Decreto 276-1976
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 276-1976
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 1976
Diario Centro América
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
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TOMO CCIII GUATEMALA, VIERNES 13 DE FEBRERO DE 1976 NUMERO 15
SUMARIO construcción de viviendas, se liberan por una sola de que el rubro que a continuación se detaila sustimVPZ de torio tramite y se extienden hasta un limite ye a su correspondiente y que esta ahi consignado máximo de cinco metros cúbicos de madera ase de manera que se opera un incremento del valor rrada, equivalentes a 2.120 pies tablares. con la CIF y sus derechos aruncelaries. asi: ORGANISMO EJECUTIVO inica obligación. a cargo de cada interesado de notificar por escrito el correspondiente aprovechaMateria Prima Partida Valor CIF Derechos miento a las autoridades forestales locales y mu Arancelarios DECRETO No. 276 nicipales mas cercanas. Articulo 30.-Para casos de aprovechamiento To Gomas 509-04-04 Q55,000.00 Q26,250.00 MINISTERIO DE ECONOMIA restal con destino il la industria de la construcción, los trámites para obtención de las licencias SV harán Articulo 20.-Los efcetos del presente acterdo 30
en los distrites y subdistritos forestales, exoneran aplicarán a aquellas importaciones que se hubierva Modificase en el sentido que se expresa el Acuerdodose la obligación de presentar inventarios y pla efectuado al amparo de fianza 0 depósito y que Ministerial número 116-71 del 7 de mayo de 1971. nes de munejo, siendo los plazos de vigenela de las estaban en espera de esta concesión. in cual deberá solicitado por la empresa "Bolsas de Papel. So-licencias. fijos e improrrogables. Las obligaciones computarse a partir de la fecha de presentación de ciedad Anonima". de este tipo de licencias, quedaran consignados en su solicitud. Clasificase al Hotel "La Residencial como Emun acta de compromiso, suserita ante las offerings Articulo Quedan vigentes en su totalidad ias forestales correspondientes. demás disposiciones contenidas en los Acuerdos Mi-presa Hotelera Turística. Articulo 40.--Los precios que regirán para In nisteriales numeros 116-71 y 126.75 de fcchas 7 de madera de construcción son los contenidos en el mayo de 1971 y 16 de abril de 1975, respectivamente. MINISTERIO DE FINANZAS Acuerdo número 97 "A" del Ministerio de EconoArticulo 40.-El presente acuerdo se transcribirá mia. de fecha 16 de octubre de 1974. PUBLICAS a donde corresponde y deberá publicarse en el Dia Artículo 50.-Para el transporte de productos forio Oficial para que entre en vigor inmediatamente.
restales, se mantions en vigenzia el sistema esta Autorizase la instalación y funcionamiento de 1111blecido. Comuniquese, Depósito Fiscal Aduanero. propiedad de la emArticulo 60-Estas disposiciones sen de carácter presa "Plough Export, Inc., Sucursal Guatemala"general para toda la República. incluyendo el De EDUARDO PALOMO E., partamento de E1 Peten. Ministro de Economia. Concédese la prórrega que SP indica, a favor de Artículo To.-El presente Decreto tiene vigencia la firma Miles Overseas, Inc., Laboratorios Milespor un término de tres meses a partir de hoy, y E1 Viceministro de Economia, de Centroamérien. Sceledad Anónima. surte sus efectos inmediatamente. Encargado de los Asuntos de Integración. GUSTAVO A. BARRIOS FLORES, Declarage de emergencia nacional la situación exis-Comuniquese. tente en esta enpital y en las poblaciones afecta LAUGERUD G. 683702 das por el terremoto que asolo el país. y en consecuencia se autoriza la exoneración que se CX: El Ministro de Agricultura. presa a las Dependencias del Estado. FAUSTO DAVID HUBIO CORONADO. Clasificase of Hotel "La Residencia", como Em+ MINISTERIO DE GOBERNACION El Ministro de Economia, presa Hotelera Turística.
EDUARDO PALOMO E.
