Decreto 27-2006
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 27-2006
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2006
Guatemala, LUNES 4-de septiembre de 2006 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMEROIÓN PRESIDENTE PRESIDENTE MAURICIO NOME/LEON CORADO JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA MAURICIO N LEON CORADO SECRETARIO SECRETARIO JOB RAMIRO GARCÍAY GARCÍA SECRETARIO SECRETARIO PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticuatro de agosto del año dos mil seis.PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticuatro de agosto del año dos mil seis.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
DE O Mays
DE LA ARRIBLICA
GUATEMALA byBERGER PERCOMO
QUATEMALAC.A.
DE Ltc. Torge RoyesSECRETARIO GENERAL
DE PRESIDENCIA
DE
- GUATEMALA ACIONES DE ECONOMIA DE Lic. Manuel TetzaguMinistro de Cultura y Deportes XQUATIONAPARCIO CUEVASQUEZADA QUATEMALICA
Mario Altolaguirre LarraondoC.A. Ministro de Economic Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho (E-793-2006) septiembre (E-794-2006) septiembre
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 26-2006 CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO: DECRETO NÚMERO 27-2006
Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios,EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz ylibertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos CONSIDERANDO: democráticos e institucionales internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativo entreQue Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, los Estados. reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y CONSIDERANDO: libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e institucionales internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativo entre Que el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquelloslos Estados. Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular CONSIDERANDO: conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.Que el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos CONSIDERANDO: Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ordenado y eficiente delconjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales; así como crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y CONSIDERANDO:
extranjeros. Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ordenado y eficiente del CONSIDERANDO: comercio interiory exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales; así como crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Unión Económica deextranjeros. Bélgica-Luxemburgo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, constituyeun instrumento bilateral cuyo objetivo es intensificar la cooperación económica en beneficio de CONSIDERANDO: ambas Partes Contratantes y que propone crear condiciones favorables para las inversionesQue el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República realizadas por inversores de cada una de las partes contratantes en el territorio de la otra.de Austria para la Promoción y Protección de las Inversiones, constituye un instrumento POR TANTO: bilateral cuyo objetivo es intensificar la cooperación económica en beneficio de ambos países y que propone crear condiciones favorables para las inversiones realizadas por inversores de En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la Constitucióncada una de las partes contratantes en el territorio de la otra. Política de la República. POR TANTO: DECRETA: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal I) de la Constitución Política Artículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Uniónde la República. Económica de Béigica-Luxemburgo para la Promoción y Protección Recíproca de las
Inversiones, hecho en Bruselas el 14 de abril de 2005. DECRETA: Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en elArtículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre la República de Guatemala y la República de Austria Diario Oficial. para la Promoción y Protección de las Inversiones, firmado en la Ciudad de Guatemala el 16 de enero de 2006. REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. Artículo 2.El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN YGUATEMALA, EL OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS. PUBLICACIÓN.NUMERO16 DIARIO'de CENTRO AMÉRICA Guatemata, -LUNES 4 de septiembre de 2006
POR TANTO EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL OCHO DE AGOSTO DE DOS MIL SEIS.
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y m) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 5 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
PRESIDENTE
EN CONSEJO DE MINISTROS:
ACUERDA:
MAURICIONS LEONCORADO JOB RAMIRO GARCÍA-Y GARCÍA SECRETARIO SECRETARIO Las siguientes reformas al Acuerdo Gubernativo Número 649-97 de fecha 3 de septiembre de 1997, reformado por los Acuerdos Gubernativos números 226-98, 568-98, 309-2000 y 278-2004, respectivamente. Artículo 1. Se reforma el artículo 2° el cual queda así: PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticuatro de agosto del año dos mil seis. "Articulo 2°. INTEGRACION. La Comisión Paritaria de Reforma y Participación estará integrada de la forma siguiente: PUBLÍQUESE Y CUMPLASE En representación de las organizaciones indigenas: DE INCIA LA ad Como titulares:
MPRESIDUBLICA
a) Andrés Gómez González; b) Marvin Gilberto Martinez Norales; & c) Daniel Eduardo Matul Morales; GUATIMALA. d) Gloria Sanic Morales; e) Ramiro López Ramirez;BERGER PERDOMO f) Juan Ortega Luis; g) Francisco Sutuj Cumatzil; h). José Alejo Cuxil Toc; y
- Juan Francisco Mateo Tol.
