Decreto 29-1969
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 29-1969
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1969
CONTROL
El Guat LIS
REVIST
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diarlo de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemaia, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ ·oMo CLXXXV GUATEMALA, SABADO 21 DE JUNIO DE 1969 NUMERO 84
SUMARIO Artículo 20.-EI presen'e Decreto entra en vigor en el a tículo 59 de los estatutos c'el Banco Granai inmediatemente y será publicado en el Diario Ofi- & Towson, S. A., aprobados por Acuerdo Gubernacial. tivo Le fecha 21 de octubre de 1966, existe error técnico en lo referente al procedimiento de distriORGANISMO LEGISLATIVO Pase al Organismo Ejecutivo pa a su publicación.butt las utilidades; Dad: en el Palario del Organismo Legislativo, CONSIDERANDO: Decreto No. 28-69. en la ciudad de Gualema'a, a los quince días del mes de j.nio de mil novecientos sesenta y nueve. Que para carregir lo anterior, los accionistas del Decreto No. 29-69. Banco Granai & Towson, S. A., aprobaron la reMANUEL FRANCISCO VILLAMAR, forma del artículo 59 de sus estatutos. en la forma
ORGANISMO EJECUTIVO Presidente. sugerida por la Superintendencia de bancos;
MINISTERIO DE ECONOMIA EMILIO AVILA TORRES, CONSIDERANDO:
Primer Secretario. Que la Junta Monetaria por resolución número Apruébase la modificación introducida al artículoVICTOR MANUEL MARROQUIN GOMEZ, 6023. autorizó la modificación del artículo 59 de 59 de los esta.utos del Banco Grana. & Townson, Cuarto Secretario. los estatutos del Banco Granai & Towson, S. A., y
S. A. que en ciclamen gebidamente aprobado por el MiPalacio Nacional: Guatemala, diez y ocho de jumisterio Público. la Dirección de Asuntes Jurídicos Ampliase el inc'so b), art'culo 20. del Acuerdonumero 095 del 21 de octubre de 19t8, medianteno de mil novecien.os sesen.a y nueve. ael Ministerio de Econ mia, emitió opinión favoPubliquese. rable a la aprobación de los estatuto con la enel cual se otorg calificación al señor Jorge V.cmienda sugerida por la Supe intendencia de bancos,tor Matheu Escobar, para la empresa de su proJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. p r estimar que se han llenado los requisitos que piedad denominada Empacadora «La Blanca. en es'ablecen los art'culos 80., 90. y 10 del decreto 315el sentido de que además de las materias pr El Ministro de Gobernación,
mas extranjeras que pueda importar con exoneael Congreso de la República; MANUEL FRANCISCO SOSA AVILA. ración, también podrá importar bajo franquicia POR TANTO, aduanal las que se mencionan. Autorizase el traspaso a favor de la empresa «CoEn uso de las facultades que le confiere el inciso fesa, Sociedad Anón'ma, de todos los derechos 4o. de' artículo 189 de la Constitución de la Rey franqu cias que le fueron otorgados a la señoraDECRETO No. 29-69 publica, Liliane Alegranti Habie de Pr ce, para las in-dustrias de su propiedad individual Fábrica de ACUERDA: Paraguas y Sombr Has «Venus». Fabr ca de RopaEl Congreso de la República de Guatemala, «Coquette» y Fábrica de Fajas y Brasieres Artículo 10.-Apr bar la mcdificación introducida CONSIDERANDO: al artículo 59 de los estatutos del Banco Granai &«Coquette-Form». Towsen, S. A., el cual queda así: MINISTERIO DE HACIENDA Que por mandato expreso de la Constitución de la Repúb ica el C ngreso se reunirá sin recesidad "Artículo 59.-Utilidad a distribuir: Deducida de de convocatoria el quince de junio de cada año, la utilidad neta de' ejercicio la suma a pagar en Y CREDITO PUBLICO para iniciar sus sesione; ordinarias que durarán concepto de impuestos, que graviten sobre esta uticuatro meses y podrán prorrogarse por el tiempo lidad. queda la utilidad líquida, que se distribuirá Modificanse en la forma que se menciona los ar-que sea necesario, así: tículos 50. y 60. del Acuerdo Gubernativo de fecha 4 de septiembre de 19t8, relativo al arrenPOR TANTO, a) El 5% como mínimo para formar y mantener damiento de locales de la Terminal Aérea «La la reserva legal que indican estos estatutos; Aurcra. Cen fundamento en el artículo 158 de la Consb) La cantidad que a propuesta de la junta dititución de la República, rectiva se acuerde repartir entre los accionisMINISTERIO DE TRABAJO tas en concepto de dividendes; DECRETA: c) Las contidades que acuerde la asamblea para constituir y acrecentar las reservas voluntaY PREVISION SOCIAL Artic lo 10.