🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 27-2004

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 27-2004
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2004

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA iario de Centro América CONSTRUYENDO www.diariodecentroamerica.gob.gt Órgano Oficial de la República de Guatemala UNIDUN MEJOR PAÍS Director: Luis Eduardo Marroquín GodoyNuevo Gobierno de Guatemala TOMO CCLXXV Guatemala, miércoles 10 de noviembre de 2004 NÚMERO 45

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGÁNISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 27-04

ORGANISMO EJECUTIVO MINISTÉRIO DE FINANZAS PÚBLICAS CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAAcuérdase adscribir a la Municipalidad de Mazatenango del departamento de Suchitepéquez la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad con el número 7639, folio 140 del libro 46 de Suchitepé- DECRETO NÚMERO 27-04quez. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAAcuérdase crear la distinción Medalla de Honor al Mérito POPOL WUJ, la cual será entregada cada CONSIDERANDO: año a un Bibliotecario O a una Bibliotecaria que se Que conforme lo establece el artículo 149 de la Constitución Política de la República, Guatemalahaya distinguido en esta profesión. normará sus relaciones con otros Estados, de acuerdo con los principios, reglas y prácticasMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERinternacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y

NO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMAinternacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados,LA PARA EL DESARROLLO Y LA APLICACIÓN DE LOS USOS PACÍFICOS DE LA ENERGÍA CONSIDERANDO: NUCLEAR, SUSCRITO EN BOGOTÁ, COLOMBIA, EL 10 DE DICIEMBRE DE 1986. Que los artículos 97 y 119 de la Ley fundamental de la República establecen que el Estado, las Municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo PUBLICACIONES VARIAS social, económico y tecnológico que prevenga a la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. "Se dictaran las normas necesarias para garantizar que la utilización yMUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO CARCHÁ, aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente evitandoALTA VERAPAZ REGLAMENTO DEL MERCADO MUNICIPAL DE su depredación y que son obligaciones fundamentales del Estado, el adoptar las medidas que sean

SAN PEDRO CARCHÁ, ALTA VERAPAZ. necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma MINISTERIO DE TRABAJO eficiente" Y PREVISIÓN SOCIAL CONSIDERANDO: Acuérdase ordenar la inscripción del SINDICATO DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS INDEPENDIENQue el Decreto Número 80-2002 del Congreso de la República, Ley General de Pesca yTES DE LA FINCA TAQUINCO SEHARANX. Acuicultura, tiene por objeto regular la pesca y la acuicultura, normar las actividades pesqueras yMUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE acuícolas a efecto de armonizarlas con los adelantos de la ciencia, ajustándolas con métodos yCHICACAO, DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ procedimientos adecuados para el uso y aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE en aguas de dominio público.INSCRIPCIONES DE PARTIDAS DE NACIMIENTO REGISTRO CIVIL CÉDULAS DE VECINDAD POR TANTO: DEL MUNICIPIO DE CHICACAO, DEL En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la ConstituciónDEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ, SEGÚN EL DECRETO 29-2003, DE FECHA 18 DE JUNIO Política de la República de Guatemala, DE 2003. DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Convenio Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico y susANUNCIOS VARIOS

Protocolos, suscrito por el Gobierno de la República de Guatemala, con fecha 17 de febrero de Matrimonios Constituciones de sociedad 2004. Modificaciones de sociedad Patentes de Artículo 2. El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en elinvención Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates. diario oficial. INMOBILIARIA NAVARRA. S.A.-Balance General al 30 de junio del 2004. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN YMOLINO HELVETIA, S.A.-Balance General al 30 de junio de 2004. PUBLICACIÓN. AGRÍCOLA CHITALON, S.A.-Balance General al 30 de junio del 2004. INVERSIONES ESTRADA, S.A.-Balance General al DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE 30 de junio del 2004. GUATEMALA, EL VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO.2 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-10 de noviembre de 2004 NÚMERO 45 ARTICULO 2.- La adscripción se otorga con el fin especifico que el inmueble FRANCISCO ROLANDO MORALES CHÁVEZ CONGRESO BE sea utilizado para las instalaciones de un centro cultural, un museo y un centro de artesanías, a cargo de la Municipalidad de Mazatenango, y se constituye bajo la condición resolutoria que con el cambio de destino para el cual se otorga, se PRESIDENTE dará por terminada la misma, volviendo dicho bien al dominio del Estado sin

