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Decreto 270-1970

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 270-1970
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Sociedades
Año
1970

El Guatemalteco

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. de ENERO DE 1886, SEGUNDA EPOCA Administración: Telefono 24418 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correcs de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 748 America: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXVIII GUATEMALA, MIERCOLES 22 DE ABRIL DE 1970 NUMERO 33

SUMARIO POR TANTO. ARTICULO 10.- Suciedades Mercantiles. Son SOciedades organizadas hajo forma mercantil, excluEn uso de las atribuciones que le asigna el insivamente las siguientes: ciso 10. del artículo 170 de la Constitución de la ORGANISMO LEGISLATIVO República, 10. La sceiedad colectiva.

20. La seciedad en comandita simple.

DECRETA: Decreto numer 270. (Código de Comercio de 30. La seciedad de responsabilidad limitada.

40. La sociedad anónima.

Guatemala). El siguiente 50. La scciedad en comandita por acciones. ORGANISMO EJECUTIVO ARTICULO 11.-Cónyuges Comerciantes. El maCódigo de Comercio de Guatemala rid.) y la mujer que ejerzan juntos una actividad MINISTERIO DE ECONOMIA mercantil, tienen la calidad de comerciantes, a menos que uno de ellos sea auxiliar de las activiOtorgase a la empresa "Industria Textil Miraflores. TITULO PRELIMINAR dades mercant/les del otro.

S. A. (INTEXSA). equiparacio con la empresa ARTICULO 12.-Bancos, Aseguradoras y Análetextilera nicaragüense "A. Gadala Maria y ComDisposiciones Generales gas. Los, bancos, aseguradoras, reaseguradoras, af.anzadoras. reafianzadoras. financieras, almace-pañia Limitada Sucesores". ARTICULO lo.-Aplicabilidad. Les comerciantes nes generales de depósito, bolsa de valores, entien su actividad profesional, los negocios juridicos dades mutualistas y demás análogas, se regirán MINISTERIO DE HACIENDA mercantiles cosas mercantiles. se regirán por las on cuanto a su forma, organización y funcionamiendisposiciones de este Codigo y en su defecto, por to. por lo que dispone este Código en to que no las del Derecho Civil que se aplicarán e interprecontravenga sus leyes y disposiciones especiales.

Y CREDITO PUBLICO tarán de conformidad con los principios que inspiLa autorización para constituirse y operar se ra el Derecho Mercantil regirá por las leyes especiales aplicables a cada Concédese a la Asociación de Amigas de San VicenARTICULO 2o.-Comerciantes. Son comerciantes caso. te, la exoneración que Se menciona. quienes ejercen en nombre propio y con fines de ARTICULO -Instituciones y Entidades Públilucro, cuale-quiera actividades que se refieren a le cas EI Estado, sus entidades Gescentralizadas: auConcédese montepio militar a favor del señor Sansign-ente: ténomas 0 semiautonomas las municipalidades y tos Ruiz Hernández. on general, cualesquiera instituciones 0 entidades 10 La industria dirigida a la producción 0 trans-públicas, no s.n comerciantes, pero pueden ejerConcédese rectificación de jubilación militar a faformación de bienes y a la prestación de cer actividades comerciales, sujctándose a las disvor del Músico Enrique Asturias Barrientos. servicios. posiciones de este Código, salvo 10 ordenado en leyes especiales.

20. La intermediación en la circulación de bieMINISTERIO DE RELACIONES nes y a la prestación de servicios.

30. La banca, seguros y fianzas. CAPITULO II EXTERIORES 40. Las auxiliares de las anteriores.

Ratificaciones, Adhesiones y Reservas, producidas ARTICULO 30.-Comerciantes Sociales. Las SODE LAS SOCIEDADES MERCANTILES por otros Estados sobre Tratados y Convenciociedades organizadas bajo forma mercantil tienen DISPOSICIONES GENERALES RKS Internacionales. la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto. ARTICULO 14.- Personalidad Jurídica. La sociedad mercantil constituida de acuerdo a las dispoANUNCIOS VARIOS ARTICULO to.-Cosas Mercantiles. Son cosas sicienes de este Código e inscrita en el Registro