-Se declara inauguradas las sesiones rias que a propuesta de la junta directiva ordinarias del Congreso de la Repúb'ica de mil nose consideren necesarias para el robusteciReférmanse los Acuerdos 15-69 y 27-69 del Minisvecientos sesenta y nueve. miento de la institución. terio de Trabajo y Previsión Soc'al de fechas 9 de abril y 29 de mayo de 1969, señalando para Artículo 20.-El presente Decreto entra en vigor Artículo 20.-El esente acuerdo entrará en vila celebración del Primer Congreso Nacional deinmediatamente y será publicado en el Diario Ofi-gor el día s'guiente de su publicación en el DiaInspección del Trabajo el período comprendidocial. rio Oficial, del 2 al 9 de agosto del corriente año. Pase al Organismo Ejecutivo para su publ cación. Comuníquese, ANUNCIOS VARIOS Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, MENDEZ MONTENEGRO. Linea de transporte Constitución de socieen la ciudad de Guatema'a, a los quince días del dades. Modificación de sociedades. Pró- mes de junio de mil novecientos sesenta y nueve. El Ministro de Economía, JOSE LUIS BOUSCAYROL SARTI. rroga de sociedades. Registro de marcas. Títulos supletorios. Edictos. Remates. ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, Presidente. 228952-21
AUGUSTO ROSALES ARRIOLA,
Primer Secretario. ORGANISMO LEGISLATIVO Ampliase el inciso b) artículo 20. del Acuerdo HUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, número 095 del 21 de octubre de 1968, mediante Segundo Secretario. el cual se otorgó calificación al señor Jorge Victor Matheu Escobar para la empresa de su proPalacio Nacional: Guatemala, diez y ocho de jupiedad denominada Empacadara «La Blanca», en DECRETO No. 28-69 nio de mil novecientos sesenta y nueve. el sentido de que. además de las materias priPublíquese. mas extranjeras que pueda importar con exoneración, también podrá importar bajo franquicia E Congreso de la República de Guatemala,JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. aduanal las que se mencionan.
El Ministro de Gobernación, ACUERDO No. 46
MANUEL FRANCISCO SOSA AVILA.
CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, 16 de junio de 1969
Que el 15 de junio de 1968 se inició el período El Ministro de Economía, de sesiones ordinarias, que automáticamente cesa ORGANISMO EJECUTIVOel 15 de junio del año en curso, el cual fuera proCONSIDERANDO: rrogado por virtud expresa de ley, en diferentes oportunidades, al tenor del artículo 158 de la ConsQue can fecha 29 de abril de 1969, el sefior Jorge Litucien, Victor Matheu Escobar, en concepto de propietaMINISTERIO DE ECONOMIA rig individual de in empresa denominada empsPOR TANTO, cadora «La Blanca, solicito de este Ministerio la Apruébase la modificación introducida al artículoompliación del inciso b). artículo 2o. del Acuerdo Con fundamento en el artículo 158 de la Consti59 de los estatutos del Banco Granai & Towson, Ministerial número 095 del 21 de octubre de 1968, tución de la República, S.A. mediante el cual obtuvo calificación industrial al amparo del Decreto-Ley número 170 modificado DECRETA: Palacio Nacional: Guatemala 3 de junio de 1969.por el Decreto-Ley número 197, en virtud de que por la forma en que las materias primas SP en Artículo 10.-Se declara clausuradas las sesiones El Presidente Constitucional de la República,cuentran referidas en el aludido inciso, ha tenido
ordinarias del Congreso de la República, que coque confrontar problemas derivados de la modificarresponden del 15 de junio de 1968 al 15 de junio CONSIDERANDO: ción que las casas productoras de materias pride 1969. de conformidad con la Constitución de la mas han introducido a sus artículos, los cuales Que la Superintendencia de bancos estimó queno están contenidos en el inciso citado, y por talRepública.
TOTECADEL
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