necesidad de acción judicial, quedando las mejoras que se le hayan introducido GUATEMALA, al inmueble a su favor, sin derecho de compensación alguna. ARTICULO 3.- El inmueble queda sujeto a revisión y supervisión por parte de la CARL OS WALDEMAR BARILLAS HERRERA JOSÉ CONRADO GARCÍA HIDALGO Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, quien SECRETARIO SECRETARIO elaborará el acta que formalice la entrega a la Municipalidad y hará en su registro las anotaciones correspondientes.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, ocho de noviembre del año dos mil ARTICULO 4.- Derogar el Acuerdo Gubernativo de fecha 9 de octubre de 1962, cuatro. por medio del cual se adscribió al Ministerio de la Defensa Nacional la finca PUBLÍQUESE Y CUMPLASE número 7639, folio 140 del libro 46 de Suchitepéquez.

DE LA PRESIDENCIA ARTICULO 5.- El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir el día REPUBLICA siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, órgano oficial del Estado.

COMUNIQUESE, DE

BERGER PERDOMO GOATEMALS,

DEPARTMENTA

REPUBLICANTGUATEMALE.

OSCAR BERGER

Alvaro Aguilar Prado Ministry de Agricultura SECRETARIO GENERAL

DELAPRESIDENCIADE LAREPUBLICA

Ganade: Alimentación

Mad Banall

FINANZA MINISTREIO PUBLICAS(E-718-2004)-10-noviembre

LA MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS

ORGANISMO EJECUTIVO María Antonieta de Bonilla

MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS

(E-719-2004)-10-noviembre MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase adscribir a la Municipalidad de Mazatenango del departamenMINISTERIO DEto de Suchitepéquez la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad con el número 7639, folio 140 del libro 46 de Suchitepéquez.CULTURA Y DEPORTES ACUERDO GUBERNATIVO No. 331-2004 Acuérdase crear la distinción Medalla de Honor al Mérito POPOL WUJ, la cual será entregada cada año a un Bibliotecario O a una Bibliotecaria que se haya distinguido en esta profesión. Guatemala, 19 de octubre de 2004.

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 598-2004

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Guatemala, 29 de septiembre de 2004.

CONSIDERANDO: EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES Que el Estado es propietario del inmueble inscrito en el Segundo Registro de laCONSIDERANDO: Propiedad con el número 7639, folio 140 del libro 46 de Suchitepéquez, conocidocon el nombre de "El Cuartelón" donde funciona un museo, un centro cultural yQue de acuerdo a la Constitución Política de la República de Guatemala, elde artesanías; Estado garantiza la libertad de educación y que toda persona tiene derecho

CONSIDERANDO: a participar libremente en la vida cultural, así como beneficiarse del progreso científico y tecnológico, Que por disposición legal le corresponde al Concejo Municipal la preservación y promoción del derecho de los vecinos y de las comunidades a su identidadCONSIDERADO: cultural por lo que procede atender la solicitud presentada por la Municipalidadde Mazatenango del departamento de Suchitepéquez, dentro del expedienteQue el 30 de Septiembre de cada año se celebra el Día del Bibliotecario, número S-0656-2004 de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio decomo un homenaje a la labor que dichos ciudadanos, hacen en pro de la Finanzas Públicas; educación y la cultura, cuidando y ordenando las instituciones bibliotecarias, coadyuvando de esta forma a mantener el patrimonio del país y aPOR TANTO: enriquecer el acervo cultural de quienes las visitan, En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de laCONSIDERANDO: Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, 39 y 40 numeral 10) del AcuerdoQue es necesario reconocer la labor del Bibliotecario, como un estímulo al Gubernativo número 382-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio dedesarrollo de la cultura nacional y como un incentivo para enriquecer dicha

Finanzas Públicas; profesión,

POR TANTO:

ACUERDA: En ejercicio de las funciones que le confieren el Artículo 194, incisos a) y f) ARTICULO 1.- Adscribir a la Municipalidad de Mazatenango del departamentode la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículo 27, incisos de Suchitepéquez la finca inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad con ela), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo 7 del Reglamento Orgánico número 7639, folio 140 del libro 46 de Suchitepéquez. Interno del Ministerio de Cultura y Deportes,

Consultar sobre este documento ...