mercantiles: Mercantil, tendrá personalidad jurídica propia y distinta de la de los socios individualmente con1o. Los títulos de crédito. siderados. Matrimonios Constitución de sociedades. 2o. La empresa mercantil y sus elementos. Para la constitución de sociedades, la persona 0Modificación de seciedades. Prorroga de 8030. Las patentes de invención y de modelo, las personas que comparezcan como socios fundadores, ciedad. Disolución de sociedad. Registr) marcas. los nombres, los avisos y anuncios deberán hacerlo por si 0 en representación de otro,de marcas. Patente de invención. Titulos comerciales. debiendo en este caso, acreditar tal calidad en supletorios. Edictos. Licitaciones. Rela forma legal. Queda prohibida la comparecenciamates. ARTICULO 50.-Negocio Mixto. Cuando en un como gestor de negocios. negocio juridico regids por este Código intervenganARTICULO 15.-I.egislación Aplicable. Las socomerciantes y no comerciantes. se aplicarán lascicdades mercantles se regirán por las estipulaORGANISMO LEGISLATIVO disposiciones del mismo. ciones de la escritura social y por las disposiciones del presente Código. LIBRO I Contra el contenido de la escritura social, es prohibido a los socios hacer pacto rese.vado u opoDE LOS COMERCIANTES Y SUS AUXILIARES ner prueba alguna. DECRETO No. 2-70 ARTICULO Selemnidad de la Sceledad. La TITULO I censtitue.on de la sociedad y todas sws modificacicnes. incluyendo prorrogas, aumento 0 reducción ElCongreso de la República de Guatemala, COMERCIANTES de capital, cambio de razón social 0 denominación, fesion disolución 0 cualesquiera otras reformas 0

CONSIDERANDO: CAPITULO I ampliaciones, $0 harán Censtar en escritura pú- blica. La separacion 0 ingreso de socios en las Que el Organismo Ejecutivo envio como iniciaDisposiciones Generales suciedades no accionadas, también se formalizará tiva de Ley un proyecto de Codigo de Comercio, en eseritura pública, el cual fue cuidadosamente analizado por las CoARTICULO 60.-Capacidad. Tienen capacidad Salvo en las sociedades por accienes, la modifimisiones respectivas. las que opinaron que el alu-para ser comerciantes las personas individuales y cación de la escritura constitutiva requerirá el dido Proyecto responde # las neces.dades del des-jurídicas que, conforme al Código Civil son habilesvoto unánime de los socios. Sin embargo, podrá arrollo economico del pais. por tener una orienpara contratar y obligarse. pactarse que la escritura social pueda modificarse tación fil Fea m derna y un infoque realista de ARTICULO 70.-Incapaces 0 Interdictos. Cuando por resulución, tomada por-la mayoria que la prologo institutes que regular dande un tratamient un incapaz adquiera por, herencia 0 denación una pia escritura determine, pero en este caso, la acert do a las diversas doctrinas e instituciones emptes hercantil 0 cuando declare 'en' interminoria tendrá derechosepararse de/ la sociedad.

