Decreto 281-1964
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 281-1964
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1964
El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXI GUATEMALA, VIERNES 23 DE OCTUBRE DE 1964 NUMERO 96 consecuencia. el impuesto Interno a que se refiere EI Ministro de Hacienda y Crédito Público, SUMARIO dicho precepto, se pagará en la Aduana con base JORGE LUCAS CABALLEROS M. en la liquidación de la póliza de importación respectiva.
ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 30.-Las personas naturales 0 jurídicas El Ministro de Salud Pública que exporten a paises centroamericanos ropa con y Asistencia Social, feccionada en Guatemala, quedarán exoneradas del ALFONSO PONCE ARCHILA. Decreto Ley número 281. impuesto a que se refiere el artículo 1o. para lo cual el Ministerio de Hacienda previa calificación de la Comisión a que se refiere el artículo 50. de este Decreto Ley devolverá en efectivo a los inEl Ministro de frabajo y Previsión Social, MINISTERIO DE GOBERNACION teresados el valor del Impuesto interno corresponJORGE JOSE SALAZAR VALDES.
diente a las exportaciones que se efectuen. Apraebanse las modificaciones introducidas a los Estatutos de la "Empress Médica, Sociedad Anonima". Artículo 40.-Se establece un impuesto interno sobre la ropa procedente de Centroamérica, con: MINISTERIO DE GOBERNACION feccionada con tejidos importados de fuera del Apruebanse los Estatutos de la "Industria Quimico Far area centroamericana, equiva'ente al 100% del macéutica Guatemalteca, Sociedad Anonima"; y reconoaforo en vigor en Guatemala para los tejidos con Apruébanse Las inodificaciones introducidas a loscoso all personalidad jurídica. que hubiere sido manufacturada. Dicho impuesto deberá ser pagado al momento de efectuarse la Estatutes de la Empresa Médica, Sociedad Anó- nima. importación. ANUNCIOS VARIOS Articulo 50.-Se crea una comisión encargada Palacio Nacional: Cuatemala, 15 de Octubre de de calificar las importaciones y exportaciones de 1964. Solicitud de nacionalidad-Matrimontos.-Lineas de trans. porte.-Constitución de de inven ropa para los efectos de los articulos 3o. y 4o. an. clón.-Registro de marcas.-Titulos supletorios.-Edictos. teriores. Dicha comisión se integrará así: Un representante del Ministerio de Economia que la preExaminada la solicitud del doctor César Mis- -Licitaciones.-Remates. sidira, un representante del Ministerio de Hacienda haan Pinto, facultado expresamente para el efecy Crédito Público, Un representante de la Cámara to. y relativa a que se aprueben las modificacioCompania Distribuidora Kepuco.-Halance General at 31 de Industria de Guatemala, un representante de nes hechas a los estautos de la «Empresa Médica, la Gremial de Tejidos planos y acabados y un reSociedad Anónima> yde diciembre de 1962. presentante de la Gremial de la Industria del Vestido CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Articulo Go.-El presente decreto estará en vigor Que el asesor juridico del Ministerio de Gobermentras continue alterada la relación de competinación, en dictamen aprobado por el procurador tividad entre Guatemala y los paises centroamegeneral de la nación V jefe del Ministerio Público, ricanos; en consecuencia. las exoneraciones de manifestó que tales modificaciones no contienen DECRETO-LEY NUMERO 281 impuestos a la importación que se concedan, serán disposición alguna contraria a las leyes, automaticamente eliminadas con su derogatoria. Sin embargo, la devolución de impuestos internos a que se refiere el Articulo 30., seguirá vigente POR TANTO, ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República, Articulo 70.-Las personas naturales 0 jurídicas EI Jefe del Gobierno de la República, que gocen de exoneraciones en virtud de la aplicacion de este decreto no estarán afectas al depósito de 10% para la capitalización del Banco ACUERDA: CONSIDERANDO: Industrial que establece el Artículo 40. del DecretoLey No. 170. Que es conveniente evitar, de acuerdo con el es10.-Aprobar las modifcaciones introducidas a píritu de los Tratados de Integración Económica los Artículos 60., 70., 80., 12, 17 y 18 de los EstaCentroamericana, respecto a la Industria Nacional Articulo 80.