Actiérdase suspender la vigencia del artículo lo. del ACUERDO No. 0003 Acuerdo Gubernativo número C. M. 39-70, Regla
mento de la Jornada Unica de Trabajo en el Or. Palacio Nacional: Guatemala, 23 de enero de MINISTERIO DE ECONOMIA 1976. ganismo Ejecutivo. ANUNCIOS VARIOS El Ministro de Economia, Modificase en el sentido que se expresa el Acuerdo CONSIDERANDO: Matrimonio. Linea de transporte. Registro de Ministerial numero 116-71 del 7 de mayo de 1971. derecho de autor Constituciones de sociedad sol'citado por la empresa "Bolsas de Papel. SoQue es necesario fementar y estimular las aeModificaciones de sociedad. Patente de inciedad Anonima". tividades que fieudan al deserrollo del turismo vención. Registro de marcas. Titulos suple nacional. dando las facilidades indiapensables pare torios. Edictos Licitaciones, Remates. ACCERDO No. 015-76 construir, explotar, ampliar o modernizar los hoteles D servicios muxiliares destinadas al incremenPalacio Nacional: Guatemala, 28 de enero de 1976, to del turismo: El Ministro de Economia, CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: Que (') Decreto 1701 del Congreso de la República, para les efectos d:l desarrollo turistico nacional. Que con Fechn + de noviembre de 1975 el senor contempla la exoneración del pago de derechos e DECRETO NUMERO 2-76 Julio Cesar Hernandez Paiz, personero de la emimpuestos de importación, del impuesto territorial
presa "Bolsas de Papel. Sociedad Anonima", soi y del arbitrio municipal de renta inmobiliaria, ast citó de est? Despacho la modificación del Acuerdo como del impuesto sobre la renta. para favorecer Palacio Nacional: Guatemala, 12 de febrern de Pristerial número 116-71 de fecha 7 de mayo de la construcción de nuevos hoteles 0 servicios auxi1976. 1971. por CI que SU le storgo eximeración del 15" hares, 0 la, ampliarión, renovación 0 modernizadel Impitesto de Pstabilización Económica, en el cion de los ya existentes; El Presidente de la República, sentido d. que un rubro contenido en il artículo 1b. sea ampliado en sus valores CIF y reches CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: arancelarios en razón del alza de los precios obser vados en el mercado internacional: y Que tl Instituto Guatemalleeo de Turismo, usi Que el actual estado de emergenela require que como su Departam Juridico. emitieron opinión todos los recursos dispenibles en el pais para la CONSIDERANDO: favorable. aprobando esta última el Ministerio Pit reconstrucción se pongan al aleance de las áreas blico, para que el Hotel "La Residencia" propire devastadas por el acaecido el d'a cultro Que con fecha 7 de mayo de 1971 el Ministerio oad de los seneres Rodrigo Asturias Sierra, Victor del presente mes, siendo la madera entre otros 11.3 de Economia emitio el Acuerdo numero 116-71. Manuel, Guillermo Alejandro y Rodrigo Alberto.
elemento vital e indispensable para llevatr it cabo ditallandose nhi les montos de materia prima que de apellidos Asturias Mart nez Sobral, se les con esta ardua tarea: la citada empresa puede importar tibre del 45% ecdan los beneficies establecides en (-) articulo 30 subre el Impuesto de Estabilización Economica y del Decreto 1701 del Congreso de In Republica.CONSIDERANDO: que segun be indican sus argumentos, CS atendible modificado por di Decreto 2271 del mismo Orgala soliented pues el comportamiento de los cios aisma, Que se have necesario emitir las disposielonesjustifica di alza de los valores mennionados, aspecto fendientes a regular los productos basiess para inque st avala CON el contenido de la Resolución POR TANTO. construction, Mansterial número 5935 V que en su numeral III recomienda la modificación de las cantidades, En uso de las tecultades que lé confiere el anPOR TANTO. cuando estas resulten exiguas, Cub 30 del Decreto 1701 (Ley Orgánica del Instiinto Gualemalteco de Turismo). modificado por el En base In qu determinan los articulos 131. POR TANTO. articulo 11 del Decreto 71, ambos del Congreso 153 de la Constitución de la Republica y en USD de de la República, así como el artículo 32 de la mislas facultades que le confieren los incisus 40 y 30.Con base a lo antes considerado. articulo 10 del ma ley. del articulo 189 dei mismo cuerpo legal, y articulo Profocolo de San Jose, 10. del Acuerdo Ministerial
14 de la Ley de Orden Público, numero 116-71 V inimeral III de la Resolución miACUERDA: more 5935 de fecha 27 de diclembre de 1971, DECRETA: Articulo 10. Se clasifica al Hotel "La ResidenACUERDA: cia" como Empresa Hotelern Turistica da conArticula 10, Se probihe la exportación de ma formidad con la ley del ramo, dera aserrada y cepillada. postes, pilotes. durmien-Articalo In -Su modifica el Acuerdo Ministerial Articulo 20.-Se exonera al Hotel "La Residentes, madera en chapas y contrachapeada y du numero 116 71 del 7 de mayo de 1971, mediante el cia". propiedad de los señores Rodrigo Asturias otras formas utilizables en la construcción enal SP le otorgo a la empresa "Bolsas de Panel. Sierra, Victor Manuel Gulliermo Alejandro y. RoArtículo 20.--Los aprovechamientos forestales deSociedad Anonima". exoneración del 45'c del Im drigo Alberto. de apellidos Asturias Martinez Sopequeña escala con destino a la instruccion 0 re-puesto de Estabilización Económica, 00 of centidobral, del impuesto territorial y del arbitrio muni-