del Derecho Mercantil: opin.on que compartieron dicción domerciante individual, el Juez deciARTICULO 17.-Registro El testimonio de la intidades sectores donde tendrá mayor dirf considerme de un experto, Si la negociaciónescritura constitutiva, el de ampliación y sus moha de continuar o liquidarse y en qué forma, a nodificaciones deberá presentarse al Registro Merser que (el causante hubiere dispuesto algo subrecantil! dentro del mes siguiente M la fecha de la CONSIDERANDO: ellopen cuyo caso se respetará la voluntad en cuanescritura. to no afrezca grave inconveniente a juicio del Juez.ARTICULO 18.-Contrato antes de Autorización Que el desariollo de la Iniciativa responde a us ARTICULO 80.-Comerciantes Extranjeros. Los La personal que contrate en nombre de la sociedad, criterio mercantil cuya fexibilidad y amplitud US-comerciantes extranjeros podrán ejercer el comer-antes quelesta pueda actuar como persona timulará la Lhre empresa. facilitando su organicio cuando sean residentes y hayan obtenido autojurídica, será considerada como gestor de negocios sación; y regulará SUS operaciones, encuadrándolasrización del Organismo Ejecutivo para ello. En estede aquella y queda personalmente responsable de dentro de limitaciones justas y necesarias, que caso tendrán los mismos derechos y obligaciones los efectos del contrato celebrado, permitan al Estado mantener la vigilancia de las que los guatemaltecos, salvo los casos determinaARTICULO 19.-Situaciones Especiales. Los cónmismas, como parte de su función coordinadora de dos en leyes especiales. yuges pueden constituir entre st y con terceros, la vida nacional: sociedad mercantil. ARTICULO 90.-No son comerciantes. No son COLos extranjeros y las sociedades extranjeras, CONSIDERANDO: merciantes: aunque no tengan domicilio en Guatemala, podrán participar como socios 0 accionistas de sociedades Que en el proyecto se incluyen instituciones del 10. Los que ejercen una profesión liberal. de cualquier forma, salvo lo dispuesto en este Derecho Mercantil moderno. con lo cual es posible 2o. Los que desarrollen actividades agricolas, Codigo en leyes especiales. la eficiente regulación de los institutos que compecuarias 0 similares en cuanto se refiere ARTICULO 20.-Tutor y Guardador. El tutor prende, armonizando su normatividad con la de los al cultivo y transformación de los productosej guardador no pueden constituir sociedad etros países Centroamericanos, pues el auge del de su propia empresa. representados, mientras no haya terminade la intercambio de bienes y servicios entre lus palses 3o. Los artesanos que sólo trabajen por encargominoria de edad 0 la incapacidad y esten del área requiere un verdadero paralelismo en la o que no tengan almacén 0 tienda para eldas las cuentas de la tutela y canceladas las legislación de tan importante materia, expendio de sus productos. rantias.362 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 33 ARTICULO En Quiebra, No pue: a falta de pacto especial, el. riesgn de las cosas del consocio facultado para enajenaria. Elden constitute sociedad los declarados en quiebra,justipreciadas al aportarse y. en este caso, la retérmino para hacer uso de tal derecho serámientras havan side rehabilitados. clamación se, limitará al precio en que fueron de treinta dias contad S desde la fecha en

ARTICULO Socieded con Menores, Incapdtasadas. que se conced:6 la autorización, Este dete-Por los menores e incapaces sólo podrán sus ARTICULO 32. -Pérdida de Capital. SI hubiere cho no es aplicable a 1.s acciunistas de so-representantes constituir sociedad, previa autoripérdida de capital de una sociedad. este deberá ciedades por acciones. sación judicial por utilidad comprovada, La resser reintegrado 0 reducido cuando menos en el 60. Los demás que determine la escritura social.ponsabilidad de 10s menores 0 incapaces se limita-monto de las pérdidas, unles de hacerse reparti.al monto de su respectiva aportación. cion 0 distribucion alguna de utilidades. ARTICULO 39.-Prohibicienes a los Socies, Se ARTICULO Adquisición de Acciones por Memores. Los representantes legales de menores, in-ARTICULO -Distribución de Unlidades Pérprohibe a los socios: capaces 0 ausentes pueden adquirir para sus re-didas. En el reparto de utilidades o pérdidas se 10. Usar del patrimonio 0 de la raz 0 deno-presentados, acciones de sociedades anónimas observarán, salvo pacto en contrario, las reglas 31minación social para negocios ajenos a laen comandita, siempre que estén totalmente par guientes: sociedad. gadas y be llenen los requisitos que la ley señala 2o. St tuvieren la calidad de industriales, ejer-para IN inversión de fondos de éstos. 10. La distribución entre los socies capitalistas cer la in.ustria que aportan a la sociedad,

Articulo 24.-Plazo. EL plazo de la sociedad se hará proporcionalmente al capital que salvo en beneficio de ésta, 0 dedicarse a principla desde la fecha de inscripción de la misma cada uno tenga aportado en 4) sociedad. negociaciones que los distraigon de sus bbli-en el Registro Mercantil. Las sociedades mercantigaciones para c.n la sociedad, a menos queles pueden constituirse para plazo indefinido, 2o. Si en el contrato se estipuló la parte de las obtengan el consentimiento de los demás SOARTICULO 25.-Prortofa La prórroga de la ganancias, sin mencionar las pérdidas, la cios 0 que haya pacto expreso en contrationsociedad debe formalizarse antes de que haya condistribución de éstas se hará en la misma 3o. Ser SOCIO de empresas análogas o competi-cluído el término de su duración. proporción de aquellas y vicetersa, de mode tivas. 0 emprenderlas por su cuenta 0 por Sin embargo, dicha prorroga pcdrá formalizarse que la expresión de las unas sirva para las cuenta de terceros. si no CS con el consendespues de expirado el plazo, en tuyo caso los otras. timiento unánime de los demás socios. Esta acreed personales de los socios, cuya acreeduria conste en titulo que llene los requisitos de 30. La participación del socio industrial en las prohibición no es aplicable a los accionistas ejecutivo, gozarán de un término de treinta dias, utilidades se determinará promediando el de scciedades por acciones.

