que 20 otorgará a percapital de la Republica. table. será prestado conforme a las entigorias nouns particulare a funcionarios de Articulo 20.-El Organismo Ejecutivo deberá dieque S2 detallan. PRINTO inferior a los emmicrados. tar las medidas de control que estime necessarias Calor oficial de In Orden será azul marino, que garanticen el correcto y racional consumo del ANUNCIOS VARIOS dividido 1. Lago una franja blanca, GSAceite Discl exclusivamente para los fines a que treeks se refiere la presente ley.
AsSeb 42-31 Conscjo de la Orden estará Asimismo, por conducto del Ministerio de FinanAutorización farmacéut'ea. Matrimenios Soliciinternedo por los Ministros de Estado. zas Publicas, deberá efectuar las transferencias tud de nacionalidad. Linea de transporte Articulo 59-Correrponde al Presidente de la presupuestales correspondientes para cubrir las Constitución de sociedades. Modificación de SO Republica, a propuesta del Consejo de la Orden, eregaciones que SO requiren para la compra de ciedades. Registro de merces. Ttulos suple conceder 0 bien cancelar el otorgamiento de dicho producto, sin afectar la ejecución de progratorios. Edictos. Licitación Remates. esta Condecoración. mas que tengan una mayer prioridad.
IBLIOTECACOND1410 DIARIO DE CENTRO AMERICAJunio 4 de 1974 NUMERO 92
Artículo 30.-Se exonera por el plazo de dos años Articulo 70.-El subsidio y las exoneraciones SC ORGANISMO EJECUTIVOcalendario, contados a partir de la vigencia de estaaplicarán únicamente a las Empresas de naturaley, a las Empresas de Autobuses a que se reficre leza estricta y legalmente urbana, de conformidad el artículo 10., del pago de los siguientes impues-con la Ley de Transportes y el Código Municipal: tos: que funcionen exclusivamente en el Municipio de MINISTERIO DE AGRICULTURAGuatemala y que estén legalmente autorizadas pa-a) Impuesto del timbre en la constitución de ra operar como tales por la Municipalidad de ladichas Empresas en sociedades; que tengan ciudad capital, al momento de entrar en vigor esta pruébanse los Estatutos de la Cooperativa Pespor objeto la prestación del servicio público ley. quera de Servicios Varios "Las Lisas", Responde transporte de personas en la ciudad caNo obstante lo establecido en el párrafo anterior, Sabilidad Limitada; y reconocese su personapital; lidad jurídica.el Organismo Ejecutivo queda facultado para otor-b) Impuesto sobre la importación de las unidagar, cuando lo creyere conveniente y oportuno, sub-des para el servicio, ya sea que se importen Palacio Nacional: Guatemala, 12 de marzo desidios 'exoneraciones similares a otras empresas 1974.armadas 0 desarmadas, incluyendo chasises de autobuses urbanos organizadas, tanto en la ciu-y repuestos; dad capital como en otras ciudades del pais. siemEl Presidente de la República, c) Impuesto del timbre sobre la venta de bopre que cumplan con los requisitos establecidos onletos; la Ley de Transportes. la presente ley en lo que CONSIDERANDO:
d) Impuesto sobre placas de circulación de los les fuere aplicable y demás disposiciones corres.autobuses empleados en la mencionada prespondientes. previa calificación de estos requisitosQue examinada la solicitud de la Cooperativa tación; Pesquera de Servicios Varios "Las Lisas", Res-por el Ministerio de Finanzas Públicas.e) Impuesto sobre la Renta; y ponsabilidad Limitada, relativa a que se apruebenArticulo 80.-Se derogan todas las leyes y demásf) Impuesto sobre el consumo de Aceite Diésel sus estatutos y se le reconozea personalidad ju-disposiciones en lo que se opongan al presente De-utilizado por las unidades que presten el serviridica, la cual ha merecido dictamen favorable delcreto, el que entrará en vigor el día siguiente decio, hasta un máximo de TRESCIENTOS Departamento de Cooperativas del Ministerio desu publicación en el Diario Oficial. MIL (300,000) galones mensuales, siempre Agricultura, procede resolver de conformidad enPase al Organismo Ejecutivo para su publicaciónque cl consumo mensual que cause dicho vista de encontrarse los mismos acordes con las y cumplimiento.servicio exceda de los SEISCIENTOS MIL prescripciones de los Decretos 643 y 1295 del Con-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo.galones mensuales que comprende el subsidio greso de la República y reglamentos respectivos,en la ciudad de Guatemala, a los veintidos días a que se refiere el artículo 10. de este Dedel mes de mayo de mil novecientos setenta y POR TANTO,creto. cuatro. Artículo 40.-Para que las Empresas de Autobu En uso de las facultades que le confiere el