-Los Ministerios de Economia y de tutos de la "Empresa Médica, Sociedad Anónima, de la Confección de Ropa, la disparidad competiHacienda y Crédito Público reglamentarán las dis-los cuales quedan así: tiva en que ésta se encuentra frente a la Industria posiciones de este decreto. regional, debido no solamente a los niveles arancelarios existentes entre los paises miembros del Artículo 60.-El capital autorizado de la EmpreTratado General de Integración Económica CentroArticulo 90.-El presente decreto entrará en vigorsa Médica, Sociedad Anónima, es de setecientos americana sobre las materias primas utilizadas e dia siguiente de su publicación en el Diario cincuenta mil quetzales (Q750,000.00), pudiéndoseen la confección de ropa, que goza de libre comerOficial. ampliar 0 reducir de conformidad con la ley.do entre Guatemala y los restantes países del Area, sino además en la concesión de exoneracioLa ampliación 0 reducción de capital deberánes que dichos países otorgan a tales materias Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de ser aprobada por resolución de la junta generalprimas; Guatemala a los veinte días del mes de octubre de accionistas comunes, en sesion extraordinaria,de mil novecientos sesenta y cuatro.CONSIDERANDO: convocada especialmente por tratar del aumento
0 disminución, por accionistas que representen las Que estando relativamente desarrollada la inPubliquese y cúmplase. tres quintas partes del capital pagado, representadustria textil en Guatemala y en proceso de expando por las acciones comunes. Cuando el aumento sión, es procedente acordar los mecanismos adede capital sea en acciones preferentes, las nuevas cuados que permitan el control efectivo de las series que se emitan, gozarán, en proporción al immedidas a tomarse, a fin de que éstas no se reENRIQUE PERALTA AZURDIA, porte de su valor nominal pagado, de los privileviertan desfavorablemente en dicha industria, la Jefe del Gobierno de la República. gios establecidos en el artículo doce (12) de los escual representa una actividad importante dentro Ministro de la Defensa Nacional, tatutos, salvo que al ser acordado el citado aumende la economia nacional, to de capital social, la junta general de accionistas comunes, le señale distintos privilegios. El Ministro de Gobernación,POR TANTO. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA La disminución de capital social se hará siempre mediante el retiro de acciones preferentes clase "A", pagándolas en efectivo y al contado, a su En uso de las facultades que le otorga el arEl Ministro de Relaciones Exteriores,valor nominal, más la parte proporcional que le Mculo 3o. de la Carta Fundamental de Gobierno, ALBERTO HERRARTE GONZALEZ corresponda de dividendos durante el ejercicio en que se liquiden, más cualquier suma de dividendos que tuvieren acumulados. EI retiro de accioEn Consejo de Ministros, El Ministro de Agricultura, nes preferentes para disminuir el capital social se CARLOS HUMBERTO DE LEON. hará siempre mediante sorteo, para determinar los titulos que hayan de ser retirados. La resoluciónDECRETA: adoptada para disminuir el capital social se pon-El Ministro de Comunicaciones drá en conocimiento de los acreedores de la SoinArticulo Lo.-Toda persona natural 0 jurídica y Obras Públicas, ciedad y del público, mediante avisos publicadosse dedique a la confección de ropa y se acoja JOAQUIN OLIVARES M. Decreto Ley 255 pagará un impuesto interno de conformidad con lo que para el efecto disponeel código de comercio.mbre las confeeciones manufacturadas con teji06 importados de fuera de Centroamérica, equivaEl Ministro de Economia. onte al 100% del afore que be fuere exonerado. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ Artículo 70.-El capital social se compone de:- CArticulo 20.-Para los efectos del artículo anteBe entenderá que un kilogramo bruto de tela a) Cinco mil (5,000) acciones comunes de capi-El Ministro de Educacion Pública. vale a un kilogramo bruto de confección en tal, con un valor nominal de cien quetzalesROLANDO CHINCHILLA AGUILAR (Q100.00) cada una;