40. Ceder 0 gravar su aporte de capital en la contados desde la última publicación, para procapital de todas las aportacione SI es uno scciedad sin el consentimiento previo y unatestar la prórroga. Igual derecho tendrán los acreesulo el socio capitalista, la parte del socio nime de los demás socios, salvo cuando sedores de la sociedad. industrial será igual a la de] otro socio, trate de sociedades accionadas.

El efecto de la protesta será, para los primeros,40. Si fueren varios los socios industriales se ARTICULO ).-Sanción a los Socios. Los socios que puedan ejercitar sus derechos sobre la partiaplicará la regla anterior y el resultado se cipación social del deudor y para los segundos. que que violaren cualesquiera de las prohibiciones con-dividirá en partes iguales entre ellos. puedan ejercitar sus acciones. en la forma que se tenidas en el artículo anterior, pueden ser excluidos de la sociedad, determina para las sociedades irregulares. 50, El socio 0 sceios industriales no soportaránARTICULO 41.-Resoluciones. En los asuntosLa prórroga extemporánea requiere el consentilas pérdidas, sino en la parti que excedan miento unánime de los socios en las sociedades del capital. que deban resolverse por los socios y que conforme al contrato social 0 por disposición de esta ley,no accionadas, y en las accionadas, una mayoria cuando menos del ochenta por ciento del capital 60. El socio que reuna la doble calidad de cano requieran una mayoria especial, decidirá el

pagado de la sociedad. Los acc-onistas disidentes pitalista e industrial, participará en las uti-voto de la mayoria. lidades 0 en las pérdidas en cada uno de Constituirá mayoria la que se haya establecidhtendran derecho de separarse de la acciedad comunicándolo por escrito dentro de ICS quince días los conceptos que le corresponde, según las en el contrato y a falta de estipulación, la mitad siguientes a la fecha en que se haya tomado la normas anteriores. más uno de los socios. 0 la mitad más una de las acciones con derecho a votar en las sociedadesresolución correspondiente. Vencido el. plazo de la sociedad, cualquier socio ARTICULO 34.-Pacto Leonino y Preferencias. por acciones. podrá pedir la liquidación de la misma, siempre Son nulas y se tienen por no puestas as cláusulas ARTICULO 42.-Acreedores Particulares. Los de la escritura social en que se estipule que acreedores particulares de un socio no podrán,que su petición la haga antes de que se emita la convocatoria a la junta en la cual se resolverá sobre alguno de los socios no participará en las ganan-mientras dure la s:ciedad, hacer efectivos sus decias; pero puede válidamente conven-rse en prerechos sino sobre las utilidades, cuya reparticiónla prórroga extemporánea. ARTICULO 26.-Derecho a la Razón Social. La ferencias entre los socios para el pago de sus se haya acordado y sobre la parte que le correscapitales en caso de liquidación 0 de pago de uti-penda al ser liquidada la sociedad, Podrán, sininscripción de una sociedad en el Registro Mercantil, le otorga el derecho al uso exclusivo de su lidades 0 dividendos. embargo, embargar esta porción, y en las socierazón social 0 de su denominación, la que deberá La estipulación que exima a un socio capitalistadades accionadas. embargar y hacer vender las ser claramente distinguible de cualquier otra y node participar en las pérdidas no proc ucirá efectoacciones del deudor. contra terceros. No puede prorrogarse la sociedad. sino satisfa-podrá ser adoptada por sociedad del mismo 0 ARTICULO 35.-Utilidades no Causadas. Queda ciendo al acreedor embargante, incluso mediantesemejante objeto, mientras subsista Inscrita la pri-prohibida la distribución de utilidades que no sela liquidación de la participación del socio deudor.mera. ARTICULO 27.-Aportaciones no Dinerarias. Los hayan realmente obtenido conforme el balance geARTICULO 43.-Nuevos Socios y Herederos. Salbienes que no consistan en dinero, aportados porneral del ejercicio. VO en el caso de las sociedades accionadas, no los secios, pasan al dominio de la sociedad, sin Aparte de las utilidades del ejercicio social reciénpodrán admitirse nuevos socios sin el consentimiennecesidad de tradición y se detailarán y justiprepasado, también se podrán distribuir las utilidadesto unanime de los demás. ciarán en la escritura constitutiva 0 en el invenacumuladas de ejercicios anteriores. Podrá pactarse que a la muerte de cualquiera