Como alternos: a) Manuel Baltasar Cuevas López; yDE REPUBLICA
DE b) Danilo Mejía Bermúdez
EXTERIORESERIO
ECONOMIA
En representación del Gobierno de la República:
MARCIOCUEVAS Como titulares: Marta Altolaguirre Larraondo Ministro de Economia GUEPUBLICADE Viceministra de Relaciones Exteriores a) Carlos Humberto Cu Cab, por la Secretaría de la Paz de la Presidencia;
Encargada del Despacho b) Irma Violeta Alfaro Aldana de Carpio, por la Secretaría Presidencial de la Mujer; (E-795-2006) septiembre c) Jorge David Calvo Drago, por la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia; d) Braulio Rusbeli Vásquez Miranda, por la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencial;ORGANISMO EJECUTIVO e) Carlos Ignacio Gómez Chavarri, por la Comisión Presidencial para la Reforma, Modernización y Fortalecimiento del Estado y de sus Entidades Descentralizadas; f) Anabella Osorio Escobar de Cordón, por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación; g) Marco Antonio Curruchich Mux, por el Ministerio de Cultura y Deportes. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Como alternos: Acuérdase las reformas al Acuerdo Gubernativo Número 649-97 de fecha 3 de septiembre de 1997, reformado por los Acuerdos Gubernativos números 226-98, 568-98, 309-2000 y 278-2004 respectivamente. a) Maria Hortensia del Cid López; ACUERDO GUBERNATIVO No. 434-2006 b) Susana Isabel Palma Rodríguez de Cuevas; c) Onelia Abigail Monroy Rodríguez de Trujillo; Guatemala, 11 de agosto de 2006. d) Saúl Adolfo Lima Leiva, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA En caso de ausencia definitiva de cualquiera de los integrantes antes citados, el pleno de la Comisión Paritaria de Reforma y Participación, solicitará a la partecorrespondiente, se nombre nuevo representante."
CONSIDERANDO: Artículo 2. El presente Acuerdo Gubernativo, empieza a regir al día siguiente desu publicacion en el Diario de Centro América.
Que por Acuerdo Gubernativo número 649-97 de fecha 3 de septiembre de 1997, reformado por los Acuerdos Gubernativos Números 226-98, 568-98, 309-2000 y 278-2004 respectivamente, en Consejo de Ministros se creó la Comisión Paritaria de Reforma y Participación, con carácter temporal y extraordinaria con DE COMUNÍQUESELA representantes de las organizaciones indígenas y representantes del Gobierno, adscrita a la Secretaría de la Paz para fines financieros y técnicos.
AMERICAREPUBLICACONSIDERANDO: to Que la referida Comisión quedó integrada con representantes de las GUATEMALA.organizaciones indígenas y representantes del Gobierno y el plazo de su función se fijó hasta cumplir sus objetivos, conforme lo establecido en el Acuerdo Sobre
Identidad y Derecho de los Pueblos Indigenas. OSCAR BERGER
CONSIDERANDO:
SIDENCIA REPUBLICA DE Que los objetivos que determinaron la creación de la Comisión Paritaria de Reforma y Participación, mantienen su vigencia de conformidad con lo estipulado CORRERNACIONen la Ley Marco de los Acuerdos de Paz, Decreto Número 52-2005, y que es Eduardo Stein Barillas GUATEMALAdeber del Estado garantizar la continuidad de la Comisión para asegurar laVicepresidente de la Republica Carlos Vielmann Montes participación, de los pueblos Maya, Xinka y Garifuna, en el proceso de toma de MINISTRO DE GOBERNACION decisiones en los distintos ámbitos de la vida nacional.