ses del Transporte Urbano puedan hacer uso de MARIO SANDOVAL ALARCON, artículo 189, inciso 49 de la Constitución, las exoneraciones a que se refiere el artículo anPresidente. terior, es indispensable: ACUERDA: MANFREDO HEMMERLING MORALES. 1) Que antes del treinta y uno de diciembre del Secretario. Artículo I.-Aprobar los siguientes corriente año, se reorganicer administrativa y Jogalmente. en cualquiera de las formas MARIATERESA F. DE GROTEWOLD. de sociedad tipificadas por el Código de Co Secretaria. Estatutos de la Cooperativa Pesquera de mercio, Decreto número 2-72 del Congreso) de la República, 0 a su elección, en sociedad Palacio Nacional: Guatemala, treinta de mayo deServicios Varios "Las Lisas", Responsacooperativa. Queda establecido que, si bien mil novecientos setenta y cuatro. bilidad Limitada.las Empresas pueden hacer uso de las exoneraciones a partir de la vigencia de esta Publiquese y cumplase. ley. aquellas, que por cualquier circunstan CAPITULO PRIMERO cia, no se reorganicen en la forma y a la CARLOS ARANA OSORIO fecha establecidas en esta numeral, dejarán de tener ese derecho, quedando por consiEl Ministro de Finanzas. Denominación, Duración, Domicilio 1/ Objeto guiente afectas al pago de los impuestos CO.JORGE LAMPORT RODIL Artículo 19-Con el nombre de Cooperativarrespondientes: Pesquera de Servicios Varios "Las Lisas", Res2+ Que las Empresas estén legalmente autoriza: ponsabilidad Limitada, se constituye la presente das por la Municipalidad de esta capital, pa asociación. ra prestar dicho servicio; DECRETO No. 68-73 Artículo 29-Esta asociación se constituye con 3) Que los autobuses se destinen exclusivamente duración indefinida y sólo podrá disolverse cuando a tal prestación: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.concurran las circunstancias a que se refiero cl 4) Que cl servicio del transporte urbano de paartículo 62 de estos estatutos. sajeros se mantenga ininterrumpidamente a Artículo 39-La sede de la asociación será enCONSIDERANDO:los precios autorizados: la alden "Las Lisas", del municipio de Chiquimu5) Que dentro de los sesenta días hábiles de la Que la Ley del Organismo Judicial, Decreto 1762lilla, del departamento de Santa Rosa, pero podrá fecha en que principia la vigencia de estadel Congreso, que es ley de carácter general quemantener oficinas D sucursales de sus actividades ley. los salarios que se pagan a los trabaja-contiene los principios generates del derecho vi-en cualquier lugar de la República, según lo deterdores, se nivelen al salario máximo que en mine la Junta de Directores de neuerdo a lasgente y su aplicacion es de observancia obligada yla actualidad se pagan en la prestación de necesidades. en lo relativo a los términ OS y p'azos. ha estableci-tal servicio, y que dentro de los sesentado claremente la diferencia entre tales conceptosdías hábiles subsiguientes todos los salariosjurídicos: Artículo 49-Esta Cooperativa se organiza para
sean aumentados en una tasa no menor del lograr los objetivos siguientes: diez por ciento (10%): CONSIDERANDO: 6) Que dentro de los sesenta dias hábiles de la a) Estimular y mantener on los asociados las fecha en que entre en vigor la presente lev.Que en la Ley del Impuesto Sobre la Ret th. De aptitudes, actividades y confianza necesarias los empresarios procedan a la reparación decreto-Ley 229, y su Reglamento. se ha creads una para que juntos resuelvan sus problemas;b) todos aquellos autobuses que se encuentren Su actividad principal será la pesca, su pro-confusion y contradicción. lo cual no sólo resulta cosamiento y la industrialización de otrosen malas condiciones y que por su estado inconveniente sino perjudicial para las person's in-productos propios del mar;actual, no ofrezcan comodidad y seguridaddividuales y jurídicas afectas. pues en lo relativec) a los términos no se aclara concretamente que noDesarrollar actividades con relación a lapara los usuarios del servicio; deberán tomarse en cuenta los dias inhábiles. prproducción, industrialización, transporte, al-7) Que se presente ante el Ministerio de Finanzas Públicas por el representante legal delo que es necesario adicionar el art culo 20 de dichnmacenaje, venta y distribución de sus pro-duetos: cada Empresa, Declaración Jurada de que Ley, en beneficio de las personas sujetas a la d> las exoncraciones antes mencionadas se apli-claración jurada de renta y a los demás actos a d) Gestionar y conceder préstamos a los asocarán única y exclusivamente al transporteque la misma ley se refiere, ciados que faciliten la realización de sus