tario previamente aceptado por los socies, el que Los administradores que autoricen pagos en de los socios continue la sociedad con sus heredeberá protocolizarse. contravención de lo anterior y los socios que losderos. Este pacto no obliga a éstos a entrar en la Si por culpa 0 dolo se fijare un avalúo mayor hubieren percibido, responderán solidariamente de sociedad, pero si a los demas socios a recibirlos. su reintegro a la sociedad, lo que podrá ser exiARTICULO 44.-Administracion. La administradel verdadero, los socios responderán solidariagido por la propia sociedad, por 105 acreedores cién de la sociedad estara a cargo de uno 0 vamente en favor de terceros y de la sociedad, por el exceso del valor que se hubiere asignado y por y por los otros socios. rios adm mistradores 0 gerentes. quienes podrán los daños y perjuicios que resulten, quedando asiARTICULO Reserva Legal. De las utilida ser 0 no socios y tendrán la representación judides netas de cada ejercicio de toda sociedad, de-cial. mismo obligados a reponer el faltante. berá separarse anualmente el cinco per ciento (5%)Los administrad res n, podrán dedicarse por Son admisibles como aportaciones los bienes como minimo para formar la reserva legal. cuenta propia 0 ajena al mismo género de negociosmuebles 0 inmuebles, las patentes de invención, los estudios de prefactibilidad y factibilidad, los ARTICULO 37.-La Reserva Legal podrá Capitaque constituyen et objeto de ia sociedad, salvo pacecstos de preparación para la creación de empreNzarse. La reserva legal no podrá ser distribuidato en contrario. sa, así como la estimación de la promoción de en forma alguna entre los socios, no hasta la ARTICULO 45.- Nembramiento de Administradola misma, siempre que fueren expresamente acepliquidación de la sociedad. Sin embargo. podrá ca-res. Salvo pacto en contrarso, el nombramiento tados en su justipreciación, conforme lo establecepitalizarse cuando exceda del quince por cientay la remoción de los administradores se hará por res lucion de los socies. el primer parrafo. (15%) del capital al cierre del ejercicio inmediato No es válida como aportación la simple responanterior. sin perjuicio de seguir italizando el ARTICULO 46.-Inamovilidad. En las sociedades sabilidad por un socio. Los socios quedan ob'igadoscinco por ciento (5%) anual a que se refiere el no accionadas cuando el administrador sea socio al saneamiento de lo que aporten a la sociedad. artículo anterior. y en el contrato se pactare su inamovilidad. s½ ARTICULO 28.-Aportación de Créditos y AccioCualquier convenio, 0 disposición contrarios al podrá ser removido judic almente por dolo. culpa, nes. Cuando la aportac.on de algún socio consista presente articulo. será nulo y en cuanto a las can-incapaci dad 0 incumplimiento de sus ob igaciones. en credit). el que la haga responderá no sólo de tidades provenientes de in reserva legal que fue-ARTICULO 47. Facultades de los Administradola existencia y legitimidad de ellos. sin) también ren indebidamente repartidas, se estará a lo dis-res. Los administrador 0 gerentss tenen. por puesto en el artículo 35. el hecho de su nombramiento, todas las facultades de la solvencia del deudor en la época de la aporpara representar judicialinente a la ed d. detacion. ARTICULO 38. Derechos de Iss Socios. Son de. conformidad con las disp siciones de la T. del Or-Cuando se aporten acciones de sociedad por ac.rechos de los socios, además de los consignados ganisms Julicial.cicnes, el valor de la ap rt cion será el del meren otros precept S de este Codigo, los siguientes:cado. sin exceder de su valor en libros. Tendran además las que se requieran para ejeSe prohibe pac.ar 0 tra e tenor de este artículo. cutar los actos y celebrar los C nt atos que sean10. Examinar por si 0 por medio de los deleARTICULO Ep ra y forma de las Aportaciodel give ordinario de la seciedad, según su natugades que designen, la contabilidad y docunes, Las socios deben efectuar sus aportaciones raleza objeto, de los que de él se de even y dementos de la sociedad. así corno enterarse en la época y forma estipuladas en la escritura ks que con él SC relacionan. inclusive " emisionde la política económico-financiera de la