propósitos; urbano de personas; c)POR TANTO. Tratar de adquirir los materiales y equipo8) Que se cumpla con las demás disposiciones necesarios para su funcionamiento; y medidas de control que el Ministerio de f) En cumplimiento de las atribucienes que le asigProcurar todas las garantias de eficiencia y Finanzas Públicas emita para el correcto usona el inciso 10. del artículo 170 de la Constitucionseguridad, a fin do dar el mayor servicio de las exoneraciones: y posible a los asociados, sus familiares y co9) Todo tramite, gestión 0 solicitud que fuere DECRETA: munidad cn general; necesario para la aplicación y disfrute de los g) Realizar con los cooperadores toda clase de beneficios contenidos en la presente ley. debe hacerse por conducto de la Asociacion de Artículo 10.-Se adiciona el articulo 20 de h Leyoperaciones 0 transacciones que impliquen del Impuesto Schro a Renta. Decreto Ley 229. conbeneficio directo para los mismos, de acuerEmpresas de Autobuses Urbanos actualthente el siguiente párrafo: do con los fines para los que fue creada la organizada 0 de la entidad gremial que la Cooperativa; sustituya, sin cuyo requisito 0 mediación noEl termino a que se refiere et primer párrafo1) Obtener por compra, arrendamiento, usupodrán gozar las empresas de autobuses ur de esto artículo no comprenderá los dias inhábiles.fructo 0 donacion, bienes inmuebles para su banos de la capital de dichos beneficios. Asi-V por to tanto nsi deberá interpretarse en el uso 0 explotación en forma colectiva 0 bien
mismo, cualquier documento, convenio 0 comReglamento. En Jos demás casos en que esti Leydandolas en parcelas para dedicarlas a culpromiso que debiere firmarse por parte de se refiera a termines así debe interpretarse. Los tivos 0 vivienda de sus asociados; C las empresas mencionadas. para los efectes plazos serán en todo caso continuos i) Colaborar en toda actividad que tienda al expresados en el párafo anterior, debe serio desarrollo eficaz del movimiento Coopepor medio de la entidad gremial indicada.Articulo ?0.-El presente Decreto entrará on vi-rativo. For el dia siguiente de su publicación cn el DiarioArtículo 50.-En caso de que cl subsidio y las Oficial. Artículo 5°-No se permitirá tratar asuntos exoneraciones fueren utilizados para fines distintosPase al Organismo Ejecutivo para su Publicaciónpolíticos ni religiosos en cl seno de la Cooperativa de la prestación del servicio de transporte urbanoy Cumplimiento. y menos destinar fondos sociales a campañas de de pasajeros, los infractores deberán reintegrar al esa indole u otros fines que no scan los propios Fisco el costo de dicho subsidio. asi como los imDado on el Palacio del Organismo Legislativo, ende su descnvolvimiento social y económico. puestos exonerados, además de las multas en que la cludad de Guatema'a. a los veintitrés dias del hubieren incurrido conforme a las leyes y regla mes de agosto de mil novecientos setenta y tres. CAPITULO SEGUNDO mentos de la materia, sin perjuicio de deducirles
las responsabilidades penales y civiles corresMARIO SANDOVAL ALARCON. Régimen Económico pondientes. Presidente Articulo 60.-El Organismo Ejecutivo podrá conArtículo 6-EI capital de la Cooperativa estara templar, en caso necesario y por una sola vez, la MARIATERESA F. DE GROTEWOLD integrado por: prórroga por un período de dos años más, total 0 ler. Secretario. a) Las aportaciones que suscriban los aso-parcialmente, del subsidio y de las exoneraciones a que se refiere la presente ley. con base en los esGUILLERMO ALFONSO HERNANDEZ SOTO, cindos; 2o. Secretario. b) Las aportaciones adicionales para fines de-tudios económico-financieros que el Ejecutivo y la terminados; Municipalidad realicen y en los cuales podrá evaduarse la posibilidad de un aumente recional en Palacio Nacional: Guatemala. treinta de mayo dec) Los auxilios, subvenciones 0 donaciones pú- Jas autorizadas, que substituya total 0 parmil novecientos setenta y cuntro. blicas 0 privadas que la Cooperativa reciba; y cialmente el subsidio y exoneraciones indicadas. SiPubliquese y Cúmplase. d) Las reservas y toda clase de haberes que antes del vencimiento de los dos primeros años, la acumule. situación económica prevaleciente en el pais, deCARLOS ARANA OSORIO.terminare ese aumento racional de tarifas, el subArtículo 79-Las aportaciones obligatorias a sidio y exoneraciones quedarán sin efecto total 0El Ministro de Finanzas, suscribirse por los asociados tendran un valor parcialmente, según las circunstancias. JORGE LAMPORT RODII. nominal de cien quetzales (0100.00), que se re-