constitutiva. El retardo 0 la negativa en la entrega, de titulos de crédits. Sin embargo, on 1. eseritura misma, en la época que Dje el centrat y. social pueden limit use tales facultades sea cual fucré la causa, autoriza a los socios para por lo menes. dentro de los quince dias Para geelos distints de ese giro, need thanexcluir de la sociedad al socio moroso 0 para proonteriores a la feeha en que laya de celefacultades cials talladas en 1.ceder ejecutivamente contra él. brarse la junta general 0 asamblea generalsocial. en ecta 0 (1) mandato. El socio, incluso el industrial, responde persoanual. Este derecho es irrensme-able, nalmente de los daños y perjuicios que ocasione ARTIQULO 18 Delegation A 1116 GUI In En las sceledades accionadas. este derecho eser turn social 16 el admin and noa la sociedad por incumplimiento 0 mara. se ejcrcerá de conformidad con el artículo pucck delegar in 6tro la edministración 0 In TC-ARTICULO 30.-Responsabilidad de los Socios. 145 de este Codigo. En las sociedades las obligaciones sociales se gapresentation no nombi sustitute sin provio 2o. Promover judicialmente ante el Juez de Priconsent/iniento unanime de Ins socios. rantizan con todos los bienes de la sociedad y mera Instancia donde tenga su domicilio unicamente los socios responden can sus propios Pod: conferir pederes especiales y revocarles

la sociedad, la conv catoria a unta generalsi estaviere facultado. bienes en los casos previstos especialmente en este 0 asamblea general anual de la socieded,Código. ARTICULO 19. Stractón Conjurts. Caansi pasada la época en que debe celebrarse do fucion des administrar ICS y en escritiraEl nuevo socio de una sociedad responde, según segun el contrato 0 transcurride mas de un la folma de ésta, de todas las obligaciones sociales secial no SO especifiquen las facultado atribyaño desde la ultima junta 0 asamb'ea ge.contraidus antes de su ingreso, aun cuando sermoconces j. enda uno, procederán conjuy unerte neral. los administradores no la hubieren difique la razón social 0 la denommacion de in la oposición de uno de elles impedita "I remizahecho. El Juez resolverá of as into en inci-sociedad. cien 14 actos 0 contratos proyected PM et dente. cen audiencia de los amainistradores.El pacto en contrario no producirá efecto on otro Si los admin stra conjunt : Ten ties

30. Exigir a la ciedad di egro de los 0 más. decidirá el veto de la mayoriacuanto a terceros. gastos en que incurran por desempeño de desacuendo, ARTICULO Riesgo de las Aportaciones. El sus obligaciones para cen la misma. resgo de las cosas ciertas y determinadas, no fun ARTICULO 50 Dana Grave. Aunqu In mini-40. Reclamar centra la herea de ribución de nistra.

gibles, que se aportan a la sociedad para que las utdidades 0 pérdidas dentro de los ITS sólo sean comunes su uso, frutos 0 productos, COproceder baj su respon billdad. si meses signientes a la junta general 0 asamrresp nde al sccio propietario. de no hacerlo así resultare daño grave irreparablea general en que el'a so hubiere acorSi las cosas aportadas son fungibles 0 no pue bie para la seciedad. El acto 0 contrat ejecutadodado. Sin embargo corecera de ese derecho den guardarse sin que se deteri ren. 0 SC aportaon cs'as condiciones suithá sus efectos respecto el socio que la hubiere aprobad: con su voto ron para ser vendidas. el riesgo corresponde a de ter:eros de buena 1. el administrador que 0 que hubiere empezado a cumplirla. lo hubiere celebrado responderá a la seciedad de sociedad. También corresponderá a la misma,50. Adquirir por el tanto la parte de capitalJos perjuicios que a ésta se causaren.NUMERO 33 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL 363 ARTICULO 51. Use de la Razón Social Sólo a POR TANTO, leas de transmisión, tacos o dados de cojinetes, cu+ los administradores 0 al mandatario facu tado CO- ñas, discos, partida 716-15-02; generadores 0 dinaresponde el uso de la razón 0 denominación social.Con fundamento en los articulos 2. 4. 3. 18, 19,mos, con 0 sin su motor propio, partida 721-01-01:

ARTICULO 52. Responsabilidad de los Adminis-22. 33, 34, 35. 37, 38. 39, 40, 46 y Transitorio Pri-motores eléctricos, partida 721-01-02-09; motores tradores. El Administrador es responsable .limi-mero del Convenio Centroamericano de Incentivos eléctricos, partida 721-01-02-01; transformadores tadamente por los daños y perjuicios que ocasioneFiscales al Desarrollo Industrial, eléctricos, partida 721-01-03; tableros de control a la sociedad per dolo 0 culpa. Si fueren varios los automáticos, interruptores, palpadores de presión, administradores y procedieren conjuntamente, su ACUERDA: etc., partida 721-01-05-01; juegos de bobinas de choresponsabil dad será solidaria. que para regular, fusibles eléctricos, partida 721Es nula toda estipulacion que t.enda a ximir a Articulo 10. Otorgar a la empresa "Industria 01-05-09; Tubos electrónicos, partida 721-04-02: apalos administradores de esta esponsabilidad 0 bienTextil Miraflores, S. A." (INTEXSA), los beneficiosratos electrónicos, partida 721-04-05; instrumentos a limitaria. Quedan exentes de responsabilidad loscorrespondiente, de conformidad con el articulopara medir la corriente eléctrica, partida 721-08-01;

administradores que hubieren hecho constar su votoTransitorio Primero del Convenio Centroamericano frenos magnéticos, electromagnetos e imanes perdisidente. de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial y manentes, partida 721-19-05; maquinaria y aparatos ARTICULO 53. Libres de Actas. Las sociedades para el efecto se le equipara con la empresa texti-eléctricos N.E.P., partida 721-19-06; termometros no mercantiles llevarán un libro 0 registro de actas lera nicaragüense "A. Gadala Maria y Compañía clinicos, taquimetros, etc., partida 861-09-01: conde juntas generales de socios 0 asambleas gene-Limitada, Sucesores". tadores de revoluciones, velocimetros, termostatos rales de accionistas, según el caso. Articulo 20 conformidad con el artículo an. no eléctricos, válvulas de presion, niveles para calCuando sean vatios los administrad.res. es obli-terior, la empresa "Industria Textil Miraflores, S.deras, etc., partida 861-09-05; grasas lubricantes, gatorio llevar un libro de actas en el que se haránA.". (INTEXSA). gozará de los beneficios de exone-partida 313-04-02. constar las decisiones que tomen con referencia ración de derechos sobre la importación de maquia los negocios de la soc-edad. naria y equipo, materias primas productos semi-Materias primas

ARTICULO Falta de Facultades. En 105 caelaborados, combustibles y lubricantes (excepto gaSOS en que el administrador no tenga facultades solina), siempre que no pueda disponerse de sustitu-Sulfato de cobre, partida 511-02-00; carbonato de para determinado negocio, los socios resolverán.tivos centroamericanos adecuados, en los montos y sodio, partida 511-04-00; amoniaco, sales y otros ARTICULO 55. Rendicion de Cuentas, Los adplazos señalados a la empresa "A. Gadala Mariacompuestos de amonio, partida 511-09-03; compuesministradores están obligados a dar cuenta a los y Compañia Limitada Sucesores", cuyo término detos de Potasio, partida 511-09-25-09; sulfato de sosocies, cuando menos anualmente, de la situazion beneficios corresponde al 15 de abril de 1978. a findio, partida 511-09-26-01; agua oxigenada, peróxido financiera y cont able de la sociedad. incluy nd un de situarla dentro del mismo plano de competitivi-de hidrógeno, partida 511-09-29-01; aldehidos, Queinforme de sus actividades, el balance general dad. bajo el entendido de que la equiparación quetonas, Acetonas, formaldehido, partida 512-09-05; correspondiente y el estado de pé:didas y gananse otorga empezará a surtir efectos a partir de laácido Acético, partida 512-09-06-01; derivados de los

cias, asf como un detaile de sus remuneraciones fecha en que finaliza la clasificacion de que goza ácidos orgánicos N.E.P., partida 512-09-07; trietay ctros beneficios de cualquier orden. como Industria Nueva, 0 sea el 17 de mayo de 1970. nolamina, partida 512-09-10-09; naftoles y sus deriLa falta de curap'imiento de esta obligati será causa de su remeción, independientemente de las En cuanto al Impuesto sobre la Renta, sólo podrá vados N.E.P., partida 512-09-14; enzimas, partida responsabilidades on que hubieren incurrido gozar hasta el vencimiento de sus beneficios estatintes y materias colorantes para usos blecidos en su clasificacion original. industriales y pigmentos derivados del alquitrán deARTICULO 56. Reudición Re

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